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Document 52012AE1301

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Estrategia renovada de la UE para 2011-2014 sobre la responsabilidad social de las empresas» COM(2011) 681 final

DO C 229 de 31.7.2012, p. 77–84 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

31.7.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 229/77


Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Estrategia renovada de la UE para 2011-2014 sobre la responsabilidad social de las empresas»

COM(2011) 681 final

2012/C 229/15

Ponente: Madi SHARMA

Coponente: Stuart ETHERINGTON

El 25 de octubre de 2011, de conformidad con el artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, la Comisión Europea decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la

«Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Estrategia renovada de la UE para 2011-2014 sobre la responsabilidad social de las empresas»

COM(2011) 681 final.

La Sección Especializada de Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 18 de abril de 2012.

En su 481o Pleno de los días 23 y 24 de mayo de 2012 (sesión del 24 de mayo), el Comité Económico y Social Europeo aprobó por 203 votos a favor, 12 votos en contra y 12 abstenciones el presente dictamen.

1.   Conclusiones y recomendaciones

1.1   El CESE aplaude el compromiso de la Comisión con el fomento de prácticas empresariales responsables, que se ve reflejado en una serie de iniciativas políticas contenidas en el paquete «Empresas responsables» (1), en el marco de la Estrategia Europa 2020.

1.2   El CESE observa que la Comisión Europea respeta la naturaleza voluntaria de la responsabilidad social de las empresas (RSE) (que no es lo mismo que «sin compromiso»), que destaca que se ha avanzado en la sensibilización de las empresas a escala empresarial y reconoce la necesidad de flexibilidad para permitir que las empresas sean innovadoras.

1.3   El CESE señala que la nueva propuesta amplía la definición de RSE más allá del marco actual. Sin embargo, deja demasiadas preguntas sin responder. No aclara:

la definición de «empresa», que debería incluir a todas las partes interesadas privadas, públicas y de la sociedad civil para evitar cualquier malentendido;

los diferentes enfoques culturales respecto de la RSE;

las diferencias entre responsabilidad «social» (solo en el lugar de trabajo) y la responsabilidad «ante la sociedad en general» (actividades que van más allá del lugar de trabajo);

qué actividades voluntarias deberán ser objeto de notificación obligatoria, teniendo presente que todas las actividades de RSE son voluntarias, y van más allá de los requisitos legales;

las medidas específicas para pymes, dado que la Comunicación utiliza un enfoque uniforme;

la distinción entre la RSE y el gobierno corporativo, pese a que resulta esencial mantener estos dos conceptos separados.

1.4   El plan de acción de la Comisión es sobre todo un reflejo de la antigua (y ya abandonada) definición de la RSE y representa una mera continuación de las actividades promocionales de los últimos diez años. Habida cuenta de la nueva definición de la RSE, el Comité esperaba que se presentaran planes relacionados con lo que debería ser nuevo en la «estrategia renovada»: planes para animar y ayudar a las empresas a asumir la responsabilidad de su impacto en la sociedad e informar a sus partes interesadas sobre el modo en que pretenden hacerlo. A falta de estos planes, el Comité no tiene mucho que decir sobre la «estrategia renovada» y se limita a tomar nota de la intención de la Comisión de presentar, antes del final del verano de este año, una propuesta legislativa sobre la transparencia de la información social y medioambiental facilitada por las empresas de todos los sectores.

1.5   El Comité respalda la iniciativa de revisar la Directiva 2003/51/CE (2) proponiendo que las empresas que convierten la RSE en un eje de su estrategia o de su comunicación recopilen cada año datos sociales y medioambientales con arreglo a modalidades que se ajusten a un enfoque basado en pruebas y transparente. Se trata de generalizar prácticas ya habituales mediante instrumentos de medición y evaluación reconocidos a escala internacional.

1.6   El Comité señala que las prácticas de RSE en ningún caso pueden pretender sustituir a la legislación nacional ni reducir las disposiciones de los convenios procedentes del diálogo social. A tal fin, el Comité valora muy positivamente la propuesta de crear una base de datos para analizar y posibilitar el seguimiento del contenido de los acuerdos transnacionales negociados, que forman parte de la regulación social y medioambiental de la globalización.

