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Document 32014D0796

2014/796/UE: Decisión de Ejecución del Consejo, de 7 de noviembre de 2014 , por la que se autoriza a la República de Letonia a aplicar una medida de excepción a lo dispuesto en el artículo 287 de la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido

DO L 330 de 15.11.2014, p. 46–47 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 31/12/2017

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2014/796/oj

15.11.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 330/46


DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO

de 7 de noviembre de 2014

por la que se autoriza a la República de Letonia a aplicar una medida de excepción a lo dispuesto en el artículo 287 de la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido

(2014/796/UE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (1) («Directiva del IVA»), y, en particular, su artículo 395, apartado 1,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)

Mediante carta registrada en la Secretaría General de la Comisión el 1 de julio de 2014, Letonia solicitó autorización para aplicar una medida de excepción a lo dispuesto en el artículo 287, apartado 10, de la Directiva del IVA, a fin de conceder una exención a los sujetos pasivos cuyo volumen anual de negocios no rebase los 50 000 EUR (denominada en lo sucesivo «la medida». La medida eximiría a dichos sujetos pasivos de algunas o de todas las obligaciones relativas al impuesto sobre el valor añadido (IVA) establecidas en el título XI, capítulos 2 a 6, de la Directiva del IVA. La medida ya había sido concedida a Letonia mediante la Decisión de Ejecución 2010/584/UE del Consejo (2), cuyo término expiró el 31 de diciembre de 2013.

(2)

Mediante carta de 7 de agosto de 2014, la Comisión informó a los demás Estados miembros de la solicitud presentada por Letonia. Por carta de 11 de agosto de 2014, la Comisión notificó a Letonia que disponía de toda la información necesaria para examinar su solicitud.

(3)

Los Estados miembros ya cuentan con un régimen especial aplicable a las pequeñas empresas contemplado en el título XII de la Directiva del IVA. La presente medida solo constituye una excepción a lo dispuesto en dicho título XII en la medida en que el límite de volumen de negocios anual previsto para poder acogerse al régimen especial es superior al autorizado para Letonia de conformidad con el artículo 287, apartado 10, de la Directiva del IVA, que asciende a 17 200 EUR.

(4)

Un límite superior para el régimen especial constituye una medida de simplificación, ya que puede reducir significativamente las obligaciones en materia de IVA de las empresas más pequeñas, al tiempo que dicho régimen especial es facultativo para los sujetos pasivos y permite a las empresas optar por el sistema normal del IVA.

(5)

Según la información facilitada por Letonia, la excepción solo tendrá una incidencia insignificante sobre el importe global de los ingresos tributarios recaudados en la fase de consumo final.

(6)

La medida de excepción no tendrá repercusión alguna en los recursos propios de la Unión procedentes del IVA.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Como excepción a lo dispuesto en el artículo 287, apartado 10, de la Directiva 2006/112/CE, se autoriza a la República de Letonia a eximir del IVA a los sujetos pasivos cuyo volumen de negocios anual no exceda de 50 000 EUR.

Artículo 2

La presente Decisión tendrá efecto a partir del día de su notificación.

Será aplicable hasta el 31 de diciembre de 2017.

Artículo 3

El destinatario de la presente Decisión es la República de Letonia.

Hecho en Bruselas, el 7 de noviembre de 2014.

Por el Consejo

El Presidente

P. C. PADOAN


(1)  DO L 347 de 11.12.2006, p. 1.

(2)  Decisión de Ejecución 2010/584/UE del Consejo, de 27 de septiembre de 2010, por la que se autoriza a la República de Letonia a aplicar una medida de excepción a lo dispuesto en el artículo 287 de la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO L 256 de 30.9.2010, p. 29).


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