ISSN 1725-244X

doi:10.3000/1725244X.C_2009.200.spa

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 200

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

52o año
25 de agosto de 2009


Número de información

Sumario

Página

 

I   Resoluciones, recomendaciones y dictámenes

 

DICTÁMENES

 

Comité de las Regiones

 

79o pleno 21 y 22 de abril de 2009

2009/C 200/01

Dictamen del Comité de las Regiones plan de acción sobre movilidad urbana

1

2009/C 200/02

Dictamen del Comité de las Regiones sobre el tema marco estratégico europeo para la cooperación internacional en ciencia y tecnología

5

2009/C 200/03

Dictamen del Comité de las Regiones la correlación entre el mercado de trabajo y las necesidades regionales en el sector del turismo

9

2009/C 200/04

Dictamen del Comité de las Regiones sobre el plan de recuperación económica y el papel de los entes regionales y locales

13

2009/C 200/05

Dictamen del Comité de las Regiones las autoridades locales: agentes del desarrollo

18

2009/C 200/06

Dictamen del Comité de las Regiones el papel de los entes locales y regionales en el marco de la nueva estrategia para la región del Mar Báltico

23

2009/C 200/07

Dictamen del Comité de las Regiones sobre el tema el papel de los entes locales y regionales en la asociación oriental

31

2009/C 200/08

Dictamen del Comité de las Regiones sobre el tema agenda social renovada: oportunidades, acceso y solidaridad en la europa del siglo XXI

37

 

III   Actos preparatorios

 

Comité de las Regiones

 

79o pleno 21 y 22 de abril de 2009

2009/C 200/09

Dictamen del Comité de las Regiones energía: examen estratégico y rendimiento de los edificios

41

2009/C 200/10

Dictamen del Comité de las Regiones sobre la propuesta de decisión por la que se establece un programa de cooperación audiovisual con profesionales de terceros países Media Mundus

51

2009/C 200/11

Dictamen del Comité de las Regiones soluciones de interoperabilidad para las administraciones públicas europeas (ISA)

58

2009/C 200/12

Dictamen del Comité de las Regiones seguridad de los pacientes

63

2009/C 200/13

Dictamen del Comité de las Regiones creación del fondo europeo de adaptación a la globalización

70

2009/C 200/14

Dictamen del Comité de las Regiones sobre derechos de los consumidores

76

ES

 


I Resoluciones, recomendaciones y dictámenes

DICTÁMENES

Comité de las Regiones

79o pleno 21 y 22 de abril de 2009

25.8.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 200/1


Dictamen del Comité de las Regiones «plan de acción sobre movilidad urbana»

(2009/C 200/01)

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

lamenta que la Comisión no haya adoptado el esperado Plan de acción sobre movilidad urbana, ya que ello puede limitar el potencial de la política de movilidad urbana;

celebra las numerosas iniciativas que se han emprendido a nivel comunitario en materia de política urbana y el hecho de que la financiación de la UE ya haya apoyado una serie de iniciativas urbanas; por consiguiente, estima necesario ir más allá del Libro Verde y seguir ampliando el ámbito político de la política de movilidad urbana;

subraya la importancia de garantizar la adopción de mecanismos de financiación apropiados, junto con mecanismos que garanticen un auténtico trabajo en asociación. Por consiguiente, el CDR aboga por un modelo que permita que los planes de movilidad urbana se apliquen a través de acuerdos sostenibles de asociación a largo plazo entre entes públicos o entre el sector público y el privado, o mediante acuerdos de movilidad;

pide a la Comisión que establezca un instrumento de financiación que anime a las zonas urbanas y metropolitanas a elaborar planes de movilidad. Este instrumento financiero debería estar a disposición directa de las regiones y las zonas urbanas, sin depender de la aprobación de los Estados miembros. Los planes de movilidad urbana deberían ser responsabilidad de las propias ciudades;

solicita que la Comisión Europea también aporte valor añadido al proceso mediante incentivos de financiación, concesión de premios e intercambio de las mejores prácticas. El Dictamen del CDR sobre el Libro Verde sugiere que se conceda un etiquetado similar al sistema de «bandera azul de la UE», con arreglo a indicadores específicos, a zonas urbanas con bajos niveles de contaminación y congestión.

Ponente General

:

Sir Albert Bore, miembro del Consejo municipal de Birmingham (UK/PSE)

Texto de referencia

Consulta del Parlamento Europeo del 10 de marzo de 2009

I.   RECOMENDACIONES POLÍTICAS

EL COMITÉ DE LAS REGIONES,

Mensajes clave

1.

lamenta que la Comisión no haya adoptado el esperado Plan de acción sobre movilidad urbana, ya que ello puede limitar el potencial de la política de movilidad urbana;

2.

acoge favorablemente la iniciativa del Parlamento Europeo de emitir un informe de iniciativa sobre el tema y su decisión de consultar a este respecto al Comité de las Regiones;

3.

celebra las numerosas iniciativas que se han emprendido a nivel comunitario en materia de política urbana y el hecho de que la financiación de la UE ya haya apoyado una serie de iniciativas urbanas; por consiguiente, estima necesario ir más allá del Libro Verde y seguir ampliando el ámbito político de la política de movilidad urbana. Dados los potenciales beneficios que una mayor y sostenible movilidad urbana y metropolitana puede reportar a la calidad de vida de los ciudadanos de la UE en las zonas urbanas, a la reducción del carbono y una menor dependencia de los combustibles fósiles, así como a la competitividad económica, es conveniente que la UE redoble sus esfuerzos en este ámbito político. La agenda debe ser coherente y, de acuerdo con el principio de subsidiariedad, la UE debería apoyar las acciones emprendidas a nivel local y regional mediante la promoción de las mejores prácticas, el intercambio de experiencias y el fomento de la investigación y desarrollo tecnológico;

4.

reconoce que la UE ya presta un importante apoyo a la investigación en materia de movilidad urbana, regulación del transporte público y cuestiones medioambientales. En su respuesta al Libro Verde sobre el transporte urbano de la Comisión, el CDR subrayó el potencial valor añadido que a largo plazo aportaría la promoción de los planes de movilidad urbana, como los ya desarrollados, por ejemplo, en ciudades francesas y alemanas —con vistas a su adopción en otras ciudades de toda la Unión Europea— para hacer frente a la congestión urbana y la contaminación medioambiental; sin embargo, se pronuncia a favor de una mayor participación de las ciudades en proyectos de investigación financiados por la UE en materia de movilidad urbana, regulación del transporte público y cuestiones medioambientales. Es algo que puede hacerse ampliando a tal fin los programas de investigación;

5.

subraya la importancia de garantizar la adopción de mecanismos de financiación apropiados, junto con mecanismos que garanticen un auténtico trabajo en asociación. Por consiguiente, el CDR aboga por un modelo que permita que los planes de movilidad urbana se apliquen a través de acuerdos sostenibles de asociación a largo plazo entre entes públicos o entre el sector público y el privado, o mediante acuerdos de movilidad. Estos acuerdos de movilidad deberían poder utilizar financiación procedente tanto del sector privado como de los programas nacionales, regionales y locales;

6.

considera que el papel que corresponde a la UE, en estrecha cooperación con el Banco Europeo de Inversiones, es desarrollar instrumentos financieros innovadores capaces de financiar las necesarias infraestructuras de movilidad sostenible y la inversión en vehículos con bajas emisiones de carbono. Si bien cabe acoger favorablemente las iniciativas emprendidas hasta ahora en estos ámbitos, es necesario acelerar el ritmo y pasar de proyectos ejemplares aislados a proyectos más extendidos por todo el territorio de la Unión. Los acuerdos de movilidad facilitarían el establecimiento de sólidas alianzas entre las partes interesadas, capaces de soportar el riesgo asociado a los cuantiosos préstamos comerciales necesarios para realizar una infraestructura de transporte sostenible a gran escala;

7.

apoya las propuestas formuladas por el Parlamento Europeo en su proyecto de informe en el sentido de que en las perspectivas financieras para el período 2014-2020 habría que examinar la posibilidad de crear un instrumento financiero europeo que permitiera la cofinanciación de:

planes de transporte urbano y metropolitano (planes de movilidad urbana) e

inversiones en un tipo de movilidad urbana y metropolitana que satisfaga los objetivos socioeconómicos y medioambientales de la UE;

8.

pide a la Comisión que establezca un instrumento de financiación que anime a las zonas urbanas y metropolitanas a elaborar planes de movilidad. Este instrumento financiero debería estar a disposición directa de las regiones y las zonas urbanas, sin depender de la aprobación de los Estados miembros. Los planes de movilidad urbana deberían ser responsabilidad de las propias ciudades. Frecuentemente, a nivel local y regional, los proyectos dependen de que se garantice la correcta combinación de inversiones por parte del sector público y el sector privado, y la UE podría desempeñar un papel importante para facilitarlo;

9.

solicita que la Comisión Europea también aporte valor añadido al proceso mediante incentivos de financiación, concesión de premios e intercambio de las mejores prácticas. El Dictamen del CDR sobre el Libro Verde sugiere que se conceda un etiquetado similar al sistema de «bandera azul de la UE», con arreglo a indicadores específicos, a zonas urbanas con bajos niveles de contaminación y congestión.

Observaciones generales

10.

Los sistemas de transporte eficientes, eficaces y sostenibles contribuyen en gran medida a la competitividad de las ciudades, las regiones y la Unión Europea en general. Si bien la aplicación del principio de subsidiariedad lleva a la conclusión de que el desarrollo de dichos sistemas es responsabilidad de las autoridades locales y regionales correspondientes, a la Unión Europea también le corresponde un papel en este ámbito: fomentar las mejores prácticas, facilitar el aprendizaje, acelerar la transferencia de tecnología y garantizar la compatibilidad de las tecnologías utilizadas en la medida necesaria para facilitar la libre circulación de vehículos entre los Estados miembros.

11.

A medida que se agrava la recesión mundial y las empresas europeas luchan denodadamente por mantener su cuota de mercado en mercados globales cada vez más competitivos, la UE debe dar ejemplo, desempeñando su papel para asegurar que la calidad de las infraestructuras urbanas que permiten la circulación de personas y bienes da a las empresas europeas ventaja sobre sus competidores mundiales, en lugar de menoscabar su capacidad para competir. Por consiguiente, es imperativo mantener el impulso propiciado por la iniciativa de la movilidad urbana que se concretó en la publicación del Libro Verde en septiembre de 2007, y que la UE se comprometa a emprender acciones tangibles para llevar adelante esta agenda.

Recomendaciones sobre el proyecto de informe del Parlamento Europeo:

Acelerar la investigación y la innovación europea en materia de movilidad urbana

12.

apoya la inmediata revisión, evaluación y armonización de las bases de datos y estadísticas urbanas existentes a fin de valorar la necesidad de actualizarlas;

13.

respalda el lanzamiento inmediato de un portal Internet y un foro europeos sobre movilidad urbana para facilitar el intercambio y la difusión de información, buenas prácticas e innovaciones, especialmente en el ámbito del fomento del transporte sostenible;

14.

apoya la propuesta de crear un premio europeo anual para recompensar las iniciativas o los proyectos de transporte urbano que se hayan distinguido y puedan reproducirse, pero sugiere que ello se inscriba en el marco de la introducción de un etiquetado similar al sistema de «bandera azul de la UE», que debería concederse con arreglo a indicadores específicos a zonas urbanas con bajos niveles de contaminación y congestión;

15.

apoya el desarrollo de una nueva iniciativa CIVITAS, pero recomienda que se revisen y mejoren en la medida de lo posible los mecanismos para fomentar la difusión de las lecciones aprendidas y la innovación generadas en los proyectos CIVITAS;

16.

respalda, en principio, la financiación para acelerar el programa de investigación y desarrollo de los sistemas inteligentes de transporte (SIT), pero reconoce que la materialización de las aspiraciones de integración e interoperabilidad de los sistemas representa un desafío importante;

Fomentar el máximo aprovechamiento de los distintos modos de transporte — El valor añadido de la Unión Europea: un incentivo a la movilidad sostenible en los espacios urbanos

17.

apoya firmemente la promoción de los planes integrados de transporte urbano sostenible (planes de movilidad urbana), pero es consciente de las cuestiones de subsidiariedad que pueden plantearse, ya que, si bien la UE tiene que incentivar la preparación de tales planes en aras del fomento de las buenas prácticas, la decisión de elaborarlos compete a las ciudades y regiones a fin de dar cabida al ámbito más amplio de los desplazamientos «domicilio-lugar de trabajo»;

18.

respalda firmemente la propuesta de que la financiación y la cofinanciación comunitarias de proyectos de transporte urbano dependan de la existencia de planes integrados de movilidad, que se sumarían a los incentivos de la UE para este tipo de planes;

19.

apoya firmemente la introducción de directrices, en el marco de los actuales instrumentos de política regional, sobre financiaciones incentivadoras de la UE destinadas a inversiones, programas de trabajo y proyectos coordinados a escala nacional y regional para el transporte urbano y el transporte más amplio a las áreas de trabajo, siempre y cuando con estas inversiones se consigan los objetivos medioambientales y socioeconómicos de la UE, incluida la interoperabilidad entre todos los modos de transporte; apoya igualmente la introducción de un instrumento financiero europeo en las perspectivas financieras para el período 2014-2020, que permita cofinanciar los planes de movilidad urbana y financiar no proyectos, sino resultados que satisfagan los objetivos socioeconómicos y medioambientales de la UE; solicita que se estudie la posibilidad de que las iniciativas piloto a pequeña escala puedan recibir financiación en una fase más temprana. Asimismo, se recomienda buscar instrumentos más ambiciosos para proporcionar financiación a mayor escala que permita la realización de planes de movilidad urbana, que dependerán de la existencia de acuerdos de movilidad urbana de carácter público o público-privado capaces de utilizar fondos tanto del sector privado como de los programas nacionales, regionales y locales;

20.

acoge favorablemente la elaboración de un estudio sobre la experiencia adquirida con la integración de las tarifas (incluidas las tarjetas inteligentes) e insta a que se siga examinando la posibilidad de facilitar información intermodal en las conurbaciones de la UE; asimismo, solicita que se estudie la interoperatividad de las mencionadas tarjetas con la finalidad de que en el futuro puedan ser soporte de títulos con validez en varias áreas metropolitanas de la Unión Europea;

21.

apoya el llamamiento hecho a la Comisión para que elabore un informe sobre los sistemas de tarificación urbana y las posibles orientaciones sobre dicha tarificación, así como sobre los peajes para acceder a las grande ciudades y centros urbanos. Si bien la complejidad de tal empresa es considerable, hay mucho que ganar, sobre todo en términos de contribución a la coherencia de los planes de movilidad urbana, y ello representa un paso más hacia los sistemas de pago intermodales de «billete único»;

Los transportes urbanos: un sector industrial y de las tecnologías europeas que debe tenerse en cuenta en la Estrategia de Lisboa y en el Plan europeo de recuperación económica

22.

apoya firmemente la presentación de una iniciativa europea para la normalización y certificación del equipamiento en cuanto a seguridad, comodidad (ruido, vibraciones, etc.), interoperabilidad de las redes, accesibilidad para las personas con movilidad reducida, transporte sostenible y tecnologías de motores limpios sobre la base de una auditoría medioambiental del carbono;

23.

respalda firmemente que una proporción significativa de los créditos liberados por el Plan europeo de recuperación económica se asigne a la financiación de las inversiones en transporte urbano en curso y a proyectos que puedan financiarse inmediatamente, siempre que dichas inversiones sean coherentes con los objetivos socioeconómicos y medioambientales de la UE;

Mayor coherencia con otras políticas comunitarias

24.

invita a la Comisión Europea a que fomente una mayor coherencia a nivel local con otras políticas comunitarias, por ejemplo las relacionadas con el medio ambiente, el desarrollo urbano sostenible, el transporte de pasajeros y mercancías en ámbitos no urbanos, el cambio climático y la política regional;

25.

reitera su llamamiento en favor del establecimiento de un mecanismo comunitario para informar sobre los progresos alcanzados en la realización de los planes de movilidad urbana, a fin de brindar ejemplos a otras ciudades. Esto proceso debería dar comienzo con un análisis comparativo financiado por la UE centrado en ciudades europeas y en su manera de plantearse la reducción de la congestión, la mejora del medio ambiente y el establecimiento de modos de transporte más sostenibles, incluidos los modo no motorizaos.

Bruselas, 21 de abril de 2009

El Presidente del Comité de las Regiones

Luc VAN DEN BRANDE


25.8.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 200/5


Dictamen del Comité de las Regiones sobre el tema «marco estratégico europeo para la cooperación internacional en ciencia y tecnología»

(2009/C 200/02)

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

señala que los entes locales y regionales desempeñan un papel esencial en el esfuerzo por hacer realidad el Espacio Europeo de Investigación (EEI);

subraya que la Comisión Europea y los Estados miembros deberían tomar las medidas necesarias para garantizar una participación completa y efectiva de las autoridades locales y regionales en la gestión de las iniciativas relativas al EEI;

reconoce la necesidad de que la UE y los países vecinos cooperen en el ámbito científico y tecnológico. Esta cooperación debería implicar la participación de nuestros vecinos no sólo en el Programa Marco de Investigación de la UE, sino también en las otras dimensiones del Espacio Europeo de Investigación, como la coordinación de programas e infraestructuras de investigación y la aplicación de los principios de puesta en común de conocimientos y movilidad sin fisuras de los investigadores;

desea garantizar un uso coordinado del 7PM, los Fondos Estructurales, el PCI y el Fondo Europeo de Agricultura y Desarrollo Rural (FEADER), ya que esta coordinación es esencial para la competitividad y para lograr sinergias entre las políticas de cohesión, investigación, educación superior e innovación a nivel nacional y regional, como ya se ha señalado en anteriores dictámenes del CDR.

Ponente

:

Jyrki Myllyvirta (FI/PPE), Alcaldesa de Latí

Texto de referencia

Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo — Marco estratégico europeo para la cooperación internacional en ciencia y tecnología

COM(2008) 588 final

I.   RECOMENDACIONES POLÍTICAS

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

Pertinencia para los entes locales y regionales y el CDR

1.

señala que los entes locales y regionales desempeñan un papel esencial en el esfuerzo por hacer realidad el Espacio Europeo de Investigación (EEI). Son agentes clave del desarrollo de las estrategias regionales de investigación e innovación, porque tienen la experiencia necesaria: gestionan a menudo instituciones de investigación y apoyan los entornos innovadores. Además, los municipios o las administraciones regionales suelen disponer de poderes legislativos reconocidos y de presupuestos propios para la investigación, o son motores importantes de las actividades de investigación y desarrollo e incluso las cofinancian. Resulta fundamental disponer, a nivel local y regional, de un sistema institucional eficaz y operativo, para concebir y emprender actividades positivas y fructíferas de investigación;

2.

los entes locales y regionales son, pues, los principales interesados en las políticas e iniciativas encaminadas a profundizar y, aún más importante, ampliar el EEI, en especial su visión de unas instituciones académicas y de investigación fuertes, integradas en entornos innovadores así como de una cooperación y coordinación internacional en el ámbito de las actividades de investigación;

3.

destaca la gran importancia que revisten las ciudades y regiones en la creación de entornos innovadores. Sus políticas tienen una gran influencia, tanto en la realización del Espacio Europeo de Investigación a través de la movilidad de los científicos –atraídos exclusivamente por entornos caracterizados por la diversidad, tolerancia e innovación–, como a la hora de desarrollar las infraestructuras de investigación. En este contexto, son fundamentales las políticas locales de innovación, los centros tecnológicos, los viveros de empresas, los parques científicos y los fondos de capital riesgo (1);

Observaciones generales

4.

considera que la iniciativa propuesta puede contribuir de manera significativa a profundizar y ampliar el EEI. En su Dictamen sobre el tema «El Espacio Europeo de Investigación: nuevas perspectivas» (1), el Comité incidía en la necesidad de realizar las acciones necesarias para intensificar el proceso de creación del EEI, como paso para convertir a Europa en la economía más dinámica del mundo (2);

5.

subraya que la Comisión Europea y los Estados miembros deberían tomar las medidas necesarias para garantizar una participación completa y efectiva de las autoridades locales y regionales en la gestión (2) de las iniciativas relativas al EEI. El conocimiento y la innovación deben convertirse en la fuerza motriz de la economía; la participación activa de los entes locales y regionales en el EEI contribuirá a un aumento de la productividad y la competitividad;

6.

observa que las ciudades y regiones revisten especial importancia en el ámbito de la cooperación científica y tecnológica internacional. En el marco de sus políticas de investigación, las ciudades y regiones contribuyen considerablemente, mediante condiciones marco de apoyo (programáticas, estructurales y legislativas), a crear un valor añadido europeo en el ámbito de la investigación y configurar el espacio europeo de investigación e insuflarle vida (1);

7.

acoge favorablemente la Comunicación y, en particular, su objetivo de reforzar la base científica y tecnológica de la UE, fomentando la competitividad de su industria y ayudando a afrontar los desafíos mundiales en un contexto de «responsabilidad global»;

8.

recuerda a la Comisión Europea que seguirá atentamente el cumplimiento del principio según el cual los municipios y «los gobiernos regionales, así como [a] interesados del tipo de las universidades y los centros de investigación, la sociedad civil y el mundo empresarial, [que] deben participar activamente en la buena administración del EEI» (3), así como las referencias al respeto de los principios de subsidiariedad y geometría variable;

9.

reconoce la necesidad de que la UE y los países vecinos cooperen en el ámbito científico y tecnológico. Esta cooperación debería implicar la participación de nuestros vecinos no sólo en el Programa Marco de Investigación de la UE (4), sino también en las otras dimensiones del Espacio Europeo de Investigación, como la coordinación de programas e infraestructuras de investigación y la aplicación de los principios de puesta en común de conocimientos y movilidad sin fisuras de los investigadores (5);

10.

subraya la importancia de la cooperación científica y tecnológica con los países vecinos, que también puede tener fuertes repercusiones en el desarrollo regional dentro del área comunitaria. Esto puede aplicarse a Rusia, con su capacidad científica y tecnológica significativa, pero también a los países de Europa Oriental, los países balcánicos y los terceros países mediterráneos;

Importancia de los actuales programas de investigación e instrumentos financieros de la UE para ampliar el EEI

11.

acoge favorablemente las iniciativas dirigidas a extender el 7o Programa Marco de Investigación y Desarrollo (7PM) y el Programa para la Competitividad y la Innovación (PCI) a los países vecinos, lo que aportará una dimensión territorial suplementaria a dichos programas;

12.

recuerda las conclusiones del grupo de expertos del EEI (6) respecto de la creciente importancia de los agentes nacionales y regionales en el desarrollo de grandes iniciativas europeas como las redes EEI, Eurostars, el IEI, Joint Technology y Cluster;

13.

desea garantizar un uso coordinado del 7PM, los Fondos Estructurales, el PCI y el Fondo Europeo de Agricultura y Desarrollo Rural (FEADER), ya que esta coordinación es esencial para la competitividad y para lograr sinergias entre las políticas de cohesión, investigación, educación superior e innovación a nivel nacional y regional, como ya se ha señalado en anteriores dictámenes del CDR (7);

14.

insiste expresamente en la necesidad de reforzar la capacidad europea de investigación, formación e innovación en el contexto de las ayudas a las infraestructuras de investigación, la investigación en beneficio de las PYME, las agrupaciones regionales al servicio de la investigación, el pleno despliegue del potencial investigador de las regiones comunitarias de «convergencia», las cuestiones de «Ciencia y sociedad» y las actividades «horizontales» en el ámbito de la cooperación internacional (8);

15.

aboga por una interpretación amplia del concepto de innovación, que abarque las ciencias sociales y humanas y su fecunda interacción con las culturas urbanas y regionales de sus localidades;

16.

señala que el objetivo de lograr una masa crítica al nivel de los centros de investigación y las redes internacionales depende del ámbito de actuación, del campo de investigación y de los participantes. No se debería aplicar una «solución estándar» a todas las asociaciones internacionales;

17.

recuerda el objetivo establecido en el Libro Verde (5) de encontrar un buen equilibrio entre la financiación institucional de las instituciones de investigación y la conseguida en régimen de competencia. Remitiéndose a sus posiciones expresadas en dictámenes anteriores, el Comité de las Regiones aboga por mantener un debate continuo con miras a alcanzar un adecuado equilibrio entre ambas modalidades de financiación;

18.

recomienda, en referencia también a anteriores tomas de posición (1), que sean los propios científicos y sus comunidades los que elijan los campos de investigación que les resulten de mayor interés y provecho (enfoque de abajo arriba), y que establezcan voluntariamente sus redes de actuación horizontales, en lugar de dar la prioridad a procesos dirigidos desde arriba y a la cooperación ritual que estos suponen;

19.

pide que se garantice la coherencia política en el caso de los programas a varios niveles y multilaterales, especialmente aquellos en los que participan socios de terceros países, que requieren la existencia de un sistema eficaz de gobernanza a múltiples niveles (7);

Movilidad de los investigadores

20.

además de estar totalmente de acuerdo con la afirmación según la cual la movilidad de los investigadores es una característica esencial de la cooperación internacional científica y tecnológica, el Comité subraya los siguientes puntos:

debería considerarse especialmente importante para el desarrollo de un espacio europeo de investigación que se registren progresos en materia de movilidad de los científicos, incluidas las necesarias adaptaciones legislativas en los ámbitos del derecho de establecimiento y de las pensiones, así como medidas complementarias de apoyo a las familias (1);

las perspectivas de carrera y la movilidad de los investigadores (9) deberían fomentarse mediante una combinación óptima de instrumentos nacionales y comunitarios y un desarrollo ulterior de las cualificaciones de todos los investigadores. Es preciso promover el interés por la investigación y la innovación en la sociedad, particularmente entre los jóvenes.