1.7   La RSE constituye una actividad voluntaria privilegiada de experimentación del diálogo civil en algunas empresas porque permite evaluar la responsabilidad social de dichas empresas respecto a los efectos que ejercen en la sociedad a través de las partes interesadas externas a la empresa.

2.   Introducción

2.1   El 25 de octubre de 2011, la Comisión Europea publicó una nueva Comunicación titulada «Estrategia renovada de la UE para 2011-2014 sobre la responsabilidad social de las empresas». La Estrategia contiene un plan de acción con objetivos para su consecución entre 2011 y 2014.

2.2   A fin de alcanzar el objetivo de renovar la política en materia de RSE, la Comunicación propone:

desarrollar una nueva definición de la RSE;

restaurar la confianza de los ciudadanos y consumidores en las empresas europeas;

fomentar la RSE mediante beneficios y recompensas en el mercado;

mejorar el marco normativo;

integrar en mayor medida la RSE en la educación, la formación y la investigación;

mejorar la armonización de los enfoques europeo y mundial sobre la RSE;

promover el diálogo social y la transparencia;

crear una base de datos de acuerdos-marco internacionales (AMI).

2.3   La nueva definición ampliada propone que la RSE sea «la responsabilidad de las empresas por su impacto en la sociedad» y considera aspectos adicionales que las empresas deberían incluir en sus estrategias de RSE. De esta manera, se vería actualizada la definición anterior de una «integración voluntaria, por parte de las empresas, de las preocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones comerciales y sus relaciones con sus interlocutores».

2.4   La Comisión tiene previsto seguir desarrollando los principios y directrices reconocidos internacionalmente, cooperando con los Estados miembros, los países socios y los foros internacionales pertinentes, y obligando a las empresas a comprometerse en mayor medida con estos marcos.

3.   Observaciones generales

3.1   Las empresas desarrollan la RSE en el marco de sus estrategias comerciales y como una herramienta que les permite desempeñar un papel en la resolución de los retos sociales, medioambientales y económicos, tanto internos como externos. La RSE solo podrá contribuir a la aplicación de la Estrategia Europa 2020 si es desarrollada por las empresas mediante el diálogo con las distintas partes interesadas y si se adopta un planteamiento de carácter no regulador.

3.2   La RSE representa un planteamiento de desarrollo sostenible y las ventajas que aportan sus actividades deberían promover el papel positivo que desempeñan las empresas en la sociedad, que va más allá de los valores puramente económicos. En cualquier caso, la RSE no se debe utilizar para sustituir los derechos sociales garantizados por instrumentos legislativos, nacionales o internacionales, que principalmente son responsabilidad de Estados y gobiernos.

3.3   En este contexto difícil, tanto en el plano político como económico, la iniciativa política en materia de RSE representa una oportunidad para asumir un compromiso positivo con la comunidad empresarial, siempre y cuando quede claro que la RSE guarda relación con los esfuerzos realizados por las empresas para promover sus repercusiones positivas y prevenir o minimizar sus repercusiones negativas en la sociedad, mediante actuaciones voluntarias que vayan más allá de sus obligaciones legales. El CESE reitera lo expuesto en su dictamen de 2006 (3), según el cual la RSE debe seguir siendo una actividad voluntaria (que no es lo mismo que «sin compromiso»). El CESE estima que la RSE debería replantearse de manera constructiva al objeto de que las empresas se consideren partes interesadas de la comunidad.

3.4   A la hora de revisar esta política, es importante reconocer que todos los grupos de partes interesadas se encuentran en dificultades en el actual contexto de crisis económica. Las propuestas políticas de la Comisión deberían complementarse con objetivos de fomento del crecimiento como un requisito fundamental para crear prosperidad y empleos de calidad, poniendo el acento en facilitar prácticas empresariales más responsables.

