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Document 52011AE0797

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones relativa a la respuesta al informe del Grupo de Expertos sobre la evaluación intermedia del Séptimo Programa Marco para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración y al informe del Grupo de Expertos sobre la evaluación intermedia del Instrumento de Financiación del Riesgo Compartido» [COM(2011) 52 final]

DO C 218 de 23.7.2011, p. 87–90 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

23.7.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 218/87


Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones relativa a la respuesta al informe del Grupo de Expertos sobre la evaluación intermedia del Séptimo Programa Marco para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración y al informe del Grupo de Expertos sobre la evaluación intermedia del Instrumento de Financiación del Riesgo Compartido»

[COM(2011) 52 final]

2011/C 218/16

Ponente General: Gerd WOLF

El 9 de febrero de 2011, de conformidad con el artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), la Comisión Europea decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la

«Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones relativa a la respuesta al informe del Grupo de Expertos sobre la evaluación intermedia del Séptimo Programa Marco para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración y al informe del Grupo de Expertos sobre la evaluación intermedia del Instrumento de Financiación del Riesgo Compartido»

COM(2011) 52 final.

La Sección Especializada de Mercado Único, Producción y Consumo, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 14 de marzo de 2011.

Dada la urgencia de los trabajos (artículos 20 y 57.1 del Reglamento Interno), en su 471o Pleno de los días 4 y 5 de mayo de 2011 (sesión del 4 de mayo de 2011) el Comité Económico y Social Europeo designó a Gerd Wolf ponente general, y aprobó por 118 votos a favor, 1 en contra y 3 abstenciones el presente Dictamen.

1.   Conclusiones y recomendaciones

1.1   El Comité acoge favorablemente el informe del Grupo de Expertos y suscribe plenamente sus recomendaciones; apoya igualmente la respuesta de la Comisión al informe que figura en la Comunicación, sobre la que expresa algunas observaciones específicas.

1.2   En relación con el informe del Grupo de Expertos, el Comité recomienda, en particular, que:

el presupuesto para promover la investigación y la innovación se incremente en una proporción del presupuesto general que refleje, sin lugar a dudas, la importancia concedida y el peso que tiene este ámbito en la Estrategia Europa 2020,

las ayudas se concentren en aquellas tareas cuyo éxito dependa de la cooperación transnacional,

se mantenga y refuerce la investigación colaboradora,

en las ayudas se incluyan las principales infraestructuras,

se haga mayor hincapié en las «tecnologías facilitadoras esenciales», sin las cuales no se puede hacer frente al reto de la competencia mundial ni abordar los principales temas societales,

se facilite una mayor participación de los Estados miembros subrepresentados por medio de la mejora de las conexiones entre los Fondos Estructurales y el Programa marco,

al menos un 20 % del presupuesto total del programa se dedique a proyectos de investigación y desarrollo gestionados por el Consejo Europeo de Investigación,

se simplifiquen radicalmente los procedimientos administrativos y se estudie la posibilidad de imponer una moratoria a la adopción de nuevos instrumentos.

1.3   El Comité exhorta a los Estados miembros a que cumplan definitivamente su «obligación del 3 %» y superen ampliamente este objetivo si es económicamente posible.

1.4   En cuanto a la terminología utilizada para las tres categorías de investigación en el informe del Grupo de Expertos, el Comité emite ciertas reservas respecto al concepto de «ciencia por la ciencia». En su lugar propone el uso del concepto de «ciencia por el conocimiento».

1.5   El Comité acoge con satisfacción el dictamen de la Comisión relativo al informe del Grupo de Expertos sobre el Instrumento de Financiación del Riesgo Compartido (IFRC). Respalda la valoración del informe de los expertos y señala que el IFRC es un instrumento financiero sumamente útil que promueve la innovación.

2.   La Comunicación de la Comisión

2.1   De conformidad con las decisiones del Parlamento y del Consejo, un grupo de expertos externos llevó a cabo una evaluación intermedia del Séptimo Programa Marco (1). El informe recoge diez recomendaciones muy claras y útiles. Ahora, la Comisión ha publicado una comunicación sobre el informe y sus recomendaciones, en la que también responde a las recomendaciones que figuran en la evaluación intermedia.

En el presente Dictamen, el Comité expone sus observaciones sobre la Comunicación y, por tanto, también sobre el informe del Grupo de Expertos y sus recomendaciones.

2.2   En su Comunicación, la Comisión se centra ante todo en las siguientes recomendaciones del informe del Grupo de Expertos:

1)

Contribuir al logro de los objetivos del Espacio Europeo de Investigación (EEI) y de la «Unión por la innovación», integrando la base de investigación.