21.

señala que también es necesario contratar a científicos con nivel de excelencia procedentes de terceros países y, por tanto, subraya la importancia de programas de movilidad de la UE, tales como el programa Marie-Curie, y de las medidas de apoyo que se han adoptado en algunas regiones con programas de retorno destinados a los científicos (1);

Infraestructuras mundiales de investigación y programas de investigación abiertos

22.

coincide con las conclusiones del Consejo de Competitividad del 30 de mayo de 2008, en las que se pide a la Comisión y los Estados miembros que respalden a los entes locales y regionales a la hora de acceder, construir y hacer funcionar infraestructuras de investigación modernas. En este contexto, el Comité sugiere:

asegurarse de que los entes regionales y locales participan plenamente en el desarrollo de la hoja de ruta del Foro Estratégico Europeo sobre Infraestructuras de Investigación (ESFRI) (10) y, en particular, en el esfuerzo por dar prioridad a los 35 proyectos de interés europeo que ya han sido aprobados;

tener en cuenta la importancia de los entes regionales y locales y de su participación en las infraestructuras de investigación europeas (ERI);

garantizar una implicación real y efectiva de las autoridades locales y regionales en una gobernanza eficiente de las ERI (2);

23.

subraya la importancia de los entes regionales y locales como agentes impulsores de los programas de investigación conjunta, incluidos aquellos en los que participan terceros países, en tanto que están más en contacto con las realidades específicas locales tanto científicas, tecnológicas como empresariales y, por lo tanto, con las necesidades de cooperación en áreas estratégicas (2). Varias regiones europeas ya participan con éxito en instrumentos de coordinación y colaboración de programas de investigación, como es el caso de los proyectos ERA-NET. Al igual que los Estados miembros, los municipios y los entes regionales también deberían contribuir a impulsar los acuerdos de cooperación en el marco de la programación conjunta (2);

Subsidiariedad, proporcionalidad y mejora de la legislación

24.

observa que la Comunicación no tiene en cuenta todos los aspectos locales y regionales y que la Comisión Europea no presenta una evaluación de impacto para esta Comunicación. Este dictamen se refiere a los poderes de los entes locales y regionales y resalta la particular importancia de la cooperación científica y tecnológica internacional para las ciudades y regiones.

II.   ANEXO

Antecedentes relativos a la Comunicación de la Comisión Europea

Esta Comunicación se elaboró en respuesta a las conclusiones del Consejo de febrero de 2008, y es una de las cinco iniciativas de la Comisión desarrolladas a raíz de los debates públicos sobre el futuro del Espacio Europeo de Investigación (11) y sobre la globalización de la sociedad de la información. También sigue las conclusiones de la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información (CMSI) de 2005.

Con esta Comunicación, la Comisión pretende reforzar el esfuerzo europeo en materia de investigación y facilitar el uso de las nuevas tecnologías para responder con mayor eficacia a los enormes desafíos que tiene que afrontar la sociedad actual.

Para reflejar la necesidad de profundizar y ampliar el EEI mediante una mayor cooperación con los socios internacionales, el Séptimo Programa Marco de Investigación (7o PM) permite la participación de terceros países e incluye varios instrumentos nuevos destinados a estimular la cooperación internacional. Sin embargo, el 7o PM sólo representa una pequeña proporción de toda la investigación en Europa. En consecuencia, la Comunicación objeto de examen propone un nuevo marco europeo consistente en una serie de principios básicos y en orientaciones para la acción. Las medidas que se adopten reforzarán a los agentes públicos y privados europeos en sus relaciones con sus socios y competidores de otras partes del mundo. El marco propuesto contribuirá a la libre circulación de conocimientos («la quinta libertad de la UE») a nivel mundial, a elevar en todo el mundo el perfil de la ciencia y tecnología europea y a difundir los conocimientos técnicos europeos en materia de TIC en el mundo. Dará visibilidad al Espacio Europeo de Investigación en la escena mundial, convirtiéndolo en un Espacio abierto al mundo, e impulsará la competitividad de Europa en la economía mundial (12).

Bruselas, 21 de abril de 2009.

El Presidente del Comité de las Regiones

Luc VAN DEN BRANDE


(1)  CDR 83/2007 fin.

(2)  CDR 283/2008 fin.

(3)  Conclusiones del Consejo sobre el inicio del «Proceso de Liubliana»: Hacia la plena realización del Espacio Europeo de Investigación, 30 de mayo de 2008.

(4)  Véase la Comunicación de la Comisión COM(2006) 724 final, de 4.12.2006, sobre el enfoque general para que los países socios de la PEV puedan participar en agencias y programas comunitarios.

(5)  COM(2007) 161 final.

(6)  Informe del Grupo de expertos del EEI «Opening to the world: International Cooperation in Science and Technology» (Apertura al mundo de la cooperación internacional en ciencia y tecnología).

(7)  CDR 263/2007 fin.

(8)  CDR 155/2005 fin.

(9)  Key Issues Paper (documento sobre cuestiones clave) 2009 — Contribución del Consejo de Competitividad al Consejo Europeo de primavera.

(10)  Foro Estratégico Europeo sobre Infraestructuras de Investigación; http://cordis.europa.eu/esfri/home.html.

(11)  SEC(2008) 430 de 2.4.2008.

(12)  Comunicación de la Comisión «Marco estratégico europeo para la cooperación internacional en ciencia y tecnología», COM(2008) 588 final.


25.8.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 200/9


Dictamen del Comité de las Regiones «la correlación entre el mercado de trabajo y las necesidades regionales en el sector del turismo»

(2009/C 200/03)

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

reconoce que el turismo realiza una contribución fundamental al PNB nacional en todos los Estados miembros, aunque su papel e importancia como actividad empresarial difiere mucho de un Estado miembro a otro, tanto en el marco de las economías nacionales como desde el punto de vista del desarrollo económico a escala local y regional;

reconoce que la industria del turismo se enfrenta a una serie de retos, principalmente el que plantea la recesión económica. En este contexto, la necesidad de estimular la industria turística y reforzar el espíritu de empresa en este sector es urgente, en especial debido a la dimensión social del turismo en los ámbitos del empleo y la cohesión social y regional;

destaca que el desarrollo turístico debe ser sostenible, a fin de no derrochar los recursos naturales ni destruir el entorno natural. El turismo debe respetar la riqueza natural de cada región y debe aprovecharla promoviendo un desarrollo turístico que sea viable y moderado, con el objetivo de conservar y revalorizar el medio ambiente, protegerlo para las generaciones futuras y crear las condiciones que generen nuevas posibilidades de empleo.

Ponente

:

Konstantinos TATSIS (EL/PPE), Presidente de la Prefectura ampliada de Drama-Kavala-Xanthi

I.   RECOMENDACIONES

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

1.

reconoce que el turismo realiza una contribución fundamental al PNB nacional en todos los Estados miembros, aunque su papel e importancia como actividad empresarial difiere mucho de un Estado miembro a otro, tanto en el marco de las economías nacionales como desde el punto de vista del desarrollo económico a escala local y regional;

2.

señala que el turismo es una fuente de riqueza esencial para muchas economías regionales; pero que hasta la fecha su dimensión comunitaria ha sido muy limitada. Por ello acoge favorablemente la Comunicación de la Comisión titulada «Una nueva política turística en la UE: hacia una mayor colaboración en el turismo europeo» y la «Agenda para un turismo europeo sostenible y competitivo»;

3.

se felicita del reconocimiento del turismo como un ámbito de actuación complementaria de la UE de acuerdo con el nuevo artículo 195 del Tratado sobre el funcionamiento de la Unión Europea (Tratado de Lisboa) y, por consiguiente, espera que la ratificación de dicho Tratado pueda conseguirse lo antes posible a fin de proporcionar un sólido fundamento jurídico para la actividad comunitaria en esta área;

El papel del turismo

4.

señala que la importancia del turismo, así como el papel del sector turístico, es múltiple, pues contribuye sustancialmente a la economía europea en su conjunto, al desarrollo de la economía nacional de muchos Estados miembros y al aumento del PIB nacional. Al mismo tiempo, el desarrollo del turismo, al margen de su importancia para la formación y el fomento de la salud, así como para oportunas actividades de ocio y descanso, tiene también repercusiones importantes en el empleo, dado que muchas profesiones dependen de la afluencia del turismo y muchos profesionales trabajan en las estructuras turísticas y en las actividades que giran en torno a ellas;

5.

añade que el turismo contribuye de manera positiva a promover una mayor cohesión social, ya que ofrece a algunas regiones, en particular a las que no tienen otras fuentes para crear riqueza, perspectivas de desarrollo y creación de empresas, distribuyendo en la sociedad una parte del producto económico así generado. En aquellas regiones con una disminución demográfica persistente y una economía debilitada, el desarrollo de la industria turística puede convertirse incluso en un contrapeso; que en algunos casos sirve para invertir un desarrollo negativo e impulsar transformaciones estructurales necesarias;

6.

considera que conviene destacar la importancia que tiene el turismo en el proceso de desarrollo de una conciencia social europea gracias a la movilidad de los ciudadanos europeos. El turismo contribuye a reforzar esta conciencia a través de las relaciones y contactos con los ciudadanos de otros Estados miembros, otras culturas y sociedades y países diferentes, lo que por una parte acentúa el sentimiento de diversidad, pero por otra refuerza el sentimiento de una perspectiva común. La movilidad que ofrece a los ciudadanos el desarrollo del turismo en las regiones europeas está en la base del concepto de ciudadanía europea;

7.

señala que el desarrollo del turismo está directamente vinculado a ámbitos como el medio ambiente y la cultura. En lo que respecta al medio ambiente, es fundamental promover políticas que fomenten un desarrollo turístico sostenible y viable, de modo que se pueda explotar el medio ambiente y que esa explotación sirva a la vez para protegerlo. En cuanto a la cultura, el turismo ofrece la posibilidad de aprovechar al máximo la producción cultural contemporánea y de explotar la riqueza del patrimonio cultural europeo;

8.

subraya que el turismo representa a escala regional una fuente de empleo estable que contribuye a reforzar y estimular el empleo, ya que forma parte integrante de la consecución de los objetivos de la Estrategia de Lisboa en esta materia;

Los retos de la industria del turismo a nivel regional

9.

reconoce que la industria del turismo se enfrenta a una serie de retos, principalmente el que plantea la recesión económica. En este contexto, la necesidad de estimular la industria turística y reforzar el espíritu de empresa en este sector es urgente, en especial debido a la dimensión social del turismo en los ámbitos del empleo y la cohesión social y regional;

10.

destaca que el desarrollo turístico debe ser sostenible, a fin de no derrochar los recursos naturales ni destruir el entorno natural. El turismo debe respetar la riqueza natural de cada región y debe aprovecharla promoviendo un desarrollo turístico que sea viable y moderado, con el objetivo de conservar y revalorizar el medio ambiente, protegerlo para las generaciones futuras y crear las condiciones que generen nuevas posibilidades de empleo;

11.

señala que los planes de ordenación turística del territorio a nivel regional son un instrumento que permite encontrar el equilibrio adecuado entre el desarrollo del espíritu empresarial y la explotación del entorno natural, evitando el derroche de los recursos naturales y energéticos de cada región. En algunas regiones ya se han fijado límites para restringir el número de estructuras hoteleras y se propone debatir esta práctica en el marco de un intercambio de las mejores prácticas. En este contexto, el Comité recomienda establecer criterios concretos para evaluar en qué nivel debe situarse dicho límite, teniendo en cuenta las necesidades regionales en materia de desarrollo, las necesidades sociales y la creación de nuevos puestos de trabajo;

12.

considera que la competencia en el sector del turismo se puede analizar desde tres perspectivas: en primer lugar, la competencia exterior que existe entre los destinos nacionales dentro y fuera de la Unión Europea; en segundo lugar, la competencia interna que se desarrolla entre los distintos destinos europeos y, por último, la competencia que hay dentro de un mismo país entre los destinos nacionales. Cada una de estas formas de competencia tiene características concretas y debe ser objeto de un enfoque diferente;

13.

señala que otro de los retos a los que se enfrenta la industria del turismo a escala regional es su carácter estacional. Por la propia naturaleza del problema, la solución no debe buscarse en el ámbito nacional, sino en el regional, dado que dicho carácter estacional está vinculado a características sociales y regionales concretas que influyen directamente en la afluencia del turismo. De modo inverso, a nivel nacional existe la posibilidad de desarrollar desde diversas perspectivas y diversificar el producto turístico en función de la época del año;

14.

reconoce que el turismo constituye básicamente una industria de prestación de servicios, que se caracteriza por una fuerte competencia y -por parte de los clientes- por una demanda de calidad. En consecuencia, la mano de obra empleada en esta industria deberá tener una formación de elevado nivel y adecuada a la demanda;

15.

destaca que es necesario reforzar las empresas activas en el sector del turismo de tal modo que tengan la posibilidad de atraer mano de obra cualificada y con una formación de alto nivel. De esta manera, el producto turístico generará un dinamismo mayor en toda Europa y se podrá mejorar sustancialmente la prestación de servicios a los visitantes, haciendo más atractivos los destinos turísticos europeos;

16.

subraya la necesidad de reforzar las pequeñas y medianas empresas, sobre la base del principio «pensar primero a pequeña escala» («Think Small First») que se menciona en el Reglamento sobre las PYME. El sector del turismo se compone en su mayor parte de pequeñas y medianas empresas. En esa medida, el marco legislativo que regula su funcionamiento deberá serles más favorable y deberán tomarse medidas directas para conservar los puestos de trabajo existentes y generar al mismo tiempo nuevas posibilidades de empleo;

Propuestas

17.

señala que el refuerzo de la industria del turismo debe hacerse en el marco de la política más general de la UE en materia de desarrollo, teniendo en cuenta las prioridades esenciales y las herramientas principales en este ámbito;

18.

propone que se lleven a cabo iniciativas públicas y privadas que promuevan una mayor conectividad; tanto aérea como marítima; entre las regiones europeas; que permita una mayor movilidad de los ciudadanos de la Unión;

19.

considera que la explotación y protección del medio ambiente, en el marco del desarrollo sostenible y viable, constituyen uno de los dos pilares principales del desarrollo;

20.

señala que el segundo pilar es el refuerzo de la dimensión social del turismo, en el marco de la protección del empleo y de la necesidad de distribuir en el conjunto de la sociedad, en su sentido más amplio, la riqueza generada por el turismo;

21.

propone, en este contexto, que se adopten iniciativas para reforzar el empleo en el sector del turismo a través de programas de formación de los trabajadores, se adopten iniciativas para vincular el turismo al medio ambiente y promover el desarrollo del turismo sostenible, se fomente la introducción de las nuevas tecnologías en el producto turístico regional vinculándolas a la cultura y a los servicios en general, se promueva la conexión en red de los destinos turísticos a nivel europeo, sobre la base de la protección del medio ambiente, el desarrollo de la producción local y la mejora de la calidad de los servicios, y se fomenten prácticas empresariales que contribuyan a un mayor progreso social y a una distribución de la riqueza en la sociedad;

22.

señala que las prácticas existentes y los proyectos comunitarios actuales –como, por ejemplo, el proyecto piloto sobre Turismo social en Europa y «Destinos de excelencia» («Destinations of Excellence»)- deberán reforzarse y asumir una forma más sectorial. A tal fin, celebra la práctica de incluir varias categorías anuales y que se repitan cada año a fin de no perder la continuidad de un año a otro con el cambio de destinos. Se insta también a la Comisión Europea a adoptar medidas para fomentar la cooperación transfronteriza e interregional entre los entes locales y regionales con el fin de promover productos turísticos conjuntos;

23.

hace hincapié en la necesidad de promover formas de turismo alternativo con el fin de aprovechar al máximo todas las posibilidades que se ofrecen y de crear nuevos servicios y desarrollar nuevos productos;

24.

propone fomentar un modelo europeo de desarrollo turístico sostenible, basado en un programa que incluya la integración de la cultura en el producto turístico, la protección del medio ambiente, el fomento de la competitividad de la oferta turística europea, la mejora de la conectividad tanto aérea como marítima entre las regiones, el estímulo del espíritu empresarial y la introducción de las nuevas tecnologías;

25.

propone que se refuerce el papel de vínculo con los entes regionales que desempeña el Cedefop y que se le pida seguir analizando los requisitos de capacitación en el sector del turismo, basándose en las necesidades y en las aspiraciones de las regiones, tanto para reforzar más ampliamente las posibilidades de empleo como para mejorar la calidad de los servicios prestados;

26.

propone que se aproveche la experiencia europea sobre Planes Locales de Acción para el Empleo, siguiendo el ejemplo de los 89 pactos territoriales piloto para el empleo, y que se elaboren planes a escala regional conjuntamente con los entes locales y regionales, representantes de los sectores hotelero, cultural y de ocio, representantes de los trabajadores de dichos sectores, e interlocutores sociales del turismo alternativo europeo, al objeto de diseñar una política coherente a escala regional de apoyo al empleo en el sector del turismo; recomienda que las medidas basadas en estos planes puedan recibir financiación de los Fondos Estructurales;

27.

propone que se adopten medidas para reducir temporalmente los impuestos en los aeropuertos regionales, con el fin de incrementar el tráfico en dichos aeropuertos y reforzar sus conexiones directas con las fuentes de la actividad turística.

Bruselas, 22 de abril de 2009.

El Presidente del Comité de las Regiones

Luc VAN DEN BRANDE


25.8.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 200/13


Dictamen del Comité de las Regiones sobre «el plan de recuperación económica y el papel de los entes regionales y locales»

(2009/C 200/04)

EL COMITÉ DE LAS REGIONES FORMULA LAS SIGUIENTES RECOMENDACIONES:

acoge con agrado el claro mensaje del Presidente Barroso en la cumbre del G20 celebrada en Londres el 2 de abril de 2009, en el que subraya la importancia de cinco acciones coordinadas para la recuperación económica: la coordinación a escala mundial de los estímulos fiscales; la creación de una demanda duradera con estímulos a la confianza; la necesidad de un estímulo para la gobernanza mundial; estímulos comerciales; estímulos para el desarrollo y contra el cambio climático;

subraya, en vista del previsible impacto asimétrico de la crisis en las distintas regiones, la importancia del objetivo de la cohesión territorial en el contexto de las medidas propuestas, para salvar el empleo o crearlo y estimular la actividad económica;

apoya el enfoque de la Unión Europea de dar el amplio respaldo necesario para la recuperación económica procurando imprimir un impulso para mejorar el poder adquisitivo y adoptando medidas en los cuatro ejes centrales de la Estrategia de Lisboa (competitividad e innovación, desarrollo sostenible y cohesión social);

Ponente

:

Dietmar Brockes (DE/ALDE), Miembro del Parlamento del Estado federado de Renania del Norte-Westfalia

Texto de referencia:

«Comunicación de la Comisión al Consejo Europeo — Un Plan Europeo de Recuperación Económica»

COM(2008) 800 final

I.   OBSERVACIONES GENERALES

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

1.

expresa su profunda preocupación por el rápido deterioro de la situación económica en los Estados miembros de la UE y en sus regiones y municipios, así como por el hecho de que la crisis haya tenido un considerable impacto en toda la economía mundial;

2.

acoge con satisfacción que la Comisión Europea haya concebido rápidamente un paquete de recuperación económica en respuesta a la crisis financiera y económica mundial, y al mismo tiempo observa que las predicciones económicas en las que se basa dicho paquete ya han sido revisadas a la baja a la luz de los acontecimientos;

3.

acoge con agrado el claro mensaje del Presidente Barroso en la cumbre del G20 celebrada en Londres el 2 de abril de 2009, en el que subraya la importancia de cinco acciones coordinadas para la recuperación económica: la coordinación a escala mundial de los estímulos fiscales; la creación de una demanda duradera con estímulos a la confianza; la necesidad de un estímulo para la gobernanza mundial; estímulos comerciales; estímulos para el desarrollo y contra el cambio climático;

4.

subraya que la crisis financiera y económica mundial es una prueba de fuego para la economía de mercado y; por ello, pide a los responsables de los medios económicos que reaccionen ante la crisis con determinación y templanza y alienten a los ciudadanos dándoles ejemplo;

5.

critica duramente los excesos del sector del capital financiero puestos de manifiesto por su uso del apalancamiento financiero y derivados, como las obligaciones de deuda garantizadas, los títulos-valores cubiertos por activos y swaps por incumplimiento de crédito, así como la falta de control de las instituciones y autoridades supervisoras nacionales, europeas e internacionales, y la debilidad de la normativa financiera;

6.

exhorta a la Comisión Europea y a los Estados miembros de la UE a que, en los próximos debates sobre un nuevo orden financiero mundial, propugnen una apropiada y efectiva revisión de todo el sistema financiero (incluyendo la banca de inversión, los fondos de protección y los fondos de participación privada) que impida una repetición de estos excesos. Para ello habrá que proceder a:

poner término al sistema de los bancos interpuestos e imponer cuotas obligatorias de capital propio a prueba de crisis para las instituciones financieras,

prohibir los productos derivados que, por la naturaleza de su estructura, no pueden ser regulados o entrañan impredecibles riesgos sistémicos pese a la regulación,

evitar los sistemas incentivos en el sector financiero (bonos, beneficios fiscales, etc.) que fomenten los riesgos sistémicos,

establecer una normativa pública de asociación para las agencias de calificación crediticia y una supervisión organizada internacionalmente de tales organismos;

7.

está más convencido que nunca de que la economía real y su sistema financiero tienen que servir a los ciudadanos; considera que la normativa y el control, en particular de las normas del Acuerdo de Basilea II, deben extenderse a todos los agentes del sistema financiero, incluidos también los fondos especulativos, los fondos privados de inversión y otros organismos financieros no regulados;

8.

considera que la reforma estructural y fundamental del sistema financiero mundial es tan importante como las medidas para apoyar la economía adoptadas por la UE y los Estados miembros a raíz de la actual crisis económica; restaurar la confianza en los mercados financieros evitará el descrédito permanente de la economía de mercado en su conjunto, y sólo una corrección clara, efectiva, comprensible y bien comunicada de las turbulencias ocurridas en parte de los mercados financieros hará que se recupere la confianza;

9.

considera que las circunstancias extraordinarias requieren medidas extraordinarias; lo importante ahora es actuar con rapidez, dejar de lado las ideas fijas y cumplir los criterios de Maastricht en su forma revisada, así como flexibilizar los criterios del Pacto de Estabilidad y Crecimiento relativos a las finanzas públicas (deuda y déficit públicos);

10.

subraya, en vista del previsible impacto asimétrico de la crisis en las distintas regiones, la importancia del objetivo de la cohesión territorial en el contexto de las medidas propuestas, para salvar el empleo o crearlo y para estimular la actividad económica;

11.

observa que los servicios ofrecidos por los Estados miembros y sus entes territoriales representan la mayor parte de los servicios públicos que más directamente influyen en la capacidad de la población para hacer frente a la crisis económica, pero que, debido a importantes restricciones presupuestarias en los Estados miembros, sus entes territoriales sólo podrán garantizar sus funciones en escasa medida; no obstante, incluso en estas condiciones, conviene preservar los principios del Estado de derecho en el conjunto de la Unión Europea y en cada Estado miembro, ya que constituyen el fundamento de la confianza de los ciudadanos en el poder público;

Valoración general del Plan europeo de recuperación económica

12.

acoge favorablemente que la Comisión Europea haya elaborado con rapidez y decisión el Plan de recuperación económica para frenar la espiral de la recesión económica;

13.

hace hincapié en que los Estados miembros de la UE deben actuar como una Comunidad en esta crisis y no pueden entregarse de nuevo a una conducta nacionalista y proteccionista;

14.

subraya, por consiguiente, la necesidad de una estrecha coordinación por parte de la UE y un enfoque decididamente europeo que establezca un marco común de acción para tomar medidas nacionales adaptadas a la situación económica específica y a las capacidades de los presupuestos públicos de los distintos Estados miembros; tiene la convicción de que la injerencia de los gobiernos de algunos Estados miembros en las funciones básicas de los gobiernos locales incapacita notablemente a esos Estados miembros en particular y en general a la Unión Europea para alcanzar los objetivos de Lisboa y aumenta las desigualdades de desarrollo entre las regiones europeas;

