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Document 51998AP0457

Legislative resolution embodying Parliament's opinion on the proposal for a Council Decision adopting a specific programme for research, technological development and demonstration on 'Improving the human research potential and the socio-economic knowledge base' (1998-2002) (COM(98) 0305 C4-0439/98 98/0183(CNS))(Consultation procedure)

DO C 98 de 9.4.1999, p. 110 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

51998AP0457



Diario Oficial n° C 098 de 09/04/1999 p. 0110


A4-0457/98

Propuesta de decisión del Consejo por la que se adopta el programa específico de investigación, desarrollo tecnológico y demostración (1998-2002) para el incremento del potencial humano de investigación y de la base de conocimientos socioeconómicos (COM(98)0305 - C4-0439/98 - 98/0183(CNS))

Esta propuesta ha sido aprobada con las siguientes modificaciones:

(Enmienda 1)

Considerando 6 bis (nuevo)

>Texto tras el voto del PE>

Considerando que los objetivos fundamentales de la política de IDT son el desarrollo de la competitividad de la industria europea y el fortalecimiento de la cohesión económica y social de la Unión;

(Enmienda 2)

Considerando 7 bis (nuevo)

>Texto tras el voto del PE>

Considerando que la competitividad industrial de la Unión, sus empleos y su calidad de vida dependen de que se mantenga en vanguardia en el desarrollo y adopción de las tecnologías propias de la sociedad de la información;

(Enmienda 3 )

Considerando 8 bis (nuevo)

>Texto original>

>Texto tras el voto del PE>

Considerando que la política comunitaria para el fomento de la igualdad de oportunidades debe tenerse en cuenta en la ejecución del presente programa;

(Enmienda 4)

Considerando 8 ter (nuevo)

>Texto tras el voto del PE>

Considerando que, si el factor tecnológico es un factor clave de la innovación, los recursos humanos constituyen un factor fundamental; que, a este respecto, la educación inicial y la formación continua, como también lo señala el Libro Verde sobre la innovación, desempeñan una función primordial;

(Enmienda 5)

Considerando 8 quater (nuevo)

>Texto original>

>Texto tras el voto del PE>

Considerando que la mejora de los sistemas de enseñanza y de formación es vital para la capacidad de innovación y, por consiguiente, para la competitividad y el empleo en la Unión;

(Enmienda 6)

Artículo 2, apartados 1, 2 y 3

>Texto original>

1. De conformidad con el Anexo III del Quinto Programa Marco, el importe que se estima necesario para la ejecución del programa específico (denominado en lo sucesivo «el importe») asciende a 1.402 millones de ecus, incluido un 6,35% como máximo para los gastos administrativos de la Comisión.

>Texto tras el voto del PE>

1.

De conformidad con el Anexo III del Quinto Programa Marco, el importe que se estima necesario para la ejecución del programa específico (denominado en lo sucesivo «el importe») asciende a 1.280 millones de ecus, incluido un 6,35% como máximo para los gastos administrativos de la Comisión.

>Texto original>

2. En el Anexo I figura el desglose indicativo de este importe.

>Texto tras el voto del PE>

2.

En el Anexo I figura el desglose indicativo de este importe.

>Texto original>

3. De esta cantidad

- 288,5 millones de ecus se destinan al período 1998-1999 y

- 1.113,5 millones de ecus al período 2000-2002.

>Texto tras el voto del PE>

3.

De esta cantidad

- 293 millones de ecus se destinan al período 1998-1999 y

- 987 millones de ecus al período 2000-2002.

>Texto original>

Si procede, este importe se adaptará en las condiciones previstas en el apartado 3 del artículo 3 del Quinto Programa Marco.

>Texto tras el voto del PE>

Si procede, este importe se adaptará en las condiciones previstas en el artículo

2 del Quinto Programa Marco.

(Enmienda 7)

Artículo 2, apartado 4

>Texto original>

4. Con sujeción a los objetivos científicos y tecnológicos y a las prioridades establecidas en la presente Decisión, la autoridad presupuestaria establecerá los importes correspondientes a cada ejercicio financiero teniendo en cuenta los recursos asignados dentro de las perspectivas financieras plurianuales.

>Texto tras el voto del PE>

4.

Con sujeción a los objetivos científicos y tecnológicos establecidos en la presente Decisión, la autoridad presupuestaria establecerá los importes correspondientes a cada ejercicio financiero.

(Enmienda 8)

Artículo 5, apartado 1, párrafo segundo bis (nuevo)

>Texto original>

>Texto tras el voto del PE>

La Comisión publicará el programa de trabajo y todas sus actualizaciones en papel y en formato electrónico (en Internet).

(Enmienda 9)

Artículo 5, apartado 2 bis (nuevo)

>Texto original>

>Texto tras el voto del PE>

2 bis. Todas las licitaciones para acciones de IDT tendrán en cuenta las políticas de la UE en materia de igualdad de oportunidades.

(Enmienda 10)

Artículo 6, apartado 3, guión tercero

>Texto original>

- cualquier reajuste de la distribución indicativa del importe que figura en el Anexo I.

>Texto tras el voto del PE>

- cualquier reajuste de la distribución indicativa del importe que figura en el Anexo I, en la medida en que es compatible con los repartos establecidos anualmente por la autoridad presupuestaria.