3.5   Las diferentes formas y motivaciones de la actividad actual de RSE condicionan su impacto en la sociedad en general. Los responsables políticos deberían comprender mejor las diferentes motivaciones y cómo varían en función del tamaño, la capacidad, el nivel de ingresos, el sector y la actividad de cada empresa. La determinación de los diferentes instrumentos y las medidas de apoyo requeridas para los distintos sectores ayudará a mejorar el fundamento de la revisión de los marcos políticos de RSE. El Comité coincide con la Comisión en que el respeto de la legislación en vigor y de los convenios colectivos entre los interlocutores sociales es un requisito previo para las empresas a la hora de asumir responsabilidad por su impacto en la sociedad.

3.6   La actividad de RSE ha aumentado como consecuencia de la mayor atención que se ha prestado a las cuestiones medioambientales. De esta manera, se ha establecido un equilibrio entre las condiciones laborales, las relaciones sociales y las cuestiones medioambientales. Habida cuenta de la crisis actual, la Comisión debe fomentar el aspecto social de la RSE.

3.7   En la agenda sobre la RSE se pasan por alto el papel y la presencia del sector de la economía social, incluidas las ONG. La Comisión debe reconocer el valor y la importancia de que el sector se comprometa con la agenda de la RSE, tanto de manera individual como en asociación con otros sectores, y debe evaluar el impacto directo de las propuestas en el sector de la economía social en lo que se refiere a establecer nexos con empresas.

3.8   Respecto de los compromisos contraídos por la UE en la Conferencia Río + 20, el Comité subraya el interés de una campaña de sensibilización sobre la información extrafinanciera mediante la publicación de un informe periódico de desarrollo sostenible, no sólo por todas las empresas de un tamaño dado (aproximadamente 500 trabajadores) sino también por las administraciones públicas y las grandes organizaciones de la sociedad civil. Esta perspectiva consolidaría el interés por la definición de indicadores más allá del PIB, la huella de carbono o el ciclo de vida. Conforme a los compromisos que contrajo en Río, el Comité ya ha puesto en práctica este planteamiento, publicando sus resultados con arreglo a la herramienta de diagnóstico de EMAS.

3.9   Con el deseo de proceder por etapas, el Comité anima a la Comisión a consolidar el marco reglamentario europeo de evaluación y de información social y medioambiental establecido por la Directiva 2003/51/CE, que está en fase de revisión. Semejante marco europeo, exigible para cualquier empresa de gran tamaño que haga de la RSE un eje de su estrategia o de su comunicación, deberá apoyarse en las herramientas de medida reconocidas en el ámbito internacional e inspirarse en las legislaciones nacionales que ya existen en diversos países europeos.

3.10   Mediante buenas prácticas cada vez más numerosas, incluidos los acuerdos negociados en el marco del diálogo social, la RSE ilustra de forma concreta las aportaciones complementarias del diálogo civil para el estudio y la resolución de los problemas de la sociedad. Para desarrollar las buenas prácticas de la RSE es esencial la contribución del diálogo social, con el fin de establecer una evaluación adecuada para las partes interesadas, que necesitan una información de calidad sobre las iniciativas desarrolladas voluntariamente por empresas o inversores responsables.

3.11   La Comunicación de la Comisión Europea no reconoce el valor de las mujeres en las juntas directivas o en la RSE ni su valor añadido económico para la comunidad. Se ha demostrado que la representación femenina en las juntas directivas y en la RSE está relacionada con un tipo de liderazgo que tiene en cuenta la perspectiva de género y que tiene una incidencia positiva en la RSE (4).

3.12   Los servicios de intermediación optimizan el potencial de crecimiento y el valor para la sociedad en general de las actividades de RSE, haciendo que se correspondan estratégicamente las necesidades y competencias de las empresas para formar asociaciones exitosas, por lo que deberían fomentarse en mayor medida como mejores prácticas.

3.13   Debería instarse a la Unión Europea a que promueva y mantenga marcos internacionales estrictos para la RSE. Las empresas deberán respetar estos instrumentos, inspirarse en ellos al desarrollar sus actividades de RSE y mostrar a sus partes interesadas cómo los utilizan.

