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Document 62013TN0358

Asunto T-358/13: Recurso interpuesto el 9 de julio de 2013 — Italia/Comisión

DO C 252 de 31.8.2013, p. 40–41 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
DO C 252 de 31.8.2013, p. 26–27 (HR)

31.8.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 252/40


Recurso interpuesto el 9 de julio de 2013 — Italia/Comisión

(Asunto T-358/13)

2013/C 252/68

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: República Italiana (representantes: M. Salvatorelli, avvocato dello Stato, y G. Palmieri, agente)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la Decisión de Ejecución de la Comisión 2013/209/UE, de 26 de abril de 2013, notificada con el número C(2013) 2444 el 29 de abril de 2013 mediante escrito no SG-Greffe (2013) D/5879, recibido en la representación permanente de Italia ante la Unión Europea el 29 de abril de 2013, que tiene por objeto «la liquidación de las cuentas de los organismos pagadores de los Estados miembros correspondientes a los gastos financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el ejercicio financiero 2012», en la medida en que al contemplar entre los «importes no reutilizables» la cantidad de 5 006 487,10 EUR relativa a la Regione Basilicata, detrae tal cantidad del límite de gastos Feader del Plan de Desarrollo Rural de la Basilicata, con lo que resulta imposible su uso dentro de dicho límite, determinándose esencialmente su liberación.

Condene en costas a la Comisión de la Unión Europea.

Motivos y principales alegaciones

En el presente recurso, el Gobierno italiano impugna la Decisión de la Comisión 2013/209/UE, de 26 de abril de 2013, notificada con el número C(2013) 2444 el 29 de abril de 2013, que tiene por objeto la «liquidación de las cuentas de los organismos pagadores de los Estados miembros correspondientes a los gastos financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el ejercicio financiero 2012», en la medida en que, al contemplar entre los «importes no reutilizables» la cantidad de 5 006 487,10 EUR relativa a la Regione Basilicata, detrae tal cantidad del límite de gastos Feader del Plan de Desarrollo Rural (PSR) Basilicata, con lo que resulta imposible su uso dentro de dicho límite de gastos, determinándose esencialmente su liberación.

A este respecto, la demandante afirma que la rectificación se deriva de la tesis de los Servicios de la Comisión de que algunos proyectos pagados durante el cuarto trimestre de 2011 no podían incluirse en la declaración trimestral de gastos por no ser conformes al PSR vigente.

Según la demandante, la posición de la Comisión, recogida finalmente en la Decisión de Ejecución que se impugna, aparece viciada desde varios puntos de vista:

En primer lugar, es lícito dudar de que sea correcta la inserción de la reducción que se deriva del artículo 27 del Reglamento (CE) no 1290/2005 del Consejo, de 21 de junio de 2005, sobre la financiación de la política agrícola común (DO L 209, p. 1), calificada como «importe no reutilizable», en el marco de la decisión de liquidación de cuentas, no debiendo tenerse en cuenta en ésta cualquier importe suspendido o reducido, como establece el artículo 29, apartado 5, del Reglamento antes citado. Dicha reducción es errónea, entre otras cosas, en su cuantificación.

En segundo lugar, la medida está viciada por carecer de motivación y puesto que se trata de un importe relativo a una trimestral de gastos que la Comisión redujo o suspendió en el sentido del artículo 29, apartado 5, del Reglamento (CE) no 1290/2005.

Por último, la declaración de no poder reutilizar el importe es equivalente a su liberación, teniendo como consecuencia la imposibilidad de utilizar en el futuro la cantidad en el marco del límite de gastos del PSR Basilicata, pero la normativa UE vigente excluye que puedan liberarse importes suspendidos.


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