(Enmienda 11)

Artículo 7, apartado 1

>Texto original>

1. El Comité emitirá su dictamen sobre los proyectos de medidas mencionados en el apartado 3 del artículo 6 en un plazo que el presidente podrá determinar en función de la urgencia de la cuestión de que se trate. El dictamen se emitirá según la mayoría prevista en el apartado 2 del artículo 148 del Tratado para adoptar aquellas decisiones que el Consejo deba tomar a propuesta de la Comisión. Con motivo de la votación en el Comité, los votos de los representantes de los Estados miembros se ponderarán de la manera definida en el artículo anteriormente citado. El presidente no tomará parte en la votación.

>Texto tras el voto del PE>

1.

El Comité emitirá su dictamen sobre los proyectos de medidas mencionados en el apartado 3 del artículo 6 en un plazo que el presidente podrá determinar en función de la urgencia de la cuestión de que se trate, en caso necesario mediante votación.

El dictamen se incluirá en el acta; además, cada Estado miembro tendrá derecho a solicitar que su posición conste en la misma.

>Texto original>

La Comisión adoptará las medidas previstas cuando sean conformes al dictamen del Comité.

>Texto tras el voto del PE>

La Comisión tendrá lo más en cuenta posible el dictamen emitido por el Comité e informará al Comité de la manera en que ha tenido en cuenta dicho dictamen.

>Texto original>

Cuando las medidas previstas no sean conformes al dictamen del Comité, o en caso de ausencia de dictamen, la Comisión someterá sin demora al Consejo una propuesta relativa a las medidas que deban tomarse. El Consejo se pronunciará por mayoría cualificada.

>Texto tras el voto del PE>

El Comité se reunirá por lo general en público, salvo decisión específica en contra debidamente motivada y publicada con antelación. El Comité publicará el orden del día dos semanas antes de sus reuniones (también en Internet). Publicará además actas de dichas reuniones (también en Internet) y establecerá un registro público de declaraciones de intereses de sus miembros.

>Texto original>

Si, transcurrido un plazo de 6 semanas a partir del momento en que la propuesta se haya sometido al Consejo, éste no se hubiere pronunciado, la Comisión adoptará las medidas propuestas.

>Texto tras el voto del PE>

Estas disposiciones se adoptarán de acuerdo con la posición del Parlamento Europeo sobre un nuevo acto que establezca los principios relativos a los comités de la Unión Europea presididos por la Comisión, así como las competencias de ejecución de esta última.

(Enmienda 12)

Artículo 7, apartado 2

>Texto original>

2. La Comisión informará regularmente al Comité del Programa acerca de la ejecución del programa específico y, especialmente, de los resultados de la evaluación y selección de las acciones indirectas de IDT.

>Texto tras el voto del PE>

2. De conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 5 del Programa Marco, la Comisión informará regularmente al Consejo, al Parlamento Europeo y al Comité del Programa acerca de la ejecución del programa específico y, especialmente, de los resultados de la evaluación y selección de las acciones indirectas de IDT, incluida la participación de las PYME, así como de la simplificación de los procedimientos administrativos.

(Enmienda 13)

Artículo 7 bis (nuevo)

>Texto original>

>Texto tras el voto del PE>

Artículo 7 bis

Se garantizará la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas de conformidad con el Reglamento (CE, Euratom) n° 2988/95 relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas(1).

__________

(1) DO L 312 de 23.12.1995, pág. 1.

(Enmienda 14)

Anexo I, cuadro

>Texto original>

Tipo de acción Total

Importe 1.402 millones de ecus

Acción clave: Incremento del

potencial humano de investigación

y de la base de conocimientos

socioeconómicos 10,0%

>Texto tras el voto del PE>

Tipo de acción Total

Importe 1.280 millones de ecus

Acción clave: Incremento del

potencial humano de investigación

y de la base de conocimientos

socioeconómicos 15,0%

(Enmienda 15)

Anexo II, introducción,

Objetivos generales, guiones tercero y cuarto

>Texto original>

- contribuir a que la Comunidad se convierta en un lugar atractivo para los investigadores, promover la investigación europea en la escena internacional y fomentar una cultura científica y tecnológica europea;

>Texto tras el voto del PE>

-

contribuir a que la Comunidad se convierta en un lugar atractivo para los investigadores y fomentar una cultura científica y tecnológica europea de carácter internacional, en particular mediante una interconexión sistemática y la difusión pública detallada de los resultados de la investigación;

>Texto original>

- ampliar, mediante una acción clave específica, la base de conocimientos socioeconómicos, para comprender mejor los problemas cruciales a que se enfrenta la sociedad europea;

>Texto tras el voto del PE>

-

ampliar, mediante una acción clave específica, la base de conocimientos socioeconómicos, para comprender mejor los problemas cruciales a que se enfrenta la sociedad europea y formular recomendaciones para el debate político;

(Enmienda 16)

Anexo II, parte 1, introducción, párrafo segundo

>Texto original>

Para abordar estos problemas, la acción «Apoyo a la formación y movilidad de los investigadores» pretende crear un espacio europeo de investigación, mediante los siguientes objetivos: fomento de la formación mediante la investigación de los jóvenes investigadores, en particular al comienzo de su vida profesional; fomento de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el ámbito de la investigación; fomento de la cooperación transnacional entre equipos de investigación, en especial mediante la constitución de redes en torno a un proyecto de investigación común; fomento de la movilidad de los investigadores por toda Europa; impulso de la cooperación, la interacción y la movilidad de personas entre la investigación académica e industrial; y fomento de la cohesión científica y tecnológica de la Comunidad, en especial por lo que respecta a las regiones menos favorecidas.

