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Document 62010CA0528

Asunto C-528/10: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 8 de noviembre de 2012 — Comisión Europea/República Helénica (Incumplimiento de Estado — Transportes — Desarrollo de los ferrocarriles comunitarios — Directiva 2001/14/CE — Artículos 6, apartados 2 a 5, y 11 — Capacidad de infraestructura ferroviaria y aplicación de cánones por su utilización — Organismo de control — No transposición en el plazo señalado)

DO C 9 de 12.1.2013, p. 6–7 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

12.1.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 9/6


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 8 de noviembre de 2012 — Comisión Europea/República Helénica

(Asunto C-528/10) (1)

(Incumplimiento de Estado - Transportes - Desarrollo de los ferrocarriles comunitarios - Directiva 2001/14/CE - Artículos 6, apartados 2 a 5, y 11 - Capacidad de infraestructura ferroviaria y aplicación de cánones por su utilización - Organismo de control - No transposición en el plazo señalado)

2013/C 9/08

Lengua de procedimiento: griego

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: G. Zavvos y H. Støvlbæk, agentes)

Demandada: República Helénica (representante: S. Chala, agente)

Partes coadyuvantes en apoyo de la parte demandada: República Checa (representantes: M. Smolek, T. Müller y J. Očková, agentes)

República Italiana (representantes: G. Palmieri, agente, asistido por S. Fiorentino, avvocato dello Stato)

Objeto

Incumplimiento de Estado — Infracción de los artículos 6, apartados 2 y 5, y 11 de la Directiva 2001/14/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2001, relativa a la adjudicación de la capacidad de infraestructura ferroviaria, aplicación de cánones por su utilización y certificación de la seguridad (DO L 75, p. 29).

Fallo

1)

Declarar que la República Helénica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 6, apartados 2 a 5, y 11, de la Directiva 2001/14/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2001, relativa a la adjudicación de la capacidad de infraestructura ferroviaria, aplicación de cánones por su utilización y certificación de la seguridad, en su versión modificada por la Directiva 2007/58/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2007, al no adoptar, dentro del plazo señalado, las medidas necesarias, en particular por lo que atañe a las unidades de tarifación de la infraestructura en el sector ferroviario.

2)

Condenar en costas a la República Helénica.

3)

La República Checa y la República Italiana cargarán con sus propias costas.


(1)  DO C 30, de 29.1.2011.


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