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Document 62018TB0293

Asunto T-293/18: Auto del Tribunal General de 30 de enero de 2020 — Letonia/Comisión [«Recurso de anulación — Política pesquera común — Tratado de París relativo al archipiélago de Spitzberg (Noruega) — Posibilidades de pesca del cangrejo de las nieves en torno a la zona de Svalbard (Noruega) — Reglamento (UE) 2017/127 — Buques registrados en la Unión autorizados a pescar — Inmovilización de un buque letón — Artículo 265 TFUE — Requerimiento para actuar — Definición de posición de la Comisión — Acto que no produce efectos jurídicos obligatorios — Inadmisibilidad»]

DO C 95 de 23.3.2020, p. 31–32 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

23.3.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/31


Auto del Tribunal General de 30 de enero de 2020 — Letonia/Comisión

(Asunto T-293/18) (1)

(«Recurso de anulación - Política pesquera común - Tratado de París relativo al archipiélago de Spitzberg (Noruega) - Posibilidades de pesca del cangrejo de las nieves en torno a la zona de Svalbard (Noruega) - Reglamento (UE) 2017/127 - Buques registrados en la Unión autorizados a pescar - Inmovilización de un buque letón - Artículo 265 TFUE - Requerimiento para actuar - Definición de posición de la Comisión - Acto que no produce efectos jurídicos obligatorios - Inadmisibilidad»)

(2020/C 95/40)

Lengua de procedimiento: letón

Partes

Demandante: República de Letonia (representante: V. Soņeca, agente)

Demandada: Comisión Europea (representantes: A. Bouquet, E. Paasivirta, I. Naglis y A. Sauka, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se pretende, por un lado, que se anule el escrito de la Comisión de 12 de marzo de 2018, por el que dicha institución definió su posición sobre el requerimiento para actuar que la República de Letonia le había enviado, sobre la base del artículo 265 TFUE, mediante escrito de 22 de diciembre de 2017 y que tenía por objeto, en esencia, que la Comisión adoptase medidas relativas a la defensa de los derechos de pesca y de los intereses de la Unión Europea en la zona de pesca de Svalbard (Noruega) y, por otro lado, que se ordene a la Comisión que defina una posición a este respecto que no genere efectos jurídicos adversos para la República de Letonia.

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2)

Sobreseer la demanda de intervención del Reino de España.

3)

La República de Letonia cargará, además de con sus propias costas, con las de la Comisión Europea, salvo las correspondientes a la demanda de intervención.

4)

El Reino de España, la República de Letonia y la Comisión cargarán cada uno con sus propias costas correspondientes a la demanda de intervención.


(1)  DO C 240 de 9.7.2018.


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