2)

Desarrollar e implantar infraestructuras de investigación de alta calidad.

3)

El nivel de financiación debería, cuando menos, mantenerse.

4)

Hace falta una estrategia de innovación bien articulada.

5)

La simplificación necesita un salto cualitativo.

6)

La combinación de medidas de financiación en el Séptimo Programa Marco y en los programas que le sucedan debe buscar un equilibrio diferente entre los enfoques de abajo arriba y de arriba abajo con respecto a la investigación.

7)

Debe estudiarse la posibilidad de imponer una moratoria sobre nuevos instrumentos.

8)

Deberían adoptarse nuevas medidas para aumentar la participación de las mujeres en los años restantes del Séptimo Programa Marco.

9)

Abonar el terreno para una mayor participación de los Estados miembros que están menos representados a través de unas mejores conexiones entre los Fondos Estructurales y el Programa Marco.

10)

Abrir el Séptimo Programa Marco a la cooperación internacional.

2.3   La Comisión suscribe en general estas recomendaciones del informe del Grupo de Expertos y se compromete a examinarlas detenidamente en el próximo Programa Marco. No obstante, la Comisión introduce unos cuantos cambios de matiz de menor importancia, así como explicaciones o interpretaciones.

3.   Observaciones generales

3.1   El Comité reconoce que el informe del Grupo de Expertos y la respuesta de la Comisión en su Comunicación constituyen el fundamento para el Libro Verde (2) en el que la Comisión establecerá los principios para las futuras ayudas a la investigación y la innovación. Por consiguiente, ambos documentos son más importantes que una revisión intermedia ordinaria.

3.2   El Comité observa con gran satisfacción que la mayoría de las recomendaciones del informe del Grupo de Expertos mencionadas supra (punto 2.2) coinciden en buena medida con las declaraciones y recomendaciones formuladas por el Comité en dictámenes anteriores.

3.3   El Comité responde de la siguiente manera a las observaciones de la Comisión relativas a algunas de las recomendaciones del informe del Grupo de Expertos:

3.3.1   Contribuir al logro de los objetivos del Espacio Europeo de Investigación (EEI) y de la «Unión por la innovación», integrando la base de investigación

El Comité apoya plenamente la recomendación del informe del Grupo de Expertos para que las ayudas de la UE se concentren en aquellos sectores en que es vital alcanzar una masa crítica y en que el éxito depende de la cooperación transnacional. En opinión del Comité, esta recomendación se refiere, en particular, a la investigación colaboradora, que desempeña un papel clave, decisivo e integrador, por lo que debería mantenerse y desarrollarse.

3.3.2   Desarrollar e implantar infraestructuras de investigación de alta calidad

El Comité está totalmente de acuerdo, como ya ha indicado en dictámenes anteriores. Puesto que las grandes infraestructuras exceden, por lo general, las capacidades de un Estado miembro para financiarlas y utilizarlas, cumplen la condición que aparece en el punto 3.3.1 y, por consiguiente, deberían recibir un apoyo fiable de la Comisión durante sus fases de construcción y explotación.

3.3.3   El nivel de financiación debería, cuando menos, mantenerse

Mientras que en el informe del Grupo de Expertos se señala que: «El porcentaje del presupuesto total de la UE que recibirá el Séptimo Programa marco al finalizar debe ser considerado un mínimo», cosa que el Comité considera una posición mínima todavía digna de apoyo, en su Comunicación, la Comisión muestra una actitud aún más defensiva. Al Comité le preocupa profundamente esta tendencia, pues contradice todas las declaraciones políticas y objetivos anteriores relacionados con la Estrategia Europa 2020. Por ello, la Comisión insta a la Comisión y a todos los responsables políticos competentes a que concedan definitivamente a la investigación y la innovación la condición y el peso que requieren dentro del presupuesto de la UE y la Estrategia Europa 2020.

3.3.4   Hace falta una estrategia de innovación bien articulada

El Comité está totalmente de acuerdo y se remite a sus dictámenes INT/545 (3) e INT/571. Las innovaciones generan progreso, crecimiento, prosperidad, seguridad social, competitividad internacional y empleo. Requieren y refuerzan un clima social de confianza y fe en las propias fuerzas que puede dar lugar a nuevos avances y a una dinámica constructiva para hacer frente a la competencia mundial. Para prosperar, las innovaciones necesitan un enfoque europeo y un mercado único europeo, en los que el Espacio Europeo de Investigación, provisto de un sólido Programa Marco de investigación y desarrollo, desempeñe un papel clave.

