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Document 32010D0184
2010/184/CFSP: Political and Security Committee Decision ATALANTA/1/2010 of 5 March 2010 amending Political and Security Committee Decision ATALANTA/2/2009 on the acceptance of third States’ contributions to the European Union military operation to contribute to the deterrence, prevention and repression of acts of piracy and armed robbery off the Somali coast (Atalanta) and Political and Security Committee Decision ATALANTA/3/2009 on the setting up of the Committee of Contributors for the European Union military operation to contribute to the deterrence, prevention and repression of acts of piracy and armed robbery off the Somali coast (Atalanta)
2010/184/PESC: Decisión Atalanta/1/2010 del Comité Político y de Seguridad, de 5 de marzo de 2010 , por la que se modifica la Decisión Atalanta/2/2009 sobre la aceptación de contribuciones de terceros Estados a la Operación Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la disuasión, prevención y la represión de los actos de piratería y del robo a mano armada frente a las costas de Somalia (Atalanta) y la Decisión Atalanta/3/2009 sobre el establecimiento del Comité de contribuyentes para la Operación Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la disuasión, prevención y la represión de los actos de piratería y del robo a mano armada frente a las costas de Somalia (Atalanta)
2010/184/PESC: Decisión Atalanta/1/2010 del Comité Político y de Seguridad, de 5 de marzo de 2010 , por la que se modifica la Decisión Atalanta/2/2009 sobre la aceptación de contribuciones de terceros Estados a la Operación Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la disuasión, prevención y la represión de los actos de piratería y del robo a mano armada frente a las costas de Somalia (Atalanta) y la Decisión Atalanta/3/2009 sobre el establecimiento del Comité de contribuyentes para la Operación Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la disuasión, prevención y la represión de los actos de piratería y del robo a mano armada frente a las costas de Somalia (Atalanta)
DO L 83 de 30.3.2010, p. 20–21
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(HR)
In force
30.3.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 83/20 |
DECISIÓN ATALANTA/1/2010 DEL COMITÉ POLÍTICO Y DE SEGURIDAD
de 5 de marzo de 2010
por la que se modifica la Decisión Atalanta/2/2009 sobre la aceptación de contribuciones de terceros Estados a la Operación Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la disuasión, prevención y la represión de los actos de piratería y del robo a mano armada frente a las costas de Somalia (Atalanta) y la Decisión Atalanta/3/2009 sobre el establecimiento del Comité de contribuyentes para la Operación Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la disuasión, prevención y la represión de los actos de piratería y del robo a mano armada frente a las costas de Somalia (Atalanta)
(2010/184/PESC)
EL COMITÉ POLÍTICO Y DE SEGURIDAD,
Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 38, párrafo tercero,
Vista la Acción Común 2008/851/PESC del Consejo, de 10 de noviembre de 2008, relativa a la Operación Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la disuasión, prevención y la represión de los actos de piratería y del robo a mano armada frente a las costas de Somalia (1), y, en particular, su artículo 10,
Vistas la Decisión Atalanta/2/2009 (2) y la Decisión Atalanta/3/2009 (3) del Comité Político y de Seguridad, y su adenda adjunta (4),
Considerando lo siguiente:
(1) |
El Comandante de la Fuerza de la Unión Europea celebró una conferencia de generación de fuerzas el 16 de diciembre de 2008. |
(2) |
A raíz de la oferta de Ucrania de contribuir a la Operación Atalanta, la recomendación del Comandante de la Operación de la UE y el asesoramiento del Comité Militar de la Unión Europea, procede aceptar dicha contribución. |
(3) |
De conformidad con el artículo 5 del Protocolo no 22 sobre la posición de Dinamarca anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Dinamarca no participa en la elaboración y aplicación de decisiones y acciones de la Unión con implicaciones en el ámbito de la defensa. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El artículo 1 de la Decisión Atalanta/2/2009 se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 1
Contribuciones de terceros Estados
Tras las conferencias de generación de fuerzas y de dotación de personal, se aceptan las contribuciones de Noruega, Croacia, Montenegro y Ucrania a la Operación Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la disuasión, prevención y la represión de los actos de piratería y del robo a mano armada frente a las costas de Somalia (Atalanta).».
Artículo 2
El anexo de la Decisión Atalanta/3/2009 se sustituye por el texto que figura en el anexo de la presente Decisión.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 5 de marzo de 2010.
Por el Comité Político y de Seguridad
El Presidente
C. FERNÁNDEZ-ARIAS
(1) DO L 301 de 12.11.2008, p. 33.
(2) DO L 109 de 30.4.2009, p. 52.
(3) DO L 112 de 6.5.2009, p. 9.
(4) DO L 119 de 14.5.2009, p. 40.
ANEXO
«ANEXO
LISTA DE TERCEROS ESTADOS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 2, APARTADO 1
— |
Noruega |
— |
Croacia |
— |
Montenegro |
— |
Ucrania.». |