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Document 32013R1288

Erasmus+: Asociaciones transnacionales de la UE en el ámbito de la educación, la formación, la juventud y el deporte

Estatuto jurídico del documento Esta síntesis se ha archivado y no se actualizará. Vea 'Erasmus+, el Programa de la Unión Europea para la educación y la formación, la juventud y el deporte' para obtener información actualizada sobre la materia.

Erasmus+: Asociaciones transnacionales de la UE en el ámbito de la educación, la formación, la juventud y el deporte

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) n.o 1288/2013 por el que se crea el programa «Erasmus+», de educación, formación, juventud y deporte de la Unión

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

Erasmus+ tiene como objetivo:

  • lograr que los jóvenes obtengan capacidades y conocimientos en otro país a fin de mejorar sus posibilidades de encontrar empleo;
  • mejorar la calidad de la enseñanza, la excelencia y la innovación en las instituciones de educación y formación;
  • complementar las políticas de los Estados miembros destinadas a modernizar sus sistemas de educación y formación profesional;
  • ampliar la dimensión internacional de la educación y la formación mediante la cooperación entre instituciones de la UE y de los países asociados en el ámbito de la educación superior y la educación y formación profesional (EFP);
  • mejorar la enseñanza y el aprendizaje de idiomas;
  • apoyar la excelencia de la enseñanza y la investigación relativa a la integración europea entre académicos, estudiantes y ciudadanos;
  • apoyar organizaciones activas en el ámbito del deporte de base (principalmente organismos públicos y clubs) para aprovechar el potencial del deporte en el fomento de la inclusión social y la lucha contra amenazas como el dopaje, los partidos amañados el racismo y la intolerancia.

PUNTOS CLAVE

Elegibilidad

Erasmus+ estará abierto a la participación de todos los Estados miembros, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza, así como a la de países candidatos a la adhesión y candidatos potenciales. Los países asociados, en especial los incluidos en la política europea de vecindad, podrán optar a oportunidades de estudio y formación y a actividades juveniles.

Implementación y participación

Las acciones de Erasmus+ se dividen en descentralizadas (gestionadas en cada país por organismos nacionales) o centralizadas gestionadas por la Agencia Ejecutiva en el ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural (EACEA) en Bruselas.

Presupuesto

El presupuesto general asignado asciende a 14 775 millones de euros para el periodo de 2014 a 2020.

Su asignación será la siguiente:

  • 77,5% para educación y formación;
  • 10% para juventud;
  • 3,5% para el Mecanismo de garantía de préstamos a estudiantes (para estudiantes de segundo ciclo de enseñanza superior, como por ejemplo un título de máster);
  • 1,9% para Jean Monnet (actividades de enseñanza e investigación sobre integración europea);
  • 1,8% para el deporte;
  • 3,4% en concepto de subvenciones de funcionamiento a las agencias nacionales; y
  • el 1,9% para cubrir gastos administrativos.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

Está en vigor desde el 1 de enero de 2014.

ANTECEDENTES

Para obtener más información, véanse:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) n.o 1288/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el que se crea el programa «Erasmus+», de educación, formación, juventud y deporte de la Unión y por el que se derogan las Decisiones n.o 1719/2006/CE, 1720/2006/CE y 1298/2008/CE (DO L 347 de 20.12.2013, pp. 50-73)

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (CE) n.o 1288/2013 se han incorporado al texto básico. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTO CONEXO

Reglamento (UE) 2018/1475 del Parlamento europeo y del Consejo de 2 de octubre de 2018 por el que se establece el marco jurídico del Cuerpo Europeo de Solidaridad y se modifican el Reglamento (UE) n.o 1288/2013, el Reglamento (UE) n.o 1293/2013 y la Decisión n.o 1313/2013/UE (DO L 250 de 4.10.2018, pp. 1-20)

última actualización 25.06.2014

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