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Document 62013TN0336
Case T-336/13: Action brought on 24 June 2013 — Borghezio v Parliament
Asunto T-336/13: Recurso interpuesto el 24 de junio de 2013 — Borghezio/Parlamento
Asunto T-336/13: Recurso interpuesto el 24 de junio de 2013 — Borghezio/Parlamento
DO C 252 de 31.8.2013, p. 36–37
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
DO C 252 de 31.8.2013, p. 23–23
(HR)
31.8.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 252/36 |
Recurso interpuesto el 24 de junio de 2013 — Borghezio/Parlamento
(Asunto T-336/13)
2013/C 252/61
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: Mario Borghezio (Turín, Italia) (representante: H. Laquay, abogado)
Demandada: Parlamento Europeo
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
— |
Declare su recurso admisible y fundado y, en consecuencia, anule la decisión del Parlamento Europeo, en forma de declaración del Presidente del Parlamento Europeo en sesión plenaria de 10 de junio de 2013, con arreglo a la cual el demandante figurará a partir del 3 de junio de 2013 entre los diputados «no inscritos», quedando por tanto excluido a partir de esa fecha del grupo político «Europa de la Libertad y de la Democracia». |
— |
Resuelva sobre las costas con arreglo a Derecho. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso –además de señalar que la decisión de considerar a la parte demandante diputado no inscrito produce efectos jurídicos, ya que le priva de la posibilidad de ejercer su mandato parlamentario en las mismas condiciones que los diputados pertenecientes a un grupo político–, la parte demandante invoca dos motivos de fondo, sosteniendo que el Parlamento tiene la obligación de comprobar que no se hayan violado grave y manifiestamente los estatutos del grupo político o un principio general del Derecho.
1) |
Primer motivo, basado en una violación grave y evidente de los estatutos del grupo político «Europa de la Libertad y de la Democracia», pues la decisión de excluir del mismo a la parte demandante fue adoptada antes de la próxima reunión del grupo, en contra de lo establecido en sus estatutos. |
2) |
Segundo motivo, basado en una violación del derecho de defensa de la parte demandante, pues ésta no pudo presentar argumentos en su defensa en una reunión del grupo político «Europa de la Libertad y de la Democracia». |