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Prevención del tabaquismo

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Recomendación del Consejo relativa a la prevención del tabaquismo y a una serie de iniciativas destinadas a mejorar la lucha contra el tabaco

SÍNTESIS

¿QUÉ HACE ESTA RECOMENDACIÓN?

Insta a los países de la Unión europea (UE) a aplicar una serie de medidas legislativas o de otro tipo para impedir que las personas, especialmente los jóvenes, empiecen a fumar. Estas medidas incluyen controles sobre la venta de tabaco y sobre su publicidad y promoción.

PUNTOS CLAVE

  • Para prevenir la venta de tabaco a niños y adolescentes, se insta a los países de la UE a:
    • exigir a los vendedores de productos del tabaco que comprueben que los clientes no son menores de edad,
    • garantizar la retirada de los productos del tabaco de los expositores de autoservicio en las tiendas,
    • restringir el acceso a las máquinas expendedoras de tabaco para los menores de edad,
    • limitar la venta a distancia, como vía internet, a adultos,
    • prohibir la venta de golosinas y juguetes para niños que se parezcan a productos del tabaco,
    • prohibir la venta de cigarrillos por unidades o en paquetes de menos de diecinueve unidades.
  • Para reducir la publicidad y las actividades de promoción del tabaco, se insta a los países de la UE a prohibir el uso de:
    • marcas de tabaco en productos y servicios distintos de los de la industria del tabaco,
    • artículos de promoción, como ceniceros, encendedores, sombrillas y muestras de tabaco,
    • descuentos, obsequios, primas u oportunidades para participar en concursos o juegos promocionales relacionados con el tabaco,
    • paneles, carteles y otras tipos de publicidad, en interiores o exteriores, del tabaco o de los productos relacionados,
    • publicidad del tabaco o de los productos relacionados en cines,
    • otras formas de publicidad y patrocinio de los productos del tabaco, directas o indirectas.
  • Asimismo, se insta a los países de la UE a:
    • exigir a los fabricantes, importadores y comerciantes a gran escala a informarles sobre la suma de dinero que gastan en publicidad, mercadotecnia, patrocinio y promociones,
    • actuar contra los efectos del tabaquismo pasivo en los lugares de trabajo interiores, los lugares públicos cerrados y el transporte público. Se debe tener en cuenta de forma prioritaria los centros de enseñanza, de atención sanitaria e infantiles,
    • seguir desarrollando estrategias antitabaco, especialmente a través de la educación sanitaria,
    • implicar a los jóvenes en actividades antitabaco,
    • usar la política de precios para reducir el consumo de tabaco,
    • verificar que se están aplicando las medidas existentes,
    • informar a la Comisión Europea, cada dos años, de las medidas adoptadas.
  • Se invita a la Comisión a:
    • supervisar y evaluar las medidas adoptadas,
    • presentar un informe en un período de un año después de recibir la información nacional,
    • estudiar si son necesarias acciones adicionales.
  • La Comisión ha emprendido varias iniciativas para promover la prevención del tabaquismo. Estas iniciativas incluyen campañas, como «Los exfumadores son imparables», y la eliminación progresiva de las ayudas a los productores de tabaco.
  • La legislación vinculante, adoptada en 2003 (Directiva 2003/33/CE) y sustituida en 2014 (Directiva 2014/40/UE), establece requisitos a escala de la UE sobre la fabricación, presentación y venta del tabaco y los productos similares, como los cigarrillos electrónicos.
  • En 2009, otra recomendación instó a los países de la UE a adoptar más medidas para proteger a las personas contra el tabaquismo pasivo en el trabajo, los lugares públicos y el transporte público.

ANTECEDENTES

Un cuarto (26 %) de los europeos fuma. El consumo de tabaco es la principal causa de muerte y enfermedad evitables en la UE con alrededor de 700 000 muertes relacionadas con el tabaco cada año.

Para más información, véase Política del tabaco en el sitio web de la Comisión Europea.

ACTO

Recomendación del Consejo, de 2 de diciembre de 2002, relativa a la prevención del tabaquismo y a una serie de iniciativas destinadas a mejorar la lucha contra el tabaco (DO L 22 de 25.1.2003, pp. 31-34)

ACTOS CONEXOS

Directiva 2003/33/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de mayo de 2003, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de publicidad y patrocinio de los productos del tabaco (DO L 152 de 20.6.2003, pp. 16-19).

Las modificaciones posteriores de la Directiva 2003/33/CE se han incorporado al texto básico. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

Directiva 2014/40/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de fabricación, presentación y venta de los productos del tabaco y los productos relacionados y por la que se deroga la Directiva 2001/37/CE (DO L 127 de 29.4.2014, pp. 1-38). Véase la versión consolidada.

Recomendación del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, sobre los entornos libres de humo (DO C 296 de 5.12.2009, pp. 4-14)

última actualización 03.05.2016

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