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Document C2011/311/04

Criterios de atribución de asuntos a las Salas

DO C 311 de 22.10.2011, p. 4–4 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

22.10.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 311/4


Criterios de atribución de asuntos a las Salas

2011/C 311/04

El 10 de octubre de 2011, el Tribunal de la Función Pública, de conformidad con los artículos 4 del anexo I del Estatuto del Tribunal de Justicia y 12 del Reglamento de Procedimiento, ha decidido atribuir los asuntos, desde el momento de la presentación de la demanda, alternativamente a la Sala Primera, a la Sala Segunda y a la Sala Tercera, en función de su orden de registro en la Secretaría, sin perjuicio de los artículos 13, 14 y 46, apartado 2, del Reglamento de Procedimiento.

El Presidente del Tribunal de la Función Pública podrá establecer excepciones a las reglas de reparto anteriormente expuestas por razones de conexión o para garantizar un reparto equilibrado y coherente del volumen de trabajo en el Tribunal de la Función Pública.


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