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Document C2010/324/08
Prior notification of a concentration (Case COMP/M.5980 — Tranquilidade/Banco Pastor/Pastor Vida/Espírito Santo Gestion/Gespastor) — Candidate case for simplified procedure Text with EEA relevance
Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.5980 — Tranquilidade/Banco Pastor/Pastor Vida/Espírito Santo Gestion/Gespastor) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado Texto pertinente a efectos del EEE
Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.5980 — Tranquilidade/Banco Pastor/Pastor Vida/Espírito Santo Gestion/Gespastor) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado Texto pertinente a efectos del EEE
DO C 324 de 1.12.2010, p. 24–25
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
1.12.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 324/24 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto COMP/M.5980 — Tranquilidade/Banco Pastor/Pastor Vida/Espírito Santo Gestion/Gespastor)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2010/C 324/08
1. |
El 22 de noviembre de 2010, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual las empresas Companhia de Seguros Tranquilidade, SA («Tranquilidade», Portugal), bajo el control de Espírito Santo Financial Group, SA («ESFG», Luxemburgo), y Banco Pastor, SA («Banco Pastor», España) adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento comunitario de concentraciones, de Pastor Vida, SA de Seguros y Reaseguros («Pastor Vida», España), hasta la fecha bajo control exclusivo de Banco Pastor, y la empresa Espírito Santo Gestion, S.A.U., S.G.I.I.C. («ESG», España), bajo el control de ESFG, adquiere el control, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento comunitario de concentraciones, de la totalidad de Gespastor S.G.I.I.C, SA («Gespastor», España) mediante adquisición de acciones. |
2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:
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3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento comunitario de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento comunitario de concentraciones (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación. |
4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.5980 — Tranquilidade/Banco Pastor/Pastor Vida/Espírito Santo Gestion/Gespastor, a la siguiente dirección:
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(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento comunitario de concentraciones»).
(2) DO C 56 de 5.3.2005, p. 32 («Comunicación sobre el procedimiento simplificado»).