>Texto tras el voto del PE>

Para abordar estos problemas, la acción «Apoyo a la formación y movilidad de los investigadores» pretende crear un espacio europeo de investigación, mediante los siguientes objetivos: fomento de la formación mediante la investigación de los jóvenes investigadores, en particular al comienzo de su vida profesional; fomento de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el ámbito de la investigación; fomento de la cooperación transnacional entre equipos de investigación, en especial mediante la constitución de redes en torno a un proyecto de investigación común; fomento de la movilidad de los investigadores por toda Europa; impulso de la cooperación, la interacción y la movilidad de personas entre la investigación académica e industrial; y fomento de la cohesión científica y tecnológica de la Comunidad, en especial por lo que respecta a las regiones menos favorecidas

, teniendo en cuenta en particular la evolución de la ciencia hacia la interdisciplinariedad.

(Enmienda 17)

Anexo II, parte 1, introducción, párrafo tercero

>Texto original>

Esta acción del programa se llevará a cabo en dos líneas: las redes de formación mediante la investigación y el sistema de becas Marie Curie. Ambas estarán abiertas a todas las áreas de la investigación científica que contribuyan a los objetivos de la Comunidad en materia de investigación, desarrollo tecnológico y demostración, e irán destinadas a proyectos libremente escogidos por los propios particulares. Para la selección de los proyectos no se establecerán prioridades en función de la disciplina científica o tema de que se trate, sino que se actuará conforme a un único criterio de calidad científica y pertinencia para los objetivos de las acciones (modelo «bottom-up»).

>Texto tras el voto del PE>

Esta acción del programa se llevará a cabo en dos líneas: las redes de formación mediante la investigación y el sistema de becas Marie Curie. Ambas estarán abiertas a todas las áreas de la investigación científica que contribuyan a los objetivos de la Comunidad en materia de investigación, desarrollo tecnológico y demostración, e irán destinadas a proyectos libremente escogidos por los propios particulares. Para la selección de los proyectos no se establecerán prioridades en función de la disciplina científica o tema de que se trate, sino que se actuará conforme a un único criterio de calidad científica y pertinencia para los objetivos de las acciones (modelo «bottom-up»).

No obstante, se realizará una evaluación pública (ex-post) de la distribución del proyecto por disciplinas científicas y participación de sexos.

(Enmienda 18)

Anexo II, parte 1, párrafo tercero bis (nuevo)

>Texto original>

>Texto tras el voto del PE>

Se realizará un esfuerzo especial para conseguir una participación equilibrada de hombres y mujeres en los comités de selección de los proyectos.

(Enmienda 19)

Anexo II, parte 1, Redes de formación mediante la investigación, párrafo segundo

>Texto original>

Cada red establecerá su correspondiente programa de formación para jóvenes investigadores. Dicho programa aprovechará el carácter internacional de la red y, cuando proceda, la multidisciplinariedad del proyecto cooperativo, la complementariedad de los equipos que forman la red y los contactos de la red con el sector industrial. Las redes de formación mediante la investigación promoverán, en particular, la formación de investigadores en un entorno relacionado con la industria e impulsarán la interacción entre la investigación académica e industrial. Todas las redes deberán ofrecer igualdad de oportunidades a los investigadores e investigadoras.

>Texto tras el voto del PE>

Cada red establecerá su correspondiente programa de formación para jóvenes investigadores. Dicho programa aprovechará el carácter internacional de la red y, cuando proceda, la multidisciplinariedad del proyecto cooperativo, la complementariedad de los equipos que forman la red y los contactos de la red con el sector industrial. Las redes de formación mediante la investigación promoverán, en particular, la formación de investigadores en un entorno relacionado con la industria e impulsarán la interacción entre la investigación académica e industrial.

Se garantizará en todas las redes la igualdad de oportunidades entre investigadores e investigadoras.

(Enmienda 20)

Anexo II, parte 1,

Becas individuales Marie-Curie,párrafo primero

>Texto original>

Estas becas proporcionarán formación avanzada mediante la investigación a los mejores jóvenes investigadores de Europa para que, en un futuro, formen la élite de la investigación europea. Las instituciones de investigación acogerán a jóvenes investigadores con la experiencia necesaria.

>Texto tras el voto del PE>

Estas becas proporcionarán formación avanzada mediante la investigación a los mejores jóvenes investigadores de Europa para que, en un futuro, formen la élite de la investigación europea. Las instituciones de investigación acogerán a jóvenes investigadores con la experiencia necesaria.

A la hora de fijar los límites de edad se tendrán en cuenta los períodos consagrados a la educación de los hijos.

(Enmienda 21)

Anexo II, parte 1,

Estancias en Centros de Formación Marie Curie, párrafo primero

>Texto original>

Esta acción ofrecerá a los jóvenes investigadores que cursen estudios de doctorado la posibilidad de efectuar parte de los mismos en un centro de formación Marie Curie, para, de esta forma, optimizar la utilización de los centros de formación especializados generando valor añadido comunitario. Además, se podrán considerar centros de formación las entidades organizadoras de estudios internacionales de doctorado que participen en un marco oficial de colaboración con entidades participantes de distintos países, concretada en la existencia de requisitos comunes para la obtención del título de doctor.

>Texto tras el voto del PE>

Esta acción ofrecerá a los jóvenes investigadores que cursen estudios de doctorado la posibilidad de efectuar parte

o la totalidad de los mismos en un centro de formación Marie Curie, para, de esta forma, optimizar la utilización de los centros de formación especializados generando valor añadido comunitario. Además, se podrán considerar centros de formación las entidades organizadoras de estudios internacionales de doctorado que participen en un marco oficial de colaboración con entidades participantes de distintos países, concretada en la existencia de requisitos comunes para la obtención del título de doctor.

