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Document 52006AR0046

Dictamen del Comité de las Regiones sobre la Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un marco de acción comunitaria para la política del medio marino (Directiva sobre la estrategia marina) y la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo — Estrategia temática sobre la protección y conservación del medio ambiente marino

DO C 206 de 29.8.2006, p. 5–9 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

29.8.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 206/5


Dictamen del Comité de las Regiones sobre la «Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un marco de acción comunitaria para la política del medio marino (Directiva sobre la estrategia marina)» y la «Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo — Estrategia temática sobre la protección y conservación del medio ambiente marino»

(2006/C 206/02)

EL COMITÉ DE LAS REGIONES,

Vista la «Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un marco de acción comunitaria para la política del medio marino (Directiva sobre la estrategia marina)», COM(2005) 505 final, y la «Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo — Estrategia temática sobre la protección y conservación del medio ambiente marino» (COM(2005) 504 final);

Vista la decisión del Consejo de la Unión Europea, de 29 de noviembre de 2005, de consultarle al respecto, de conformidad con el primer párrafo de los artículos 265 y 175 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea;

Vista la decisión adoptada por su Mesa el 12 de abril de 2005 en el sentido de asignar a la Comisión de Desarrollo Sostenible la elaboración de un dictamen en la materia;

Visto su Dictamen de iniciativa de 12 de octubre de 2005 sobre «La política marítima de la Unión Europea: asunto clave del desarrollo sostenible para los entes regionales y locales» (CDR 84/2005 fin);

Visto su Dictamen de 9 de abril de 2003 sobre la «Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo - Hacia una estrategia de protección y conservación del medio ambiente marino» (COM(2002) 539 final — CDR 24/2003 fin (1));

Visto su Dictamen de 13 de junio de 2001 sobre la «Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones sobre el Sexto Programa de Acción de la Comunidad Europea en materia de Medio Ambiente “Medio ambiente 2010: el futuro está en nuestras manos” - VI Programa de medio ambiente» y la «Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el Programa Comunitario de Acción en materia de Medio Ambiente para 2001-2010» (COM(2001) 31 final - 2001/0029 (COD) — CDR 36/2001 fin (2));

Visto su proyecto de dictamen (CDR 46/2006 rev.1) aprobado el 27 de febrero de 2006 por la Comisión de Desarrollo Sostenible (ponente: Sr. Cohen, Alcalde de Kalkara (MT-PSE));

ha aprobado en su 64° Pleno celebrado los días 26 y 27 de abril de 2006 (sesión del 26 de abril) el presente Dictamen.

1.   Observaciones del Comité de las Regiones

El Comité de las Regiones

1.1

lamenta que en los últimos años ha tenido lugar un considerable deterioro del medio marino y de los ecosistemas que engloba, dado que la acción humana y la explotación excesiva están pasando una elevada factura a nuestro medio marino;

1.2

señala que en el Sexto Programa de Acción en materia de Medio Ambiente se solicita a la Comisión Europea que elabore una estrategia temática para la protección y conservación del medio marino, con el claro objetivo de fomentar y lograr la utilización sostenible y la conservación de los ecosistemas marinos;

1.3

espera con interés la presentación del Libro Verde sobre el desarrollo de una nueva política marítima, previsto para el primer semestre de 2006, que deberá tener en cuenta la importancia económica, social y medioambiental que revisten las cuestiones marítimas en Europa;

1.4

señala que la estrategia temática constituye un avance positivo y satisfactorio con vistas al reconocimiento del valor de la protección y conservación del medio marino y de la diversidad de sus ecosistemas;

1.5

considera que la estrategia constituye el pilar medioambiental imprescindible de la nueva política marítima de la UE;

1.6

subraya que el medio marino, al igual que su protección y conservación, tiene una repercusión considerable en la economía regional y local y que los entes regionales y locales deben participar en la aplicación de los objetivos que se han establecido en la estrategia.

2.   Deterioro del medio marino de Europa

El Comité de las Regiones

2.1

tiene presente que el medio marino es indispensable para la sostenibilidad de la vida y la rica diversidad biológica que engloba;

2.2

es consciente del deterioro del medio ambiente marino de Europa, que se debe, sobre todo, a factores derivados de la intervención humana como, entre otros, la contaminación de los mares y el impacto de la pesca comercial insostenible;

2.3

destaca la importancia de fomentar un planteamiento sostenible del uso de los recursos marinos existentes, en beneficio de las generaciones presentes y futuras;

2.4

es consciente de que, si no se adoptan medidas correctoras adecuadas con la mayor celeridad, existe un enorme riesgo de que se produzcan modificaciones probablemente irreversibles de los ecosistemas marinos europeos;

2.5

destaca la necesidad de que se adopten medias urgentes para detener e invertir el proceso de deterioro;

2.6

señala que este enfoque se justifica por consideraciones tanto puramente medioambientales como económicas y sociales.

