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Endurecimiento de las normas de la UE relativas al tabaco

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva 2014/40/UE relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de fabricación, presentación y venta de tabaco

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

La Directiva establece normas relativas a la fabricación, presentación y venta de cigarrillos, tabaco para liar, tabaco de pipa, puros, cigarritos, tabaco sin combustión, cigarrillos electrónicos y productos a base de hierbas para fumar.

Tiene por objeto proteger la salud humana, especialmente por lo que respecta a los jóvenes, y de cumplir las obligaciones de la Unión Europea (UE) contraídas con arreglo al Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco.

PUNTOS CLAVE

Ingredientes y niveles máximos de emisión

Los Estados miembros de la UE deben exigir a los fabricantes e importadores que presenten las listas de ingredientes y niveles de emisión. Los cigarrillos comercializados o fabricados en la UE no podrán tener niveles de emisión superiores a:

  • 10 mg de alquitrán;
  • 1 mg de nicotina;
  • 10 mg de monóxido de carbono.

Advertencias sanitarias

La Directiva exige advertencias sanitarias importantes en envases de cigarrillos y tabaco para liar:

  • una advertencia general de «Fumar mata: déjalo ya» o «Fumar mata»;
  • el mensaje informativo: «El humo de tabaco contiene más de setenta sustancias cancerígenas»;
  • otros textos y otras imágenes explícitas procedentes de una lista y una biblioteca de imágenes en los anexos de la Directiva;
  • advertencias combinadas que deben cubrir el 65 % de la parte anterior y posterior del paquete.

Prohibición de aromas y envasado estilizado

La Directiva prohíbe:

  • los aromas, tales como frutas y mentol, que fomentan la adopción del hábito de fumar al suavizar los sabores más fuertes del tabaco, y
  • los paquetes de cigarrillos atractivos, «slim» y de estilo de una barra de labios, a menudo destinados a las niñas y las mujeres jóvenes.

Cigarrillos electrónicos

La legislación establece normas de seguridad y calidad para los cigarrillos electrónicos que contengan nicotina, entre ellas:

  • advertencias sanitarias obligatorias en los paquetes;
  • la prohibición de los elementos promocionales en los envases.

Otras medidas

  • Si así lo desean, los Estados miembros podrán prohibir la venta de cigarrillos y productos del tabaco en internet.
  • Se está creando un sistema de seguimiento y vigilancia en la UE para luchar contra el comercio ilegal de cigarrillos.

Trazabilidad

La Directiva introduce normas sobre la trazabilidad y las medidas de seguridad del tabaco aplicables a los productos del tabaco, establecidas en el siguiente derecho derivado.

El Reglamento (UE) 2018/574 (un acto de ejecución) establece las normas técnicas del sistema de trazabilidad del tabaco:

  • las unidades de envasado deben estar marcados con un identificador único para registrar sus movimientos a través de la cadena de suministro, expedidos por un emisor independiente y válidos durante seis meses;
  • deben contener las especificaciones de los registros de datos para registrar el movimiento de los productos del tabaco y las transacciones relacionadas.

Este Reglamento ha sido modificado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/448.

El Reglamento (UE) 2018/573 (un acto delegado) establece los elementos clave que deben incluirse en los contratos de almacenamiento de datos entre fabricantes o importadores y proveedores de almacenamiento de datos:

  • se deben crear repositarios primarios y secundarios (copia de seguridad) y un enrutador del sistema;
  • otros servicios técnicos auxiliares deben prestarse previa solicitud;
  • las especificaciones sobre la operabilidad, la disponibilidad, el rendimiento y la independencia financiera y organizativa de los servicios deben cumplir los requisitos mínimos.

La Decisión de Ejecución (UE) 2018/576 establece normas técnicas de las medidas de seguridad de los envases de tabaco:

  • todas las unidades de envasado deberán llevar una medida de seguridad a prueba de manipulaciones, compuesta de elementos visibles e invisibles, para garantizar su autenticidad;
  • dicha medida deberá incluir al menos cinco tipos de autenticación, incluidos elementos de efecto general, semiocultos y ocultos;
  • una tercera parte independiente deberá proporcionar al menos un elemento de autenticación.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁN EN VIGOR ESTAS NORMAS?

  • La Directiva debía transponerse a la legislación nacional a más tardar el 20 de mayo de 2016. Estas normas están en vigor desde la misma fecha.
  • El Reglamento de Ejecución (UE) 2018/574 relativo a la trazabilidad está en vigor desde el 6 de mayo de 2018.
  • El Reglamento de Ejecución (UE) 2023/448 está en vigor desde el 21 de diciembre de 2023.
  • El Reglamento Delegado (UE) 2018/573 relativo al almacenamiento de datos está en vigor desde el 6 de mayo de 2018.
  • La Decisión de Ejecución (UE) 2018/576 relativa a las medidas de seguridad a prueba de manipulaciones está en vigor desde el 18 de diciembre de 2017.

ANTECEDENTES

Para más información, véanse:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directiva 2014/40/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de fabricación, presentación y venta de los productos del tabaco y los productos relacionados y por la que se deroga la Directiva 2001/37/CE (DO L 127 de 29.4.2014, pp. 1-38).

Las modificaciones sucesivas de la Directiva 2014/40/UE se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Directiva Delegada (UE) 2022/2100 de la Comisión de 29 de junio de 2022 por la que se modifica la Directiva 2014/40/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la retirada de determinadas excepciones aplicables a los productos de tabaco calentado (DO L 283 de 3.11.2022, pp. 4-6).

Reglamento Delegado (UE) 2018/573 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2017, sobre los elementos clave de los contratos de almacenamiento de datos que deben celebrarse como parte de un sistema de trazabilidad de los productos del tabaco (DO L 96 de 16.4.2018, pp. 1-6).

Reglamento de Ejecución (UE) 2018/574 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2017, relativo a las normas técnicas para el establecimiento y el funcionamiento de un sistema de trazabilidad para los productos del tabaco (DO L 96 de 16.4.2018, pp. 7-55).

Véase la versión consolidada.

Reglamento de Ejecución (UE) 2023/448 de la Comisión de 1 de marzo de 2023 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/574 de la Comisión, relativo a las normas técnicas para el establecimiento y el funcionamiento de un sistema de trazabilidad para los productos del tabaco (DO L 65 de 2.3.2023, pp. 28-57).

Decisión de Ejecución (UE) 2018/576 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2017, sobre las normas técnicas de las medidas de seguridad que se aplican a los productos del tabaco [notificada con el número C(2017) 8435] (DO L 96 de 16.4.2018, pp. 57-63).

última actualización 20.04.2023

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