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Document 62013CN0557

Asunto C-557/13: Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof (Alemania) el 29 de octubre de 2013 — Hermann Lutz/Elke Bäuerle, en calidad de administradora concursal en el procedimiento de insolvencia relativo al patrimonio de la sociedad ECZ Autohandel GmbH

DO C 15 de 18.1.2014, p. 9–9 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

18.1.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 15/9


Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof (Alemania) el 29 de octubre de 2013 — Hermann Lutz/Elke Bäuerle, en calidad de administradora concursal en el procedimiento de insolvencia relativo al patrimonio de la sociedad ECZ Autohandel GmbH

(Asunto C-557/13)

2014/C 15/12

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Bundesgerichtshof

Partes en el procedimiento principal

Demandada y recurrente en casación: Hermann Lutz

Demandante y recurrida en casación: Elke Bäuerle, en calidad de administradora concursal en el procedimiento de insolvencia relativo al patrimonio de la sociedad ECZ Autohandel GmbH

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Se aplica el artículo 13 del Reglamento (CE) no 1346/2000 del Consejo, (1) de 29 de mayo de 2000, sobre procedimientos de insolvencia (DO L 160, p. 1), si el abono impugnado por el administrador concursal de un importe que había sido embargado antes de la apertura del procedimiento de insolvencia se realizó con posterioridad a la apertura de dicho procedimiento?

2)

En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión: la excepción procesal prevista en el artículo 13 del Reglamento sobre procedimientos de insolvencia, ¿se refiere también a los plazos de prescripción, anulabilidad y caducidad previstos en la legislación aplicable a la eficacia (lex causae) del acto jurídico impugnado?

3)

En caso de respuesta afirmativa a la segunda cuestión: los requisitos de forma aplicables al ejercicio del derecho en el sentido del artículo 13 del Reglamento sobre procedimientos de insolvencia, ¿se rigen por la lex causae o por la lex fori concursus?


(1)  DO L 160, p. 1.


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