(Enmienda 22)

Anexo II, parte 1,

Mejora del acceso a las infraestructuras de investigación, cuarto párrafo

>Texto original>

Otra característica de la investigación europea es el nivel relativamente escaso de cooperación transnacional que existe entre operadores de infraestructuras en numerosos ámbitos. Se generaría un importante valor añadido comunitario si se pudiera crear entre los operadores de infraestructuras el mismo espíritu de cooperación que empieza a existir entre los investigadores europeos.

>Texto tras el voto del PE>

Otra característica de la investigación europea es el nivel relativamente escaso de cooperación transnacional que existe entre operadores de infraestructuras en numerosos ámbitos. Se generaría un importante valor añadido comunitario si se pudiera crear entre los operadores de infraestructuras el mismo espíritu de cooperación que empieza a existir entre los investigadores europeos.

Una importante condición previa al respecto es que la lista de la Comisión de los centros de investigación se ponga a disposición de todos los operadores de infraestructuras.

(Enmienda 23)

Anexo II, parte 1,

Fomento de la excelencia científica y tecnológica, párrafo primero

>Texto original>

La excelencia científica y tecnológica son esenciales para que Europa pueda triunfar en el entorno competitivo de la investigación y desarrollo científicos internacionales. El fomento de la excelencia deberá animar a los mejores investigadores y equipos a que participen y se comprometan en la investigación europea y a que se incremente la visibilidad de los resultados más destacados de la investigación obtenidos por investigadores europeos.

>Texto tras el voto del PE>

La excelencia científica y tecnológica son esenciales para que Europa pueda triunfar en el entorno competitivo de la investigación y desarrollo científicos internacionales. El fomento de la excelencia deberá animar a los mejores investigadores y equipos a que participen y se comprometan en la investigación europea y a que se incremente la visibilidad de los resultados más destacados de la investigación obtenidos por investigadores europeos.

Es deseable la participación de mujeres en dichos equipos, con el fin de valorizar su contribución a la investigación científica en Europa.

(Enmienda 24)

Anexo II, parte 1,

Fomento de la excelencia científica y tecnológica

Sensibilización pública, párrafo primero

>Texto original>

El objetivo principal es sensibilizar a la opinión pública con respecto a las actividades científicas y de desarrollo tecnológico, en particular las patrocinadas por los programas de investigación europeos, para contribuir a una aproximación entre la ciencia europea y el ciudadano. Ello contribuirá a que los ciudadanos europeos comprendan mejor los efectos benéficos de la ciencia y la tecnología en sus vidas cotidianas, pero también sus

limitaciones y posibles consecuencias. También se intentará sensibilizar a los científicos en relación con los temas que preocupan a la opinión pública.

>Texto tras el voto del PE>

El objetivo principal es sensibilizar a la opinión pública con respecto a las actividades científicas y de desarrollo tecnológico, en particular las patrocinadas por los programas de investigación europeos, para contribuir a una aproximación entre la ciencia europea y el ciudadano. Ello contribuirá a que los ciudadanos europeos comprendan mejor los efectos benéficos de la ciencia y la tecnología en sus vidas cotidianas, pero también sus

limitaciones y posibles consecuencias. También se intentará sensibilizar a los científicos en relación con los temas que preocupan a la opinión pública. Por una parte, la difusión de informaciones a través de Internet reviste en este sentido una gran importancia; por otra, hay que lograr interesar a importantes multiplicadores, sobre todo los medios de comunicación, para que expongan el papel social de la investigación.

(Enmienda 25)

Anexo II, parte 1

Acción clave: mejora de la base de conocimientos socioeconómicos, párrafo segundo

>Texto original>

En un periodo en el que se acumulan los desafíos, como por ejemplo, los inaceptables niveles de desempleo, el aumento de las desigualdades y la progresiva disminución de su contribución relativa a la economía mundial, la sociedad europea tendrá que cambiar para alcanzar un desarrollo socioeconómico sostenible, acrecentar la calidad de vida de todos sus ciudadanos y mantener y mejorar su posición competitiva en el mundo. Por consiguiente, las ciencias sociales deben ser capaces de responder a estos retos, superar los límites nacionales, intensificar la cooperación y mejorar la capacidad de análisis. Por añadidura, el mismo proceso de integración europea ha generado un nuevo objeto de estudio - la sociedad europea - que es distinto de la suma de sus componentes, si bien depende en gran medida de ellos.

>Texto tras el voto del PE>

En un periodo en el que se acumulan los desafíos, como por ejemplo, los inaceptables niveles de desempleo,

el envejecimiento de la población, la mundialización de la economía, el aumento de las desigualdades y la progresiva disminución de su contribución relativa a la economía mundial, la sociedad europea tendrá que cambiar para alcanzar un desarrollo socioeconómico sostenible, acrecentar la calidad de vida de todos sus ciudadanos y mantener y mejorar su posición competitiva en el mundo. Por consiguiente, las ciencias sociales deben ser capaces de responder a estos retos, superar los límites nacionales, intensificar la cooperación y mejorar la capacidad de análisis. La ciencia debe percibir más claramente la función de asesoramiento y apoyo que tiene con respecto a la política para desarrollar propuestas de solución de problemas sociales. Por añadidura, el mismo proceso de integración europea ha generado un nuevo objeto de estudio - la sociedad europea - que es distinto de la suma de sus componentes, si bien depende en gran medida de ellos.