15.

apoya las propuestas de inversión en energía y proyectos de infraestructura de banda ancha presentados por la Comisión Europea, que servirán a la aplicación del Plan de recuperación económica de la UE avalado por el Consejo Europeo en diciembre de 2008 y marzo de 2009. Considera, sin embargo, que tanto la limitación del margen de maniobra de la Comisión respecto del dinero no gastado del presupuesto comunitario como las negociaciones excesivamente largas con los Estados miembros sobre el uso de ese dinero ponen de relieve la necesidad — que el CDR ya subrayó en su dictamen sobre la revisión intermedia del presupuesto (1) — de una reforma estructural del presupuesto de la UE y, en particular, de aumentar su flexibilidad;

16.

apoya el enfoque de la Unión Europea de dar el amplio respaldo necesario para la recuperación económica procurando imprimir un impulso para mejorar el poder adquisitivo y adoptando medidas en los cuatro ejes centrales de la Estrategia de Lisboa (competitividad e innovación, desarrollo sostenible y cohesión social);

17.

acoge positivamente el compromiso del Consejo Europeo de los días 19 y 20 de marzo con la Estrategia de Lisboa renovada para el crecimiento y el empleo, y subraya la gran actualidad de los trabajos que están desarrollándose sobre el futuro de la estrategia para el crecimiento y el empleo después de 2010. En este contexto recuerda que el Comité de las Regiones ha decidido lanzar una consulta entre los entes locales y regionales europeos sobre el futuro de la estrategia para el crecimiento y el empleo después de 2010 (2);

18.

valora positivamente que el Consejo Europeo de los días 19 y 20 de marzo reconociera explícitamente que es prioritario responder al impacto social de la crisis y pidiera «estimular el empleo, en particular fomentando la adquisición de las nuevas competencias que requieran los nuevos empleos». Además mencionaba «la solidaridad y unos sistemas de protección social que puedan desempeñar plenamente su función de estabilizadores automáticos […]» (punto 19 de las Conclusiones);

19.

lamenta que el Consejo Europeo, en su última cumbre celebrada en Bruselas los días 19 y 20 de marzo de 2009, no haya reconocido explícitamente la importancia de los entes regionales y locales para superar la crisis financiera;

20.

pide a la Comisión que entable negociaciones internacionales para llevar a cabo una reorganización y una estabilización sostenibles de los sistemas financieros mundiales;

21.

considera que la inversión pública y los programas de incentivos financieros concebidos para apoyar la recuperación económica también deben contribuir a la transición a una economía con baja emisión de carbono, y pide a la Comisión y a los Estados miembros que formulen en consecuencia sus planes y programas de recuperación económica. Los objetivos climáticos de la UE a partir de 2012 no deben verse comprometidos por la actual crisis financiera;

22.

pide a los Estados miembros que desarrollen con rapidez planes de recuperación nacionales y pongan a disposición los medios financieros necesarios, siempre y cuando no se hayan puesto ya en marcha planes con tal fin;

23.

estima indispensable que en el momento de la elaboración de los planes de recuperación nacionales se evalúe con precisión el impacto de las medidas de ahorro que se propongan en ellos sobre la situación económica y social del país a largo plazo. Las medidas poco meditadas, que permiten hacer pequeños ahorros, podrían suponer más pérdidas que beneficios, y se correría el riesgo de que las pérdidas aumenten con el paso del tiempo; a la inversa, el impacto del endeudamiento en el margen de maniobra de los presupuestos nacionales también debe tenerse en cuenta, de modo que cada gasto debe examinarse en función de su necesidad y de su rentabilidad;

24.

insta a emplear los Fondos Estructurales para acelerar las inversiones y modernizar las infraestructuras europeas;

25.

exhorta a la Comisión y a los Estados miembros a que propongan una mayor flexibilidad en el marco de los Fondos Estructurales de la UE, a fin de contribuir a resolver las actuales dificultades para acceder a la cofinanciación de los sectores público y privado;

26.

pide a la Comisión que examine cómo se puede responder a corto plazo mediante medidas de exención a los mecanismos de regulación económica, financiera y presupuestaria que, en las actuales circunstancias, pueden agravar la crisis;

27.

pide a los Estados miembros, en particular a los de la zona euro, que estudien la posibilidad de un préstamo europeo global, y otras posibilidades garantizadas conjuntamente por todos los Estados miembros;

28.

respalda la reciente propuesta de la Comisión de dar más flexibilidad al Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, de tal forma que este instrumento pueda utilizarse de modo efectivo para mitigar los efectos negativos de la crisis en los mercados de trabajo; recuerda, en este contexto, que ya había sugerido en su dictamen de 2006 sobre el FEAG muchos de los cambios que ahora propone la Comisión, y recibe positivamente que se hayan recogido sus sugerencias;

Dimensión regional y local de la crisis coyuntural

29.

señala que los entes competentes a nivel regional y local han puesto en marcha muchos planes de infraestructuras públicas y proyectos de desarrollo próximos a los ciudadanos, y que dichos entes son responsables de un tercio de los gastos públicos y de más de dos tercios de las inversiones públicas en la UE;

30.

desea llamar la atención sobre el hecho de que numerosos entes locales y regionales han participado estos últimos años en acuerdos de arrendamientos transfronterizos para infraestructuras vitales y que muchos de ellos se ven ahora amenazados por la crisis financiera y por la insuficiente información en que se apoyó buena parte de ellos. Muchos de estos planes siguen presentando riesgos financieros y legales que no pueden cuantificarse y, por tanto, puede que sea necesaria una acción concertada encaminada a limitar las consecuencias, potencialmente gravísimas para los ciudadanos, de los problemas que estos planes suponen;

31.

pide al Consejo, a la Comisión y a los Estados miembros que tengan en cuenta el importante papel que desempeñan los entes locales y regionales para superar la crisis económica coyuntural; pide a los Estados miembros que eviten los recortes presupuestarios directos a los gobiernos locales, que ya han soportado una reducción de sus ingresos a consecuencia de la crisis económica;

32.

llama la atención sobre las buenas prácticas de varios Estados miembros, que, con independencia de la situación económica, han encontrado formas de ayudar a los gobiernos locales y suplir sus crecientes necesidades de servicios públicos ofreciéndoles préstamos adicionales y financiación extraordinaria;

33.

señala que los esfuerzos de consolidación del pasado, en la medida en que se efectuaban a expensas de las inversiones públicas netas, provocaron una disminución del capital público, por lo que hoy en día se necesitan inversiones públicas, sobre todo a escala local y regional, en infraestructuras públicas, vías de circulación, guarderías, escuelas, universidades, hospitales, conexiones de banda ancha, eficiencia energética, etc.; por otra parte, es preciso intensificar los esfuerzos de consolidación para contener los gastos de consumo, a fin de evitar el endeudamiento y preservar un margen de maniobra para las generaciones futuras;

34.

pide a la Comisión que presente una propuesta de normas para la concesión de microcréditos en la UE. Tal propuesta debería tener por objetivo establecer parámetros básicos para conceder microcréditos, a fin de evitar cualquier falseamiento de la competencia y facilitar el acceso seguro transfronterizo a los microcréditos y la cofinanciación del presupuesto de la UE. A este respecto, el Comité de las Regiones apoya la iniciativa Jasmine anunciada por la Comisión Europea y el Banco Europeo de Inversiones en septiembre de 2008;

Contribución de los entes regionales y locales a la superación de la crisis

35.

subraya que es necesario tomar medidas para relanzar la coyuntura económica conforme al principio de subsidiariedad en todos los niveles de la UE; en principio también son necesarias medidas adicionales y aplicables con rapidez para relanzar cuanto antes la demanda; asimismo, para poner en marcha con rapidez las medidas sería útil, entre otras cosas, la posibilidad de un desembolso anticipado de ayudas de la UE;

36.

señala que las medidas también deben ser eficaces a largo plazo y conformes con la Estrategia de Lisboa, y que no solo deben poder financiarse las propias medidas, sino también los costes derivados;

37.

pide a la Comisión que posibilite medidas flexibles y simplificadas de contratación pública, especialmente para las administraciones regionales y locales, en sectores de escasa inversión, a fin de que los fondos circulen rápidamente y las PYME y las empresas artesanales obtengan con mayor rapidez contratos que les permitan mantener sus puestos de trabajo;

38.

acoge favorablemente que la Comisión haya presentado propuestas para acelerar y simplificar el empleo de los Fondos Estructurales en los Estados miembros; solo cuando se consiga simplificar considerablemente el empleo de los fondos se podrán poner en marcha proyectos de infraestructuras con ayuda de los Fondos Estructurales que puedan financiarse con rapidez;

39.

subraya que la Comisión Europea ha de intensificar sus esfuerzos en este sentido y contemplar la posibilidad de revisar de forma más detallada el marco institucional de la política de cohesión con miras a simplificar y flexibilizar los procedimientos de ejecución (gestión, seguimiento, control), de manera que se produzca un incremento y una aceleración sustanciales de las inversiones;

40.

pide a la Comisión que preste su colaboración y su apoyo para responder a la cuestión de cómo pueden participar en los programas los entes económicamente más débiles, teniendo en cuenta el objetivo de la cohesión; es preciso valorar la necesidad de establecer nuevas tasas de cofinanciación para facilitar la utilización de la financiación comunitaria;

41.

pide, por consiguiente, a la Comisión que adopte las medidas oportunas para apoyar a los entes locales y regiones, así como a las PYME, a fin de que puedan obtener o proporcionar más fácilmente la financiación apropiada, según los casos. Aunque acoge favorablemente la iniciativa de aumentar la prefinanciación de los proyectos comunitarios, las actuales dificultades para garantizar una cofinanciación significativa limitarán lo que pueda conseguirse en la práctica;

42.

subraya que deberían estudiarse medidas especiales de apoyo en el ámbito local y regional en las regiones con más rápido incremento del desempleo; en este contexto debería considerarse una posible revisión del Mapa de Ayudas de Estado con finalidad regional;

43.

insta a elegir las medidas que beneficien más especialmente a las pequeñas y medianas empresas;

44.

espera de la Comisión que calcule de manera adaptada a la crisis financiera las ayudas a las garantías crediticias, en especial para las pequeñas y medianas empresas; propone en concreto reforzar y dotar de forma extraordinaria y urgente los sistemas de garantía recíproca y capital riesgo para facilitar el acceso de las PYME a financiación adecuada, máxime en la citada actual situación de crisis, que les afecta de forma especial;

45.

considera imprescindible proporcionar ayudas integrales para las medidas de formación y cualificación profesional, y pide a la Comisión que considere la posibilidad de proponer una mayor flexibilidad que permita que los programas de desarrollo regional puedan reestructurar su gasto, para apoyar las prioridades del Fondo Social Europeo, como el reciclaje de trabajadores y la reducción del desempleo;

46.

se remite a los instrumentos de eficacia probada como el asesoramiento, la creación de redes o los centros de información para prestar un apoyo eficaz a las empresas en dificultades; las medidas deben dirigirse esencialmente a las pequeñas y medianas empresas que, pese a tener una base sólida, se han visto afectadas por la crisis; dichas empresas, una vez se supere la crisis, contribuirán a consolidar el crecimiento;

47.

pide a la Comisión Europea que haga un primer balance en junio y examine en qué medida se han revelado eficaces las medidas tomadas hasta el momento, tanto a escala comunitaria como de los Estados miembros, y si es necesario adoptar un segundo plan;

48.

recomienda que las regiones evalúen la aplicación de las medidas basándose en un enfoque de buenas prácticas;

49.

encarga a su Presidente que transmita este dictamen a la Comisión Europea, al Parlamento Europeo, al Consejo y al Estado miembro que ejerza la Presidencia del Consejo de la UE;

50.

llama la atención de la Comisión Europea sobre la necesidad de garantizar el cumplimiento incondicional de la Carta Europea de la Autonomía Local en todos los Estados miembros.

Bruselas, 22 de abril de 2009.

El Presidente del Comité de las Regiones

Luc VAN DEN BRANDE


(1)  CDR 16/2008 fin.

(2)  http://www.cor.europa.eu/pages/EventTemplate.aspx?view=folder&id=bb54a097-28c8-4025-88cc-b9f8a63caeb7&sm=bb54a097-28c8-4025-88cc-b9f8a63caeb7.


25.8.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 200/18


Dictamen del Comité de las Regiones las autoridades locales: agentes del desarrollo

(2009/C 200/05)

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

acoge favorablemente el texto de la Comisión Europea que, desde su título, reconoce abiertamente el lugar que ocupan las autoridades locales y regionales (ALR) en la cooperación internacional en favor de los países en desarrollo;

observa con satisfacción que se ha tenido en cuenta la mayoría de los elementos que él mismo destacó en sus dictámenes de 2005, 2007 y 2008 sobre este tema;

reconoce, a la vez que destaca la aportación específica de las ALR, la necesidad de armonizar las medidas de cooperación a todos los niveles y desea que se progrese hacia la plena integración de las ALR de los países en desarrollo en las políticas de desarrollo y cooperación;

celebra y acepta la propuesta de ser, en las instituciones europeas, el punto de apoyo de un diálogo estructurado sobre el desarrollo con las entidades territoriales, propuesta plenamente coherente con el papel que le reconocen los Tratados;

se compromete a adoptar las disposiciones necesarias para organizar con la Comisión Europea las Asambleas anuales de la cooperación descentralizada, haciendo participar en ellas a «todos aquellos que participan de forma activa en este sistema de cooperación» y propone que éstas se celebren tras la celebración de un pleno del CDR, a ser posible antes de finales de 2009 para la primera edición;

prevé crear y animar, en colaboración con la Comisión, una «bolsa» de la cooperación descentralizada en forma de un portal Internet, que constituiría la prolongación de estas Asambleas por medios virtuales;

recomienda la elaboración de documentos que tengan en cuenta la necesidad de información de las ALR sobre la política de desarrollo de la UE, y

recuerda que «saber lo que hace cada cual y dónde» es indispensable para evitar duplicaciones y que los trabajos en este sentido podrán basarse en la información disponible.

Ponente

:

Christophe Rouillon (FR/PSE) Alcalde de Coulaines

Texto de referencia

Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Autoridades locales: agentes del desarrollo

COM(2008) 626 final

I.   RECOMENDACIONES POLÍTICAS

EL COMITÉ DE LAS REGIONES,

A   Observaciones generales

1.

acoge favorablemente la Comunicación de la Comisión Europea que, desde su título, reconoce abiertamente el lugar que ocupan las autoridades locales y regionales en la cooperación internacional dirigida a los países en desarrollo;

2.

celebra asimismo el planteamiento de la Comisión, que parte de este reconocimiento para, a continuación, contemplar la estructuración progresiva de la relación entre la política europea de desarrollo y la acción de cooperación descentralizada desarrollada por los entes territoriales. Propone, por último, varias modalidades que permiten plasmar en hechos este reconocimiento de las autoridades locales y regionales (ALR) como agentes del desarrollo;

3.

destaca que, desde que se publicó la Comunicación, se celebró del 15 al 17 de noviembre de 2008 en Estrasburgo la tercera edición de los «Días Europeos del Desarrollo». En el contexto actual de crisis económica mundial, estas jornadas se centraron en la dimensión local del desarrollo y brindaron la oportunidad de valorizar de distintas maneras y ante un público numeroso la riqueza de las intervenciones de las ALR: presentación y difusión oficial del documento titulado «Carta europea de la cooperación en apoyo de la gobernanza local», cuyo texto constituye el documento que acompaña a la Comunicación de la Comisión; presentación oficial de la nueva plataforma de autoridades locales y regionales para el desarrollo, cuya creación ya había recomendado el Comité de las Regiones en un dictamen de noviembre de 2005; valorización de la cooperación descentralizada para el desarrollo y los hermanamientos en una ceremonia en la que participaron el Comisario de Desarrollo y Ayuda Humanitaria y el Presidente del Comité de las Regiones;

4.

valora positivamente la presentación que hace la Comisión de la contribución específica de las ALR al proceso de desarrollo y gobernanza local, y que –esto sí es nuevo– se basa en ejemplos concretos para mostrar su variedad y riqueza;

5.

observa con satisfacción que se ha tenido en cuenta la mayoría de los elementos que él mismo destacó en sus anteriores dictámenes de 2005, 2007 y 2008 sobre la cooperación de las ALR en favor del desarrollo;

6.

no desea repetir inútilmente todos los aspectos de la cooperación descentralizada que ya ha tenido ocasión de detallar. Por tanto, recuerda simplemente que esta cooperación se caracteriza a la vez por la diversidad de sus fundamentos jurídicos según los Estados miembros de la Unión y por su fuerte valor añadido al proceso de desarrollo en todo el mundo. Su eficacia radica en la presencia de representantes locales in situ, que se encuentran muy cerca de las necesidades de la población beneficiaria. Las ALR que participan en la cooperación descentralizada tienen una experiencia que les confiere una capacidad de asesoramiento y unos conocimientos sumamente valiosos para luchar contra la pobreza y contribuir a la realización de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) (1);

7.

recuerda asimismo que las ALR están en condiciones de desempeñar un papel primordial en la cooperación internacional para fomentar la gobernanza democrática a nivel local. Por tanto, el CDR celebra que los principios y los ejes de intervención recogidos en la «Carta europea de la cooperación en apoyo de la gobernanza local», mencionada en el punto 3, contribuyan a completar la Comunicación de la Comisión. Pide que se difunda más ampliamente este texto, que es el resultado de una consulta realizada en los Estados miembros y con los socios de los países en desarrollo, en el que se destaca, en particular, la necesidad de una articulación, no sólo entre los distintos agentes que actúan a nivel local, sino también entre todos los niveles de intervención (local, nacional y mundial);

8.

subraya que, junto a la gobernanza democrática que fomenta la participación de la población interesada, la cooperación de los entes territoriales es un potente factor de desarrollo local, por la multiplicidad de sus sectores de intervención y la diversidad de agentes públicos y privados que pueden participar en ella. Por ejemplo, puede impulsar la organización de la producción, de circuitos de comercialización o de actividades económicas respetuosas de la población y del medio ambiente. Esta dimensión reviste especial interés para los territorios rurales desfavorecidos, ya que permite luchar a la vez contra la pobreza y los fenómenos de éxodo rural o de migración clandestina hacia el extranjero;

9.

aprecia que la Comunicación destaque el papel de las ALR en la sensibilización del público respecto de la problemática del desarrollo y la lucha contra la pobreza en el mundo. No cabe duda de que el impacto de la sensibilización será tanto más fuerte si se basa en un vínculo de cooperación entre un ente territorial europeo y uno o varios entes territoriales de países en desarrollo. Estas medidas de sensibilización son un claro ejemplo de la colaboración que son capaces de establecer las asociaciones y entes territoriales en favor del desarrollo, al beneficiarse de la ayuda de asociaciones locales que reúnen a ciudadanos movilizados por las cuestiones de desarrollo. Además, al sensibilizar al público respecto de la urgencia del desarrollo, los entes territoriales también pueden contribuir a mejorar la integración de la población de origen inmigrado. Estas acciones de solidaridad y reparto pueden brindar a la población inmigrada la oportunidad de redescubrir su cultura de origen y de superar su sentimiento de desarraigo.

B   Observaciones

10.

desea formular varias observaciones que considera esenciales para definir mejor el lugar que ocupan las ALR en la política europea en favor del desarrollo;

11.

se interroga sobre la definición de la cooperación descentralizada que figura en la Comunicación (cuadro introductorio, página 3 de la Comunicación). Con anterioridad, la Comisión consideraba que la cooperación descentralizada era la que se llevaba a cabo en un nivel subnacional, independientemente de la naturaleza de los numerosos agentes encargados de aplicarla. Por su parte, el Comité desea recordar que, en su opinión, la cooperación descentralizada es aquella en la que participan stricto sensu las entidades territoriales;

12.

pide a la Comisión que reconozca que la cooperación descentralizada desempeña también un papel esencial para proteger y mejorar el entorno natural y que, a escala local, constituye una respuesta a las preocupaciones mundiales en cuanto a los riesgos que entrañan los cambios climáticos, al mismo tiempo que permite sensibilizar a la población local en tal sentido;

13.

señala que el hecho de recordar la contribución financiera de las ALR a la Ayuda Pública al Desarrollo (APD) no debe restar importancia a su contribución cualitativa. El valor añadido de su actuación estriba, en primer lugar, en que sus intervenciones a escala local son el resultado de asociaciones voluntarias, y no de la aplicación de compromisos suscritos por los Estados. De hecho, se podría citar el ejemplo de entes territoriales de tamaño reducido y sin recursos financieros importantes que realizan acciones sustanciales y sumamente pertinentes;

14.

reafirma que la cooperación entre entidades territoriales constituye la dimensión local de una estrategia global de solidaridad entre regiones ricas y pobres de nuestro planeta. Así es como los entes territoriales han sido capaces de reunirse sobre distintas bases para constituir agrupaciones, esfuerzo éste que acaba de acogerse favorablemente en las conclusiones sobre la Comunicación de la Comisión adoptadas por el Consejo de Ministros de la Unión Europea el 10 de noviembre de 2008;

15.

reconoce la necesidad de armonizar las medidas de cooperación en favor del desarrollo a todos los niveles y considera que la Declaración de París sobre la eficacia de la ayuda constituye un progreso decisivo al respecto. Por ello, el Comité espera que la Comisión, ayudada por sus delegaciones en los países beneficiarios, se dedique en primer lugar a impulsar los acercamientos útiles, respetando el principio de subsidiariedad y teniendo en cuenta la especificidad de la actuación de los entes territoriales;

16.