3.3.5   La simplificación necesita un salto cualitativo

El Comité está totalmente de acuerdo con esta recomendación y se remite a su dictamen (4) sobre este asunto (a pesar de que la metáfora del salto cuántico es una interpretación errónea de este concepto de la física). El creciente número de proyectos y herramientas que suelen seguir normas y procedimientos muy diferentes ha planteado un grave problema para la financiación de la investigación en la UE. Esta complejidad se ve agravada, en algunos casos, por la existencia de conjuntos de normas sumamente divergentes en los distintos Estados miembros y sus proveedores nacionales de financiación. Por ello se requiere una simplificación radical que contemple la aceptación de las prácticas contables habituales de los Estados miembros.

3.3.6   La combinación de medidas de financiación en el Séptimo Programa marco y en los programas que le sucedan debe buscar un equilibrio diferente entre los enfoques de abajo arriba y de arriba abajo con respecto a la investigación

Esto es correcto si implica que se dará mayor peso a los planteamientos de abajo arriba. Mientras que los planteamientos descendentes son resultado de una perspectiva estratégica de las principales partes interesadas que se basa en el estado actual del conocimiento, los enfoques de abajo arriba utilizan el potencial creativo de los científicos y técnicos que trabajan directamente con los objetos que pretende investigar o mejorar. Incluso cuando se trata de las principales cuestiones sociales, como la salud, el clima y la energía, o de las tecnologías facilitadoras esenciales, habría que hacer más hincapié en las ideas y propuestas procedentes de la comunidad del conocimiento en sentido amplio y no únicamente en las directrices de la jerarquía. «Las inversiones en política de innovación deberían orientarse hacia las innovaciones organizativas y de gestión de personal en los puestos de trabajo (5)».

3.3.7   Debe estudiarse la posibilidad de imponer una moratoria sobre nuevos instrumentos

El Comité está de acuerdo, como ya ha indicado en una serie de dictámenes que abordan el problema de la creciente proliferación de instrumentos; esto remite también directamente a lo expresado en el punto 3.3.5. Si las claras indicaciones del informe del Grupo de Expertos (6) no se consideran suficientes, debería llevarse a cabo un análisis de los instrumentos de apoyo en colaboración con un amplio espectro de usuarios a fin de determinar qué instrumentos han tenido éxito y eliminar o reducir el tamaño de los menos útiles.

3.3.8   Deberían adoptarse nuevas medidas para aumentar la participación de las mujeres en los años restantes del Séptimo Programa Marco

El Comité está de acuerdo, pero, para empezar, ello requiere conceder incentivos a las mujeres para que estudien ciencias y tecnología, y otro tanto ocurre con la cuestión de género relativa a las mujeres que ocupan puestos profesionales. En relación con las carreras en el ámbito de la I+D, una cuestión que debe resolverse es la de ofrecer suficientes posibilidades de realizar una doble carrera (7), lo que es especialmente importante en vista de la movilidad que se exige a los investigadores.

3.3.9   Abonar el terreno para una mayor participación de los Estados miembros que están menos representados a través de unas mejores conexiones entre los Fondos Estructurales y el Programa Marco

El Comité está de acuerdo: véase igualmente el Dictamen sobre el Libro Verde. El Comité apoya la declaración que hace la Comisión en el Libro Verde (8), según la cual, «A largo plazo, la excelencia de nivel internacional sólo puede alcanzarse en un sistema en el que todos los investigadores de la UE dispongan de los medios para avanzar hacia la excelencia y competir en última instancia por los lugares de privilegio. Esto exige que los Estados miembros apliquen ambiciosos programas de modernización de su base investigadora pública y mantengan la financiación pública. La financiación de la UE, incluida la procedente de los fondos de la política de cohesión, debe ayudar a conseguir la excelencia allí donde proceda y en la medida en que proceda».

3.3.10   Abrir el Séptimo Programa Marco a la cooperación internacional

El Comité está de acuerdo y ya ha expresado su apoyo a esta importante medida (9). La cooperación internacional repercute favorablemente en los avances científicos y técnicos, pero también en el entendimiento entre países. Hay que reconocer que ya se ha logrado mucho en este terreno. Sin embargo, el éxito de la cooperación internacional también depende del atractivo del Espacio Europeo de Investigación y del rendimiento de las universidades y centros de investigación europeos.

