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Document 31992H0173

RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO de 16 de marzo de 1992 por la que se aprueba la ejecución por la Comisión de las operaciones del Fondo Europeo de Desarrollo (1984) (sexto FED) para el ejercicio 1990 (92/173/CEE)

DO L 75 de 21.3.1992, p. 55–55 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 31/12/1992

ELI: http://data.europa.eu/eli/reco/1992/173/oj

31992H0173

RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO de 16 de marzo de 1992 por la que se aprueba la ejecución por la Comisión de las operaciones del Fondo Europeo de Desarrollo (1984) (sexto FED) para el ejercicio 1990 (92/173/CEE) -

Diario Oficial n° L 075 de 21/03/1992 p. 0055 - 0055


RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO de 16 de marzo de 1992 por la que se aprueba la ejecución por la Comisión de las operaciones del Fondo Europeo de Desarrollo (1984) (sexto FED) para el ejercicio 1990 (92/173/CEE)

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 206 ter,

Visto el tercer Convenio ACP-CEE, firmado en Lomé el 8 de diciembre de 1984,

Vista la Decisión 86/283/CEE del Consejo, de 30 de junio de 1986, relativa a la asociación de los países y territorios de Ultramar a la Comunidad Económica Europea (1),

Visto el Acuerdo interno relativo a la financiación y a la gestión de las ayudas de la Comunidad (2), firmado en Bruselas el 19 de febrero de 1985, modificado por la Decisión 86/281/CEE (3), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 29,

Visto el Reglamento financiero de 11 de noviembre de 1986, aplicable al sexto Fondo Europeo de Desarrollo (4), y, en particular, sus artículos 66 a 73,

Habiendo examinado la cuenta de gestión y el balance referentes a las operaciones del Fondo Europeo de Desarrollo (1984) (sexto FED) aprobados el 31 de diciembre de 1989, así como el informe del Tribunal de Cuentas relativo al ejercicio 1990, acompañado de las respuestas de la Comisión (5),

Considerando que, en virtud del apartado 3 del artículo 29 del Acuerdo interno, la aprobación de la gestión llevada a cabo por la comisión del Fondo Europeo de Desarrollo (1984) (sexto FED) se efectuará por el Parlamento Europeo previa recomendación del Consejo;

Considerando que la ejecución, en su conjunto, de las operaciones del Fondo Europeo de Desarrollo (1984) (sexto FED) durante el ejercicio 1990, por la Comisión, ha sido satisfactoria,

RECOMIENDA al Parlamento Europeo la aprobación por parte de la Comisión de la ejecución de las operaciones del Fondo Europeo de Desarrollo (1984) (sexto FED) para el ejercicio 1990. Hecho en Bruselas, el 16 de marzo de 1992. Por el Consejo

El Presidente

Jorge BRAGA DE MACEDO

(1) DO no L 175 de 1. 7. 1986, p. 1. (2) DO no L 86 de 31. 3. 1986, p. 210. (3) DO no L 178 de 2. 7. 1986, p. 13. (4) DO no L 325 de 20. 11. 1986, p. 42. (5) DO no C 324 de 13. 12. 1991, pp. 194 a 209 y 305 a 316.

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