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Combustibles más limpios para el transporte por carretera

Combustibles más limpios para el transporte por carretera

Los combustibles de transporte contribuyen de manera significativa a las emisiones de gases de efecto invernadero en la Unión Europea (UE). La presente ley establece el marco para el control y la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de los combustibles durante su ciclo de vida*, ayudando así a alcanzar los objetivos de reducción de estas emisiones.

ACTO

Directiva 2009/30/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, por la que se modifica la Directiva 98/70/CE en relación con las especificaciones de la gasolina, el diésel y el gasóleo, se introduce un mecanismo para controlar y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, se modifica la Directiva 1999/32/CE del Consejo en relación con las especificaciones del combustible utilizado por los buques de navegación interior y se deroga la Directiva 93/12/CEE.

SÍNTESIS

Los combustibles de transporte contribuyen de manera significativa a las emisiones de gases de efecto invernadero en la Unión Europea (UE). La presente ley establece el marco para el control y la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de los combustibles durante su ciclo de vida*, ayudando así a alcanzar los objetivos de reducción de estas emisiones.

¿QUÉ HACE ESTA DIRECTIVA?

Revisa la Directiva sobre la calidad de los combustibles (Directiva 98/70/CE), modifica una serie de elementos, incluidas las especificaciones de los combustibles, e introduce un mecanismo para controlar y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y garantizar la sostenibilidad de los biocarburantes.

PUNTOS CLAVE

  • Esta ley exige que los proveedores de combustibles comuniquen y reduzcan las emisiones de gases de efecto invernadero del ciclo de vida de la energía que suministran para el transporte por carretera. El objetivo es una reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero del 6 % (o hasta el 10 % si el país de la UE lo prefiere) por unidad de energía suministrada antes de diciembre de 2020.
  • La producción de biocarburantes debe ser sostenible. Para que los biocarburantes se tengan en cuenta en relación con las reducciones de gases de efecto invernadero de esta Directiva, deben cumplir los criterios de sostenibilidad, que exigen que los biocarburantes no se produzcan en tierras con un gran valor de biodiversidad ni se elaboren a partir de materiales con elevadas reservas de carbono.
  • La armonización de las normas para combustibles establece las especificaciones técnicas por razones sanitarias y medioambientales, y reduce, en particular, el contenido de azufre de los combustibles diésel y la gasolina hasta un máximo de 10 mg/kg.
  • La Directiva facilita la mezcla de biocomponentes en los combustibles (por ejemplo, hasta un 10 % de etanol en la gasolina) y los países de la UE deben velar por que la gasolina y los combustibles diésel que se comercializan cumplan los requisitos establecidos en los anexos I y II de esta Directiva, respectivamente.
  • La ley exige que se proporcione a los consumidores la información pertinente referente al contenido de biocarburantes en la gasolina y el combustible diésel.

ANTECEDENTES

Debido a los avances significativos en la tecnología de los vehículos y el desarrollo y la creciente disponibilidad de los biocarburantes, la Comisión Europea propuso una revisión de las especificaciones de la calidad del combustible en 2007 en la Directiva 98/70/CE.

Para más información, véanse las páginas web de la Comisión Europea sobre:

TÉRMINOS CLAVE

Las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de los combustibles durante su ciclo de vida hacen referencia a todas las emisiones netas atribuidas a los combustibles. En otras palabras, este término no solo se refiere a las emisiones causadas por la combustión, sino también por el cultivo, la extracción, el transporte, la transformación y la distribución de los combustibles.

REFERENCIAS

Acto

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial de la Unión Europea

Directiva 2009/30/CE

25.6.2009

31.12.2010

DO L 140 de 5.6.2009, pp. 88-113

última actualización 30.04.2015

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