4.   Observaciones particulares

4.1   Actualizar la definición de RSE

4.1.1   La fuerza de la nueva propuesta reside en la definición actualizada de la RSE. No obstante, el CESE considera necesario que la Comisión aclare el significado de la definición de «empresa» para evitar interpretaciones equivocadas. La Comisión debe aclarar, asimismo, las nuevas políticas que se desarrollarán sobre la base de la definición actualizada, incluida la iniciativa legislativa anunciada. La Comisión también debería concretar sus planes para fomentar la RSE entre los diferentes componentes de la comunidad empresarial, como las grandes corporaciones, las pymes y las empresas de la economía social.

4.1.2   Además, el CESE señala que la Comunicación es incompleta, pues no evalúa los resultados de los últimos diez años de la estrategia de RSE respecto del impacto en el comportamiento de las empresas, para fundamentar mejor las iniciativas y políticas propuestas en esta estrategia.

4.1.3   La definición de la UE propuesta inyecta la noción de responsabilidad en el concepto de práctica voluntaria. La nueva definición obedece a la naturaleza pluridimensional de la RSE, descrita en la Comunicación (5). Sin embargo, la UE debería ser cauta al intentar crear un nuevo estándar que podría entrar en conflicto con la norma ISO 26000. La agenda de la RSE deben desarrollarla las empresas manteniendo un diálogo con las diferentes partes interesadas si se pretende ayudar a la Estrategia Europa 2020 a alcanzar un crecimiento inteligente e integrador.

4.1.4   Con cada vez más frecuencia, diferentes organizaciones venden productos y prestan servicios relacionados con el servicio público y en todos los ámbitos de la actividad empresarial, del sector público y de la economía social. La definición propuesta incluye este aspecto de las organizaciones no comerciales. No obstante, es necesario aclarar en mayor medida la definición y sus consecuencias para todas las empresas en las que debería practicarse la RSE.

4.1.5   La incidencia de la crisis financiera en la sociedad en general pone de relieve el impacto más amplio de las prácticas empresariales. Es apropiado que las empresas estén obligadas a rendir cuentas de sus actividades y a incluir la RSE en su estrategia empresarial para fomentar una práctica más responsable, especialmente en el contexto de la crisis y del aumento de la competencia. No obstante, la RSE debería replantearse para destacar la dependencia mutua de las empresas y la comunidad.

4.1.6   Los vínculos inherentes entre las empresas y la comunidad deben incluir diálogo social y transparencia. En este caso, las distintas tareas asociadas con la RSE son numerosas:

—   comunidad organizativa (en la empresa)– coordinar las estructuras internas para cumplir las obligaciones relacionadas con el bienestar y el desarrollo de los trabajadores;

—   comunidad de partes interesadas externas– defender los intereses de las empresas junto con los accionistas, los clientes y otros socios, incluidas las autoridades públicas y las comunidades;

—   comunidad local– evaluar y optimizar el impacto de las prácticas empresariales en el medio ambiente y las comunidades locales circundantes.

Las empresas deberían reconocer estos vínculos y tomar la iniciativa de considerar la RSE como un objetivo empresarial primordial, para aportar el máximo valor añadido financiero y social a todas las partes interesadas de la comunidad. El refortalecimiento de las redes locales (6) brindará a todas las partes interesadas de la comunidad, incluidas las autoridades públicas, la oportunidad de comprometerse y colaborar en beneficio de la sociedad.

4.1.7   El enfoque de la Comisión hacia las pymes dista mucho de ser ideal. No existe ninguna conexión entre las empresas y la repercusión que las pymes tienen en la agenda de la RSE en la Unión. Asimismo, se ha perdido una oportunidad de crear una política global que refleje las nuevas maneras de hacer negocios, como el uso de comercio en línea, e informe mejor a las pymes sobre la agenda de la RSE.