3.   Adecuación del marco institucional para la gestión de los mares

El Comité de las Regiones

3.1

indica que el medio marino no coincide con las actuales fronteras geopolíticas;

3.2

es consciente de que la mejora de la protección del medio marino en la Unión Europea afronta obstáculos institucionales a nivel mundial, comunitario y nacional, y de que los mecanismos de ejecución existentes suelen ser endebles e inadecuados;

3.3

reconoce que, para sacar provecho de los avances registrados con las instituciones, políticas y convenios vigentes y poder seguir avanzando, debe desarrollarse un cuadro panorámico claro del medio marino y de las políticas correspondientes;

3.4

subraya la importancia de desarrollar una sólida política comunitaria sobre la regulación del ámbito marítimo que también permita garantizar el uso sostenible de los recursos marinos existentes, intensificando los esfuerzos para fomentar la protección del medio marino.

4.   Una base de conocimientos insuficiente

El Comité de las Regiones

4.1

señala que, para lograr una actuación acertada, es necesaria una información de alta calidad;

4.2

es consciente de que los actuales programas de control y evaluación en el ámbito europeo no son programas integrados ni completos, y de que hay importantes lagunas de información en cuanto al estado del medio marino en Europa;

4.3

apoya la petición de nuevo enfoque en materia de control y evaluación del medio marino, destinado a alcanzar un mayor grado de armonización, una difusión y un uso de los datos disponibles más amplios, así como un intercambio de la información disponible a nivel nacional de forma que se incremente la eficacia.

5.   Responder al desafío

El Comité de las Regiones

5.1

reconoce que, para impedir de manera eficaz nuevas pérdidas de diversidad biológica y el deterioro del medio marino y lograr su recuperación, es necesario un enfoque político integrado de protección y recuperación del medio marino;

5.2

considera que este enfoque político integrado sólo resultará acertado si tiene en cuenta todos los intereses existentes y establece objetivos claros.

6.   La estrategia

El Comité de las Regiones

6.1

señala con satisfacción que el objetivo declarado de la estrategia consiste en proteger y recuperar los mares y océanos de Europa y en velar por la viabilidad ecológica de las actividades humanas;

6.2

afirma que las generaciones presentes y futuras tienen derecho a la diversidad biológica y al dinamismo de un medio marino seguro, limpio, sano y productivo;

6.3

es consciente de que se trata de un objetivo ambicioso, que no será fácil de alcanzar en la práctica y cuyos resultados sólo podrán apreciarse a largo plazo;

6.4

confirma que esta estrategia sólo puede lograr los objetivos fijados si participan todas las partes interesadas;

6.5

a la vez que señala que los principios y objetivos deben determinarse a nivel supranacional, apoya la intención, acorde con el principio de subsidiariedad, de que la planificación y ejecución propiamente dichas de los programas sea competencia de las regiones marinas, con el fin de tener en cuenta sus condiciones, necesidades y problemas específicos;

6.6

manifiesta su preocupación, no obstante, por que en determinados casos, especialmente cuando una región marina limita con un número considerable de terceros países, la ejecución efectiva de los programas puede verse obstaculizada por la falta de coordinación y compromiso entre las partes interesadas.

7.   Un nuevo instrumento de actuación política

El Comité de las Regiones

7.1

se muestra de acuerdo en que deben incrementarse las medidas si Europa quiere proteger y conservar su medio marino;

7.2

apoya el marco de cooperación reforzada establecido en la estrategia, que tiene por objeto garantizar un elevado nivel de protección del medio marino de Europa mediante una mayor base de conocimientos, acciones integradas y rentables, así como sistemas de control y evaluación eficaces;

7.3

acoge con satisfacción la adopción de un enfoque flexible, basado en el principio de subsidiariedad, que tiene un alcance ambicioso sin constituir un instrumento demasiado preceptivo, de forma que permite tener en cuenta la situación de regiones concretas.