(Enmienda 26)

Anexo II, parte 1,

Acción clave: mejora de la base de conocimientos socioeconómicos, párrafo tercero

>Texto original>

El objetivo de esta acción clave es comprender mejor las transformaciones estructurales que están teniendo lugar en la sociedad europea con el fin de descubrir las formas de gestionar el cambio y hacer que los ciudadanos europeos participen más activamente en la conformación de su futuro. Ello obligará a analizar las principales tendencias que están en el origen de estos cambios, así como las relaciones entre tecnología, empleo y sociedad, reevaluar los mecanismos de participación en la acción colectiva en todos los niveles de poder y elaborar nuevas estrategias de desarrollo que fomenten el crecimiento, el empleo y la cohesión económica y social.

>Texto tras el voto del PE>

El objetivo de esta acción clave es comprender mejor las transformaciones estructurales que están teniendo lugar en la sociedad europea con el fin de descubrir las formas de gestionar el cambio y hacer que los ciudadanos europeos participen más activamente en la conformación de su futuro. Ello obligará a analizar las principales tendencias que están en el origen de estos cambios, así como las relaciones entre tecnología, empleo y sociedad,

el impacto de las nuevas tecnologías en las condiciones de trabajo y la aparición de nuevos riesgos laborales para la salud y la seguridad, reevaluar los mecanismos de participación en la acción colectiva en todos los niveles de poder y elaborar nuevas estrategias de desarrollo que fomenten el crecimiento, el empleo y la cohesión económica y social.

(Enmienda 27)

Anexo II, parte 1,

Acción clave: mejora de la base de conocimientos socioeconómicos, párrafo cuarto

>Texto original>

Esta acción clave cubre diversos temas relacionados con los objetivos generales del Programa Marco. Con ella se pretenden definir las bases de un desarrollo social, económico, cultura y generador de empleo, y contribuir a la construcción de la sociedad europea del conocimiento. Dichos temas no deben considerarse aisladamente, sino como partes interrelacionadas de un marco coherente y global.

>Texto tras el voto del PE>

Esta acción clave cubre diversos temas relacionados con los objetivos generales del Programa Marco. Con ella se pretenden definir las bases de un desarrollo social, económico, cultura y generador de empleo, y contribuir a la construcción de la sociedad europea del conocimiento. Dichos temas no deben considerarse aisladamente, sino como partes interrelacionadas de un marco coherente y global.

Por esta razón, en el marco de las actividades de investigación del programa marco, esta conexión deberá revestir una especial importancia. Se fomentará la integración del objetivo de la igualdad entre mujeres y hombres en los proyectos de investigación socioeconómica más apropiados.

(Enmienda 28)

Anexo II, punto 1,

Acción clave: mejora de la base de conocimientos socioeconómicos,

Tendencias sociales y cambios estructurales, párrafo primero

>Texto original>

En una situación caracterizada por profundos cambios estructurales, demográficos y sociales, la investigación intentará elucidar las complejas interacciones que tienen lugar entre las tendencias sociales, las oportunidades biográficas, los cambios económicos, las instituciones del mercado laboral y las pautas culturales, teniendo en cuenta las diversidades regionales europeas. Se analizarán fenómenos como la xenofobia, el racismo y la migración. Se prestará atención a los efectos sobre el desarrollo económico y la integración y la protección sociales.

>Texto tras el voto del PE>

En una situación caracterizada por profundos cambios estructurales, demográficos y sociales, la investigación intentará elucidar las complejas interacciones que tienen lugar entre las tendencias sociales, las oportunidades biográficas, los cambios económicos, las instituciones del mercado laboral y las pautas culturales

así como la transformación de la estructura social, de la cohesión social y de las mentalidades, teniendo en cuenta las diversidades regionales europeas. Precisamente las causas y dimensiones de esta transformación requieren un análisis en profundidad, a fin de poder debatir las perspectivas y las evoluciones alternativas. La dimensión de la igualdad de oportunidades se integrará como un tema de investigación específico sobre las mujeres, los hombres y las tendencias y cambios en la sociedad. Se analizarán fenómenos como la xenofobia, el racismo y la migración. Se prestará atención a los efectos sobre el desarrollo económico y la integración y la protección sociales , así como a la iniciativa privada de los ciudadanos en la superación de los problemas de desintegración social y de discontinuidad.

(Enmienda 29)

Anexo II, punto 1

Acción clave: mejora de la base de conocimientos socioeconómicos

Tendencias sociales y cambios estructurales, párrafo segundo

>Texto original>

El estudio de estas interacciones permitirá comprender mejor las nuevas formas de organización del trabajo y el tiempo, la implantación de nuevas formas de empleo atípico, a tiempo parcial o de carácter temporal, la capacidad de la educación y la formación para preparar al individuo durante toda su vida en un entorno en evolución, así como las cuestiones relativas al género en la sociedad europea. El trabajo de investigación brindará una sólida base de conocimientos y contribuirá a la formulación y desarrollo de las políticas europeas.

>Texto tras el voto del PE>

El estudio de estas interacciones permitirá comprender mejor las nuevas formas de organización del trabajo y el tiempo, la implantación de nuevas formas de empleo atípico, a tiempo parcial o de carácter temporal,

la determinación de las medidas adecuadas de educación y formación, así como las cuestiones relativas al género en la sociedad europea. El trabajo de investigación brindará una sólida base de conocimientos y contribuirá a la formulación y desarrollo de las políticas europeas.

