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Document 62019TN0880

Asunto T-880/19: Recurso interpuesto el 31 de diciembre de 2019 — UW/Comisión

DO C 68 de 2.3.2020, p. 49–50 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

2.3.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 68/49


Recurso interpuesto el 31 de diciembre de 2019 — UW/Comisión

(Asunto T-880/19)

(2020/C 68/58)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: UW (representante: F. Quraishi, abogado)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La demandante solicita al Tribunal General que:

Cite a las partes si fuera necesario.

Admita el presente recurso.

Lo declare fundado.

Reforme o anule la decisión denegatoria impugnada de 2 de octubre de 2019 que adoptó [confidencial(1) en su calidad de autoridad facultada para proceder a los nombramientos (en lo sucesivo, «AFPN») y declare fundada la reclamación NoR/352/19 de 27 de mayo de 2019 y, en consecuencia, reforme o anule la decisión inicial adoptada el 27 de febrero de 2019 por nulidad del procedimiento decisorio, traslado irregular a la comisión de invalidez, irregularidad formal, falta de base legal, motivación inexistente o errónea, abuso de poder, desviación o abuso o cualquier otra base que pudiera estimarse.

Ordene en consecuencia que se readmita a la demandante al último puesto de trabajo que ocupaba en [confidencial] o a cualquier otro puesto equivalente y que se restablezcan todos sus derechos con efectos retroactivos.

Ordene cualesquiera medidas y diligencias de instrucción, en particular un dictamen pericial médico por un médico especialista independiente a los fines de evaluar la correspondencia del estado de salud de la demandante con el ejercicio del último puesto de trabajo ocupado en [confidencial] o en su defecto en cualquier otro puesto de trabajo acorde con su grado y cualificaciones o en cualquier otro empleo acorde con sus posibilidades y aptitudes en la Comisión.

Condene a la AFPN a cargar con la totalidad de las costas y gastos y en particular los correspondientes al dictamen pericial.

Reserve a la demandante cualesquiera otros derechos, vías de recurso y acciones.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo del recurso, la demandante invoca cuatro motivos.

1.

Primer motivo, basado en la irregularidad de la decisión de la AFPN de 27 de febrero de 2019, que menciona erróneamente una decisión de la AFPN de 31 de marzo de 2016 de dar traslado a la comisión de invalidez, siendo así que dicho traslado se realizó el 26 de junio de 2018, lo que vicia la decisión impugnada de 27 de febrero de 2019 de una irregularidad que debe conllevar su reforma o anulación.

2.

Segundo motivo, basado en la irregularidad del traslado a la comisión de invalidez con posterioridad a la retirada de la decisión de 9 de noviembre de 2017 por decisión de 30 de abril de 2018 de la AFPN. En efecto, a raíz de la retirada de la decisión de 9 de noviembre de 2017 por la que se había declarado a la demandante en situación de invalidez permanente total, se la debería haber sometido a un control en el servicio médico. Pues bien, no se hizo tal cosa, debiendo esta irregularidad conllevar la reforma o la anulación de la decisión impugnada.

3.

Tercer motivo, basado en la irregularidad del traslado a la comisión de invalidez de fecha 26 de junio de 2018 por cuanto no se cumplían los requisitos para el traslado, en particular el relativo al período de enfermedad precedente al traslado.

4.

Cuarto motivo, basado en la composición irregular de la comisión de invalidez y en la falta de fundamento de las conclusiones adoptadas. La demandante sostiene que el doctor [confidencial] la acosaba y estima que, por lo tanto, es inconcebible que se le asignara el examen de su estado de salud. De este modo, la falta de imparcialidad de un miembro de la comisión de invalidez constituye una irregularidad que vicia la decisión de declarar a la demandante en situación de invalidez.


(1)  Datos confidenciales expurgados.


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