4.1.8   En las propuestas del programa de acción se pasa por alto a las pymes. La Comunicación no aclara lo que entiende por «empresas», si bien los términos empleados apuntan a las grandes empresas. Las pymes son uno de los principales componentes de la ofensiva a favor del empleo y del crecimiento en toda la UE, así como de la orientación hacia la competitividad que preconiza el Tratado de Lisboa, por lo que un enfoque uniforme de la RSE para los diferentes tipos de empresas es inadmisible.

4.2   Promover beneficios e incentivos para las actividades de RSE

4.2.1   Es importante reconocer que las actividades de RSE están motivadas por consideraciones de carácter económico. En la Comunicación se mencionan algunos beneficios, que deberían promoverse mejor junto con ejemplos de buenas prácticas, al objeto de informar a las empresas y animarlas a comprometerse en mayor medida con la RSE.

4.2.2   Sin embargo, tampoco deben exagerarse las ventajas económicas de las actividades de RSE. Las empresas cuentan con departamentos de comercialización y ventas consagrados a la publicidad y el análisis de las necesidades de los consumidores. La RSE es, fundamentalmente, un planteamiento de desarrollo sostenible, que integra el crecimiento económico y las consideraciones sociales y medioambientales. Por tanto, si se reduce a los resultados puramente económicos y estos últimos no están a la altura de las expectativas financieras, pueden producirse efectos perniciosos como, por ejemplo, el abandono de la política.

4.2.3   El recurso a la contratación pública como incentivo de recompensa en el mercado requiere un estudio pormenorizado y un método de ejecución adecuado. Debe mantenerse un vínculo entre los criterios sociales, incluidas las cláusulas de la OIT, y el objeto del contrato, a fin de evitar una actividad de RSE meramente simbólica y garantizar un valor social beneficioso. Puede que este planteamiento también anime a los sectores industriales a emprender actividades de RSE más apropiadas y efectivas.

4.2.4   En cuanto a la adjudicación de los contratos, es fundamental prever cláusulas sociales totalmente transparentes. Esto es esencial si se quiere garantizar una adjudicación apropiada de los contratos públicos de servicios y el cumplimiento de los principios de competencia leal en el mercado único. Se deberá consultar a la DG Competencia sobre la utilización de la contratación pública como incentivo del mercado.

4.2.5   En la agenda sobre la RSE se han pasado por alto las oportunidades clave que brinda la iniciativa de empresa social (IES), presentada como una política de acompañamiento distinta que forma parte del paquete «Empresas responsables» de la Comisión (7). En el desfavorable clima económico actual, las empresas son más reacias a incurrir en gastos no recuperables. Es de aceptación general que los planes financieros de las empresas sociales dependen, entre otras cosas, del capital privado (8), por lo que la inversión social y la prestación de servicios no financieros gratuitos a las nuevas empresas sociales es para las empresas una forma de obtener un rendimiento financiero y social  (9) de sus inversiones en RSE. Ambas iniciativas alcanzarían sus objetivos, maximizando al mismo tiempo el potencial de crecimiento y la capacidad para crear valor social.

4.3   Entender las motivaciones y apoyar la actividad de la RSE

4.3.1   Las actuales actividades de RSE son muy variadas y obedecen a diferentes motivos, lo cual condiciona su impacto en la sociedad en general. Estas actividades van desde la protección defensiva de los intereses de los accionistas, las donaciones caritativas y el patrocinio en algunos Estados miembros, hasta actividades más significativas, como vincular estratégicamente la actividad a la actividad empresarial principal y realizar esfuerzos encaminados a transformar la sociedad en general, identificando y abordando las causas fundamentales de los problemas que le afectan (10). El CESE señala que las nuevas normas podrían ser contraproducentes si, en algunos países, provocan que las empresas dejen de llevar a cabo ciertas actividades sobre las que hay que informar.

4.3.2   Los responsables políticos deben reconocer la importancia de estas actividades para fomentar un entorno favorable para la realización de más iniciativas de RSE de carácter estratégico y transformador. Los requisitos no deben reducir la actividad de RSE a una mínima expresión, aunque deben seguir siendo de carácter voluntario e ir más allá de los requisitos legales.

