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Document 62007CA0124
Case C-124/07: Judgment of the Court (First Chamber) of 3 April 2008 (reference for a preliminary ruling from the Hoge Raad der Nederlanden — Netherlands) — J.C.M. Beheer BV v Staatssecretaris van Financiën (Sixth VAT Directive — Supply of services relating to insurance transactions — Insurance brokers and insurance agents)
Asunto C-124/07: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 3 de abril de 2008 (petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden — Países Bajos) — J.C.M. Beheer BV/Staatssecretaris van Financiën (Sexta Directiva IVA — Prestaciones de servicios relativas a operaciones de seguro — Corredores y agentes de seguros)
Asunto C-124/07: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 3 de abril de 2008 (petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden — Países Bajos) — J.C.M. Beheer BV/Staatssecretaris van Financiën (Sexta Directiva IVA — Prestaciones de servicios relativas a operaciones de seguro — Corredores y agentes de seguros)
DO C 128 de 24.5.2008, p. 14–14
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
24.5.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 128/14 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 3 de abril de 2008 (petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden — Países Bajos) — J.C.M. Beheer BV/Staatssecretaris van Financiën
(Asunto C-124/07) (1)
(Sexta Directiva IVA - Prestaciones de servicios relativas a operaciones de seguro - Corredores y agentes de seguros)
(2008/C 128/22)
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Hoge Raad der Nederlanden
Partes en el procedimiento principal
Demandante: J.C.M. Beheer BV
Demandada: Staatssecretaris van Financiën
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Hoge Raad der Nederlanden — Interpretación del artículo 13, parte B, letra a), de la Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios — Sistema común del Impuesto sobre el Valor Añadido: base imponible uniforme (DO L 145, p. 1; EE 09/01, p. 54) — Prestaciones de servicios correspondientes a operaciones de seguro o de reaseguro efectuadas por los agentes y los intermediarios de seguros — Sujeto pasivo que actúa como subagente en nombre de un agente principal.
Fallo
El artículo 13, parte B, letra a), de la Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios — Sistema común del impuesto sobre el valor añadido: base imponible uniforme, debe interpretarse en el sentido de que la circunstancia de que un corredor o agente de seguros no tenga una relación directa con las partes del contrato de seguro o de reaseguro a cuya celebración contribuye, sino solamente una relación indirecta con éstos por medio de otro sujeto pasivo, que a su vez tiene relación directa con una de dichas partes y al que este corredor o agente de seguros está vinculado contractualmente, no se opone a que la prestación realizada por el mismo, esté exenta del impuesto sobre el valor añadido con arreglo a la referida disposición.