EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 62011CA0409

Asunto C-409/11: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 11 de julio de 2013 (petición de decisión prejudicial planteada por el Fővárosi Törvényszék — Hungría) — Gábor Csonka, Tibor Isztli, Dávid Juhász, János Kiss, Csaba Szontágh/Magyar Állam (Circulación de vehículos automóviles — Seguro de la responsabilidad civil — Directiva 72/166/CEE — Artículo 3, apartado 1 — Directiva 84/5/CEE — Artículo 1, apartado 4, párrafo primero — Insolvencia del asegurador — No intervención del organismo de indemnización)

DO C 252 de 31.8.2013, p. 7–7 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

31.8.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 252/7


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 11 de julio de 2013 (petición de decisión prejudicial planteada por el Fővárosi Törvényszék — Hungría) — Gábor Csonka, Tibor Isztli, Dávid Juhász, János Kiss, Csaba Szontágh/Magyar Állam

(Asunto C-409/11) (1)

(Circulación de vehículos automóviles - Seguro de la responsabilidad civil - Directiva 72/166/CEE - Artículo 3, apartado 1 - Directiva 84/5/CEE - Artículo 1, apartado 4, párrafo primero - Insolvencia del asegurador - No intervención del organismo de indemnización)

2013/C 252/09

Lengua de procedimiento: húngaro

Órgano jurisdiccional remitente

Fővárosi Törvényszék

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: Gábor Csonka, Tibor Isztli, Dávid Juhász, János Kiss, Csaba Szontágh

Demandada: Magyar Állam

Objeto

Petición de decisión prejudicial — Fővárosi Bíróság — Interpretación de la Directiva 72/166/CEE del Consejo, de 24 de abril de 1972, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, así como del control de la obligación de asegurar esta responsabilidad (DO L 103, p. 1; EE 13/02, p. 113) — Obligación de los Estados miembros de adoptar las medidas necesarias para que todas las pólizas de seguro obligatorio de responsabilidad civil cubran todo el territorio de la Comunidad — Revocación de la autorización de explotación de una compañía de seguros de automóvil, que da lugar a que los particulares que contrataron con dicha compañía tengan que responder personalmente, con su propio patrimonio, de los daños causados a terceros — Responsabilidad del Estado en caso de transposición incorrecta de una directiva.

Fallo

El artículo 3, apartado 1, de la Directiva 72/166/CEE del Consejo, de 24 de abril de 1972, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, así como del control de la obligación de asegurar esta responsabilidad, en su versión modificada por la Directiva 2005/14/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2005, en relación con el artículo 1, apartado 4, de la Directiva 84/5/CEE del Consejo, de 30 de diciembre de 1983, Segunda Directiva relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el seguro de responsabilidad civil que resulta de la circulación de los vehículos automóviles, en su versión modificada por la Directiva 2005/14, debe interpretarse en el sentido de que no incluye, entre las obligaciones que dicha disposición impone a los Estados miembros, la de establecer un organismo que garantice la indemnización de las víctimas de accidentes de tráfico en el supuesto en que, aun cuando las personas responsables de los daños habían suscrito un seguro que cubría su responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, el asegurador deviene insolvente.


(1)  DO C 347, de 26.11.2011.


Top