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Document 62010CA0504

Asunto C-504/10: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 27 de octubre de 2011 (petición de decisión prejudicial planteada por el Najvyšší súd Slovenskej republiky — República Eslovaca) — Tanoarch s.r.o./Daňové riaditeľstvo Slovenskej republiky ( «Fiscalidad — IVA — Derecho a deducción — Cesión de una parte de los derechos sobre una invención, que ostentan varias empresas, a una empresa que tiene derecho a utilizar esa invención en su totalidad — Práctica abusiva» )

DO C 370 de 17.12.2011, p. 15–15 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

17.12.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 370/15


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 27 de octubre de 2011 (petición de decisión prejudicial planteada por el Najvyšší súd Slovenskej republiky — República Eslovaca) — Tanoarch s.r.o./Daňové riaditeľstvo Slovenskej republiky

(Asunto C-504/10) (1)

(Fiscalidad - IVA - Derecho a deducción - Cesión de una parte de los derechos sobre una invención, que ostentan varias empresas, a una empresa que tiene derecho a utilizar esa invención en su totalidad - Práctica abusiva)

2011/C 370/23

Lengua de procedimiento: eslovaco

Órgano jurisdiccional remitente

Najvyšší súd Slovenskej republiky

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Tanoarch s.r.o.

Demandada: Daňové riaditeľstvo Slovenskej republiky

Objeto

Petición de decisión prejudicial — Najvyšší súd Slovenskej republiky — Interpretación de la Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios — Sistema común del impuesto sobre el valor añadido: base imponible uniforme (DO L 145, p. 1; EE 09/01, p. 54) y, en particular, de su artículo 2, número 1 — Cesión de una parte de los derechos sobre una invención, que ostentan varias empresas, a una empresa que ya tiene derecho a utilizar dicha invención en su totalidad — Posible existencia de derecho a deducción del impuesto soportado.

Fallo

1)

Un sujeto pasivo podrá, en principio, invocar el derecho a deducir el impuesto sobre el valor añadido devengado o pagado por una prestación de servicios, efectuada a título oneroso, cuando el Derecho nacional aplicable permita la cesión de una parte en la cotitularidad de una invención que confiere un derecho sobre ésta.

2)

Incumbe al órgano jurisdiccional remitente determinar, habida cuenta de todas las circunstancias de hecho que caracterizan la prestación de servicios controvertida en el litigio principal, si existe o no abuso del derecho en relación con el derecho a deducir el impuesto sobre el valor añadido soportado.


(1)  DO C 46, de 12.2.2011.


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