8.   La Directiva sobre la estrategia marina

El Comité de las Regiones

8.1

defiende que, a la vista de los datos actuales sobre el rápido deterioro del medio marino europeo, urge adoptar medidas para garantizar que el objetivo perseguido de alcanzar un buen estado ecológico del medio marino en Europa se realiza mucho antes de la fecha límite de 2021;

8.2

considera que, con la necesaria buena voluntad, el buen estado ecológico puede ser una realidad en un plazo de tiempo mucho más corto;

8.3

apoya la idea de establecer regiones y subregiones marinas para garantizar la aplicación práctica de las medidas políticas;

8.4

no obstante, considera que el mar Negro, una importante región marina limítrofe con dos países adherentes (Rumanía y Bulgaria) y Turquía, con la que se han iniciado las negociaciones de adhesión, debería incluirse en la estrategia desde el principio;

8.5

considera que las diferentes islas y territorios que forman parte del área geográfica de la Unión Europea pero que están localizadas fuera de las regiones y subregiones marinas establecidas también deberían incluirse en el ámbito de esta política;

8.6

indica que, para realizar con éxito los objetivos previstos, los Estados miembros y las distintas regiones deberán cooperar estrechamente entre sí y con la Comisión Europea;

8.7

señala que, cuando los problemas detectados por los Estados miembros o las regiones entren dentro del ámbito de competencias comunitarias, la Comisión no sólo debería ser informada y consultada, sino que debería intervenir de la manera más significativa en el proceso, ya que coordina la aplicación de las medidas políticas;

8.8

considera que no es suficiente que un Estado miembro proporcione información y pruebas a la Comisión para avalar su opinión de que un problema concreto no puede resolverse mediante medidas nacionales;

8.9

recomienda que, en estos casos, la Comisión Europea asuma la iniciativa de llevar a cabo los programas de evaluación, supervisión y aplicación necesarios para abordar el problema de que se trate. La Comisión también debe aclarar cuáles son las consecuencias si un Estado miembro no adopta las medidas ni alcanza los objetivos establecidos y, en consecuencia, no recibe la aprobación de la Comisión;

8.10

asimismo, considera esencial que la Comisión desempeñe un papel auxiliar en la supervisión de la aplicación efectiva y que, llegado el caso, intervenga para coordinar y facilitar la puesta en práctica conjunta entre los diferentes niveles y agentes dentro de la región marina afectada;

8.11

pide a la Comisión Europea que las estrategias que elaboren los Estados miembros tengan en cuenta la presencia en sus regiones marinas de otras comunidades biológicas, tales como las comunidades algales y las tortugas marinas;

8.12

pide a la Comisión Europea que se contemple como impacto en el medio marino la introducción de organismos modificados genéticamente, con consecuencias ambientales actualmente difíciles de prever;

8.13

pide a los Estados miembros que cumplan al pie de la letra los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Directiva cuando lleven a cabo la evaluación y establezcan los objetivos ambientales y el programa de supervisión;

8.14

considera que, a este respecto, los entes regionales y locales de las distintas regiones marinas deberían participar directamente en la elaboración de tales evaluaciones, objetivos y programas de supervisión;

8.15

expresa sus dudas sobre los plazos impuestos en el artículo 4 de la Directiva, especialmente respecto del programa de medidas que debe adoptarse;

8.16

consciente de que sólo pueden obtenerse resultados adecuados realmente a largo plazo, apoya la idea de un proceso de aplicación iterativo y evolutivo, que tenga en cuenta los nuevos datos recopilados en los programas de supervisión, las nuevas situaciones y el impacto de las medidas adoptadas. De este modo, en caso necesario, puede adoptarse inmediatamente un remedio a corto o medio plazo para paliar los efectos negativos sobre el estado del medio marino.

8.17

señala que, aunque los costes sociales y económicos pueden ser considerables a corto y medio plazo, se prevé que las ventajas ambientales, sociales y económicas a largo plazo los compensarán en gran medida;

8.18

no obstante, estima que no debe considerarse que estas cargas a corto y medio plazo son responsabilidad exclusiva de los niveles de gobierno nacional o regional o, lo que sería aún más grave, que tienen que ser soportadas por comunidades o personas a título individual.