(Enmienda 30)

Anexo II, parte 1,

Acción clave: mejora de la base de conocimientos socioeconómicos,

Tecnología, sociedad y empleo, párrafo primero

>Texto original>

Con estas investigaciones se pretende comprender mejor la relación de integración e interdependencia entre tecnología y sociedad. Aunque actualmente se acepta la necesidad de integrar preocupaciones sociales, institucionales y medioambientales en el proceso de desarrollo tecnológico, las posibles opciones varían en función de los diversos tipos de tecnología, su nivel de desarrollo y su difusión en la sociedad. Se investigarán los modos de interacción entre los diversos agentes interesados -proveedores, usuarios, órganos asesores, instancias decisorias y autoridades públicas. Con el trabajo que se lleve a cabo se espera comprender mejor la utilización y la repercusión de la tecnología en los diversos contextos socioeconómicos, territoriales, institucionales, políticos y culturales de la Unión. También se estudiará el papel del sector público en el proceso de innovación, y las formas de interacción de las administraciones y sus interlocutores en este ámbito.

>Texto tras el voto del PE>

Con estas investigaciones se pretende comprender mejor la relación de integración e interdependencia entre tecnología y sociedad. Aunque actualmente se acepta la necesidad de integrar preocupaciones sociales, institucionales y medioambientales en el proceso de desarrollo tecnológico, las posibles opciones varían en función de los diversos tipos de tecnología, su nivel de desarrollo y su difusión en la sociedad. Se investigarán los modos de interacción entre los diversos agentes interesados -proveedores, usuarios, órganos asesores, instancias decisorias y autoridades públicas.

El objetivo es pasar de una evaluación a posteriori de las consecuencias sociales de las nuevas tecnologías a un enfoque y desarrollo integrado. Con el trabajo que se lleve a cabo se espera comprender mejor la utilización y la repercusión de la tecnología en los diversos contextos socioeconómicos, territoriales, institucionales, políticos y culturales de la Unión. También se estudiará el papel del sector público en el proceso de innovación, y las formas de interacción de las administraciones y sus interlocutores en este ámbito.

(Enmienda 31)

Anexo II, parte 1,

Acción clave: mejora de la base de conocimientos socioeconómicos

Tecnología, sociedad y empleo, párrafo segundo

>Texto original>

Se prestará atención a las relaciones entre tecnología y empleo, en especial, con referencia a las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones y las nuevas formas de organización de la producción y el trabajo, incluidas las profesiones emergentes, la localización geográfica del empleo y los cambios en las condiciones de trabajo y las

cualificaciones profesionales. Se estudiarán también el papel de la innovación en la educación y la formación, el concepto de aprendizaje permanente y el modo en que la educación y la formación pueden estimular la innovación y favorecer el empleo, la integración social y la igualdad de oportunidades.

>Texto tras el voto del PE>

Se prestará atención a las relaciones entre tecnología y empleo, en especial, con referencia a las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones y las nuevas formas de organización de la producción y el trabajo, incluidas las profesiones emergentes, la localización geográfica del empleo,

los nuevos riesgos laborales para la salud y la

seguridad y los cambios en las condiciones de trabajo y las cualificaciones profesionales. Se estudiarán también el papel de la innovación en la educación y la formación, el concepto de aprendizaje permanente y el modo en que la educación y la formación pueden estimular la innovación y favorecer el empleo, la integración social y la igualdad de oportunidades.

(Enmienda 32)

Anexo II, parte 1,

Mejora de la base de conocimientos socioeconómicos,

Sistemas de gestión de los asuntos públicos («gobernación»)

y ciudadanía, párrafo segundo

>Texto original>

La investigación intentará explicar hasta qué punto los diversos tipos de reglamentación económica y social en Europa son consecuencia de una construcción socioinstitucional y cultural específica, con el fin de definir mejores estrategias de integración europea. Se abordará la reglamentación que llevan a cabo tanto las autoridades públicas como las iniciativas y estructuras privadas, tales como partidos políticos, grupos de interés e interlocutores sociales. El estudio de las autoridades públicas abarcará también la reevaluación de sus misiones y de los conceptos de servicio público e interés público. En este contexto, un elemento clave será el análisis de la evolución de los sistemas del Estado del bienestar.

>Texto tras el voto del PE>

La investigación intentará explicar hasta qué punto los diversos tipos de reglamentación económica y social en Europa son consecuencia de una construcción socioinstitucional y cultural específica, con el fin de definir mejores estrategias de integración europea. Se abordará la reglamentación que llevan a cabo tanto las autoridades públicas como las iniciativas y estructuras privadas, tales como partidos políticos, grupos de interés,

organizaciones del sector del voluntariado e instituciones benéficas e interlocutores sociales. El estudio de las autoridades públicas abarcará también la reevaluación de sus misiones y de los conceptos de servicio público e interés público. En este contexto, un elemento clave será el análisis de la evolución de los sistemas del Estado del bienestar.

(Enmienda 33)

Anexo II, parte 1

Acción clave: mejora de la base de conocimientos socioeconómicos,

Sistemas de gestión de los asuntos públicos («gobernación») y ciudadanía, párrafo tercero

>Texto original>

Estos trabajos irán acompañados de un estudio del concepto de ciudadanía en toda Europa y de los tipos y sistemas de reglamentación conexos. La investigación analizará también la influencia de los distintos componentes de la cultura (tradiciones, lengua, historia, patrimonio, religiones, movimientos migratorios) y los modelos educativos sobre desarrollo de los valores. Un análisis a nivel del individuo podría complementar la investigación en este ámbito, si se considera necesario. También se estudiará la función de los medios en una economía mundializada en la que cada vez están más presentes los productos de la cultura audiovisual internacional.

