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Document 62018CN0086

Asunto C-86/18: Recurso interpuesto el 7 de febrero de 2018 — Comisión Europea / Gran Ducado de Luxemburgo

DO C 161 de 7.5.2018, p. 19–19 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

7.5.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 161/19


Recurso interpuesto el 7 de febrero de 2018 — Comisión Europea / Gran Ducado de Luxemburgo

(Asunto C-86/18)

(2018/C 161/21)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: P. Ondrůšek, F. Thiran y G. von Rintelen, agentes)

Demandada: Gran Ducado de Luxemburgo

Pretensiones de la parte demandante

Que se declare que el Gran Ducado de Luxemburgo ha incumplido las obligaciones que le impone el artículo 51 de la Directiva 2014/23/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la adjudicación de contratos de concesión (DO 2014, L 94, p. 1) al no haber puesto en vigor, a más tardar el 18 de abril de 2016, las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a dicha Directiva o, en cualquier caso, al no haber comunicado estas disposiciones a la Comisión.

Que se imponga al Gran Ducado de Luxemburgo, conforme al artículo 260 TFUE, apartado 3, el pago de una multa coercitiva de un importe de 12 920 euros por día a partir de la fecha en que se pronuncie la sentencia en el presente asunto por incumplimiento de la obligación de comunicar las medidas de transposición de la Directiva 2014/23.

Que se condene en costas al Gran Ducado de Luxemburgo.

Motivos y principales alegaciones

1.

Los Estados miembros estaban obligados, en virtud del artículo 51, apartado 1, de la Directiva 2014/23, a poner en vigor las disposiciones necesarias para dar cumplimiento a esta Directiva el 18 de abril de 2016, a más tardar. Al no haber comunicado Luxemburgo las medidas de transposición de la Directiva, la Comisión decidió presentar un recurso ante el Tribunal de Justicia.

2.

En su recurso, la Comisión propone que se imponga a Luxemburgo una multa coercitiva de 12 920 euros por día. El importe de la multa coercitiva se ha calculado teniendo en cuenta la gravedad y la duración de la infracción y el efecto disuasivo asociado a la capacidad de pago de ese Estado miembro.


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