3.4   El Comité acoge con satisfacción el dictamen de la Comisión relativo al informe del Grupo de Expertos sobre el Instrumento de Financiación del Riesgo Compartido (IFRC). Respalda la valoración del informe de los expertos y señala que el IFRC es un instrumento financiero sumamente útil que promueve la innovación. Reitera asimismo la exigencia de capital de riesgo suficiente, en particular para las empresas incipientes, que planteaba, por ejemplo, en el punto 4.8 de su dictamen sobre la Unión por la innovación  (10)

4.   Observaciones particulares

4.1   En esta parte del dictamen, el Comité desea abordar algunos aspectos que, a su juicio, no se tratan como es debido en la Comunicación de la Comisión o que requieren algunas observaciones relativas al informe del Grupo de Expertos.

4.2   Tecnologías facilitadoras esenciales

La Comisión ya ha dedicado una Comunicación a la importancia que tiene ejercer el liderazgo en el desarrollo de tecnologías facilitadoras esenciales para la competitividad mundial, y el Comité ya ha emitido un dictamen (11) al respecto. El desarrollo y la disponibilidad de tecnologías facilitadoras esenciales son una condición crucial para que la economía europea pueda hacer frente a la competencia mundial y llevar a cabo las tareas necesarias para resolver los grandes problemas de la sociedad. Sin embargo, la Comunicación a que se refiere el presente Dictamen no otorga suficiente peso a esta cuestión fundamental. Por ello, el Comité recomienda expresamente que se otorgue un mayor peso y visibilidad a esta cuestión en los preparativos del Octavo Programa Marco.

4.3   El Consejo Europeo de Investigación

Las recomendaciones del informe del Grupo de Expertos y la Comunicación que responde a ellas no prestan suficiente atención al éxito ya palpable del programa Ideas, evaluado y gestionado por el Consejo Europeo de Investigación, ni al alto nivel de los trabajos realizados a este respecto. Por ese motivo, el Comité reitera su recomendación de que un 20 % del presupuesto total del Octavo Programa Marco se destine a este programa.

4.4   Terminología

El informe del Grupo de Expertos recomienda la siguiente estructura para los programas a fin de resolver sus principales problemas:

Ciencia por la ciencia – los investigadores fijan el programa de trabajo,

Ciencia para la competitividad – la industria fija el programa de trabajo,

Ciencia para la sociedad – los agentes de la sociedad civil fijan el programa de trabajo.

El Comité considera que estos epígrafes son acertados y bien elegidos, pero le preocupa que no reflejen suficientemente la compleja relación entre el planteamiento de abajo arriba y el enfoque de arriba abajo o entre la investigación fundamental y la aplicada. A este respecto se remite a su Dictamen INT/571 y simplemente subraya que, en realidad, no existe el concepto de investigación «ciencia por la ciencia», sino tan sólo el de «ciencia por el conocimiento». Las tres categorías que figuran en el informe del Grupo de Expertos se ocupan más bien de la cuestión de si puede considerarse que los nuevos conocimientos que se espera que generen los resultados de la investigación son automáticamente relevantes y útiles para resolver problemas, y hasta qué punto.

4.4.1   El Comité se remite igualmente a lo expuesto en su Dictamen INT/545 en relación con las innovaciones acumulativas y revolucionarias, en el que deja claro que los avances de las innovaciones revolucionarias no han surgido de las industrias ya existentes o rara vez lo han hecho, sino que más bien han dado lugar a la creación de industrias y sectores completamente nuevos.

4.4.2   Por ello, el Comité recomienda que se revise esta terminología, a pesar de su concisión, con el fin de evitar cualquier riesgo de confusión que pueda dar lugar a la toma de decisiones equivocadas y a errores en la asignación de recursos.

Bruselas, 4 de mayo de 2011.

El Presidente del Comité Económico y Social Europeo

Staffan NILSSON


(1)  Disponible en Internet en http://ec.europa.eu/research/evaluations.

(2)  COM(2011) 48 final.

(3)  CESE 524/2011 – Unión por la Innovación.

(4)  Por ejemplo, DO C 48 de 15.2.2011, pp. 129-133.

(5)  CESE 543/2011 - Lugares de trabajo innovadores, punto 2.6.

(6)  Véase el informe del Grupo de Expertos, puntos 4.3 y sigs.

(7)  CESE 305/2004, en particular el punto 5.5.5.2, DO C 110/3 de 30.4.2004.

(8)  COM(2011) 52 final.

(9)  DO C 306 de 16.12.2009.

(10)  DO C 132 de 3.5.2011, p. 39 («Unión por la innovación»).

(11)  DO C 48 de 15.2.2011, p. 112.


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