>Texto tras el voto del PE>

Estos trabajos irán acompañados de un estudio del concepto de ciudadanía en toda Europa y de los tipos y sistemas

de participación y de reglamentación conexos. La investigación analizará también la influencia de los distintos componentes de la cultura (tradiciones, lengua, historia, patrimonio, religiones, movimientos migratorios, relaciones entre los sexos) y los modelos educativos sobre desarrollo de los valores y sobre la evolución de las mentalidades y actitudes con respecto a la política. Un análisis a nivel del individuo y de la actividad ciudadana a nivel municipal podría complementar la investigación en este ámbito, si se considera necesario. También se estudiará la función de los medios en una economía mundializada en la que cada vez están más presentes los productos de la cultura audiovisual internacional.

(Enmienda 34)

Anexo II, parte 1,

Acción clave: mejora de la base de conocimientos socioeconómicos,

Nuevos modelos de desarrollo para el fomento del crecimiento y el empleo, párrafo segundo

>Texto original>

La investigación se centrará en temas como la innovación organizativa, las nuevas formas de trabajo y empleo, las respuestas a la creciente demanda de servicios, el desarrollo de actividades de ayuda mutua no lucrativas y las innovaciones en materia de cooperación entre los interlocutores socioeconómicos. Se analizarán también las diferencias socioeconómicas y demográficas en Europa y el efecto de los modelos de desarrollo sobre la cohesión económica y social.

>Texto tras el voto del PE>

La investigación se centrará en temas como la innovación organizativa, las nuevas formas de trabajo y empleo, las respuestas a la creciente demanda de servicios, el desarrollo de actividades de ayuda mutua no lucrativas

del tercer sistema y las innovaciones en materia de cooperación entre los interlocutores socioeconómicos. Se analizarán también las diferencias socioeconómicas y demográficas en Europa y el efecto de los modelos de desarrollo sobre la cohesión económica y social. En este contexto se tendrá en cuenta la evaluación de las repercusiones y resultados de la política estructural de la UE.

(Enmienda 35)

Anexo II, parte 1,

Acciones en apoyo de las políticas científicas y tecnológicas en europa,

Análisis estratégico de determinadas cuestiones políticas, párrafo primero, introducción

>Texto original>

Esta actividad patrocina trabajos de análisis y síntesis sobre un número limitado de cuestiones específicas de política científica y tecnológica. Los trabajos los llevarán a cabo grupos de expertos procedentes de organizaciones nacionales e internacionales especializadas, e incluirán estudios, seminarios y conferencias. Las autoridades decisorias y otros agentes interesados en las políticas científicas y tecnológicas participarán en la definición de las cuestiones que vayan a tratarse dentro de las áreas siguientes:

>Texto tras el voto del PE>

Esta actividad patrocina trabajos de análisis y síntesis sobre un número limitado de cuestiones específicas de política científica y tecnológica. Los trabajos los llevarán a cabo grupos de expertos procedentes de organizaciones nacionales e internacionales especializadas, e incluirán estudios, seminarios y conferencias.

Dichos trabajos proporcionarán asimismo a los políticos asesoramiento científico para la actividad política. Las autoridades decisorias y otros agentes interesados en las políticas científicas y tecnológicas participarán en la definición de las cuestiones que vayan a tratarse dentro de las áreas siguientes:

(Enmienda 36)

Anexo II, parte 1,

Acciones en apoyo de las políticas científicas y tecnológicas europeas

Base común de indicadores sobre la ciencia, la tecnología y la innovación

>Texto original>

La concepción, coordinación y evaluación de las estrategias y políticas de IDT realizadas en Europa precisan indicadores permanentes y comparables a distintos niveles (nacional, regional, europeo, mundial), incluidos indicadores que midan el avance hacia un desarrollo sostenible. En este segundo tipo de actividades, realizadas con la Oficina Estadística y los servicios interesados de la Comisión y en cooperación con instituciones europeas especializadas, permitirá constituir progresivamente una base europea común de indicadores ciencia, tecnología e innovación. Será necesario coordinar y financiar los trabajos necesarios para elaborar estadísticas adecuadas y nuevos indicadores que cubran la Unión y los principales terceros países; de este modo se podrá poner a disposición de las autoridades interesadas de los Estados miembros, las oficinas parlamentarias de evaluación europeas y nacionales, así como los servicios de la Comisión y todos los interesados, un conjunto coherente de datos difundidos por vía electrónica, acompañado de los servicios necesarios para su tratamiento, análisis y correcta utilización.

>Texto tras el voto del PE>

La concepción, coordinación y evaluación de las estrategias y políticas de IDT realizadas en Europa precisan indicadores permanentes y comparables a distintos niveles (nacional, regional, europeo, mundial), incluidos indicadores que midan el avance hacia un desarrollo sostenible. En este segundo tipo de actividades, realizadas con la Oficina Estadística y los servicios interesados de la Comisión y en cooperación con instituciones europeas especializadas, permitirá constituir progresivamente una base europea común de indicadores ciencia, tecnología e innovación. Será necesario coordinar y financiar los trabajos necesarios para elaborar estadísticas adecuadas y nuevos indicadores que cubran la Unión y los principales terceros países; de este modo se podrá poner a disposición de las autoridades interesadas de los Estados miembros, las oficinas parlamentarias de evaluación europeas y nacionales, así como los servicios de la Comisión y todos los interesados, un conjunto coherente de datos difundidos por vía electrónica, acompañado de los servicios necesarios para su tratamiento, análisis y correcta utilización

, es decir, los datos recogidos gracias a la financiación comunitaria de la investigación deberán hacerse accesibles a todos los interesados.

