EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 62013TN0348

Asunto T-348/13: Recurso interpuesto el 3 de julio de 2013 — Kadhaf Al Dam/Consejo y Comisión

DO C 298 de 12.10.2013, p. 8–8 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
DO C 298 de 12.10.2013, p. 6–7 (HR)

12.10.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 298/8


Recurso interpuesto el 3 de julio de 2013 — Kadhaf Al Dam/Consejo y Comisión

(Asunto T-348/13)

2013/C 298/13

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Ahmed Mohammed Kadhaf al Dam (El Cairo, Egipto) (representante: H. de Charette, abogado)

Demandada: Comisión Europea y Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Declare que no le son aplicables

la Decisión de mantenimiento 2013/182, de 22 de abril de 2013, por la que se modifica la Decisión 2011/137/PESC, de 28 de febrero de 2011, relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación existente en Libia, en la medida en que no retiró el nombre del demandante de los anexos II y IV de la Decisión 2011/137/PESC;

la Decisión 2011/137/PESC, de 28 de febrero de 2011, relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación existente en Libia, en la medida en que sus anexos II y IV contienen el nombre del demandante;

el Reglamento (UE) no 204/2011 del Consejo, de 2 de marzo de 2011, relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Libia, en la medida en que su anexo III contiene el nombre del demandante.

Condene al Consejo y a la Comisión a pagar un euro simbólico en concepto de reparación del perjuicio sufrido.

Condene en costas al Consejo y a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca dos motivos.

1)

Primer motivo, basado en la vulneración de los derechos fundamentales, que se divide en cuatro partes fundadas respectivamente:

en una vulneración de los derechos de defensa de la parte demandante, al no haber sido oída antes de adoptarse las medidas restrictivas contra ella;

en la falta de notificación de los actos impugnados a la parte demandante y ello pese al hecho de que las autoridades conocían sus señas;

en la falta de motivación, al carecer la motivación contenida en los actos impugnados en apoyo de las medidas restrictivas adoptadas contra la parte demandante de relación con la situación actual en Libia y con los objetivos perseguidos;

en la falta de audiencia.

2)

Segundo motivo, basado en una vulneración del derecho a la propiedad privada, dividido en dos partes basadas:

en la falta de utilidad pública o de interés general en las medidas restrictivas adoptadas contra la parte demandante, al haber roto ésta oficialmente con el Gobierno libio;

en una falta de seguridad jurídica.


Top