La apropiación (2) de las políticas y estrategias de cooperación y desarrollo es uno de los principios esenciales de la Declaración de París en favor de una mejor gobernanza. El Comité de las Regiones desea hacer especial hincapié en este principio y considera que la cooperación descentralizada es especialmente útil para aplicarlo, dada la proximidad en la que se basa. Desea, a este respecto, que se progrese hacia la plena integración de las ALR de los países en desarrollo en las políticas de desarrollo y cooperación;

II.   ASPECTOS OPERACIONALES

17.

acoge con sumo interés las propuestas presentadas por la Comisión con vistas a traducir en hechos su reconocimiento de las «autoridades locales y regionales como agentes del desarrollo» y desea formular las observaciones siguientes:

Sobre la organización de un diálogo estructurado

18.

acoge con particular satisfacción la propuesta de la Comisión de organizar con las entidades territoriales un diálogo sobre el desarrollo. La Comisión responde así a los esfuerzos continuos realizados por los entes locales durante los últimos años para su reconocimiento, no sólo como agentes, sino también como interlocutores de pleno derecho «en los numerosos grupos internacionales, bilaterales y multilaterales de proveedores de fondos»;

19.

celebra y acepta la propuesta que le hace la Comisión de ser el punto de apoyo en las instituciones europeas, propuesta plenamente coherente con el papel que le reconocen los Tratados: el de expresar la opinión de las autoridades locales y regionales europeas;

20.

se compromete a adoptar las disposiciones necesarias para organizar con la Comisión Europea las Asambleas anuales de la cooperación descentralizada propuestas por la Comunicación y suscribe la idea de hacer participar en ellas a «todos aquellos que participan de forma activa en este sistema de cooperación» a escala europea. Sin excluir a otros participantes, esto supone que la Comisión Europea podría estar representada por sus Direcciones Generales afectadas y por varias de sus Delegaciones, como pilotos de la cooperación europea al nivel de los países, que vendrían de distintas regiones del mundo. Además del CDR, participarían las autoridades locales y regionales europeas y de los países en desarrollo, y también a través de sus asociaciones. Más allá de los medios que movilizará, el Comité de las Regiones reitera su petición de apoyo financiero a la Comisión Europea. Para que los miembros del Comité puedan participar ampliamente en los debates de tales Asambleas, sería deseable que éstas se celebren a modo de continuación de un pleno del CDR, a ser posible antes de finales de 2009 para la primera edición;

Sobre los instrumentos de un enfoque concertado

21.

celebra el proyecto de la Comisión de elaborar «directrices operativas» y se pregunta al mismo tiempo si se referirán a sus Delegaciones en los países -con el fin de conducir mejor sus relaciones con las ARL-, o bien a las propias autoridades locales y regionales. En cualquier caso, acoge favorablemente todo documento que lleve a clarificar el papel de los distintos agentes, aunque sólo fuese para favorecer la articulación de sus intervenciones respectivas;

22.

considera, en caso de que las «directrices» se refieran a las ALR, que deben tener en cuenta las especificidades de la cooperación descentralizada y la experiencia, ya confirmada, de las autoridades locales en este asunto. En efecto, estima que, más que «dirigir», se trata de tener en cuenta la necesidad de información de las autoridades locales y permitirles comprender los objetivos, la lógica, los mecanismos –sin hablar del vocabulario– de la política de desarrollo de la UE, cuya complejidad hace que sea demasiado a menudo un asunto de especialistas;

23.

recomienda, por ello, la elaboración de documentos que sean el resultado de un trabajo concertado entre la Comisión y las autoridades locales y regionales. Es importante que tales documentos puedan utilizarse ampliamente, gracias a un contenido adecuado y un lenguaje claro, y constituyan una auténtica expresión del diálogo estructurado confiado al Comité de las Regiones. Eso permitiría a las entidades locales, sobre todo cuando disponen de equipos reducidos para llevar a cabo su cooperación, situarse mejor en la dinámica europea de desarrollo y su entorno internacional;

Sobre la identificación de agentes y actividades de la cooperación descentralizada

24.

recuerda que ya en su primer dictamen sobre este asunto consideraba prioritaria la determinación de las medidas de cooperación descentralizada. «Saber lo que hace cada cual y dónde» es indispensable para apreciar las aportaciones de esta forma de cooperación y también para favorecer acercamientos en la acción de los entes locales de los Estados miembros en un mismo territorio o, con miras a la complementariedad, repartir las intervenciones en función del interés legítimo de las entidades beneficiarias;

25.

toma nota con satisfacción de que, en sus Conclusiones de 10 de noviembre de 2008 sobre la Comunicación de la Comisión, el Consejo se declaró favorable a que la Comisión acometiese trabajos en este sentido «sobre la base de la información disponible». En efecto, ya existen elementos de bases de datos, tanto por iniciativa de algunos Estados miembros como a través del Observatorio creado en Barcelona, el cual, entre sus actividades, hace un seguimiento de las relaciones entre las ALR europeas y las de América Latina;

Sobre la creación de nuevas asociaciones

26.

subraya que es indispensable y urgente conocer las relaciones de cooperación descentralizada ya existentes si se quiere favorecer los intercambios de información y nuevas asociaciones que respondan a las expectativas de entes territoriales de países en desarrollo que se encuentran ante nuevas responsabilidades con políticas de descentralización cada vez más extendidas. Por ello, desea llamar la atención sobre la necesidad de reducir al máximo los riesgos de confusión y fragmentación que podría entrañar la creación de nuevas asociaciones que no tuviesen en cuenta lo que ya existe y que, en lugar de reforzar articulaciones propicias a la gobernanza, serían la causa de duplicaciones, que es lo que precisamente se quiere evitar;

27.

propone que tales «nuevas asociaciones» sean más bien de carácter cualitativo y aprecia el apoyo manifestado a la propuesta formulada en un dictamen anterior del CDR de establecer un medio para favorecer el intercambio de información: «la bolsa» de la cooperación descentralizada –mencionada en la Comunicación– debería concebirse más bien como la herramienta de un diálogo permanente con y entre las autoridades locales y regionales de todas las regiones del mundo comprometidas en operaciones de cooperación descentralizada. Por ello, prevé crear y animar, en colaboración con la Comisión Europea, dicha «bolsa» en forma de un portal Internet, que en cierto modo constituiría la prolongación de las «Asambleas» anuales de la cooperación descentralizada por medios virtuales. En la fase de concepción de esta «bolsa», el Comité tendrá en cuenta las iniciativas existentes, con el fin de evitar el riesgo de procesos paralelos;

Sobre el fortalecimiento de vínculos existentes entre autoridades locales

28.

es consciente de que todos los vínculos entre las entidades locales europeas y de países en desarrollo no constituyen, propiamente hablando, acciones de cooperación descentralizada que ayuden a la entidad asociada a estructurar su desarrollo según el principio de la gobernanza;

29.

comparte la idea de que las relaciones «de amistad» pueden evolucionar hacia acciones más sustanciales si las oportunidades de cooperación descentralizada son mejor conocidas por el conjunto de las entidades locales. Como institución europea representante de los entes locales europeos de todos los niveles, el CDR estima que puede desempeñar un papel central y contribuir a ampliar la participación de entidades locales y regionales en la práctica del desarrollo a través de auténticas acciones de cooperación descentralizada, que, en función de las necesidades de las autoridades asociadas, pueden traducirse a veces en intercambios técnicos de corta duración;

30.

considera fundamental, tal como ya destacó desde su primer dictamen sobre la cooperación descentralizada, el papel de las instancias representativas o asociaciones nacionales de las autoridades locales y regionales de los países socios. No sólo crean vínculos y permiten intercambios entre representantes políticos locales confrontados con problemas similares, sino que son también las que pueden establecer un diálogo con los gobiernos centrales para la definición de prioridades estratégicas que tengan en cuenta de modo adecuado los niveles subnacionales del desarrollo;

31.

recomienda, por ello, que se favorezca su emergencia y su estructuración, apoyando incluso la constitución de reagrupaciones regionales, e insta a movilizarse a tal fin, tanto por medio del apoyo de homólogos de países europeos como de la Unión Europea;

Observación complementaria:

32.

recomienda encarecidamente velar por la coherencia entre los principios enunciados en el texto y los programas de intervención de la Unión Europea, cualquiera que sea la zona del mundo en cuestión y el instrumento de cooperación europeo movilizado. Por ejemplo:

examinar las relaciones entre los mecanismos de ayuda presupuestaria –por los cuales pasan ya de manera preponderante las contribuciones de la UE y de los Estados miembros–, las dotaciones transferidas a las autoridades locales por los Gobiernos centrales y las competencias que les son atribuidas en virtud de las leyes de descentralización aprobadas por numerosos países beneficiarios de la ayuda;

la Carta en favor de la gobernanza afirma de distintas maneras –algo que ya se ha comprobado en otras partes, incluso en estudios realizados por el Banco Mundial y la OCDE– que una descentralización beneficiosa se basa en una buena interacción entre todos los niveles de gobierno, lo que supone que el nivel central sea viable y eficaz. Por ello, el CDR desearía que con ocasión de la evaluación intermedia del Programa temático«Participación de los agentes no estatales y las autoridades locales en el desarrollo», que debe desarrollarse en 2009, se plantee la pregunta de la pertinencia del apoyo a las «autoridades locales» en países en los que, según la expresión del programa, las «"condiciones son difíciles»;

en lo que se refiere a los recursos financieros disponibles, el programa temático no es más que la punta del iceberg. El CDR desearía que se pusiera a disposición de los agentes interesados, tanto europeos como de los países en desarrollo, una información precisa sobre la manera de asociar efectivamente a las autoridades locales a la aplicación de los acuerdos de cooperación, de tal modo que, en caso necesario, puedan aportarse mejoras. En particular, el conocimiento y la difusión de buenas prácticas serían completamente oportunos;

33.

considera que, en su conjunto, el documento de la Comisión constituye un gran progreso, cuyo espíritu positivo destaca, respecto de la cooperación descentralizada aplicada por las autoridades locales y regionales; se declara convencido de la gran necesidad de mantener permanentemente un diálogo constructivo entre todos los agentes interesados para respaldar de modo adecuado el compromiso de las autoridades locales, tanto europeas como de los países beneficiarios, en los procesos de cooperación y desarrollo. A este respecto, desea desempeñar plenamente –y está preparado para ello– el papel que debe ser el suyo como institución europea que reúne y representa a las autoridades locales europeas de todos los niveles territoriales.

Bruselas, 22 de abril de 2009.

El Presidente del Comité de las Regiones

Luc VAN DEN BRANDE


(1)  En 2005, cinco años después de la adopción de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (fijados para 2015), un informe del Secretario General de Naciones Unidas (A/59/2005) recordaba que más de mil millones de personas seguían viviendo por debajo del umbral de la pobreza, con menos de un dólar al día. Véase el informe completo en la siguiente dirección: http://daccessdds.un.org/doc/UNDOC/GEN/N05/270/79.

(2)  La apropiación es el primero de los «compromisos de cooperación» que figuran en la Declaración de París de 2005. Con este compromiso, «los países socios ejercen una autoridad efectiva sobre sus políticas de desarrollo y estrategias y coordinan acciones de desarrollo». El texto de la Declaración de París, junto a otros documentos sobre su aplicación, puede consultarse en el sitio Web de la OCDE: www.oecd.org.


25.8.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 200/23


Dictamen del Comité de las Regiones «el papel de los entes locales y regionales en el marco de la nueva estrategia para la región del Mar Báltico»

(2009/C 200/06)

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

acoge positivamente que el Consejo Europeo haya encomendado a la Comisión Europea la elaboración de una estrategia para la región del Mar Báltico. La región del Mar Báltico resulta especialmente adecuada, por una serie de razones, para servir de proyecto piloto en la creación de una estrategia interna de la UE para una macrorregión y, como en el caso de la Estrategia para la región del Mar Báltico a través de la Dimensión Septentrional, mejorar la cooperación con los terceros países;

destaca la necesidad de que la estrategia para la región del Mar Báltico se centre en la participación de los entes regionales y locales y de la ciudadanía en general; opina que el éxito de la estrategia para la región del Mar Báltico pasa por hacer participar a Rusia y Noruega en todas las fases de la estrategia, desde la elaboración hasta la ejecución, y por integrarla en la Dimensión Septentrional;

propone que el Consejo defina objetivos y actividades comunes en el marco de la Estrategia y adopte las decisiones correspondientes. Todas las decisiones serán preparadas por un grupo de trabajo encabezado por la Comisión Europea y compuesto por representantes de los gobiernos de los Estados de la región del Mar Báltico, la Comisión Europea, parlamentarios europeos y cargos locales y regionales elegidos entre los miembros del Comité de las Regiones;

propone que este trabajo sea respaldado por un Foro del Mar Báltico que se reuniría una vez al año. Este foro congregaría a un amplio abanico de interlocutores –seleccionados siguiendo los mismos principios utilizados en las conferencias de las partes interesadas que se celebraron durante la elaboración de la estrategia para la región del Mar Báltico–, que someten a debate la orientación de la estrategia y la aplicación de los programas de acción.

Ponente

:

Uno Aldegren (SE/PSE) Vicepresidente del Consejo Regional de Skåne

I.   RECOMENDACIONES POLÍTICAS

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

Observaciones generales

1.

acoge positivamente que el Consejo Europeo haya encomendado a la Comisión Europea la elaboración de una estrategia para la región del Mar Báltico. La región del Mar Báltico resulta especialmente adecuada, por una serie de razones, para servir de proyecto piloto en la creación de una estrategia interna de la UE para una macrorregión y, como en el caso de la Estrategia para la región del Mar Báltico a través de la Dimensión Septentrional, mejorar la cooperación con los terceros países;

2.

se congratula del objetivo de tomar igualmente en consideración iniciativas y estrategias macrorregionales similares para el Mar Negro, la región del Danubio y la región del Mar del Norte/Canal de la Mancha y crear un marco para la cooperación multilateral mediante el cual se mejoren las formas actuales de cooperación; se remite en este contexto a su Dictamen sobre la región del Mar Negro, aprobado en 2007, y al dictamen actualmente en curso de elaboración sobre la región del Danubio. Es importante que la región del Mar Báltico desempeñe como región precursora una función de acompañamiento en la concepción de las demás estrategias y que se transmitan las experiencias adquiridas en la región del Mar Báltico, contribuyendo así al desarrollo de perspectivas de cooperación;

3.

subraya que los entes locales y regionales tienen un importante papel que desempeñar de cara al cumplimiento de todos los objetivos establecidos por la Comisión Europea para esta estrategia;

4.

señala que, de los nueve países ribereños del Báltico, ocho son Estados miembros de la UE que abarcan, entre ellos, la práctica totalidad de la costa báltica. Por motivos geopolíticos y económicos, el país restante, Rusia, reviste una importancia particular para la UE. Lo mismo puede decirse de Noruega, que es miembro del EEE y siempre ha sido un socio de peso para la región del Báltico. Si tomamos en consideración toda la cuenca hidrográfica del Báltico, debemos incluir a Belarús y Ucrania como países significativos desde el punto de vista medioambiental;

5.

señala que la región del Mar Báltico plantea retos específicos que pueden afrontarse adecuadamente a nivel regional. El Báltico es un mar interior frágil de agua salobre y poca profundidad. Es uno de los mares interiores más transitados del mundo. Así, en el Golfo de Finlandia el transporte de energía se ha multiplicado por siete desde 1995, y asciende en la actualidad a cerca de 140 millones de toneladas anuales. Por otra parte, si bien los países ribereños del Báltico presentan importantes diferencias económicas entre sí, también registran un importante dinamismo económico;

6.

recuerda asimismo que en esta región se dan desequilibrios territoriales particularmente importantes. Las regiones del norte de Suecia y de Finlandia tienen una densidad de población muy baja y se hallan muy alejadas de los mercados de Europa central. En la orilla meridional del Báltico la densidad de población se aproxima más a la media europea, y las distancias a los mercados centroeuropeos son más reducidas;

7.

subraya que en la región del Báltico se encuentran materias primas importantes para la UE como, por ejemplo, minerales y madera y, si incluimos a Rusia y Noruega, petróleo y gas;

8.

destaca la necesidad de que la estrategia para la región del Mar Báltico se centre en la participación de los entes locales y regionales y de la ciudadanía en general;

9.

opina que el éxito de la estrategia para la región del Mar Báltico pasa por hacer participar a Rusia y Noruega en todas las fases de la estrategia, desde la elaboración hasta la ejecución, y por integrarla en la Dimensión Septentrional. Por medio de la Dimensión Septentrional, la estrategia para la región del Mar Báltico abarca la región del Mar de Barents;

10.

destaca que en los últimos veinte años se ha venido estableciendo un amplio marco de colaboración a todos los niveles, en particular a través de una relación intensificada entreregiones fronterizas y ciudades hermanadas. Se trata de un recurso importante para la estrategia para la región del Mar Báltico, en especial, a la hora de consolidar una identidad báltica común más clara, condición imprescindible para aplicar con éxito la estrategia;

11.

señala, en suma, que la región del Mar Báltico brinda posibilidades y plantea retos específicos para introducir una perspectiva macrorregional en las actividades de la UE. Esta perspectiva se basa en la idea de que el desarrollo favorable de una parte de la región no se alcanza a costa del desarrollo de otra zona: en efecto, el desarrollo sostenible no es un juego de suma cero. No obstante y en la medida de lo posible, la perspectiva de macrorregión no debería alentar la creación de ámbitos regulatorios enfrentados que pongan en peligro el acervo comunitario: Europa no debe convertirse en una serie de mercados internos distintos y en competencia;

12.

destaca que la estrategia para la región del Mar Báltico puede servir como un ejemplo de cómo poner en práctica una política de cohesión territorial;

13.

subraya asimismo que la orientación escogida por la Comisión Europea para esta estrategia ilustra perfectamente cómo el crecimiento sostenible reposa en tres pilares: la sostenibilidad medioambiental, económica y social, a los que conviene añadir la especial importancia de la cuestión energética en la región del Mar Báltico, cuestión que ha de reflejarse adecuadamente en la estrategia. Un acceso a la energía seguro y sostenible desde el punto de vista medioambiental es esencial para un desarrollo económicamente sostenible en la región;

14.

señala que la aplicación regional de la política marítima europea debería ser un componente esencial de la estrategia para la región del Mar Báltico. Con esta estrategia debería darse un impulso adicional al objetivo de desarrollar la región del Mar Báltico para convertirla en una región marítima europea que sirva de modelo en materia de buenas prácticas, como pretenden varias organizaciones del Mar Báltico y la Conferencia Parlamentaria del Mar Báltico. El enfoque integrador de la política marítima europea se ajusta de manera ideal al enfoque intersectorial de la estrategia para la región del Mar Báltico, y debería aplicarse de manera coherente;

15.

apoya la propuesta presentada por seis organizaciones del Mar Báltico (1) consistente en un plan de acción de cinco puntos denominado «Clean Baltic Shipping» (navegación limpia en el Báltico). Sirve al mismo tiempo para ilustrar el enfoque integrador de la estrategia para la región del Mar Báltico y afrontar uno de los problemas más graves de la región, que consiste en el aumento de las emisiones nocivas de los buques. Por lo tanto, se recomienda fomentar esta idea como proyecto emblemático dentro del plan de acción previsto para la estrategia;

16.

señala que existen numerosos buenos ejemplos de la importancia que reviste la cooperación local para el buen desarrollo económico y social. Por este motivo, la estrategia para la región del Mar Báltico debería incentivar la colaboración a nivel local y regional entre la economía social, las empresas privadas y los entes locales y regionales;

17.

señala que los objetivos fijados por la Comisión para la estrategia relativa a la región del Mar Báltico –sostenibilidad medioambiental, una región floreciente, una región accesible y atractiva, una región segura– son los adecuados, aunque muy amplios. Habrá que prestar especial atención a la hora de definir las prioridades y los elementos centrales de los planes de acción. La colaboración con los órganos administrativos competentes resultará decisiva para el éxito de la estrategia, así como la capacidad para establecer sistemas de gobernanza de múltiples niveles que posibiliten la participación de los entes locales y regionales en su aplicación;

18.

subraya que para que los ciudadanos de la región perciban la estrategia para el Mar Báltico como un proyecto conjunto y como una responsabilidad compartida es preciso fortalecer los lazos que existen entre los pueblos que rodean el Mar Báltico. Esto debe hacerse mediante un proceso transnacional en el que participen los ciudadanos, especialmente los jóvenes. Una de las posibles acciones debería ser estudiar y mejorar la respectiva comprensión de la Historia, por ejemplo creando entre todos un libro sobre la historia del Mar Báltico. El objetivo sería establecer y reforzar una identidad común del Mar Báltico;

Aplicación y modalidades de gestión

19.

recuerda que la región del Mar Báltico es objeto ya de numerosas estrategias, tanto macrorregionales como nacionales, en diferentes ámbitos políticos. También hay muchos ejemplos de proyectos específicos que se han saldado con éxito. La estrategia para la región del Mar Báltico brinda grandes posibilidades a la hora de crear valor añadido, sobre todo mediante la aplicación de un enfoque global territorial y político y una puesta en práctica coherente y enérgica;

20.

hace hincapié en que, para que la estrategia tenga éxito, debe partir de una base amplia de agentes a nivel europeo, macrorregional, nacional, regional y local, y que todos ellos deben participar desde la fase de elaboración hasta la de aplicación;

21.

aprueba, por este motivo, el amplio proceso de consulta que la Comisión Europea está llevando a cabo sobre la estrategia para la región del Mar Báltico. Se han celebrado fructíferas conferencias y mesas redondas que han demostrado que las cuestiones relacionadas con el Mar Báltico cuentan con un compromiso amplio y sólido, compromiso que constituye un recurso que debe aprovecharse a la hora de poner en práctica la estrategia. Todos estos actos han servido también para mostrar que los entes locales y regionales desempeñan un papel fundamental en los cuatro objetivos que se han establecido;

22.

considera que, para que la Estrategia relativa a la región del Mar Báltico tenga éxito, se necesitan recursos para aplicarla. Si se decide no asignarle recursos suplementarios, estos deberán liberarse revisando la distribución de los recursos existentes. Hay que empezar a discutir lo antes posible cómo procurarse estos recursos, teniendo en todo momento presentes los objetivos y requisitos de la Estrategia para la región del Mar Báltico. Algunos de los ámbitos políticos están siendo objeto de evaluaciones o debates de reforma, y es necesario hacer hincapié en estos debates en la perspectiva de la Estrategia para la región del Mar Báltico;

23.

señala que si bien los retos que se plantean son bien conocidos –así como las medidas necesarias para hacerles frente–, no hay que subestimar las dificultades. Parece que hay falta de voluntad para crear nuevas instituciones y consignar recursos suplementarios, y se aboga más bien por el uso de las estructuras y los recursos existentes de manera eficaz. Esta actitud no deja de ser encomiable, pero el Comité de las Regiones señala que no puede convertirse en una excusa para dejar de llevar a cabo el necesario replanteamiento de las prioridades y la adopción de las medidas requeridas. Para ello se necesitan, en particular, liderazgo y una responsabilización clara;

24.

opina que aunque no deben crearse nuevas estructuras y organizaciones, se requieren lugares de encuentro y foros para debatir la configuración y la puesta en práctica de la estrategia, y para adoptar las decisiones adecuadas;

25.

propone que el Consejo defina objetivos y actividades comunes en el marco de la Estrategia y adopte las decisiones correspondientes. Todas las decisiones serán preparadas por un grupo de trabajo encabezado por la Comisión Europea y compuesto por representantes de los gobiernos de los Estados de la región del Mar Báltico, la Comisión Europea, parlamentarios europeos y cargos regionales y localeselegidos también de entre los miembros del Comité de las Regiones;

26.

propone que este trabajo sea respaldado por un Foro del Mar Báltico, que se reuniría una vez al año. Este foro congregaría a un amplio abanico de interlocutores –seleccionados siguiendo los mismos principios utilizados en las conferencias de las partes interesadas que se celebraron durante la elaboración de la estrategia para la región del Mar Báltico–, que someten a debate la orientación de la estrategia y la aplicación de los programas de acción. En cada encuentro anual de este foro se presenta un informe de seguimiento y resultados basado en indicadores y ejemplos regionales. Cuando se cuenta con la participación de responsables de ámbitos políticos específicos, éstos presentan sus informes. Así, por ejemplo, los informes medioambientales recaen en la Comisión para la Protección del Medio Marino del Mar Báltico (Helcom), foro que cuenta también con representación de Rusia y Noruega;

27.

señala que el Comité de las Regiones estaría representado en el Foro del Mar Báltico. El actual Intergrupo del CDR sobre la política en el Báltico cubre satisfactoriamente la Estrategia de la región del Mar Báltico y continúa su trabajo;

28.

señala que, aunque la Estrategia para la región del Mar Báltico va destinada a los Estados miembros de esta región, Rusia desempeña un papel importante para el éxito de la aplicación en la mayoría de los ámbitos de acción abarcados. Por este motivo, debe entablarse en el marco de la Estrategia, y en torno a cuestiones concretas, un diálogo con Rusia que, sobre una base de igualdad, sea complementario del diálogo formal de carácter general ya existente en el marco de la dimensión septentrional;

29.

propone que cada país participante en la estrategia de la región del Mar Báltico designe a un representante gubernamental principal que asumirá responsabilidades específicas acerca de la aplicación de la estrategia. Esta persona podría servir también de punto de contacto. Este modelo de representación puede basarse en el modelo que viene adoptándose desde 2005 para la aplicación de la Estrategia de Lisboa;

30.

observa que los proyectos englobados en la estrategia de la región de Mar Báltico podrán gestionarse con los mecanismos ya existentes en el marco de de los Fondos Estructurales. Las prioridades de la estrategia de la región de Mar Báltico se someterán a criterios de aprobación, y el órgano de decisión llevará a cabo un seguimiento de los resultados. Una de estas responsabilidades específicas consistirá en impulsar una serie de proyectos insignia, que servirán para consolidar la estrategia en cuestiones especialmente relevantes con vistas al éxito de su aplicación. Estos proyectos deberán tener también una gran visibilidad y dar muestra una gran ambición para hacer del Mar Báltico una «región de buenas prácticas»;

31.

señala que, comoquiera que estos proyectos desempeñarán un papel fundamental en la aplicación de la estrategia, será necesario establecer unos requisitos específicamente orientados hacia los resultados y la eficacia pedagógica entre los promotores y las partes interesadas, sobre la base de las experiencias extraídas en proyectos de éxito. Un ejemplo de esta orientación son las aportaciones pedagógicas que se han formulado en el marco de la estrategia nacional sueca para la aplicación de los Fondos Estructurales durante el periodo 2007-2013;

32.

recomienda que las organizaciones de cooperación ya existentes en la región del Mar Báltico asuman un papel específico participando, por ejemplo, en el Foro del Mar Báltico. Estas organizaciones son una buena muestra de la cultura de cooperación que se ha instituido en la región en apenas veinte años. Estas organizaciones ofrecen numerosos ejemplos de la participación constructiva y positiva de los países de la región del Mar Báltico fronterizos con la UE en las distintas actividades;

33.

señala que la cooperación en la región del Mar Báltico cuenta también con el impulso de los marcos de relación ya existentes en la región, que se cuentan por miles. Estas relaciones han servido de punto de partida para profundizar la cooperación en las principales actividades de ámbito local y regional, así como de foro de encuentro para los habitantes de las distintas partes que componen la región. Estos encuentros han ayudado a tender puentes y a adquirir una fuente de conocimientos y de comprensión. Así pues, se ha conseguido ilustrar, de manera común, la historia, los desafíos y los problemas;

34.

recomienda que los participantes en el Foro del Mar Báltico se responsabilicen de manera especial a la hora de difundir los conocimientos e informar de esta estrategia a los ciudadanos, sin cuya colaboración y compromiso activos será imposible formar la conciencia común que se precisa;

Sostenibilidad medioambiental

35.

subraya que la estrategia de la región del Mar Báltico debe tener como punto de partida las estrategias e iniciativas ya existentes, y actuar con vigor a partir de ellas. Entre estas iniciativas cabe destacar, ante todo, el plan de acción para el Mar Báltico y la Directiva marco sobre la estrategia marítima. El programa de Helcom tiene además la ventaja de que cuenta con la aprobación de Rusia;

36.

considera que el objetivo principal ha de ser un desarrollo sostenible basado en los tres pilares de la Estrategia de Lisboa y la agenda de Gotemburgo, esto es, la sostenibilidad económica, social y medioambiental. Además, la estrategia deberá partir del presupuesto de que el desarrollo sostenible no es un juego de suma cero, del que únicamente salen ganadores y perdedores. Se debe mantener una perspectiva de conjunto que tenga presente que los distintos ámbitos políticos son inseparables y que, conjuntamente, sientan las bases del desarrollo sostenible;

37.

señala que el drástico empeoramiento de la situación económica que ha tenido lugar en los últimos años en la región del Mar Báltico no debe ser motivo de excepciones en materia medioambiental;

38.

considera que el objetivo de la sostenibilidad medioambiental ilustra adecuadamente la importancia de tomar en consideración en la estrategia a Rusia y a toda la cuenca de la región del Mar Báltico, es decir, también a Belarús y Ucrania. Basta con recordar las cuestiones relacionadas con el tratamiento de las aguas, los transportes, el uso energético, Kaliningrado y San Petersburgo;

39.

recuerda que uno de los objetivos de la actividad en el ámbito medioambiental ha de ser el de hacer del Mar Báltico una región pionera en materia de medio ambiente, una «región de buenas prácticas» en el campo de la sostenibilidad medioambiental.

