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Document 62008FA0053

Asunto F-53/08: Sentencia del Tribunal de la Función Pública (Pleno) de 5 de mayo de 2010 — Bouillez y otros/Consejo (Función pública — Funcionarios — Promoción — Ejercicio de promoción de 2007 — Interés en ejercitar la acción — Decisión de promoción — Lista de funcionarios promovidos — Examen comparativo de los méritos — Criterio del nivel de las responsabilidades que se ejercen — Pretensión de que se anulen las decisiones de promoción — Ponderación de los intereses en juego)

DO C 234 de 28.8.2010, p. 56–57 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

28.8.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 234/56


Sentencia del Tribunal de la Función Pública (Pleno) de 5 de mayo de 2010 — Bouillez y otros/Consejo

(Asunto F-53/08) (1)

(Función pública - Funcionarios - Promoción - Ejercicio de promoción de 2007 - Interés en ejercitar la acción - Decisión de promoción - Lista de funcionarios promovidos - Examen comparativo de los méritos - Criterio del nivel de las responsabilidades que se ejercen - Pretensión de que se anulen las decisiones de promoción - Ponderación de los intereses en juego)

2010/C 234/102

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandantes: Vincent Bouillez (Overijse, Bélgica) y otros (representantes: S. Orlandi, A. Coolen, J.-N. Louis y E. Marchal, abogados)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Coadyuvantes: Eliza Niniou y Maria-Béatrice Postiglione Branco, con domicilio, respectivamente, en Schaerbeek (Bélgica) y en Kraainem (Bélgica) (representantes: inicialmente T. Bontinck y S. Woog, posteriormente T. Bontinck y S. Greco, abogados)

y

Maria De Jesus Cabrita y Marie-France Liegard, funcionarias del Consejo de la Unión Europea, con domicilio en Bruselas (representantes: inicialmente N. Lhoëst, posteriormente N. Lhoëst y L. Delhaye, abogados)

Objeto

Anulación de las decisiones de la AFPN de no promover a los demandantes al grado AST 7 respecto del ejercicio de promoción de 2007

Fallo

1)

Anular las decisiones del Consejo de la Unión Europea de no promover a los Sres. Bouillez y Van Neyghem y a la Sra. Wagner-Leclercq al grado AST 7 respecto del ejercicio de promoción de 2007.

2)

Desestimar las restantes pretensiones del recurso de los Sres. Bouillez y Van Neyghem y de la Sra. Wagner-Leclercq.

3)

Condenar en costas al Consejo de la Unión Europea.

4)

Las partes coadyuvantes cargarán con sus propias costas.


(1)  DO C 183, de 19.7.2008, p. 35.


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