(Enmienda 37)

Anexo II, parte 2, párrafo único, introducción

>Texto original>

Una de las principales funciones del presente programa consiste en la coordinación y apoyo de actividades similares de todo el Programa Marco, en particular, las relativas a la formación de los investigadores, el apoyo a las infraestructuras de investigación y la dimensión socioeconómica global de la investigación comunitaria: Más en concreto:

>Texto tras el voto del PE>

Una de las principales funciones del presente programa consiste en la coordinación y apoyo de actividades similares de todo el Programa Marco, en particular, las relativas a la formación de los investigadores, el apoyo a las infraestructuras de investigación y la dimensión socioeconómica global de la investigación comunitaria.

Precisamente el enfoque de la investigación socioeconómica horizontal dentro de los programas temáticos verticales del Programa Marco hace que la coordinación sea un requisito indispensable para que este enfoque tenga éxito. Para la investigación europea ello supone un reto que no hay que minusvalorar. Más en concreto:

(Enmienda 38)

Anexo II, parte 2, párrafo único, guión tercero

>Texto original>

- Investigación socioeconómica: la coordinación se logrará mediante la participación en la elaboración de los programas de trabajo, ayuda a la creación de mecanismos de evaluación adecuados y recogida y difusión de la información pertinente, con el fin de garantizar que la dimensión socioeconómica se tiene en cuenta de forma coherente en los programas específicos.

>Texto tras el voto del PE>

- Investigación socioeconómica: la coordinación se logrará mediante la participación en la elaboración de los programas de trabajo, ayuda a la creación de mecanismos de evaluación adecuados y recogida y difusión de la información pertinente, con el fin de garantizar que la dimensión socioeconómica se tiene en cuenta de forma coherente en los programas específicos.

Al desarrollar los mecanismos de evaluación se exigirá un número mínimo de criterios socioeconómicos para la autorización de los distintos proyectos de investigación en todos los ámbitos de la investigación. A este fin será necesario que en los equipos de expertos participen sociólogos y humanistas.

(Enmienda 39)

Anexo III, parte 1,

Mejora del acceso a las infraestructuras de investigación,

Redes de cooperación entre infraestructuras

>Texto original>

Las redes de cooperación entre infraestructuras funcionarán como redes temáticas. La red deberá reunir como mínimo a tres entidades jurídicas -operadores de infraestructuras de investigación independientes entre sí y procedentes de al menos tres Estados miembros o asociados. La red estará coordinada por una entidad jurídica -un operador de una infraestructura de investigación.

>Texto tras el voto del PE>

Las redes de cooperación entre infraestructuras funcionarán como redes temáticas.

Sin embargo, es posible y deseable establecer redes interdisciplinares. La red deberá reunir como mínimo a tres entidades jurídicas -operadores de infraestructuras de investigación independientes entre sí y procedentes de al menos tres Estados miembros o asociados. La red estará coordinada por una entidad jurídica -un operador de una infraestructura de investigación.

(Enmienda 40)

Anexo III, parte 2, párrafo único,

guiones cuarto y cuarto bis (nuevo)

>Texto original>

- actividades de difusión, información y comunicación, incluidas publicaciones científicas, y actividades de promoción y explotación de los resultados y transferencia de tecnologías;

>Texto tras el voto del PE>

-

actividades de difusión, información y comunicación, incluidas publicaciones científicas, y actividades de promoción y explotación de los resultados y transferencia de tecnologías, incluidos créditos para superar las barreras lingüísticas;

>Texto original>

>Texto tras el voto del PE>

- medidas para la creación de redes de investigación;

(Enmienda 41)

Anexo III, parte 2,

guión séptimo bis (nuevo)

>Texto original>

>Texto tras el voto del PE>

- control anual del aumento de la participación de las mujeres en la IDT a todos los niveles.

Resolución legislativa que contiene el dictamen del Parlamento Europeo sobre la propuesta de decisión del Consejo por la que se adopta el programa específico de investigación, desarrollo tecnológico y demostración (1998-2002) para el incremento del potencial humano de investigación y de la base de conocimientos socioeconómicos (COM(98)0305 - C4-0439/98 - 98/0183(CNS))(Procedimiento de consulta)

El Parlamento Europeo,

- Vista la propuesta de la Comisión al Consejo COM(98)0305 - 98/0183(CNS) (( DO C 260 de 18.8.1998, pág. 87.)),

- Consultado por el Consejo, de conformidad con el apartado 4 del artículo 130 I del Tratado CE (C4-0439/98),

- Visto el artículo 58 de su Reglamento,

- Vistos el informe de la Comisión de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Energía y las opiniones de la Comisión de Presupuestos, de la Comisión de Relaciones Económicas Exteriores, de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales, de la Comisión de Cultura, Juventud, Educación y Medios de Comunicación, de la Comisión de Pesca y de la Comisión de Derechos de la Mujer (A4-0457/98),

1. Aprueba la propuesta de la Comisión, con las modificaciones introducidas por el Parlamento;

2. Pide a la Comisión que modifique en consecuencia su propuesta, de conformidad con el apartado 2 del artículo 189 A del Tratado CE;

3. Exige que se le consulte de nuevo, en caso de que el Consejo se proponga modificar sustancialmente la propuesta de la Comisión;

4. Encarga a su Presidente que transmita el presente dictamen al Consejo y a la C omisión.

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