40.

señala que uno de los problemas específicos del Mar Báltico es su escasa profundidad y el limitado contacto con mar abierto. El agua es relativamente fría, lo que implica una descomposición más lenta de los productos químicos. Por último, alberga un número reducido de especies por la poca profundidad de sus aguas y el clima frío, y sus aguas tardan mucho tiempo en renovarse. En suma, todo ello significa que necesita bastante tiempo para reducir los contenidos químicos y corregir la eutrofización;

41.

destaca la necesidad de mejorar la ordenación territorial de las zonas costeras de acuerdo con las propuestas formuladas por las seis organizaciones y redes regionales basadas en el Mar Báltico (Cooperación Subregional de los Estados del Mar Báltico (BSSSC), La Red de Islas Bálticas B7, la Eurorregión Báltica, el Foro de Desarrollo del Báltico, el Comité para el Mar Báltico del CRPM y la Unión de Ciudades Bálticas). Al mismo tiempo, todo ello deberá basarse en las competencias ya existentes en materia de ordenación, con pleno respeto de la subsidiariedad;

42.

considera necesario reducir la emisión de gases de efecto invernadero recurriendo tanto al uso de energías renovables y más respetuosas con el medio ambiente, como a un tratamiento más eficaz de dichas emisiones Las emisiones procedentes del transporte vial, marítimo y aéreo deberán disminuir hasta niveles compatibles con la sostenibilidad;

43.

señala que uno de los problemas medioambientales más graves de la región del Mar Báltico es la eutrofización. El plan de acción de Helcom para el Mar Báltico se ha fijado como objetivo alcanzar una buena situación medioambiental para el año 2021. Se trata de un ambicioso objetivo por lo que respecta a la eutrofización. Inicialmente, es posible lograr resultados considerables con un coste razonable mediante esfuerzos orientados a luchar contra las mayores emisiones. Posteriormente se producirá, sin embargo, un aumento de los costes marginales de estas iniciativas y la consiguiente necesidad de sostenibilidad;

44.

en el marco de la revisión en curso de la política agrícola común, subraya la necesidad de esclarecer y tener en cuenta las repercusiones medioambientales de la agricultura. Asimismo, recomienda que se prohíba el uso de fosfatos en los productos de limpieza. Esta prohibición ya está vigente en Alemania, Suecia y otros Estados miembros, en particular respecto de los detergentes domésticos para ropa. Es preciso revisar la Directiva 98/34/CE de 22 de junio de 1998 y el Reglamento (CE) no 648/2004 de 31 de marzo de 2004 para prohibir la utilización en la UE de esta sustancia en todos los detergentes, incluidos los industriales y los que se utilizan en los lavavajillas. Una mayor eficacia en la extracción de fosfatos de las aguas residuales también ofrecería buenos resultados;

45.

señala que el transporte marítimo desempeña –y seguirá desempeñando– un papel determinante para la integración económica de la región del Mar Báltico. No obstante, es preciso tener presentes unas repercusiones medioambientales cada vez mayores. En este sentido, el plan de acción de Helcom ofrece una buena base, y existen diversas medidas que podrían adoptarse con una buena relación coste-eficacia. Ante todo, se deben reducir las emisiones de óxidos de azufre y nitrógeno. En la conferencia de Gdansk del pasado mes de octubre se presentaron diversas propuestas como, por ejemplo, prohibir la navegación de embarcaciones que no cumplan los requisitos vigentes en materia de seguridad, los denominados «buques deficientes». Otra medida consistiría en implantar un comercio de derechos de emisión de óxidos de azufre y nitrógeno para las embarcaciones, siguiendo el mismo modelo que se aplica a la actividad en tierra. Además, ha de prohibirse el cobre en los sistemas antiincrustantes de buques y embarcaciones. Asimismo, es necesario que los buques puedan hacer mejor uso de la red eléctrica terrestre cuando estén anclados en un puerto;

46.

señala que las competencias locales y regionales también pueden desempeñar un papel fundamental a la hora de mejorar un ámbito importante como es el tratamiento de las aguas. En este contexto cabe mencionar la iniciativa «Water Users Partnership» con la que la Eurorregión Báltica aporta su contribución a las consultas en torno a la estrategia de la región del Mar Báltico y en la que se estudia una mejor gestión de los recursos hídricos;

47.

subraya que no basta con preservar los recursos pesqueros al nivel actual, sino que es preciso reconstituirlos. La gestión de estos recursos ha de atenerse a principios respetuosos con el medio ambiente adaptados al frágil ecosistema del Mar Báltico; en este contexto, acoge con satisfacción que el Reglamento (CE) no 2187/2005 de 21 de diciembre de 2005, relativo a la conservación, mediante medidas técnicas, de los recursos pesqueros en aguas del Mar Báltico, los Belts y el Sund, reconozca las características específicas de los recursos pesqueros del Mar Báltico; subraya de forma particular que, desde el 1 de enero de 2006, este Reglamento, aprobado tras una amplia consulta a las partes interesadas, ha simplificado considerablemente la gestión de los recursos pesqueros del Mar Báltico y ha permitido sustituir su gestión multilateral de los Estados que bordean el Mar Báltico en el seno de la Comisión Internacional de Pesquerías del Mar Báltico por la gestión bilateral (Unión Europea y Federación de Rusia);

48.

recuerda que, aun tratándose de un componente fundamental para la prosperidad económica de la región del Mar Báltico, el turismo debe ser sostenible desde el punto de vista medioambiental. Un entorno sano e intacto constituye un elemento importante de la imagen de marca que deberá atraer a los turistas a la región, aunque, al mismo tiempo, se corre el riesgo de que sea el propio turismo el que perjudique al medio ambiente y menoscabe dicha imagen;

Una región económicamente próspera

49.

constata que, tras un largo período de fuerte crecimiento económico, la región del Mar Báltico se ve sumida actualmente en una grave recesión económica. Es necesario actuar con firmeza sin perder de vista, al mismo tiempo, la perspectiva estratégica que constituye el punto de partida de la estrategia de la región del Mar Báltico. Las transformaciones son parte integrante del desarrollo económico y, aun cuando los graves problemas relegan a un segundo plano la perspectiva estratégica, persisten los desafíos globales de la evolución demográfica y la competencia internacional en el contexto de la globalización;

50.

subraya que queda aún mucho por hacer para la realización efectiva y de una manera coordinada del mercado interior en la región del Mar Báltico. Estos objetivos representan un importante factor de éxito para la prosperidad económica de la región del Mar Báltico. Las pequeñas y medianas empresas son las que más se resienten de las trabas comerciales y la excesiva burocracia. Además, se corre el riesgo de que la divergencia en la interpretación de las disposiciones dé lugar a nuevos obstáculos comerciales en el ámbito regional. Hay que mejorar los conocimientos en el ámbito del mercado interior dentro de las administraciones y tribunales de los distintos países. Por último, es importante crear plataformas para la evaluación y el intercambio de experiencias. Se remite en este contexto a la red en línea Solvit (http://ec.europa.eu/solvit/) como helpdesk para problemas relativos a la aplicación de la legislación sobre mercado interior;

51.

subraya que la actividad de las empresas, y sobre todo de las PYME, es una condición indispensable para la prosperidad económica de la región del Mar Báltico. Por este motivo, es necesario respaldar el espíritu empresarial y emprendedor y mejorar el acceso de las PYME al capital de riesgo;

52.

considera necesario por consiguiente emprender acciones para mejorar el acceso de las nuevas empresas al capital de riesgo, especialmente por lo que respecta al denominado «capital de arranque» (seed money). Además, hay que redoblar los esfuerzos para fomentar el espíritu empresarial, especialmente entre los jóvenes empresarios;

53.

recuerda que es frecuente que la constitución de nuevas empresas gire en torno a la comercialización de innovaciones, ya sean de alta tecnología o no. Por ello, el Comité de las Regiones recomienda que la estrategia de la región del Mar Báltico aborde cuestiones como la coordinación en la política de clusters, los sistemas de innovación y los proyectos insignia. Hay que impulsar las posibilidades de que disponen las partes interesadas para acceder a las ayudas de I+D en otros países de la región;

54.

recuerda asimismo que la actitud respecto al espíritu empresarial se adquiere ya en una fase temprana. Por ello es necesario incluir la educación y formación empresarial en los programas lectivos de colegios, universidades y escuelas superiores;

55.

señala que los países englobados en la estrategia de la región del Mar Báltico deben elaborar un programa común para impulsar la sostenibilidad del turismo en la región. En este contexto deben destacarse los valores naturales y el medio ambiente, así como el rico patrimonio cultural e histórico de esta región;

56.

recuerda que la región del Mar Báltico posee ricos yacimientos de materias primas, sobre todo en forma de recursos minerales y forestales. Convendría, pues, considerar la elaboración de una estrategia específica para los recursos minerales de esta región, teniendo presente la propuesta de Directiva por la que se establece un marco para la protección del suelo (COM(2006) 232 final) (véase el Dictamen del CDR 321/2006). Esta Directiva, al tiempo que establece unos objetivos comunes para la protección del suelo, deja a los Estados miembros un amplio margen a la hora de decidir el modo de alcanzarlos (conseguir resultados es obligatorio, pero pueden elegirse los instrumentos). La posibilidad de extraer y gestionar estas materias primas de un modo sostenible y eficaz constituye un factor importante para la prosperidad de la región. Este objetivo plantea además grandes exigencias en materia de infraestructuras para el transporte sostenible;

57.

señala que las cuestiones energéticas siguen ocupando una posición destacada en el desarrollo económico de la región del Mar Báltico. Si bien los esfuerzos por incrementar la eficiencia energética constituyen un componente importante, la seguridad y la estabilidad en el acceso a las materias primas energéticas y la electricidad revisten un carácter crucial. Por razones históricas, los países bálticos siguen conectados a la red eléctrica rusa. Es preciso que se integren en una red eléctrica nórdica y europea, y que cooperen dentro de un mercado de la energía para la UE y la región del Mar Báltico. Este objetivo requiere conexiones, instrumentos reglamentarios adecuados e inversiones en infraestructuras;

58.

subraya que la movilidad de la mano de obra es un elemento relevante de la integración en la región del Mar Báltico; igualmente importante es la aplicación coherente del principio de libre circulación de personas;

59.

apoya la posición de la Red Sindical del Mar Báltico (Bastun) en el sentido de que la dimensión social debería incorporarse en la estrategia para la región del Mar Báltico. La estrategia debería utilizarse para garantizar unos mercados laborales justos y que funcionen correctamente en la región. Las condiciones laborales dignas deberían verse como un aspecto importante de la competitividad de la región. Constituyen una ventaja cada vez más importante en la competencia por una mano de obra altamente cualificada;

60.

subraya que el conocimiento y, por tanto, también lo que se ha dado en llamar la «quinta libertad» –es decir, la libre circulación de conocimientos– desempeñará en el futuro un papel fundamental para la competencia y el desarrollo económico. La movilidad de los estudiantes dentro de la región del Mar Báltico también constituye un aspecto importante que, hoy por hoy, no se orienta principalmente hacia la propia región. El número de estudiantes que deciden seguir su formación en la región del Mar Báltico es limitado, a pesar de la importancia que ello reviste para una mayor integración económica. Aparentemente, estudiar en la región del Mar Báltico no se considera un valor añadido en el currículum del estudiante. Uno de los cometidos más importantes de la estrategia de la región del Mar Báltico estriba en analizar por qué se da esta situación y qué se puede hacer para que estudiar en un país de la región se convierta en una alternativa más atractiva. Este problema está relacionado con la calidad de los estudios y, probablemente, también con los conocimientos lingüísticos;

61.

subraya que la movilidad de los investigadores y de los resultados de la investigación constituyen un importante factor del éxito para el desarrollo de la región del Mar Báltico. Así, para promover la movilidad de los investigadores es imprescindible favorecer el acceso a proyectos interesantes y financiación. Es necesario desarrollar la cooperación entre las distintas partes interesadas, no sólo entre las universidades y las escuelas superiores, sino también entre el mundo académico, el empresarial y las instituciones públicas siguiendo un modelo de triple hélice;

Una región accesible y atractiva

62.

considera que los esfuerzos que se deberán realizar para hacer del Mar Báltico una región accesible y atractiva deben tener como punto de partida el desarrollo tanto de las infraestructuras físicas –por ejemplo, los sistemas de transporte–, como las infraestructuras basadas en el conocimiento para la divulgación del saber, la información, los servicios, etcétera. Además, es especialmente importante conectar las estructuras y sistemas nacionales al sistema regional. En la actualidad la planificación de las infraestructuras tiende a detenerse en las fronteras. Por último, la idea es crear una región integrada en el Mar Báltico, lo que supone que la perspectiva este-oeste deberá revestir la misma importancia que la perspectiva norte-sur. Los corredores de transporte este-oeste representan también una apertura hacia los mercados situados al este y al sudeste de la región;

63.

recuerda que, desde el punto de vista territorial, la región del Mar Báltico presenta grandes desequilibrios: en el norte se registra una densidad demográfica muy baja y en el sur la densidad es más elevada; asimismo, en el norte las distancias entre los centros de población son grandes y la red de transporte es menos densa; debería impulsarse la conectividad de los países bálticos y de las regiones más septentrionales con las zonas centrales de la región del Mar Báltico e incorporarse a las RTE-T. Existe una necesidad inmediata de mejorar la capacidad ferroviaria;

64.

para acelerar la integración es necesario cooperar en mayor medida que hasta la fecha en la planificación de los flujos de transporte transfronterizo. Así, por ejemplo, se puede mejorar considerablemente el flujo de transporte mediante una gestión más homogénea de los transportes ferroviarios y una mayor coordinación a la hora de interpretar las directivas comunitarias relativas al sector ferroviario;

65.

señala que la peculiaridad del sistema regional de transportes en el ámbito del Mar Báltico es que todas las modalidades revestirán la misma importancia. Los transportes deben realizarse por vía terrestre o marítima –por ejemplo, el transporte de mercancías por ferrocarril, pero también por mar en trayectos de corta distancia–, así como por vía aérea. Por todo ello, es importante concebir unos corredores de transporte con sistemas perfectamente integrados entre las distintas modalidades, es decir, intermodales, lo cual supondrá importantes exigencias en el plano logístico, a la vez que será necesario tener también presentes los aspectos relacionados con la sostenibilidad;

66.

subraya que es importante aprovechar de una manera más eficaz los sistemas ya existentes. Es necesario determinar y actuar para eliminar los cuellos de botella, así como conectar entre sí los sistemas de transporte transnacionales, nacionales, regionales y locales;

67.

considera que es preciso desarrollar urgentemente los elementos transfronterizos de las RTE-T a fin de mejorar la «modalidad» y colaborar en el ámbito de unas redes logísticas competitivas;

68.

señala que aunque el transporte terrestre y marítimo constituye la columna vertebral del sistema de transporte de mercancías y, en su mayor parte, también de viajeros, no se debe olvidar tampoco la importancia que reviste el tráfico aéreo para la movilidad de las personas dentro de esta región. Es necesario desarrollar también las infraestructuras del transporte aéreo, especialmente por lo que respecta a los aeródromos regionales;

69.

recuerda la importancia que una infraestructura como el puente de Øresund ha tenido para la economía regional y para la eliminación de cuellos de botella. Asimismo, considera necesario construir cuanto antes el puente sobre la isla de Fehmarn por el importante papel que desempeñará en este sentido;

70.

considera necesario, por lo que respecta a la inversión en infraestructuras físicas, otorgar la prioridad al desarrollo de infraestructuras basadas en un conocimiento funcional e integrado, como es el caso, por ejemplo, de las TIC. Este tipo de inversión será especialmente importante para la futura competitividad y desarrollo, y requerirá un esfuerzo tanto en materia de software como de hardware. A esta última categoría corresponde la continua expansión de la banda ancha en la región, que puede convertirse en un proyecto insignia. Asimismo, será necesaria una supervisión a nivel regional que garantice la transparencia y la coordinación. La neutralidad de los proveedores es importante para evitar que la banda ancha se vea condicionada por los mismos proveedores, lo que se traduciría en un monopolio de carácter local o regional. Las «infraestructuras inmateriales» consisten, por ejemplo, en normas comunes para la identificación electrónica en toda la región, lo que constituye un requisito previo para los intercambios comerciales mediante servicios basados en las TIC;

Una región segura

71.

recuerda que el Mar Báltico es y seguirá siendo uno de los mares interiores más transitados del mundo: cada día surcan sus aguas más de 2 000 buques. Aun cuando se prevé que la crisis económica haga estragos, el tráfico marítimo presenta una tendencia al alza. Además, con excepción de las aguas territoriales rusas, la Organización Marítima Internacional (OMI) de las Naciones Unidas ha clasificado el Mar Báltico como zona marina especialmente sensible (ZMES), lo que implica la posibilidad de adoptar las medidas de protección en relación con el tráfico en el Mar Báltico;

72.

señala que, como consecuencia del aumento de este tráfico también será necesario disponer de una mayor capacidad de respuesta común. Planteando las cosas crudamente, no cabe preguntarse «si» se producirá un grave accidente en el Mar Báltico, sino más bien «cuándo». Y cuando ello ocurra, sus consecuencias traspasarán cualquier frontera y será imprescindible disponer de capacidad de respuesta y de intervención transfronteriza;

73.

aboga por una mayor coordinación de la capacidad de respuesta y de unas estructuras que garanticen una intervención eficaz; considera imprescindible incorporar la perspectiva local y regional desde una fase inicial; propone que el plan de acción «Baltic Master Project» se lleve a cabo mediante una programación preventiva de las situaciones de emergencia, el desarrollo y el refuerzo de la planificación de las zonas costeras de toda la región del Mar Báltico, así como una mejor vigilancia de los movimientos de las embarcaciones. En este contexto recuerda el Reglamento sobre los petroleros de casco único (2) y recibe positivamente que el 11 de marzo de 2009 el Parlamento Europeo aprobara el tercer paquete legislativo sobre seguridad marítima, llamado Erika III. Este paquete, que entrará en vigor antes de 2012, no sólo se ocupa de la compensación a los pasajeros, sino también de las inspecciones, de que los barcos pesqueros estén equipados con sistemas automáticos de identificación y seguimiento, del control del Estado rector del puerto, el seguro de las embarcaciones, la investigación de accidentes y designación de la autoridad que deberá decidir sobre el lugar de refugio para un barco en peligro. No obstante, el Comité subraya la necesidad de ampliar la capacidad para la supervisión del transporte en el Golfo de Finlandia, de forma que se incluya todo el Mar Báltico. Además, recomienda establecer un mecanismo conjunto para verificar el cumplimiento de las normas;

74.

considera importante abordar en la estrategia de la región del Mar Báltico las cuestiones de salud pública. Este problema puede tener su origen en las rápidas transformaciones económicas que empujan a los jóvenes a emigrar del medio rural a las ciudades. El aumento de las grandes diferencias que la pobreza ocasiona entre los distintos grupos de población –por ejemplo, entre los menores–, es y seguirá siendo un grave problema social. La exclusión que desemboca en el abuso del alcohol y los estupefacientes, así como los problemas sanitarios vinculados a un determinado estilo de vida son otros tantos problemas sociales que deben abordarse de manera coordinada y a nivel regional;

75.

considera especialmente importante que las actuaciones en materia de salud pública se lleven a cabo en coordinación con aquellos países de la región del Mar Báltico que compartan frontera con la UE. Rusia, Belarús y Ucrania registran considerables problemas en materia de salud pública. Hay que adoptar como punto de referencia la dimensión septentrional y la plataforma que ésta ofrece, la Asociación de la Dimensión Septentrional para la Salud Pública y el Bienestar Social (NDPHS, en sus siglas inglesas). Este marco debe convertirse en un importante punto de partida, y es necesario sensibilizar en mayor medida a este respecto;

76.

recuerda que la NDPHS se ha fijado ante todo como prioridad el reducir la propagación de enfermedades contagiosas, como el VIH/SIDA o la tuberculosis, y los microorganismos resistentes a los antibióticos. Otra prioridad estriba en elevar el bienestar social de los habitantes de la región;

77.

señala que la delincuencia organizada constituye una seria amenaza para la seguridad en la región del Mar Báltico. Las redes de delincuentes son cada vez más sofisticadas y actúan sin respetar las fronteras. por lo tanto, los países ribereños del Mar Báltico deben seguir luchando conjuntamente contra la delincuencia organizada, el narcotráfico y el tráfico de seres humanos en la región. Todo ello debe quedar reflejado con toda claridad en la estrategia de la región del Mar Báltico. Ya existe un marco regional de cooperación policial en el seno de la BSTF (Task Force on Organised Crime in the Baltic Sea Region). Esta cooperación abarca también a Noruega, Islandia y Rusia, así como a otras organizaciones como Europol e Interpol. Es necesario reforzar esta cooperación en el marco de la estrategia de la región del Mar Báltico como complemento a la que ya tiene lugar en el ámbito de la UE;

78.

recuerda la necesidad de proteger las infraestructuras vitales, es decir, las instalaciones o sistemas necesarios para el mantenimiento de las principales funciones de la sociedad, como la salud, la seguridad y el bienestar económico y social de la población. Las posibles perturbaciones o su destrucción podrían tener gravísimas repercusiones. Los transportes, el abastecimiento energético y la divulgación de la información son ejemplos de actividades principales en las que se basa una infraestructura eficaz.

Bruselas, 22 de abril de 2009.

El Presidente del Comité de las Regiones

Luc VAN DEN BRANDE


(1)  Cooperación Subregional de los Estados del Mar Báltico — BSSSC, CPMR Comisión para el Mar Báltico, Foro de Desarrollo del Báltico, Eurorregión Báltica, Unión de Ciudades del Báltico y B7 Red de Islas Bálticas.

(2)  Reglamento (CE) no 417/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de febrero de 2002, relativo a la introducción acelerada de normas en materia de doble casco o de diseño equivalente para petroleros de casco único.