4.3.3   Sería más adecuado centrar los esfuerzos en fomentar la información y el compromiso del diálogo civil en toda la empresa, desde la dirección hasta los trabajadores, para establecer programas de RSE más efectivos y fomentar una cultura organizativa más ética. Ha quedado demostrado que la creación de grupos de pilotaje específicos, con la participación del personal directivo, contribuye al establecimiento de una orientación estratégica y a la realización de las actividades de RSE.

4.3.4   En principio, los ejercicios de autorregulación y corregulación son una buena idea, pero hay que establecer mecanismos para garantizar que el cumplimiento de los requisitos no se convierta inadvertidamente en una carga para las pymes cuando participen, como subcontratistas o agentes de la cadena de suministro, en acuerdos contractuales con empresas de mayor envergadura. La propuesta de la Comisión de desarrollar un código de buenas prácticas debería proporcionar orientaciones a aquellas que deseen participar en actividades de la RSE, de conformidad con la naturaleza de los ejercicios de autorregulación y corregulación.

4.4   Compromiso con el papel de los trabajadores en la agenda de la RSE

4.4.1   La RSE no es efectiva sin el compromiso de los trabajadores. La agenda sobre la RSE debería establecerse en cooperación con los directivos, los trabajadores y, llegado el caso, con los interlocutores sociales, para que se vea reflejado el espíritu de la organización. La RSE va más allá de un simple ejercicio de «creación de espíritu de equipo» y el compromiso de los trabajadores es fundamental para el éxito de la estrategia.

4.4.2   El papel de los interlocutores sociales es valioso para cualquier agenda de la RSE, pues difunde información y fomenta el diálogo social. En las empresas pertinentes se deberían establecer plataformas para garantizar los convenios colectivos, la transparencia, la comunicación y la inclusión participativa, todos ellos elementos incluidos en la agenda de la RSE.

4.4.3   Los derechos humanos, las condiciones de trabajo y las prácticas laborales son factores importantes desde el punto de vista de la naturaleza pluridimensional de la RSE. Las empresas deberían desarrollar actividades que vayan más allá de las normas y directrices internacionales y europeas y que, por una parte, estén basadas en los ocho convenios de la OIT sobre los derechos humanos fundamentales y, por otra, estén relacionadas con la salud y el bienestar de los trabajadores y la formación. Todas las empresas deben contar con estructuras de gobernanza interna éticas y equitativas y ninguna puede hacer caso omiso de los convenios colectivos.

4.5   Intercambio de conocimientos

4.5.1   El aprendizaje entre pares en materia de política de RSE entre Estados miembros es un ejercicio importante (recuadro del punto 4.7, intención no 9). Debe hacerse especial hincapié en la necesidad de ayudar a todos los Estados miembros a desarrollar y actualizar sus políticas nacionales en materia de RSE y aprender de las políticas nacionales aplicadas en este ámbito en el pasado.

4.5.2   Todos los órganos estatutarios -instituciones nacionales, regionales, locales y de la UE- existentes en la Unión deben establecer y aplicar una estrategia de RSE para dar ejemplo a otros sectores. Es preciso prever rigurosas políticas internas de RSE, poner en práctica modelos y actividades de RSE innovadores, facilitar el intercambio de buenas prácticas y orientar el desarrollo de redes locales para garantizar el compromiso de la comunidad.

4.5.3   La creación de plataformas de diversas partes interesadas en determinados sectores industriales podría contribuir a un diálogo serio entre empresas y partes interesadas sobre prácticas comerciales y facilitar intercambios útiles de mejores prácticas y experiencias de aprendizaje en todos los sectores, de conformidad con la autonomía de las partes implicadas en la concepción del ámbito de aplicación y de las actividades de la plataforma. No obstante, las prácticas comerciales controvertidas también deberían ser objeto de sanciones en los tribunales.

4.5.4   Es necesario garantizar la participación de las pymes en las plataformas de partes interesadas, dado que en el pasado la mayoría de los participantes han sido grandes corporaciones. Se debe ofrecer a todas las empresas la oportunidad de participar, en aras de una represtación más adecuada de sectores enteros y ámbitos de interés fundamentales.

