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Document 62016TA0008
Case T-8/16: Judgment of the General Court of 12 July 2019 — Toshiba Samsung Storage Technology and Toshiba Samsung Storage Technology Korea v Commission (Competition — Agreements, decisions and concerted practices — Market for optical disk drives — Decision finding an infringement of Article 101 TFEU and Article 53 of the EEA Agreement — Collusive agreements relating to procurement events organised by two computer manufacturers — Breach of essential procedural requirements and of the rights of the defence — Jurisdiction of the Commission — Geographic scope of the infringement — Single and continuous infringement — Principle of good administration — 2006 Guidelines on the method of setting fines)
Asunto T-8/16: Sentencia del Tribunal General de 12 de julio de 2019 — Toshiba Samsung Storage Technology y Toshiba Samsung Storage Technology Korea/Comisión («Competencia — Prácticas colusorias — Mercado de los lectores de discos ópticos — Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 101 TFUE y del artículo 53 del Acuerdo EEE — Acuerdos colusorios sobre licitaciones organizadas por dos fabricantes de ordenadores — Vicios sustanciales de forma y violación del derecho de defensa — Competencia de la Comisión — Extensión geográfica de la infracción — Infracción única y continuada — Principio de buena administración — Directrices de 2006 para el cálculo del importe de las multas»)
Asunto T-8/16: Sentencia del Tribunal General de 12 de julio de 2019 — Toshiba Samsung Storage Technology y Toshiba Samsung Storage Technology Korea/Comisión («Competencia — Prácticas colusorias — Mercado de los lectores de discos ópticos — Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 101 TFUE y del artículo 53 del Acuerdo EEE — Acuerdos colusorios sobre licitaciones organizadas por dos fabricantes de ordenadores — Vicios sustanciales de forma y violación del derecho de defensa — Competencia de la Comisión — Extensión geográfica de la infracción — Infracción única y continuada — Principio de buena administración — Directrices de 2006 para el cálculo del importe de las multas»)
DO C 328 de 30.9.2019, p. 38–38
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
30.9.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 328/38 |
Sentencia del Tribunal General de 12 de julio de 2019 — Toshiba Samsung Storage Technology y Toshiba Samsung Storage Technology Korea/Comisión
(Asunto T-8/16) (1)
(«Competencia - Prácticas colusorias - Mercado de los lectores de discos ópticos - Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 101 TFUE y del artículo 53 del Acuerdo EEE - Acuerdos colusorios sobre licitaciones organizadas por dos fabricantes de ordenadores - Vicios sustanciales de forma y violación del derecho de defensa - Competencia de la Comisión - Extensión geográfica de la infracción - Infracción única y continuada - Principio de buena administración - Directrices de 2006 para el cálculo del importe de las multas»)
(2019/C 328/40)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandantes: Toshiba Samsung Storage Technology Corp. (Tokio, Japón) y Toshiba Samsung Storage Technology Korea Corp. (Suwon-si, Corea del Sur) (representantes: inicialmente M. Bay, J. Ruiz Calzado, A. Aresu y A. Scordamaglia-Tousis, posteriormente M. Bay, J. Ruiz Calzado y A. Aresu, abogados)
Demandada: Comisión Europea (representantes: inicialmente N. Khan, A. Biolan y M. Farley, posteriormente A. Biolan, M. Farley y A. Cleenewerck de Crayencour, agentes)
Objeto
Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita, con carácter principal, la anulación total o parcial de la Decisión C(2015) 7135 final de la Comisión, de 21 de octubre de 2015, relativa a un procedimiento conforme al artículo 101 TFUE y al artículo 53 del Acuerdo EEE (asunto AT.39639 — Lectores de discos ópticos), y, con carácter subsidiario, la reducción del importe de la multa impuesta a las demandantes.
Fallo
1) |
Desestimar el recurso. |
2) |
Toshiba Samsung Storage Technology Corp. y Toshiba Samsung Storage Technology Korea Corp. cargarán con sus propias costas y con las de la Comisión Europea. |