25.8.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 200/31


Dictamen del Comité de las Regiones sobre el tema «el papel de los entes locales y regionales en la asociación oriental»

(2009/C 200/07)

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

insiste en el papel de los entes locales y regionales en el marco de la PEV por lo que se refiere a la Asociación Oriental. Ésta se centrará especialmente en su contribución al desarrollo territorial, la mejora de las relaciones económicas, el desarrollo del respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales, la facilitación de la movilidad y el respaldo al establecimiento de contactos mutuos;

tiene la intención de desarrollar formas de cooperación más estrecha con los países que participan en la Asociación Oriental. La creación de una Asamblea local y regional de Europa Oriental y del Cáucaso Meridional (ALR-AO) como plataforma institucional para el diálogo habitual y la cooperación podría ser un objetivo a corto plazo para una cooperación formal después de haber logrado desarrollar formas de cooperación concretas y tangibles;

insta encarecidamente a que, si es posible, los entes locales y regionales junto con los gobiernos centrales, participen en la elaboración de los acuerdos de asociación, los documentos estratégicos y los planes de acción establecidos bilateralmente por la Unión Europea y los países socios de la Asociación Oriental, especialmente en el marco de la Política Europea de Vecindad en lo referido a la preparación, aplicación y evaluación de los PIN;

anima a que se fomenten relaciones más estrechas entre los entes regionales y locales de la UE y sus homólogos de los países de la Asociación Oriental a través de las plataformas institucionales europeas ya existentes para el diálogo político habitual y mediante proyectos concretos compartidos con el fin de abrir una senda común para la futura creación de una Asamblea local y regional de Europa Oriental y del Cáucaso Meridional (ALR-AO);

Ponente general

:

István Sértő-Radics (HU/ALDE) Alcalde de Uszka

Textos de referencia

Consulta de la Presidencia checa del Consejo de la Unión Europea sobre el tema «El papel de los entes locales y regionales en la Asociación Oriental» y Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo — Asociación Oriental,

COM(2008) 823 final

I.   OBSERVACIONES GENERALES

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

1.

subraya la importancia del desarrollo de la nueva Asociación Oriental dentro de la Política Europea de Vecindad (PEV). Las diferencias entre los países incluidos en la PEV y sus últimos acontecimientos políticos, la diversidad de expectativas y el debate sobre el proceso de ampliación, las relaciones estratégicas de la UE con Rusia y la solicitud de establecer una dimensión oriental paralelamente al «Proceso de Barcelona: Unión por el Mediterráneo» dieron lugar a la Asociación Oriental, a raíz de una propuesta formulada por Suecia y Polonia. En el desarrollo de la Asociación Oriental se tomarán en consideración los siguientes países de la PEV: Armenia, Azerbaiyán, Belarús, Georgia, Moldova y Ucrania. Salvo Belarús, todos estos países son miembros del Consejo de Europa. La Comisión Europea (CE) ha preparado su propuesta, sobre la cual se tomará una decisión en la Cumbre de la Asociación Oriental, en la primavera de 2009. Para la Asociación Oriental será esencial reforzar la cooperación transfronteriza o interregional y crear instituciones en las que los entes locales y regionales puedan colaborar para asentar las relaciones y promover la integración europea, a fin de resolver las deficiencias de la actual PEV;

2.

insiste en el papel de los entes locales y regionales en el marco de la PEV por lo que se refiere a la Asociación Oriental. Ésta se centrará especialmente en su contribución al desarrollo territorial, la mejora de las relaciones económicas, el desarrollo del respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales, la facilitación de la movilidad y el respaldo al establecimiento de contactos mutuos;

3.

acoge con agrado el éxito de ciertas medidas e iniciativas y el hecho de que la PEV se apoye en los acuerdos de asociación y cooperación existentes, que siguen siendo el fundamento jurídico de las relaciones. Con esta guía se aprueban los Planes de Acción de la PEV entre la UE y el país socio, que fijan la agenda de las reformas políticas y económicas. Los incentivos que se ofrecen para avanzar en las reformas son una mayor integración en los programas y redes europeos, más asistencia y acceso mejorado a los mercados. Aunque la diferenciación, la asunción conjunta y la integración regional son los principios básicos de la PEV, abarca una gran variedad de países con problemas distintos, por lo que es preciso un enfoque más específico;

4.

apoya la petición de la propuesta de que se profundice en la cooperación bilateral existente a través de la supresión de visados, un área de libre comercio, más ayuda a las reformas sectoriales, intensificación de los contactos entre los ciudadanos, nuevos Planes de Acción con puntos de referencia claros y vinculación a la alineación con las normas europeas, así como acuerdos más sólidos que sustituyan a los acuerdos de asociación y cooperación. La propuesta de la Comisión Europea pide también el reforzamiento de la cooperación multilateral, complementaria de la dimensión septentrional y la sinergia del Mar Negro, y que esta cooperación esté orientada a los proyectos. Como áreas prioritarias para la cooperación, la propuesta señala los ámbitos político y de seguridad, los movimientos fronterizos y transfronterizos y los sectores económico, financiero, medioambiental y social;

5.

también está de acuerdo con la propuesta de la Comisión Europea en la medida en que prevé la profundización de la integración económica a través de áreas de libre comercio profundas y amplias, dependiendo de que los países socios pertenezcan a la OMC, una mayor movilidad facilitando la concesión de visados y mejorando la gestión de la fronteras, seguridad energética a través del reconocimiento de la interdependencia energética y respaldo al desarrollo económico y social a través de programas regionales y transnacionales. En la promoción de la cooperación multilateral, la Asociación Oriental ofrecerá un foro en el que compartir información, desarrollar actividades conjuntas y acompañar el proceso de modernización. La cooperación multilateral se planifica a nivel ministerial y de jefes de gobierno, así como a través de plataformas temáticas en las que se establecen objetivos y se revisan los avances. Las plataformas se centran en democracia, gobernanza y estabilidad, integración económica, seguridad energética y contactos entre los ciudadanos.

6.

sin perjuicio de la regla fijada en el momento de la adopción de las perspectivas financieras de destinar 2/3 del presupuesto de la PEV al Sur y 1/3 al Este, respalda la propuesta de la Comisión Europea de incrementar las asignaciones de 450 millones de euros en 2008 a 785 millones de euros en 2013. Ello supondría una dotación adicional de 350 millones de euros y la reasignación de 250 millones de euros de la cantidad destinada a programas regionales de la PEV en el período 2007-2013. Está previsto lanzar la iniciativa de la Asociación Oriental en la primavera de 2009, en una Cumbre especial. Hasta entonces permanecen en vigor la antigua PEV y su instrumento;

7.

señala que el Instrumento Europeo de Vecindad y Asociación (IEVA), que también incluye a Rusia, está diseñado para ser más flexible y político, y para encaminarse al desarrollo sostenible y a la aproximación a las políticas y normas de la UE. Para el período presupuestario 2007-2013 se han asignado unos 12 000 millones de euros, que suponen un incremento de la financiación del 32 %, si bien el 62 % de esta cantidad está reservada a los vecinos del Sur y sólo el 38 % a los vecinos del Este. La diferencia es menos pronunciada en cantidad per cápita, pero no refleja los esfuerzos para reforzar la dimensión oriental;

8.

señala igualmente que los programas nacionales del IEVA se desarrollan en documentos de estrategia nacionales y los fondos se distribuyen conforme a los programas indicativos nacionales (PIN). Los documentos de estrategia nacionales recogen tres o cuatro prioridades para cada país socio; sin embargo, en todos se incluye una referencia al reforzamiento de las capacidades administrativas y a la buena gobernanza. En los programas indicativos nacionales de todos los países socios debería incluirse el gobierno local y regional como subcategoría dentro de la prioridad relativa al Estado de Derecho. Otro aspecto que minimiza los efectos de la PEV en los entes locales y regionales es que tanto los documentos de estrategia nacionales como los PIN recogen los contactos entre los ciudadanos, pero son casi exclusivamente sobre educación e investigación. El gobierno local y regional puede tener un papel al respecto, como demuestran los programas de cooperación transfronteriza, y deberían ser objeto de reconocimiento en este sentido;

9.

asimismo observa que en el documento de estrategia sobre cooperación transfronteriza del IEVA para 2007-2013 la Comisión establece cuatro ámbitos de cooperación: desarrollo económico y social, retos compartidos en cuestiones medioambientales, salud pública y lucha contra la delincuencia organizada, gestión fronteriza y contactos entre los ciudadanos. Debería exigirse una clara participación de los entes locales y regionales, lo cual también supone más cooperación a pequeña escala, un respaldo mejorado a las medidas para la creación de capacidades entre los entes locales y regionales y más prioridad a las acciones para mejorar las condiciones de vida en zonas fronterizas;

10.

subraya que varios de los retos que afrontan los países de la región, como el desarrollo de corredores transnacionales, la gestión de problemas medioambientales transfronterizos, la gestión fronteriza y migratoria, la lucha contra el terrorismo y la delincuencia organizada transnacional y las actividades entre particulares tienen un carácter transfronterizo inherente y a veces sólo pueden abordarse con eficacia a través de un esfuerzo de cooperación a una escala inferior a la nacional. Así pues, por lo que se refiere al documento de estrategia regional occidental del IEVA para 2007-2013 de la UE, la cooperación de los países socios entre sí y entre éstos y la UE debería ofrecer asistencia para los objetivos comunes de la PEV allí donde sea claramente ventajosa la asistencia a una escala inferior a la nacional;

11.

está convencido de que tanto las iniciativas de la UE como de los socios de la Asociación Oriental centradas únicamente en el enfoque diplomático no conseguirán soluciones duraderas mientras la democracia local no se sitúe en el centro del debate, tanto en lo que se refiere a su refuerzo como a la cooperación directa entre regiones y ciudades de ambas partes;

12.

en esta línea, acoge con satisfacción el hecho de que el papel del programa interregional sea respaldar la aplicación efectiva de la PEV y busque reforzar gradualmente el diálogo y la cooperación entre la UE y sus vecinos, así como entre éstos, conforme al documento de estrategia del programa interregional del IEVA para 2007-2013. El fomento de la cooperación entre los agentes locales incluirá un intercambio de experiencias sobre programas de la PEV y tratará de reforzar la gobernanza democrática y el desarrollo sostenible en el ámbito local y regional. Se insiste en el enfoque de abajo arriba para establecer y desarrollar asociaciones, en proyectos entre varias partes interesadas y en la difusión de los resultados a otros entes locales y regionales de los países socios;

13.

subraya que la Asociación Oriental debería permitir que lo que era un sistema de cooperación puramente intergubernamental se convierta en un proyecto de diálogo entre los ciudadanos, y especialmente de colaboración entre la UE y los países de la Asociación Oriental, incluyendo al tiempo a sus entes locales y regionales en un marco de proyectos concretos y consensuados inscritos en una estrategia global basada en las necesidades de los ciudadanos y en la solidaridad;

14.

considera que una de las condiciones para el éxito de la cooperación entre la UE y los países de la Asociación Oriental, así como para una asociación más sólida a través de la PEV, es determinar nuevos catalizadores para que los ciudadanos comprendan las ventajas prácticas, convirtiendo las declaraciones de principio en medidas tangibles que reflejen el firme compromiso de los líderes locales y regionales, y una comunicación clara y activa;

15.

señala que a menudo la debilidad de la democracia local y la falta de un auténtico proceso de descentralización en los países de la Asociación Oriental limita una acción más decidida de los entes locales y regionales y de la sociedad civil en las políticas públicas;

16.

observa asimismo que la descentralización y la gobernanza local participativa no siempre van de la mano. En algunos Estados, dentro y fuera de la Unión Europea, las autoridades locales y regionales comparten el reto de aumentar la participación electoral, así como de promover la participación de los ciudadanos e incluir al medio asociativo en la elaboración de estrategias y en la preparación de grandes proyectos urbanos o regionales;

17.

señala la voluntad y el compromiso de los entes locales y regionales de enriquecer la Asociación Oriental, que no deberían gestionar sólo los gobiernos nacionales y la Comisión, sino que debería incluir como partes interesadas a la sociedad civil en general y a otros agentes. Los entes locales y regionales, las empresas y las ONG (tanto de la UE como de los países socios) deben ser componentes integrantes de todo el proceso de la Asociación Oriental;

18.

en consonancia con dictámenes anteriores sobre esta cuestión, subraya la importancia de que los entes locales y regionales participen plenamente en el proceso de planificación, puesta en práctica y supervisión y evaluación de la Asociación Oriental y de la PEV. Ello es de aplicación especialmente en aquellos ámbitos en los que los entes locales y regionales tienen competencias amplias y directas;

19.

por consiguiente, reitera su petición de que se reconozca a los entes locales y regionales como interlocutores esenciales en la PEV por lo que se refiere a la Asociación Oriental;

20.

reconoce el papel y la experiencia de las diferentes redes y asociaciones de entes locales, regionales, nacionales, europeos e internacionales que se dedican a la cooperación descentralizada en la Asociación Oriental, así como sus conocimientos técnicos y de la realidad local. De ahí la necesidad de aunar en mayor medida los esfuerzos y hacer converger los objetivos de los proyectos de cooperación descentralizada con los de la Asociación Oriental para aprovechar al máximo los resultados;

21.

considera que el objetivo de la PEV de contribuir al proceso de transformación en los países vecinos está en línea con las normas de la UE. La gran ambición de la PEV ha sido ir más allá de la Política Exterior y de Seguridad Común y de las meras relaciones exteriores de la UE con terceros países. Se ofreció a los países socios de la PEV la posibilidad de participar en el área integrada comunitaria de las cuatro libertades si aplicaban el correspondiente acervo de la UE, aunque sin la opción de convertirse en miembros de la UE;

22.

respalda la modernización política, económica y sectorial de los países de la Asociación Oriental a través de nuevos dispositivos, como el nuevo instrumento de asociación y los instrumentos sectoriales;

23.

acoge positivamente que la Comisión Europea haya invitado al CDR a participar en la Asociación Oriental, especialmente en los trabajos de las plataformas temáticas sobre Democracia, buena gobernanza y estabilidad y Contactos entre los ciudadanos.

24.

tiene la intención de desarrollar formas de cooperación más estrecha con los países que participan en la Asociación Oriental. La creación de una Asamblea local y regional de Europa Oriental y del Cáucaso Meridional (ALR-AO) como plataforma institucional para el diálogo habitual y la cooperación podría ser un objetivo a corto plazo para una cooperación formal después de haber logrado desarrollar formas de cooperación concretas y tangibles.

II.   RECOMENDACIONES POLÍTICAS

25.

pide a la Comisión Europea que revise el proceso de preparación de los PIN, que deberían negociar la UE y cada país de la Asociación Oriental en función de las necesidades y capacidades del país, así como de sus propios intereses y los de la UE. La planificación a escala nacional debe hacerse junto con el gobierno del país socio y la Comisión Europea, que debería colaborar con los países socios para preparar la aplicación de sus respectivos PIN;

26.

así pues, pide a los socios que garanticen la aplicación progresiva de las prioridades y objetivos del PIN. Además, deberá revisarse el mecanismo de comunicación entre la UE y el país socio. Por tanto, si la Asociación Oriental aspira a ser una política más eficaz, deberían ser obligatorias las reuniones periódicas de información y comunicación, y debería haber un órgano de control encargado de supervisar este proceso;

27.

acoge favorablemente el hecho de que la Asociación Oriental se centre en la movilidad, pero considera que la propuesta de la Comisión no es suficientemente explícita sobre el contenido de los pactos de «movilidad y seguridad» previstos (punto 3.3 de la Comunicación); por lo tanto, anima a la Comisión Europea a explicar mejor su propuesta de forma que los socios de la Asociación Oriental sepan y entiendan claramente qué deben hacer y qué pueden esperar a cambio de la UE;

28.

acoge positivamente la intención del Parlamento Europeo de aceptar la invitación de la Comisión Europea para integrar la Asamblea EuroNest en la Asociación Oriental;

29.

apoya que el CDR y la Asamblea local y regional de la Asociación Oriental tengan un papel supervisor, especialmente por lo que se refiere al trabajo de los subcomités conjuntos UE-país de la Asociación Oriental en asuntos relacionados con las plataformas temáticas sobre Democracia, buena gobernanza y estabilidad y Contactos entre los ciudadanos, incluidos los aspectos de desarrollo social, económico y regional, cooperación transfronteriza, reformas administrativas y descentralización en los países de la Asociación Oriental;

30.

insta a los órganos de gobernanza de la Asociación Oriental a que, además de reconocerlos políticamente, integren formal y concretamente a los entes locales y regionales en el proceso de cooperación y en la Asociación Oriental;

31.

insta encarecidamente a que, si es posible, los entes locales y regionales junto con los gobiernos centrales, participen en la elaboración de los acuerdos de asociación, los documentos estratégicos y los planes de acción establecidos bilateralmente por la Unión Europea y los países socios de la Asociación Oriental, especialmente en el marco de la Política Europea de Vecindad en lo referido a la preparación, aplicación y evaluación de los PIN;

32.

por tanto, pide a los gobiernos de los países de la Asociación Oriental que creen mecanismos para un diálogo nacional estructurado y para la consulta de los actores subestatales (locales y regionales), los interlocutores sociales y la sociedad civil, integrando en ellos las redes y asociaciones de entes locales y regionales;

33.

considera que los actuales instrumentos sectoriales de la PEV (diálogo temático, participación en los programas y agencias de la comunidad y acuerdos sectoriales) deberían armonizarse con lo que ofrece la Asociación Oriental, que podría resumirse como una relación sectorial contractual basada en dos principios fundamentales: aproximación obligatoria al correspondiente acervo sectorial de la UE y acceso a los programas e instituciones sectoriales de la UE. El estatus de observador para los acuerdos sectoriales debería ser una idea fundamental de la Asociación Oriental. Se corresponde plenamente con la necesidad declarada de fomentar el compromiso mutuo entre la UE y sus vecinos del Este;

34.

sugiere particularmente que tanto el nuevo instrumento de asociación como los instrumentos sectoriales queden integrados en el paquete de la Asociación Oriental que la UE negociaría individualmente con cada país socio. Este paquete de instrumentos de la Asociación Oriental serviría de base para la armonización y para una evaluación transparente de los instrumentos de la Asociación Oriental. Los países de la Asociación Oriental deberían tener puntos de referencia transparentes y claros que les permitan saber su situación respecto de la UE en el marco de la Asociación Oriental;

35.

desea ampliar y mejorar la cooperación entre los entes locales y regionales de la UE y los países de la Asociación Oriental y convertirla en un elemento integrante de las relaciones de la UE con sus socios de la Europa Oriental. El papel de los entes locales y regionales es irreemplazable en distintas esferas políticas que abarca la Asociación Oriental, como la buena gobernanza, la reforma administrativa y la descentralización, el desarrollo social y económico, el desarrollo regional y la política de cohesión, la cooperación transfronteriza, la protección del medio ambiente, los asuntos de orden público, la prevención y la respuesta a catástrofes naturales o provocadas por el hombre, la cooperación cultural y la educación, el turismo y los intercambios de alumnos y estudiantes;

36.

inicia un diálogo con la Comisión Europea para encontrar modos de integrar a los entes locales y regionales de los países de la Asociación Oriental en un programa de desarrollo institucional global. Su objetivo es mejorar la capacidad administrativa de los socios orientales y, por tanto, debería abarcar todos los sectores de cooperación relevantes, incluidos aquellos en los que el papel de los entes locales y regionales es irreemplazable. Por otra parte, el CDR debería preparar su propio plan para contribuir a la aplicación de este programa en cooperación con sus socios de los países de la Asociación Oriental;

37.

decide realizar una contribución significativa a la puesta en marcha de la Asociación Oriental en el ámbito del desarrollo económico y social de los países incluidos. El CDR debería apoyar la propuesta de la Comisión sobre la firma de los memorandos de acuerdo sobre política regional con los socios orientales, con vistas a crear capacidad administrativa a escala nacional y local. Esto podría combinarse con el programa de desarrollo institucional global y el programa del CDR de acciones y cooperación con socios de los entes locales y regionales de los países incluidos en la Asociación Oriental. La cooperación debería orientarse a compartir las mejores prácticas y experiencias obtenidas en la política de cohesión y desarrollo regional de la UE.

38.

asimismo, decide ayudar y consultar –en cooperación con los entes locales y regionales de los países de la Asociación Oriental– a la Comisión Europea y a los gobiernos nacionales en el proceso de detectar programas piloto de desarrollo regional que se ocupen de las necesidades de desarrollo local y regional en los países de la Asociación Oriental a imagen de la política de cohesión de la UE. Por otra parte, el CDR debería entablar un debate con sus socios de los países de la Asociación Oriental con vistas a respaldar su cooperación directa con las regiones de la UE y alentar su participación en los programas transnacionales existentes en el sureste, el centro y el norte de Europa. El CDR debería igualmente animar a los entes locales y regionales de los países de la Asociación Oriental a aprovechar la nueva oportunidad que ofrece ésta en forma de proyectos financiados por el IEVA para la cooperación transfronteriza en las fronteras de los países de la Asociación Oriental;

39.

inicia un debate con la Comisión Europea para determinar su propia participación en las plataformas temáticas sobre Democracia, buena gobernanza y estabilidad y Contactos entre los ciudadanos. El CDR debería poner en marcha la creación de algunos grupos específicos (cuarto nivel operativo de la Asociación Oriental) para tratar asuntos próximos a la agenda básica de los entes locales y regionales con vistas a respaldar el trabajo de las plataformas temáticas de la Asociación Oriental (tercer nivel operativo). La Comisión, a su vez, podría invitar a representantes de los entes locales y regionales a participar en los trabajos de las plataformas temáticas y de grupos concretos cuando proceda o sea necesario. Es preciso continuar las conversaciones para determinar el papel del CDR en las dos plataformas temáticas señaladas, así como para conseguir una mejor coordinación con la Comisión;

40.

decide asistir a la Comisión Europea en la elaboración del programa de formación y trabajo en red de entes locales, con vistas a reforzar las capacidades administrativas y promover la reforma de la gobernanza local dentro de la plataforma temática sobre Democracia, buena gobernanza y estabilidad. El CDR elaborará y presentará sus propuestas sobre un programa cultural específico para la Asociación Oriental que se lanzará dentro de la plataforma temática sobre Contactos entre los ciudadanos. El CDR iniciará un debate con la Comisión sobre su posible participación en los trabajos de las plataformas temáticas sobre Cooperación y convergencia económicas con las políticas de la UE y sobre Seguridad energética, puesto que son agendas parciales de estos ámbitos políticos en los que los entes locales y regionales podrían hacer una importante contribución;

41.

valora especialmente su contribución a una iniciativa emblemática sobre Prevención, preparación y respuesta en caso de catástrofes naturales o provocadas por el hombre para reforzar las capacidades para la gestión de catástrofes a escala local, regional y nacional. El CDR iniciará conversaciones con sus socios de la Asociación Oriental sobre una posible contribución de los entes locales y regionales a la puesta en marcha de esta iniciativa emblemática;

42.

anima a que se fomenten relaciones más estrechas entre los entes regionales y locales de la UE y sus homólogos de los países de la Asociación Oriental a través de las plataformas institucionales europeas ya existentes para el diálogo político habitual y mediante proyectos concretos compartidos con el fin de abrir una senda común para la futura creación de una Asamblea local y regional de Europa Oriental y del Cáucaso Meridional (ALR-AO);

43.

exhorta a la Comisión Europea a armonizar, coordinar y articular cabalmente esta nueva medida con los diferentes programas, proyectos e instrumentos comunitarios, a fin de aprovechar las experiencias, evitar la repetición de actividades y propiciar nuevos avances;

44.

considera que una mayor responsabilidad de los representantes locales y regionales contribuirá a propiciar una gobernanza a varios niveles que asocie a los diferentes niveles institucionales en el proceso de decisión, elaboración, aplicación y evaluación de las políticas públicas y las políticas de desarrollo;

45.

sugiere movilizar recursos humanos locales, técnicos y académicos en la puesta en marcha de los proyectos e impulsar la máxima participación de los ciudadanos de forma que hagan suyo el proceso de cooperación y los proyectos que de él se derivan;

46.

reconoce una iniciativa abierta a la participación de terceros países –particularmente la Federación de Rusia y Turquía–, que podrían participar en los trabajos de una plataforma temática, un grupo o una iniciativa, según los casos y siempre que exista un acuerdo de que el interés común por un tema, la proximidad geográfica o los vínculos económicos existentes harían beneficiosa tal participación;

47.

pide a su Presidente que presente este dictamen a la Presidencia de la UE, la Comisión Europea, el Parlamento Europeo y el Comité Económico y Social Europeo, así como a los Jefes de Estado de los países de la Asociación Oriental;

Bruselas, 22 de abril de 2009.

