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Document 62010CA0400
Case C-400/10 PPU: Judgment of the Court (Third Chamber) of 5 October 2010 (reference for a preliminary ruling from the Supreme Court (Ireland)) — J. McB. v L. E. (Judicial cooperation in civil matters — Matrimonial matters and matters of parental responsibility — The Hague Convention of 25 October 1980 on the civil aspects of international child abduction — Regulation (EC) No 2201/2003 — Children whose parents are not married — Father’s rights of custody — Interpretation of rights of custody — General principles of law and Charter of Fundamental Rights of the European Union)
Asunto C-400/10 PPU: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 5 de octubre de 2010 (petición de decisión prejudicial planteada por la Supreme Court — Irlanda) — J. McB./L. E. [Cooperación judicial en materia civil — Materia matrimonial y de responsabilidad parental — Convenio de La Haya de 25 de octubre de 1980 sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores — Reglamento (CE) n o 2201/2003 — Menores cuyos progenitores no están casados — Derecho de custodia del padre — Interpretación del concepto de derecho de custodia — Principios generales del Derecho y Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea]
Asunto C-400/10 PPU: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 5 de octubre de 2010 (petición de decisión prejudicial planteada por la Supreme Court — Irlanda) — J. McB./L. E. [Cooperación judicial en materia civil — Materia matrimonial y de responsabilidad parental — Convenio de La Haya de 25 de octubre de 1980 sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores — Reglamento (CE) n o 2201/2003 — Menores cuyos progenitores no están casados — Derecho de custodia del padre — Interpretación del concepto de derecho de custodia — Principios generales del Derecho y Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea]
DO C 328 de 4.12.2010, p. 10–10
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
4.12.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 328/10 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 5 de octubre de 2010 (petición de decisión prejudicial planteada por la Supreme Court — Irlanda) — J. McB./L. E.
(Asunto C-400/10 PPU) (1)
(Cooperación judicial en materia civil - Materia matrimonial y de responsabilidad parental - Convenio de La Haya de 25 de octubre de 1980 sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores - Reglamento (CE) no 2201/2003 - Menores cuyos progenitores no están casados - Derecho de custodia del padre - Interpretación del concepto de «derecho de custodia» - Principios generales del Derecho y Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea)
2010/C 328/15
Lengua de procedimiento: inglés
Órgano jurisdiccional remitente
Supreme Court
Partes en el procedimiento principal
Recurrente: J. McB.
Recurrida: L. E.
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Supreme Court — Interpretación del Reglamento (CE) no 2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, por el que se deroga el Reglamento (CE) no 1347/2000 (DO L 338, p. 1) — Menor cuyos progenitores no están casados — Derecho de custodia del padre — Normativa nacional que obliga al padre a obtener una orden de un tribunal competente con el fin de poder invocar el derecho de custodia del menor que haga ilícito el traslado o la no restitución del menor al lugar de su residencia habitual.
Fallo
El Reglamento (CE) no 2201/2003, del Consejo, de 27 de noviembre de 2003, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, por el que se deroga el Reglamento (CE) no 1347/2000, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a que el ordenamiento jurídico de un Estado miembro supedite la adquisición del derecho de custodia por el padre de un menor, no casado con la madre de este, a que el padre obtenga una resolución del órgano jurisdiccional nacional competente que le confiera tal derecho que puede hacer ilícito, en el sentido del artículo 2, número 11, de dicho Reglamento, el traslado del menor por su madre o la no restitución de este.