4.5.5   El CESE apoya la intención de proporcionar apoyo financiero a proyectos de educación y formación sobre RSE y de poner en marcha una acción para sensibilizar a los profesionales de la educación y las empresas sobre la importancia de la RSE (recuadro del punto 4.6, intención no 8). Esto es especialmente importante para las pymes, que con frecuencia no tienen conocimiento de las oportunidades o carecen de la experiencia necesaria para emprender iniciativas de RSE.

4.5.6   Debería analizarse con mucho detenimiento el recurso a los Fondos Estructurales para las iniciativas de RSE. Se recuerda a la Comisión los recortes previstos para el próximo presupuesto de los Fondos Estructurales, por lo que cualquier importe asignado a las iniciativas de RSE debería usarse para alcanzar objetivos claros de lucha contra la pobreza y la exclusión social y de desarrollo regional. Los fondos deberían asignarse únicamente a empresas con capacidades y recursos financieros limitados como, por ejemplo, las pymes y las organizaciones de la sociedad civil, para ayudar a desarrollar políticas de RSE y su nivel de compromiso.

4.5.7   Es necesario apoyar y desarrollar portales de información para ayudar a las empresas, incluidas las empresas de comercio electrónico, a conectarse y proporcionar una plataforma accesible que contribuya a un intercambio efectivo de buenas prácticas, competencias y recursos financieros y no financieros para el bien de la sociedad.

4.6   La RSE y los agentes de la economía social

4.6.1   Se ha pasado por alto el sector de la sociedad civil en la iniciativa política de RSE. Las organizaciones de la sociedad civil proporcionan modelos de sus estrategias empresariales responsables, gobernanza y foros, y a menudo participan en actividades de la RSE. La Comunicación no analiza en profundidad la relación entre los sectores con y sin ánimo de lucro.

4.6.2   La cooperación entre sectores, que tiene una larga historia, debería fomentarse, ya que el «compromiso social de las empresas constituye un importante pilar para el desarrollo y la conservación de las instituciones de la sociedad civil» (11).

4.6.3   Deberían darse a conocer los beneficios mutuos de las asociaciones, a fin de fomentar actividades de RSE de carácter más representativo. La correspondencia entre las necesidades y competencias en las asociaciones reporta un mayor número de beneficios sociales y económicos reales a las comunidades y empresas. El fomento de la ayuda no financiera es importante si se quiere ampliar el alcance de la ayuda que aportan otros sectores y ayuda a pensar de manera más estratégica sobre las capacidades en el ámbito de la RSE, por ejemplo fomentando el voluntariado entre los trabajadores, prestando servicios gratuitos u ofreciendo donaciones en especie, es decir, locales, equipamiento, etc.

4.6.4   La comunicación entre sectores es clave para el éxito del trabajo asociativo. Los servicios de intermediación (12) ayudan a racionalizar y simplificar las relaciones comerciales entre diferentes sectores y a reducir las diferencias culturales. Estos servicios deberían apoyarse y ponerse más fácilmente a disposición de todas las empresas para ayudar a superar los obstáculos a la creación de valor compartido en todos los sectores y al compromiso real en iniciativas de RSE.

4.7   Directrices y acuerdos internacionales

4.7.1   La OIT ha aprobado ocho convenios fundamentales que sientan las bases de los derechos a nivel mundial. Los Estados miembros ya han ratificado estos convenios fundamentales. La UE puede mostrar su apoyo velando por que terceros países también cumplan estos acuerdos.

4.7.2   El CESE respalda firmemente la intención de la Comisión de garantizar que el fomento de la RSE sea plenamente coherente con los instrumentos existentes a nivel internacional, en particular las Líneas Directrices revisadas de la OCDE, la Declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social de la OIT, ISO 26000, los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos y acuerdos marco internacionales (AMI). Pide, por tanto, a la Comisión que explique exactamente cómo pretende alcanzar este objetivo.