El Presidente del Comité de las Regiones

Luc VAN DEN BRANDE


25.8.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 200/37


Dictamen del Comité de las Regiones sobre el tema «agenda social renovada: oportunidades, acceso y solidaridad en la europa del siglo XXI»

(2009/C 200/08)

EL COMITÉ DE LAS REGIONES FORMULA LAS SIGUIENTES RECOMENDACIONES:

valora positivamente el modo de que se sirve la agenda para compilar la labor de la Comisión en materia de política social. Tanto la Agenda Social Renovada como las medidas en ella incluidas se componen, en gran medida, de las actividades preparatorias de orden práctico ya emprendidas por la Comisión. Así pues, la agenda ofrece relativamente pocos planteamientos nuevos que puedan imprimir una mayor visibilidad o dar un contenido más sustancial a la política social de la UE;

destaca la importancia que reviste la cohesión social y regional para cumplir los objetivos de toda la Estrategia revisada de Lisboa y recuerda el papel que desempeñan los entes locales y regionales a la hora de promover dicha Estrategia;

recuerda que las acciones en materia económica y social no se respaldan ni complementan entre sí de manera automática, sino que es necesario garantizar continuamente un verdadero equilibrio recíproco entre sus objetivos y sus mecanismos. Esta circunstancia es de especial relevancia ahora que las rápidas transformaciones de la economía mundial están sembrando la inseguridad entre la ciudadanía;

hace hincapié en que se debe prestar atención de manera sistemática a las consecuencias sociales de las políticas de la UE. Así, por ejemplo, las repercusiones sociales del mercado interior de la UE han sido a veces impredecibles y no siempre se han conseguido prevenir con la suficiente preparación;

insta a la Comisión a que compile estudios e información comparable y pluridimensional sobre el reforzamiento funcional de los sistemas de bienestar, con particular hincapié en las condiciones que reúnen los entes locales y regionales en su calidad de organizadores primordiales de los servicios sociales y sanitarios;

Ponente

:

Veikko Kumpumäki (FI/PSE), Miembro del Consejo Regional de Laponia

Texto de referencia:

«Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Agenda Social Renovada: Oportunidades, acceso y solidaridad en la Europa del siglo XXI»

COM(2008) 412 final

I.   RECOMENDACIONES POLÍTICAS

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

1.

valora positivamente el modo de que se sirve la agenda para compilar la labor de la Comisión en materia de política social. Tanto la Agenda Social Renovada como las medidas en ella incluidas se componen, en gran medida, de las actividades preparatorias de orden práctico ya emprendidas por la Comisión. Así pues, la agenda ofrece relativamente pocos planteamientos nuevos que puedan imprimir una mayor visibilidad o dar un contenido más sustancial a la política social de la UE;

2.

recuerda que la consulta pública relativa a la Evaluación de la Realidad Social puso de manifiesto que la confianza de los ciudadanos de la Unión Europea depende, de una manera u otra, de la credibilidad de la política social europea, que es un elemento esencial del modelo social europeo. Es fundamental generar esta confianza con la vista puesta en el progreso, la renovación y los deseos de cambio;

3.

destaca la importancia que reviste la cohesión social y regional para cumplir los objetivos de toda la Estrategia revisada de Lisboa y recuerda el papel que desempeñan los entes locales y regionales a la hora de promover dicha Estrategia;

La dimensión social europea

4.

recuerda que las acciones en materia económica y social no se respaldan ni complementan entre sí de manera automática, sino que es necesario garantizar continuamente un verdadero equilibrio recíproco entre sus objetivos y sus mecanismos. Esta circunstancia es de especial relevancia ahora que las rápidas transformaciones de la economía mundial están sembrando la inseguridad entre la ciudadanía;

5.

hace hincapié en que se debe prestar atención de manera sistemática a las consecuencias sociales de las políticas de la UE. Así, por ejemplo, el mercado interior de la UE ha tenido en ocasiones unas repercusiones sociales impredecibles que no siempre se han conseguido prevenir con la suficiente preparación;

6.

cree que es importante que la agenda se pronuncie sobre la continuidad de los objetivos sociales fundamentales en Europa y sobre el compromiso contraído por la Unión hacia unas sociedades armoniosas, cohesivas e inclusivas;

7.

hace hincapié en que la política social debe percibirse también como un elemento de garantía y estabilidad en favor de un desarrollo social armónico, y no como un mero factor de flexibilidad y cambio;

8.

reconoce la necesidad de una agenda social más amplia y la importancia que reviste el aprendizaje permanente como elemento clave. Sin embargo, no hay que plantear la educación únicamente como un factor competitivo, sino que deberá reconocerse igualmente el importante papel social que desempeña. Además de proporcionar oportunidades a los individuos para que logren el éxito, es preciso también garantizar protección social e inclusión para aquellos ciudadanos que no lo logran;

9.

destaca la importancia que reviste la solidaridad entre los distintos colectivos, generaciones y regiones. Es preciso ampliar el debate sobre las transformaciones en la estructura por edad de la población y sobre la suficiencia y solidez de los sistemas de bienestar para que abarque a todos los grupos de edad y población, prestando especial atención a la participación activa de las personas con discapacidad y de quienes son capaces de desempeñar una actividad laboral a tiempo parcial;

10.

insta a la Comisión a que compile estudios e información comparable y pluridimensional sobre el reforzamiento funcional de los sistemas de bienestar, con particular hincapié en las condiciones que reúnen los entes locales y regionales en su calidad de organizadores primordiales de los servicios sociales y sanitarios;

11.

acoge positivamente el desarrollo de la cooperación europea con vistas a facilitar la integración de los inmigrantes y resalta la necesidad de aprovechar los conocimientos de los entes locales y regionales en esta labor;

Objetivos de la agenda renovada

12.

por lo que respecta a los tres objetivos generales, e interrelacionados, de la agenda, señala que:

el hecho de otorgar prioridad a la igualdad de oportunidades no debe encubrir la importancia que reviste la igualdad de resultados finales de las políticas;

ofrecer acceso no ha de traducirse en una atención excesiva a las necesidades en materia de servicios y prestaciones, sino que también resulta necesario examinar y garantizar las posibilidades del acceso universal, y

la referencia a la solidaridad implica también que se deberán tener en cuenta de manera flexible las diferentes necesidades que presenta cada región a la hora de orientar las políticas y la financiación europeas;

13.

recuerda que los entes locales y regionales tienen mucho que aportar en una UE falta de innovación y desarrollo. Habría que poder aprovechar sus conocimientos de manera eficaz, como un elemento más de la agenda social renovada;

Objetivos prioritarios

14.

cree que es positivo proseguir las actividades centradas en niños y jóvenes y, en este sentido, destaca especialmente la relevancia de las acciones de carácter preventivo;

15.

recuerda que, a la hora de evaluar y mejorar la calidad de los sistemas educativos, hay que hacer hincapié no sólo en el rendimiento escolar, sino también en el bienestar, la seguridad y la satisfacción de los jóvenes. También habría que prestar especial atención a las aptitudes pedagógicas del profesorado y al objetivo de la igualdad en todas las etapas de la educación;

16.

anima a utilizar el método abierto de coordinación para analizar e impulsar los buenos procedimientos y las soluciones locales y regionales en este ámbito, así como para lograr una mayor difusión de esta información con miras a una mayor adopción de dichas prácticas. En este contexto, el CDR recuerda que el método abierto de coordinación supone la cooperación voluntaria entre Estados miembros;

17.

recuerda que el crecimiento y el empleo no bastan por sí solos para garantizar una sociedad cohesionada desde el punto de vista social, y que se precisa una política social eficiente y responsable a todos los niveles;

18.

hace hincapié en la necesidad de recopilar y difundir una información variada y plural que haga posibles unos modelos de flexiguridad adecuados;

19.

recalca que el aprendizaje permanente ha de favorecer a todos los grupos de edad y de población y estar al alcance de todos, aunque para esto aún es preciso que la población en general esté perfectamente informada, y que el desarrollo de una educación para adultos de calidad exige una amplia cooperación a todos los niveles administrativos y entre todas las partes interesadas. Por lo que respecta a la formación profesional, es preciso procurar que esta formación responda a las necesidades de la vida laboral y que, en caso necesario, el sistema educativo pueda reaccionar con celeridad a las futuras necesidades en este ámbito. En la medida de lo posible, habría que desarrollar la previsión de las necesidades educativas en el marco de una cooperación con los entes locales y regionales;

20.

recuerda que la sociedad necesita asimismo personal cualificado en el sector de la asistencia y cuidado de las personas, por lo que es preciso incluir estas cualificaciones en el «conjunto de capacidades modernas» mencionado en la agenda;

21.

hace hincapié en la necesidad de contar con nuevas modalidades educativas donde confluyan trabajo y aprendizaje, y anima a entablar un diálogo abierto sobre la responsabilidad que asumen los poderes públicos, los patronos y las personas en este tipo de iniciativas;

22.

destaca el objetivo de mejorar simultáneamente la calidad de la vida laboral y el rendimiento del trabajo, y cree que es importante divulgar tanto los resultados de los estudios como las buenas prácticas relacionadas con este ámbito;

23.

acoge favorablemente el compromiso de la Comisión de garantizar que no exista contradicción alguna entre las libertades y los derechos fundamentales del Tratado, e insta a la Comisión a recopilar experiencias en este ámbito también a nivel local y regional;

24.

resalta que en el análisis y desarrollo de los sistemas sanitarios europeos se debe prestar atención al carácter global de sus actividades, incluidas la planificación, calidad y la disponibilidad de los servicios y de la mano de obra. En su calidad de organizadores primordiales de los servicios sociales y sanitarios públicos, los entes locales y regionales constituyen un socio clave para la cooperación en este campo;

25.

acoge con especial satisfacción el compromiso contraído por la Comisión para garantizar que el mercado único y las normas sobre competencia fomentan el desarrollo de unos servicios sociales de buena calidad y universalmente accesibles. Ello implica garantizar un fundamento jurídico sólido para los servicios de interés general, así como la creación de los canales necesarios para gestionar y solucionar abiertamente los problemas relacionados con la compatibilidad de la reglamentación sobre servicios sociales y las normas del mercado único. Para asegurar un grado suficiente de información y una mayor utilización de los procedimientos que hayan demostrado su eficacia sería necesario recabar sistemáticamente las experiencias de los entes locales y regionales. Tal obligación, sin embargo, no debe implicar amplios deberes de información de los Estados miembros ni suponer una carga administrativa desproporcionada para los entes territoriales;

26.

recomienda que se dé prioridad a los derechos sociales y a la solidaridad en los esfuerzos de la Unión por combatir la pobreza y la exclusión social, y que se reflexione seriamente sobre la posibilidad de que los programas alimentarios y los bancos de alimentos formen parte del Estado de bienestar europeo del siglo XXI;

27.

considera fundamental promover la paridad entre ambos sexos, eliminar las diferencias de retribución entre mujeres y hombres y alcanzar una conciliación efectiva entre vida laboral y vida familiar;

28.

acoge con satisfacción que se haya planteado un nuevo ámbito prioritario relativo a la discriminación, y hace hincapié en el considerable potencial de la Unión Europea como pionera en este ámbito;

Principales puntos de vista del Comité de las Regiones

29.

valora positivamente el enfoque global adoptado en la agenda, que aúna acciones correspondientes a distintos sectores. Al mismo tiempo, el Comité de las Regiones exhorta a la Comisión a garantizar que este enfoque no encubra algunos retos centrales de la política social tradicional, como la creciente brecha salarial y el incremento de la desigualdad, y las medidas necesarias para afrontarlos;

30.

señala que las acciones propuestas en la agenda reflejan a menudo una gran diversidad y, en ocasiones, engloban dimensiones incluso opuestas que exigen una reflexión profunda. Por ejemplo, a la hora de fomentar la movilidad hay que prestar atención también a aquellos problemas que ocasionan el abandono del hogar por parte de los jóvenes, que distorsiona las estructuras por edad en algunas regiones. El Comité de las Regiones destaca que se debe garantizar la igualdad de oportunidades de la población «estática» y de las regiones menos atractivas. Del mismo modo, hay que tener presentes también las repercusiones medioambientales de una movilidad en constante aumento;

31.

recalca que el método abierto de coordinación –al igual que cualquier otro conjunto de mecanismos de la política social europea– debe desarrollarse a partir de las necesidades propias de cada país, y que, en la práctica, los que mejor las conocen son los entes locales y regionales. Como quiera que las situaciones difieren enormemente entre los distintos Estados miembros –y entre sus propias regiones– la adopción de objetivos no cuantitativos en materia de política social planteará diversos problemas. En primer lugar, sería necesario mejorar la el método abierto de coordinación en el nivel europeo orientándolo hacia determinadas cuestiones centrales, intensificando la elaboración de informes y estudios e incrementando la importancia que revisten los conocimientos concretos de los entes locales y regionales en la aplicación y desarrollo de los procesos de coordinación. De este modo se podría aumentar considerablemente la influencia y la visibilidad del sistema, y por tanto la calidad de la política social europea, que constituye un elemento importante del proyecto de integración europea. En la actualidad se han debilitado excesivamente los vínculos entre el método abierto de coordinación y el nivel de gobierno local y regional;

32.

recuerda los cometidos y las posibilidades que, por lo que respecta a los ámbitos de actuación de los entes locales y regionales, entraña el diálogo social europeo con vistas a la preparación de las iniciativas de la agenda y a su aplicación, y cree que es importante impulsar aún más dicho diálogo.

Bruselas, 22 de abril de 2009.

El Presidente del Comité de las Regiones

Luc VAN DEN BRANDE


III Actos preparatorios

Comité de las Regiones

79o pleno 21 y 22 de abril de 2009

25.8.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 200/41


Dictamen del Comité de las Regiones «energía: examen estratégico y rendimiento de los edificios»

(2009/C 200/09)

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

lamenta que no se haya presentado ninguna propuesta para crear un instrumento legislativo vinculante específicamente destinado a lograr los objetivos del 20 % de mejora de la eficiencia energética;

destaca las posibles soluciones que combinan las actividades industriales y la producción de energía (valorización del calor perdido, enfriamiento, generación de energía, técnicas de cogeneración y poligeneración, etc.);

recuerda la importancia del trabajo llevado a cabo por las agencias regionales y locales de energía en toda la Unión. Estas agencias son socios estratégicos para la política energética europea, y sus acciones deberían ser aún más sostenidas y valorizadas por la Unión Europea;

destaca la importancia de acelerar el recurso a los Fondos Estructurales para las inversiones en materia de eficiencia energética en los edificios;

secunda la iniciativa de la Comisión Europea de autorizar de manera permanente la aplicación de tipos de IVA reducidos en el sector de la vivienda, incluidos los trabajos de renovación;

apoya los esfuerzos de la Comisión Europea para desarrollar instrumentos financieros destinados a la mejora de la eficiencia energética, en asociación con el BEI y el BERD. Recuerda que lo que está en juego esencialmente en la creación de estos instrumentos financieros es que sean accesibles a los entes locales y regionales, con el fin de apoyar a estos últimos en su papel de actores principales en la aplicación de la Directiva sobre el rendimiento energético de los edificios.

Ponente

:

Jean-Louis JOSEPH (FR/PSE), Alcalde de La Bastidonne

Textos de referencia

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Segunda revisión estratégica del sector de la energía. Plan de actuación de la Unión Europea en pro de la seguridad y la solidaridad en el sector de la energía COM(2008) 781 final y

Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al rendimiento energético de los edificios (refundición)

COM(2008) 780 final; 2008/0223 (COD)

I.   RECOMENDACIONES POLÍTICAS

El COMITÉ DE LAS REGIONES:

A.   Segunda revisión estratégica de la política energética de la Unión Europea

1.

considera que los desafíos relacionados con la política energética de la Unión Europea son esenciales para el presente y el futuro de la Unión y de sus ciudadanos, así como para las cuestiones climáticas a nivel mundial. Recuerda el papel clave que desempeñan los interlocutores locales y regionales en tanto que socios en la definición, la programación y la aplicación con éxito de la política energética europea. A este respecto, lamenta que el papel que desempeñan los interlocutores regionales y locales se tenga muy poco en cuenta en la segunda revisión estratégica;

2.

reconoce la importancia de la seguridad del abastecimiento, que ocupa un lugar central en la segunda revisión estratégica y reviste una gran sensibilidad política. Reconoce asimismo que los Estados miembros afrontan situaciones diferentes en lo que respecta a la seguridad del abastecimiento. Estas diferencias, debidas entre otras a razones históricas, requieren una acción coordinada a nivel europeo, con vistas a reducir los desequilibrios, estrechar los lazos entre los socios y reducir los riesgos para la Unión en su conjunto;

3.

reconoce que se han llevado a cabo avances importantes después del primer examen estratégico, especialmente la definición de los objetivos denominados «del 20-20-20 %» y los primeros avances legislativos, sellados por el reciente acuerdo entre el Parlamento y el Consejo sobre el «Paquete Energía/Clima»;

4.

considera que estos avances, aunque notables, no son más que un primer paso. Por esta razón es importante que los objetivos 20-20-20 % sigan siendo la prioridad principal de la política europea en materia de energía, con el fin de garantizar la coherencia y la continuidad necesarias para el éxito de la acción emprendida;

5.

subraya que, por consiguiente, la eficacia energética debe figurar a la cabeza de las preocupaciones de la Unión Europea en el sector de la energía. Se remite al modelo de «clasificación energética“, que establece una jerarquía por orden decreciente de importancia de las políticas que posibilitan reducir el impacto climático de los consumos de energía: eficiencia energética, fomento de las energías renovables y optimización del uso de los combustibles fósiles. La eficiencia energética no solamente es la clave de los objetivos del 20-20-20 % sino que desempeña también un papel esencial en la seguridad del abastecimiento. Sin embargo, es de lamentar que sea la única, entre los tres objetivos del” 20-20-20 %», que no se ha traducido en un instrumento legislativo vinculante;

6.

en este contexto, acoge favorablemente las medidas de eficiencia energética propuestas por la Comisión con la publicación de la segunda revisión estratégica (en particular, véase más abajo, la revisión de la Directiva sobre el rendimiento energético de los edificios), si bien lamenta lo siguiente:

6.1

en general, la eficiencia energética ocupa tan solo la cuarta posición de las cinco prioridades que componen el Plan de actuación de la Unión Europea en pro de la seguridad y la solidaridad en el sector de la energía;

6.2

no se ha presentado ninguna propuesta para crear un instrumento legislativo vinculante específicamente destinado a lograr los objetivos del 20 % de mejora de la eficiencia energética. No obstante, debería establecerse un vínculo más claro con los objetivos e instrumentos que se derivan de la Directiva sobre la eficiencia del uso final de la energía y los servicios energéticos (2006/32/CE). Se trata de un instrumento concreto para dar un primer paso hacia el objetivo del 20 %;

6.3

la Comisión Europea, según las proyecciones presentadas junto con la segunda revisión estratégica, depende en parte de un fenómeno independiente de su acción (la subida de los precios del petróleo) para lograr los objetivos del 20 % de mejora de la eficiencia energética. Eso demuestra una falta de voluntad política y una infrainversión en este sector. Tal actitud es de lamentar, tanto más cuanto que los beneficios previsibles de las inversiones en eficiencia energética la convierten en un potente instrumento de reactivación económica y de creación de empleo, aspectos esenciales en el actual contexto de crisis;

6.4

las propuestas en materia de eficiencia energética que acompañan a la segunda revisión estratégica no incluyen medidas específicas para la industria, que sin embargo es una gran consumidora de energía. Con todo, en materia de seguridad del abastecimiento es importante destacar las posibles soluciones que combinan las actividades industriales y la producción de energía (valorización del calor perdido, enfriamiento, generación de energía, técnicas de cogeneración y poligeneración, etc.);

6.5

acoge favorablemente el reconocimiento de que el transporte debe desempeñar un papel crucial a la hora de conseguir los objetivos en materia de energía. No obstante, teniendo en cuenta la gran dependencia del sector del transporte europeo con respecto al petróleo, lamenta que el segundo examen estratégico no proponga ninguna estrategia para este sector, que representa por sí solo más del 30 % del consumo final de energía en la Unión Europea. Se ve afectado directamente por el problema de la seguridad del abastecimiento, puesto que depende casi exclusivamente del petróleo, importado por la UE en más del 80 %. Por consiguiente, pide a la Comisión Europea que presente propuestas en pro de la eficiencia del transporte junto con el paquete de eficiencia energética. El sector tiene un enorme potencial, aún por aprovechar, para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, por ejemplo mediante inversiones en los transportes por vía férrea y otros transportes colectivos, los vehículos eficientes desde el punto de vista energético, el uso compartido del coche, la conducción ecológica, un aumento de los desplazamientos en bicicleta, etc.;

7.

destaca el papel esencial que desempeñan los entes regionales y locales en materia de eficiencia energética. En este contexto:

a.

reitera su apoyo al «Convenio de los Alcaldes», y se remite a su dictamen de prospectiva sobre este tema, en el que destaca entre otras cosas que «la acción local es determinante para lograr los objetivos del 20 % de eficiencia energética, y que el papel fundamental de las regiones y municipios en la consecución de dicha meta ya ha sido reconocido apropiadamente por la Comisión Europea y el Parlamento Europeo» (1);

b.

la ordenación del territorio a nivel local es un marco importante para conseguir una estructura social adaptada al cambio climático y eficiente desde el punto de vista energético, en términos globales, pues es ahí donde se gestiona el emplazamiento de las infraestructuras, los lugares de trabajo, los comercios y las viviendas, lo que puede traducirse en una reducción de las necesidades de transporte, transportes eficaces desde el punto de vista energético y la difusión de la calefacción urbana, la energía eólica y la energía geotérmica;

c.

en general, se pueden llevar a cabo importantes ahorros de energía por parte del sector público, lo que constituye un considerable potencial que todavía no se ha aprovechado. Unas ayudas y unos incentivos correctamente planteados pueden traducirse en eficiencia energética y costes energéticos reducidos, además de estimular el empleo;

d.

acoge favorablemente el anuncio de una «nueva iniciativa de financiación de la energía sostenible», y pide que ésta dedique una parte significativa de sus medios de acción a la financiación de proyectos realizados a nivel regional y local y que dé prioridad a la eficiencia energética;

e.

recuerda la importancia del trabajo llevado a cabo por las agencias regionales y locales de energía en toda la Unión. Estas agencias son socios estratégicos para la política energética europea, y sus acciones deberían ser aún más sostenidas y valorizadas por la Unión Europea;

f.

solicita la creación de un grupo de trabajo que reúna a la Comisión y a los representantes de los entes regionales y locales y de sus redes, con el fin de desarrollar unas nuevas perspectivas para la eficiencia energética basadas en un enfoque «de abajo arriba»;

8.

por lo que se refiere a los seis proyectos prioritarios definidos como esenciales para la Unión Europea, sin pronunciarse en cuanto al fondo de los proyectos propuestos, señala lo siguiente:

a.

convendría proporcionar estimaciones de costes para estos proyectos, con el fin de permitir una comparación razonada con otras iniciativas antes de aprobar formalmente los proyectos propuestos como «prioritarios», ya que existe el riesgo de agotar una parte importante de los presupuestos disponibles;

b.

entre los seis proyectos propuestos unos tienen aparentemente mayor prioridad que otros, puesto que ya están previstas algunas disposiciones bastante precisas sobre su aplicación (redacción de la respectiva Comunicación y del plan de acción en el que se incluyen los medios de financiación), mientras que el calendario de aplicación de los otros es mucho más vago;

c.

reconoce que la interconexión es esencial para permitir la distribución del riesgo y aumentar la solidaridad entre los Estados miembros. Asimismo, está de acuerdo en que para garantizar el suministro de gas y electricidad a todos los ciudadanos de la UE es necesario efectuar importantes cambios en la infraestructura energética de la UE. Subraya que las modificaciones de la infraestructura energética europea también serán esenciales en el contexto del desarrollo de la producción descentralizada de energía y de energías renovables en Europa. Sin detenerse en la sustancia de los seis proyectos propuestos sobre infraestructura energética, anticipa que las detalladas necesidades de financiación que se determinarán en el período 2009-2010 serán ingentes y pide que se dé también cierta prioridad a los proyectos de eficiencia energética y se reduzca el impacto de los viajes internacionales en los futuros presupuestos de la UE;

9.

en materia de inversión, subraya que la transformación del sistema energético europeo hacia un sistema más descentralizado requiere inversiones significativas, concertación con los interlocutores regionales y locales y mayor reconocimiento de su papel en la política energética;

10.

Por lo que se refiere al capítulo dedicado a los recursos energéticos interiores, destaca lo siguiente:

a.

debe otorgarse un papel primordial a las energías renovables, en coherencia con los objetivos del 20-20-20 % y habida cuenta de las ventajas que reportan en términos económicos, sociales y medioambientales. Se remite a este respecto a su «Dictamen sobre el fomento de las energías renovables» (2). Por otra parte:

acoge favorablemente la propuesta de preparar una «Comunicación sobre la supresión de obstáculos a las energías renovables en la UE». Pide que se publique lo antes posible, a más tardar en 2010, y que se actualice periódicamente y se acompañe de las medidas necesarias para eliminar los obstáculos identificados;

recuerda que los problemas vinculados a las redes de transporte y distribución son fundamentales en el desarrollo de las energías renovables. Pide a la Comisión Europea que prepare una «Comunicación sobre el desarrollo de una superred europea», red que se menciona en la segunda revisión estratégica. En esta Comunicación deberán examinarse prioritariamente las cuestiones de infraestructura y las oportunidades que brindan las tecnologías de «redes inteligentes» («smart grids») para la consecución de los objetivos del 20-20-20 % de la Unión Europea, así como la transición hacia una mayor descentralización de la producción de energía a partir de fuentes renovables. Por otra parte, convendría volver a plantear las propuestas de la segunda revisión estratégica en materia de redes de transporte y distribución en el marco de la Comunicación arriba propuesta, con el fin de dar un enfoque realmente global a estas cuestiones;

b.

la energía nuclear depende de un combustible que principalmente se importa, por lo que no puede considerarse «endógena». En cambio, la explotación de la energía nuclear tiene consecuencias «endógenas» que influyen en los entes territoriales, especialmente en lo que se refiere a los riesgos vinculados a esta forma de energía y a la gestión de sus residuos. En este contexto, acoge favorablemente el anuncio de una «Propuesta revisada de Directiva por la que se establece un marco comunitario para la seguridad», y sugiere que también se aborde en este contexto la cuestión de la gestión sostenible de los residuos nucleares y su coste;

c.

el carbón también es, cada vez más, un combustible importado y tanto su transporte como su combustión, así como los residuos que genera, provocan problemas considerables en lo que respecta a las emisiones. Así pues, de ser necesario, si continúa su explotación debería ser en centrales de gran rendimiento y de bajo nivel de emisiones;

d.

pide a la Comisión que establezca unas normas medioambientales más elevadas para la evaluación de las oportunidades relativas a la explotación de las reservas endógenas «no convencionales» de combustibles fósiles (como las mencionadas en los párrafos séptimo y octavo del apartado 2.5 de la segunda revisión estratégica) y que tenga en cuenta todos los factores externos vinculados a la explotación de estas reservas al evaluar su rentabilidad;

e.

considera que el orden de prioridad de las ayudas debería fomentar la investigación y el desarrollo en lo que respecta a la explotación de energías marítimas limpias y renovables, como la energía eólica, la energía de las olas y mareas y de las corrientes oceánicas, dado que las energías marinas todavía no se han desarrollado comercialmente, cuando lo cierto es que la UE tiene el potencial necesario para conseguir una ventaja competitiva, así como el liderazgo medioambiental;

11.

acoge favorablemente el anuncio de una «Comunicación sobre la financiación de tecnologías energéticas con baja emisión de carbono». Dado que esta Comunicación tendrá en cuenta los ingresos generados en el marco de la revisión de la Directiva sobre el intercambio de derechos de emisión, se remite a su dictamen sobre este tema, en el que «recomienda que los Estados miembros destinen al menos el 30 % de los ingresos generados por las subastas de derechos de emisión a los entes locales y regionales para promover el uso de las energías renovables e incrementar la eficiencia energética entre los usuarios finales […]» (3).

