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Document 62019TN0539
Case T-539/19: Action brought on 30 July 2019 — Les Mousquetaires and ITM Entreprises v Commission
Asunto T-539/19: Recurso interpuesto el 30 de julio de 2019 — Les Mousquetaires e ITM Entreprises/Comisión
Asunto T-539/19: Recurso interpuesto el 30 de julio de 2019 — Les Mousquetaires e ITM Entreprises/Comisión
DO C 328 de 30.9.2019, p. 67–68
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
30.9.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 328/67 |
Recurso interpuesto el 30 de julio de 2019 — Les Mousquetaires e ITM Entreprises/Comisión
(Asunto T-539/19)
(2019/C 328/75)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandantes: Les Mousquetaires (París, Francia), ITM Entreprises (París) (representantes: N. Jalabert-Doury, K. Mebarek y B. Chemama, abogados)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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Acumule el presente asunto al asunto T-255/17. |
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Estime la excepción de ilegalidad del artículo 20, apartado 4, del Reglamento n.o 1/2003, en la medida en que este no proporciona vías de recurso efectivas respecto a los requisitos de ejecución de las decisiones de inspección de conformidad con los artículos 6, apartado 1, 8 y 13 del [Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales] y con los artículos 7 y 47 de la [Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea]. |
— |
Anule la Decisión AT.40466 — Tute 1, de 13 de mayo de 2019, por la que se ordena a Les Mousquetaires S.A.S. y a todas sus filiales a someterse a una inspección con arreglo al artículo 20, apartado 4, del Reglamento (CE) n.o 1/2003 del Consejo, de 16 de diciembre de 2002. |
— |
Anule la denegación de la protección garantizada por el Derecho de la Unión a los demandantes. |
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Anule la Decisión adoptada por la Comisión, notificada a los demandantes el 18 de junio de 2019, por la que se les priva, sin causa justificada, del derecho a la tutela judicial efectiva por lo que se refiere a la información examinada en el marco de una inspección continuada. |
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Condene a la Comisión Europea a cargar con la totalidad de las costas. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, las partes demandantes invocan ocho motivos.
1. |
Primer motivo, basado en la vulneración de los derechos fundamentales, del derecho a la inviolabilidad del domicilio y del derecho a una tutela judicial efectiva, al no existir un recurso judicial efectivo en relación con los requisitos de ejecución de las decisiones de inspección. |
2. |
Segundo motivo, basado en la infracción del artículo 20, apartado 4, del Reglamento n.o 1/2003 del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativo a la aplicación de las normas sobre competencia previstas en los artículos 81 y 82 del Tratado (Texto pertinente a efectos del EEE) (DO 2003, L 1, p. 1), y en la vulneración de los derechos fundamentales, debido a que la decisión de inspección no estaba suficientemente motivada y, por ello, privó a las demandantes de las garantías fundamentales exigibles en este ámbito. |
3. |
Tercer motivo, basado en la infracción del artículo 20, apartado 4, del Reglamento n.o 1/2003 y en la vulneración de los derechos fundamentales, debido a que la Comisión no disponía de ningún indicio que justificase la decisión impugnada. |
4. |
Cuarto motivo, basado en una desviación de poder, en la infracción del artículo 20, apartado 4, del Reglamento n.o 1/2003 y en la vulneración de los derechos fundamentales, debido a que la decisión de inspección no se derivaba de un examen imparcial y tenía, por el contrario, toda la apariencia de un acto adoptado con fines distintos a los esgrimidos. |
5. |
Quinto motivo, basado en la infracción de los artículos 20, apartados 3 y 4, y 21 del Reglamento n.o 1/2003 y en la vulneración de los derechos fundamentales, debido a que las demandantes se vieron privadas de otras garantías fundamentales, ellas mismas exigibles bajo pena de nulidad en caso de incumplimiento. |
6. |
Sexto motivo, basado en un error manifiesto de apreciación y en la vulneración del principio de proporcionalidad por la forma en que la Comisión decidió sobre la oportunidad, la duración y el alcance de la inspección y de la inspección continuada. |
7. |
Séptimo motivo, basado en la vulneración de los derechos fundamentales constituida por la decisión de denegar la garantía de una protección adaptada a determinados documentos respecto a los cuales las demandantes habían solicitado la protección del Derecho de la Unión. |
8. |
Octavo motivo, basado en la vulneración de los derechos fundamentales debido a la privación, sin causa justificada, del derecho a someter al juez de la Unión una demanda de suspensión del examen de la información precintada hasta la resolución del presente recurso. |