4.7.3   Las Líneas Directrices de la OCDE han sido aprobadas por 42 países, de los cuales 24 son Estados miembros de la Unión. Estas directrices cuentan con un mecanismo distintivo de seguimiento y puntos nacionales de contacto, que son responsables de difundir las directrices y tramitar los posibles casos de inobservancia. Por lo tanto, el CESE recomienda que se reserven recursos de la estrategia renovada de la UE sobre la RSE para la creación de capacidad en relación con las directrices de la OCDE. Asimismo recomienda que la Comisión y los Estados miembros otorguen un papel más importante a los interlocutores sociales en los citados puntos nacionales de contacto.

4.7.4   El CESE considera que la política en materia de RSE debería centrarse en asumir la orientación estratégica de las empresas, ya que el seguimiento de los compromisos de RSE adquiridos por las empresas con más de 1 000 trabajadores (recuadro del punto 4.8.1, intención no 10) no solo es inviable, sino que exigirá ingentes recursos financieros de la UE.

Bruselas, 24 de mayo de 2012.

El Presidente del Comité Económico y Social Europeo

Staffan NILSSON


(1)  COM(2011) 685 final.

(2)  Directiva 2003/51/CE sobre las cuentas anuales.

(3)  DO C 325, 30.12.2006, pp. 53-60.

(4)  Véase: http://newsforchangingtimes.com/2012/02/17/women-boardroom-csr-un-women-ingrid-kragl/

(5)  COM(2011) 681 final, p. 7.

(6)  DO C 175 de 28.7.2009, pp. 63-72.

(7)  COM(2011) 685 final.

(8)  DO C 24 de 28.1.2012, p. 1.

(9)  COM(2011) 682 final, p. 6.

(10)  www.csrinternational.org

(11)  DO C 125 de 27.5.2002, p. 44.

(12)  Estos servicios son prestados por empresas intermediarias que ayudan a poner en contacto organizaciones de diferentes sectores y a establecer relaciones de trabajo más eficaces, procurando que se correspondan las necesidades, las competencias y los recursos. La empresa Pilot Light es un ejemplo de este tipo de intermediario (http://www.pilotlight.org.uk).


ANEXO

al Dictamen del Comité Económico y Social Europeo

Las enmiendas siguientes, que obtuvieron al menos una cuarta parte de los votos emitidos, fueron rechazadas en el transcurso de los debates (artículo 54.3 del Reglamento Interno):

Punto 2.3

Modifíquese como sigue:

«La nueva definición ampliada propone que la RSE sea “la responsabilidad de las empresas por su impacto en la sociedad” aspectos adicionales que las empresas deberían incluir en sus estrategias de RSE. De esta manera, se la definición anterior de una “integración voluntaria, por parte de las empresas, de las preocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones comerciales y sus relaciones con sus interlocutores”.»

Resultado de la votación

Votos a favor

:

88

Votos en contra

:

91

Abstenciones

:

23

Punto 4.1

Modifíquese como sigue:

«la definición de RSE»

Resultado de la votación

Votos a favor

:

80

Votos en contra

:

106

Abstenciones

:

23

Punto 4.1.1

Modifíquese del siguiente modo:

« CESE considera necesario que la Comisión aclare el significado de la definición de “empresa” para evitar interpretaciones equivocadas. La Comisión debe aclarar, asimismo, las nuevas políticas que se desarrollarán sobre la base de la definición actualizada, la iniciativa legislativa anunciada . La Comisión también debería concretar sus planes para fomentar la RSE entre los diferentes componentes de la comunidad empresarial, como las grandes corporaciones, las pymes y las empresas de la economía social.»

Resultado de la votación

Votos a favor

:

85

Votos en contra

:

121

Abstenciones

:

20

Punto 4.4.2

Modifíquese de la forma siguiente:

«El papel es valioso para cualquier agenda de la RSE, pues difunde información y fomenta el diálogo social. .»

Resultado de la votación

Votos a favor

:

86

Votos en contra

:

125

Abstenciones

:

14


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