9.   Sinergias con otras políticas

El Comité de las Regiones

9.1

es consciente de la necesidad cada vez mayor de un enfoque global que permita alcanzar un equilibrio adecuado entre los intereses económicos y ambientales existentes, que suelen contraponerse;

9.2

tiene presente la importancia que se concede al desarrollo de una nueva política marítima de la UE, especialmente a la luz de los ambiciosos objetivos de la Estrategia de Lisboa y la Estrategia de Gotemburgo;

9.3

señala que el asunto del marco de gobernanza global que permita regular los usos y la actividad de los usuarios de los océanos y los mares se abordará en el Libro Verde sobre la nueva política marítima de la UE. Es importante que la Comisión se asegure de que las cuestiones medioambientales se aborden en la política marítima europea y procure que el marco general de gobernanza relativo a los usuarios y usos de los mares y océanos sea regulado de manera satisfactoria;

9.4

señala, asimismo, que la estrategia se ha elaborado de forma que apoye y aproveche las medidas e iniciativas actuales que, aunque no han sido elaboradas específicamente para proteger el medio marino, contribuyen en cierto modo a tal fin;

9.5

considera positivo el desarrollo de una estrategia marco global, que debería constituir el pilar medioambiental de la futura política marítima de la UE;

9.6

indica que, por lo que se refiere a la protección del medio marino, esta estrategia también permitirá a la Unión Europea y los Estados miembros cumplir las obligaciones y compromisos derivados de diversos acuerdos internacionales vigentes.

9.7

pide a la Comisión Europea que las estrategias marinas que elaboren los Estados miembros recojan necesariamente en sus programas de medidas, aspectos relativos a la gestión de las zonas costeras, teniendo en cuenta que la mayoría de los impactos sobre el medio marino tienen su origen en aquéllas;

10.   Recomendaciones del Comité de las Regiones

El Comité de las Regiones

10.1

recomienda que la fecha límite para alcanzar un buen estado ecológico del medio marino en Europa sea, como muy tarde, el año 2018;

10.2

recomienda también que los plazos para la elaboración y aplicación del programa de medidas sean 2013 y 2015 respectivamente;

10.3

pide a la Comisión Europea que incluya el Mar Negro dentro de las regiones marinas;

10.4

espera que la Comisión defina unos criterios sobre el «buen estado ecológico» que sean ambiciosos, claros, coherentes y comparables y que den lugar a un nivel igualmente elevado y simultáneo de «buen estado ecológico» en toda la UE;

10.5

considera esencial que las medidas de aplicación se supervisen de forma continua y que los resultados y datos obtenidos se publiquen periódicamente;

10.6

pide a la Comisión Europea que supervise la aplicación práctica de la política en las distintas regiones marinas y que desempeñe el papel de un verdadero coordinador e intermediario, de forma que actúe como mediador entre los diferentes agentes de dichas regiones;

10.7

desea que la Comisión Europea presente informes de evaluación sobre la aplicación de la estrategia y el impacto de la Directiva de forma periódica, con ejemplos de las mejores prácticas;

10.8

espera que todos los informes de la Comisión Europea se remitan al Comité de las Regiones, al igual que al Parlamento Europeo y al Consejo;

10.9

espera, además, que todas las observaciones que formule y las respuestas al respecto también se incluyan en los informes de la Comisión Europea;

10.10

está convencido de que, con una difusión adecuada de la información, se logrará la participación y el respaldo activos de la opinión pública;

10.11

piensa que los costes a corto y medio plazo pueden repercutir en el bienestar socioeconómico de las comunidades o personas y que ello, a su vez, podría influir en el grado de compromiso y apoyo de la población, que es imprescindible; por lo tanto, insta a crear a nivel europeo programas de asistencia que ayuden a las personas y comunidades afectadas directamente a mitigar cualquier efecto negativo;

10.12

pide a todos los agentes políticos, incluidos los Estados miembros, la Comisión Europea y el sector privado, que adopten un plan a largo plazo con el fin de apoyar un incremento significativo de los fondos destinados a la investigación sobre el medio marino, asegurando una financiación suficiente para la investigación del medio marino;

10.13

considera que los entes regionales y locales, que constituyen el nivel más cercano a los ciudadanos, pueden alcanzar resultados considerables a la hora de facilitar información y recabar el apoyo de la opinión pública;

10.14

a este respecto, propone desempeñar un papel significativo como colaborador de la Comisión Europea y los Estados miembros, y recomienda una campaña de información a largo plazo financiada por la UE en la que participen los entes regionales y locales.

Bruselas, 26 de abril de 2006

El Presidente

del Comité de las Regiones

Michel DELEBARRE


(1)  DO C 244 de 10.10.2003, p. 14.

(2)  DO C 357 de 14.12.2001, p. 44.


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