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Document 62022CN0267

Asunto C-267/22: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Arbitral Tributário (Centro de Arbitragem Administrativa — CAAD) (Portugal) el 20 de abril de 2022 — Global Roads Investimentos SGPS, Lda / Autoridade Tributária e Aduaneira

DO C 318 de 22.8.2022, p. 20–21 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

22.8.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 318/20


Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Arbitral Tributário (Centro de Arbitragem Administrativa — CAAD) (Portugal) el 20 de abril de 2022 — Global Roads Investimentos SGPS, Lda / Autoridade Tributária e Aduaneira

(Asunto C-267/22)

(2022/C 318/29)

Lengua de procedimiento: portugués

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunal Arbitral Tributário (Centro de Arbitragem Administrativa — CAAD)

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Global Roads Investimentos SGPS, Lda

Demandada: Autoridade Tributária e Aduaneira

Cuestión prejudicial

¿Está comprendida en el concepto de «entidad financiera», en el sentido del artículo 3, apartado 1, punto 22 de la Directiva 2013/36/UE (1) y del artículo 4, apartado 1, punto 26, del Reglamento (UE) n.o 575/2013, (2) una sociedad de cartera domiciliada en Portugal, regulada por lo dispuesto en el Decreto-ley n.o 495/88, de 30 de diciembre, que tiene por único objeto la gestión de participaciones sociales de otras sociedades como forma indirecta de ejercicio de actividades económicas, y que, en este ámbito, adquiere y posee con carácter duradero esas participaciones, que, en general, no son inferiores al 10 % del capital social de las sociedades participadas, que no operan en el sector de los seguros ni en el sector financiero?


(1)  Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito, por la que se modifica la Directiva 2002/87/CE y se derogan las Directivas 2006/48/CE y 2006/49/CE (DO 2013, L 176, p. 338).

(2)  Reglamento (UE) n.o 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 648/2012 (DO 2013, L 176, p. 1).


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