Por otra parte, en la perspectiva de una utilización lo más eficaz posible de los recursos presupuestarios disponibles, subraya que las tecnologías de captura y almacenamiento de carbono -que están en los inicios de su desarrollo y no pueden solucionar el problema de la producción energética ni el de la seguridad del abastecimiento- no deberían beneficiarse de una financiación desproporcionada con relación a las tecnologías en el ámbito de la eficiencia energética o las energías renovables;

12.

acoge favorablemente la propuesta de definir un programa político para 2030 y unas perspectivas para 2050. No se puede prever con éxito la adopción de verdaderas orientaciones estratégicas, decisiones de inversión y proyectos de infraestructura si no es con una perspectiva a largo plazo. Manifiesta su extrañeza de que en la lista –no exhaustiva– de objetivos mencionados en las perspectivas para 2050 aparentemente se dé prioridad al objetivo de reducir el carbono en el abastecimiento de electricidad de la UE de aquí a 2050, ya que la propuesta es abordarlo ya en el próximo Plan Estratégico de Tecnología Energética. Aunque este objetivo es sin duda alguna importante y prometedor, hay otros que presentan un grado de urgencia como mínimo similar, si no superior. En la definición de unas perspectivas para 2050 debe plantearse una estrategia global y no concentrarse en un número limitado de prioridades temáticas;

B.   Refundición de la Directiva sobre el rendimiento energético de los edificios

I.   Recomendaciones políticas

13.

acoge favorablemente el principio de la refundición de la Directiva sobre el rendimiento energético de los edificios;

14.

subraya la necesidad de una acción rápida y de envergadura en el sector del rendimiento energético de los edificios, habida cuenta de los beneficios que de ello se derivan

para los objetivos de la Unión en materia de clima y energía;

en términos sociales (dificultades cada vez mayores de los ciudadanos en relación con el coste de la calefacción de sus viviendas). Subraya asimismo que el contexto actual de crisis propicia que se refuercen las desigualdades socioeconómicas existentes entre los ciudadanos que podrían financiar las obras de renovación energética y beneficiarse de una reducción en las facturas de consumo de energía y aquellos que, en número cada vez mayor, no pueden hacer frente a los costes de la renovación, por lo que deben asumir unos costes crecientes;

en términos económicos y de creación de empleo a nivel local;

15.

subraya la urgencia de estos aspectos y pide, por tanto, al Consejo y al Parlamento que aseguren que se toman decisiones rápidas y ambiciosas a este respecto; recuerda también a los Estados miembros que eviten repetir los retrasos de transposición y aplicación que se constataron en la primera versión de esta Directiva;

16.

señala que, para facilitar la puesta en práctica de una certificación energética, la Comisión debería crear un programa para el intercambio entre los Estados miembros, al igual que entre sus entes regionales y locales, de prácticas y soluciones técnicas llevadas a cabo con éxito, así como impulsar el uso de la contratación pública para el desarrollo de la eficiencia energética;

17.

recuerda el papel esencial que desempeñan los entes locales y regionales en la aplicación de esta Directiva mediante

la gestión de sus propios edificios;

sus competencias en materia de ordenación del territorio y concesión de permisos, y el uso de materiales de construcción aislantes del calor o de calidad en la realización de obras de construcción y renovación;

el incremento de la recuperación y el reciclado de materias primas secundarias y su empleo en la producción de energía (electricidad, calefacción);

su proximidad a los ciudadanos.

Los entes regionales y locales europeos han adoptado numerosas iniciativas en materia de eficiencia energética de los edificios, sobre una base voluntaria, comprometiéndose, por ejemplo, a tomar medidas de racionalización del consumo de energía en las viviendas y los edificios públicos, o en el marco de la redinamización de espacios urbanos. Los Estados miembros deben incorporar plenamente a los entes e interlocutores regionales y locales como socios estratégicos para la aplicación de esta Directiva, intentar aprovechar su experiencia y garantizar que se promueven y repiten las experiencias de mayor éxito y, por consiguiente, el Comité pide a las autoridades locales y regionales que participen en la redacción de los planes nacionales de acción;

18.

considera que la revisión propuesta refuerza la Directiva en diversos aspectos. Acoge con especial satisfacción

las propuestas de reducción o eliminación progresiva de los umbrales de 1 000 m2, y acoge favorablemente el mantenimiento de un límite máximo de 250 m2 en el artículo 12.1 (refundido);

las mejoras introducidas en el sistema de certificados de eficiencia energética (en particular, la obligación de publicar los certificados en todo anuncio relativo a su alquiler o venta);

19.

desea subrayar la importancia de que la Directiva se desarrolle a partir de la experiencia de su aplicación concreta, debidamente analizada y evaluada. Debería evaluarse la importancia de los certificados de eficiencia energética y la manera en que se elaboran. Un enfoque flexible podría ayudar a resolver los problemas que plantea la falta de competencia en los casos en que se produce;

20.

considera que la «metodología comparativa para calcular los niveles óptimos de rentabilidad de los requisitos mínimos de eficiencia energética» que se propone puede constituir un instrumento de evaluación comparativa (benchmarking) eficaz a nivel europeo. Pide, no obstante, a la Comisión que tenga en cuenta todos los factores externos al elaborar esta metodología, en particular el coste de la inacción (degradación del medio ambiente, la salud, la competitividad, etc., a causa de una inversión insuficiente en eficiencia energética), así como los efectos positivos de invertir en eficiencia energética (creación de empleo y riqueza, apoyo a la investigación, autonomía energética, calidad y sostenibilidad de los edificios construidos, etc.);

21.

es importante igualmente aprovechar las mejoras de eficiencia energética en edificios que puedan llevarse a cabo sin inversión alguna, por ejemplo: optimizando su uso y solicitando la colaboración de sus usuarios. Son ya muchos los entes locales y regionales que aplican con éxito medidas de este tipo;

22.

subraya la necesidad de informar plenamente al público sobre los parámetros utilizados para el cálculo de la rentabilidad de las recomendaciones que figuran en el certificado de eficiencia energética, con el fin de permitir una comprensión clara del cálculo efectuado y dar a los ciudadanos la posibilidad de evaluar de nuevo la rentabilidad de las medidas de eficiencia energética en función de nuevos elementos (evolución de los precios de la energía, primas concedidas por las autoridades públicas, duración de vida de los equipamientos, etc.);

23.

subraya, entre las nuevas medidas propuestas, la utilidad de los informes solicitados a los Estados miembros (entre otros, en los artículos 5.2 y 9.3). Para garantizar la precisión de estos informes, la Directiva debería hacer obligatoria la participación de los entes locales y regionales en su elaboración;

24.

remitiéndose a su «Dictamen sobre el fomento de las energías renovables» (4), acoge favorablemente la presencia de elementos de coordinación entre esta Directiva y otros actos legislativos europeos importantes en este ámbito, en particular la Directiva sobre los servicios energéticos (2006/32/CE), así como las actuales y futuras propuestas sobre contratación pública ecológica en la UE. Estos elementos de coordinación refuerzan la coherencia del conjunto y reducen la carga impuesta a los Estados miembros al agrupar los distintos informes que se les solicita;

25.

acoge favorablemente el objetivo de aumentar el número de «edificios con emisiones de carbono y consumo de energía bajos o nulos», y el papel de ejemplo del sector público a este respecto;

26.

recuerda, no obstante, que el espíritu de la Directiva es ahorrar energía con el fin de minimizar los impactos medioambientales. Por tanto, establecer una definición de los «edificios en los que las emisiones de CO2 y el consumo de energía primaria son bajos o nulos» (Buildings of which both carbon dioxide emissions and primary energy consumption are low or equal to zero) no puede conducir a que los edificios con bajo nivel de emisión de CO2 resulten más favorecidos que los de bajo consumo energético. Por otra parte, el impacto medioambiental global debe primar siempre sobre el mero criterio de las emisiones de CO2;

27.

subraya asimismo el interés y el reto que representa el requisito obligatorio de control de la calidad en los certificados de eficiencia energética y en los informes de inspección. Esta medida será esencial para llevar a cabo una mejora significativa de la calidad de los edificios en Europa;

28.

subraya que la cuestión de cuándo se realizarán los trabajos tendrá un impacto no desdeñable en el impacto global de la Directiva. En este sentido:

acoge favorablemente la propuesta incluida en la Directiva de vincular cualquier ayuda pública en materia de construcción o renovación al respeto de las normas de eficiencia energética; esta vinculación debería traducirse a la práctica lo antes posible, pero sería mejor que dicha vinculación se pudiera establecer en los programas específicos nacionales y locales;

propone que se reflexione sobre un mecanismo que establezca, a lo largo del ciclo de vida útil de los edificios, un momento de regularización obligatoria del nivel de rendimiento energético de los edificios. Tal dispositivo tendría por objeto favorecer una rápida mejora de la calidad de la construcción existente al imponer un «momento privilegiado» de renovación energética;

29.

subraya que la aplicación de la Directiva requiere un importante esfuerzo en materia de formación. A este respecto, propone insertar una disposición por la que se establezca

la obligación para los Estados miembros de adoptar todas las medidas necesarias para evaluar y cumplir adecuadamente las necesidades en esta materia y, en particular, de proporcionar una financiación apropiada para asegurar que pueda contarse con personal cualificado;

la obligación de hacer referencia a este aspecto en los planes nacionales de acción en materia de eficiencia energética;

30.

por lo que se refiere a la formación de los profesionales, destaca el éxito de las iniciativas, a nivel regional y local, destinadas a toda la cadena del edificio mediante la creación de grupos de debate que reúnen a distintos oficios (fontaneros, albañiles, electricistas, etc.), con el fin de intercambiar opiniones sobre la interacción entre sus distintas funciones en el proceso de construcción de un edificio. Estas experiencias han resultado ser beneficiosas para la calidad del proceso de construcción en general y, por consiguiente, de los propios edificios. En los grupos donde la eficiencia energética se definió como objetivo se hallaron soluciones eficaces e innovadoras gracias a la interacción entre los distintos oficios;

31.

destaca la necesidad de evaluar correctamente los verdaderos gastos iniciales que esta Directiva acarrearía para facilitar adecuados instrumentos financieros que funcionen como incentivo para sostener y acelerar la aplicación de la Directiva. En este contexto:

a.

acoge favorablemente que en el plan de reactivación económica presentado por la Comisión en diciembre de 2008 se reconozca que las inversiones en eficiencia energética constituyen una oportunidad para la economía europea;

b.

lamenta especialmente, sin embargo, que en marzo de 2009 la propuesta transaccional aprobada por el Consejo Europeo sobre la financiación de proyectos de infraestructura, presentada por la Comisión en el marco del Plan Europeo de Recuperación Económica, no contemple ninguna inversión en proyectos para la mejora de la eficiencia energética.

Sin embargo, proyectos como, por ejemplo, la campaña sobre edificios inteligentes en el uso de la energía («Energy Smart Buildings Campaign»), elaborada por el Consejo europeo de energías renovables (CEER) sobre la base de experiencias concretas en el sector de las energías renovables, no necesitan más que una inversión limitada a la escala del plan de recuperación (300 millones de euros), y tendrían un impacto importante en términos energéticos, medioambientales, pero también de creación de empleo (evaluado en 150 000 nuevos empleos), generadores muy rápidamente de actividad económica (con resultados previsibles a partir de 2010), y con un efecto multiplicador muy importante (cada euro invertido en la campaña generará hasta 33 euros de inversión en edificios energéticamente más eficientes).

El proyecto «Energy Smart Building Campaign» descansa sobre la articulación de tres campañas de promoción en favor de los «edificios energéticamente inteligentes», dirigidas (1) a los propietarios; (2) a las estructuras con efecto multiplicador; y (3) a los profesionales (actividades de formación incluidas);

c.

destaca la importancia de acelerar el recurso a los Fondos Estructurales para las inversiones en materia de eficiencia energética en los edificios. En este contexto,

saluda la iniciativa de la Comisión Europea de modificar los Reglamentos relativos al FEDER con el fin de favorecer las inversiones en materia de eficiencia energética (5);

pide a los Estados miembros que consideren atentamente la revisión de algunas partes de sus programas operativos con el fin de dar más importancia a la eficiencia energética en los edificios, en particular en las viviendas sociales;

d.

secunda la iniciativa de la Comisión Europea de autorizar de manera permanente la aplicación de tipos de IVA reducidos en el sector de la vivienda, incluidos los trabajos de renovación (6);

e.

apoya los esfuerzos de la Comisión Europea para desarrollar instrumentos financieros destinados a la mejora de la eficiencia energética, en asociación con el BEI y el BERD. Recuerda que lo que está en juego esencialmente en la creación de estos instrumentos financieros es que sean accesibles a los entes locales y regionales, con el fin de apoyar a estos últimos en su papel de actores principales en la aplicación de la Directiva sobre el rendimiento energético de los edificios;

f.

subraya la necesidad de coordinar la concesión de los fondos comunitarios específicos y nacionales.

II.   RECOMENDACIONES DE ENMIENDA

Enmienda 1

Artículo 5, apartado 1

Texto propuesto por la Comisión

Enmienda del CDR

1.

La Comisión establecerá para el 31 de diciembre de 2010 una metodología comparativa para calcular los niveles óptimos de rentabilidad de los requisitos mínimos de eficiencia energética de los edificios o de partes de ellos. La metodología comparativa distinguirá entre edificios nuevos y edificios existentes, así como entre diferentes categorías de edificios.

Tales medidas, destinadas a modificar elementos no esenciales de la presente Directiva completándola, se adoptarán con arreglo al procedimiento contemplado en el artículo 19, apartado 2.

1.

La Comisión establecerá para el 31 de diciembre de 2010 una metodología comparativa para calcular los niveles óptimos de rentabilidad de los requisitos mínimos de eficiencia energética de los edificios o de partes de ellos. La metodología comparativa distinguirá entre edificios nuevos y edificios existentes, así como entre diferentes categorías de edificios.

Tales medidas, destinadas a modificar elementos no esenciales de la presente Directiva completándola, se adoptarán con arreglo al procedimiento contemplado en el artículo 19 21, apartado 2.

Exposición de motivos

Enmienda técnica para corregir una referencia interna manifiestamente errónea en el documento.

Enmienda 2

Artículo 5, apartado 2

Texto propuesto por la Comisión

Enmienda del CDR

2.

Los Estados miembros calcularán los niveles óptimos de rentabilidad de los requisitos mínimos de eficiencia energética utilizando la metodología comparativa establecida con arreglo al apartado 1 y los parámetros pertinentes, tales como las condiciones climáticas, y compararán los resultados de este cálculo con los requisitos mínimos de eficiencia energética por ellos establecidos.

Comunicarán a la Comisión todos los datos y supuestos utilizados para tales cálculos, así como todos los resultados de éstos. El informe podrá incluirse en los planes de acción para la eficiencia energética contemplados en el artículo 14, apartado 2, de la Directiva 2006/32/CE. Los Estados miembros presentarán estos informes a la Comisión cada tres años. El primer informe se presentará el 30 de junio de 2011 como máximo.

2.

Los Estados miembros calcularán los niveles óptimos de rentabilidad de los requisitos mínimos de eficiencia energética utilizando la metodología comparativa establecida con arreglo al apartado 1 y los parámetros pertinentes, tales como las condiciones climáticas, y compararán los resultados de este cálculo con los requisitos mínimos de eficiencia energética por ellos establecidos.

Comunicarán a la Comisión todos los datos y supuestos utilizados para tales cálculos, así como todos los resultados de éstos. El informe se elaborará en estrecha cooperación con los entes y los interlocutores regionales y locales y podrá incluirse en los planes de acción para la eficiencia energética contemplados en el artículo 14, apartado 2, de la Directiva 2006/32/CE. Los Estados miembros presentarán estos informes a la Comisión cada tres años. El primer informe se presentará el 30 de junio de 2011 como máximo.

Exposición de motivos

Con el fin de garantizar la idoneidad de los informes solicitados a los Estados miembros en el marco de la presente Directiva, es importante que se elaboren en cooperación con los entes y los interlocutores regionales y locales.

Enmienda 3

Artículo 9, apartado 3

Texto propuesto por la Comisión

Enmienda del CDR

3.

Los Estados miembros comunicarán a la Comisión los planes nacionales contemplados en el apartado 1 para el 30 de junio de 2011 como máximo, y la informarán cada tres años de los avances efectuados en la aplicación de los planes nacionales. Los planes nacionales y los informes de avance podrán incluirse en los planes de acción para la eficiencia energética contemplados en el artículo 14, apartado 2, de la Directiva 2006/32/CE.

3.

Los Estados miembros comunicarán a la Comisión elaborarán los planes nacionales contemplados en el apartado 1 en estrecha cooperación con los entes y los interlocutores regionales y locales y los comunicarán a la Comisión para el 30 de junio de 2011 como máximo, y la informarán cada tres años de los avances efectuados en la aplicación de los planes nacionales. Los planes nacionales y los informes de avance podrán incluirse en los planes de acción para la eficiencia energética contemplados en el artículo 14, apartado 2, de la Directiva 2006/32/CE.

Exposición de motivos

Con el fin de garantizar la idoneidad de los informes solicitados a los Estados miembros en el marco de la presente Directiva, es importante que se elaboren en cooperación con los entes y los interlocutores regionales y locales.

Enmienda 4

Artículo 10, apartado 3

Texto propuesto por la Comisión

Enmienda del CDR

3.

Las recomendaciones incluidas en el certificado de eficiencia energética serán técnicamente viables en el edificio concreto y facilitarán una información transparente sobre su rentabilidad. La evaluación de rentabilidad se efectuará sobre la base de condiciones normalizadas, tales como la evaluación del ahorro energético, los precios de la energía y los tipos de interés de las inversiones necesarias para llevar a la práctica las recomendaciones.

3.

Las recomendaciones incluidas en el certificado de eficiencia energética serán técnicamente viables en el edificio concreto y facilitarán una información transparente sobre su rentabilidad y sobre su plazo de amortización estimado (sin incluir los incentivos financieros o los planes de apoyo). La evaluación de rentabilidad se efectuará sobre la base de condiciones normalizadas, tales como la evaluación del ahorro energético, los precios de la energía y los tipos de interés de las inversiones necesarias para llevar a la práctica las recomendaciones. Los datos, los valores y los métodos de cálculo empleados para evaluar la rentabilidad se expondrán claramente en el certificado.

Exposición de motivos

El certificado de eficiencia energética debe proporcionar al público recomendaciones claras y fácilmente comprensibles, y permitir comparar en cualquier momento las evaluaciones teóricas de la rentabilidad, como las que se calculan al establecer el certificado de eficiencia energética, con las condiciones realmente existentes, teniendo en cuenta los cambios de contexto (evolución de los precios de la energía, de los tipos de interés, de los costes de los equipamientos, etc.) u otros factores nuevos (primas ofrecidas por las autoridades públicas, duración de uso programada, etc.).

Enmienda 5

Artículo 12, apartado 2

Texto propuesto por la Comisión

Enmienda del CDR

2.

Los Estados miembros tomarán medidas que garanticen que, cuando una superficie útil total superior a 250 m2 de un edificio para el que se ha emitido un certificado de eficiencia energética con arreglo al artículo 11, apartado 1, sea frecuentada habitualmente por el público, se exhiba el certificado de eficiencia energética en lugar destacado y claramente visible por el público.

2.

Los Estados miembros tomarán medidas que garanticen que, cuando una superficie útil total superior a 250 m2 de un edificio para el que se ha emitido un certificado de eficiencia energética con arreglo al artículo 11, apartado 1, sea frecuentada habitualmente por el público, se exhiba el certificado de eficiencia energética de dicho edificio en lugar destacado y claramente visible por el público.

Exposición de motivos

La exhibición del certificado de eficiencia energética en los edificios frecuentados habitualmente por el público tendrá un impacto esencial para sensibilizar a los ciudadanos acerca de la importancia de las cuestiones relativas al rendimiento energético de los edificios.

Enmienda 6

Artículo 15, apartado 2 b)

Texto propuesto por la Comisión

Enmienda del CDR

2 (b)

recomendaciones para mejorar de forma rentable la eficiencia energética del sistema del edificio, o de partes de éste.

Las recomendaciones a que se refiere la letra b) se emitirán de forma específica para cada sistema y facilitarán una información transparente de su rentabilidad. La evaluación de la rentabilidad se basará en una serie de supuestos normalizados, tales como la evaluación del ahorro energético realizado, los precios de la energía considerados y el tipo de interés aplicables a las inversiones.

2 (b)

recomendaciones para mejorar de forma rentable la eficiencia energética del sistema del edificio, o de partes de éste.

Las recomendaciones a que se refiere la letra b) se emitirán de forma específica para cada sistema y facilitarán una información transparente de su rentabilidad y de su plazo de amortización estimado (sin incluir los incentivos financieros o los planes de apoyo). La evaluación de la rentabilidad se basará en una serie de supuestos normalizados, tales como la evaluación del ahorro energético realizado, los precios de la energía considerados y el tipo de interés aplicables a las inversiones. Los datos, los valores y los métodos de cálculo empleados para evaluar la rentabilidad se indicarán claramente en el informe de inspección.

Exposición de motivos

El informe de inspección debe proporcionar al público recomendaciones claras y fácilmente comprensibles, y permitir comparar en cualquier momento las evaluaciones teóricas de la rentabilidad, como las que se calculan al establecer el informe de inspección, con las condiciones realmente existentes, teniendo en cuenta los cambios de contexto (evolución de los precios de la energía, de los tipos de interés, de los costes de los equipamientos, etc.) u otros factores nuevos (primas ofrecidas por las autoridades públicas, duración de uso programada, etc.).

Enmienda 7

Nuevo artículo 17 bis

Texto propuesto por la Comisión

Enmienda del CDR

 

17 bis

Formación

1.

Los Estados miembros, en coordinación con los entes y los interlocutores regionales y locales, adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar la formación de los profesionales del sector de la construcción en las nuevas tecnologías, métodos y materiales que permitan mejorar la eficiencia energética de los nuevos edificios y de los ya existentes. En este contexto, los Estados miembros garantizarán una adecuada oferta de formación continua accesible a todos los profesionales ya activos. Garantizarán también que los cursos de formación de los futuros profesionales se revisen y adapten regularmente en este sentido. Los Estados miembros, en coordinación con los entes y los interlocutores locales y regionales, asegurarán también la existencia de una oferta de formación accesible a todos y una capacidad suficiente para garantizar la formación de un número adecuado de expertos cualificados para la expedición de los certificados de eficiencia energética y para la inspección de los sistemas técnicos definidos en los artículos 13 y 14 de la presente Directiva.

2.

Los Estados miembros informarán sobre las iniciativas adoptadas y los resultados obtenidos en el ámbito de la formación según se definen en el apartado 1 del presente artículo, así como sobre las nuevas medidas que prevean adoptar en caso necesario. A efectos de este informe, los Estados Miembros, en cooperación con los entes y los interlocutores regionales y locales, realizarán un estudio sobre las necesidades en materia de formación con el fin de ajustarse a las disposiciones de la presente Directiva. Los Estados miembros compararán sus propias iniciativas, adoptadas o planeadas, y los resultados de éstas con respecto a las conclusiones del estudio.

3.

Los Estados miembros elaborarán los informes citados en el apartado 2 del presente artículo en estrecha cooperación con los entes y los interlocutores regionales y locales, y los presentarán a más tardar el 30 de junio de 2011; presentarán un nuevo informe cada tres años. Este informe podrá incluirse en el Plan de acción nacional en materia de eficiencia energética definido en el artículo 14, apartado 2 de la Directiva 2006/32/CE. La Comisión publicará un informe sobre los progresos realizados por los Estados miembros en el ámbito de la formación de los profesionales. Este informe incluirá una comparación de los estudios nacionales referentes a las necesidades de formación. Si procede, presentará también recomendaciones y directrices sobre la formación de los profesionales en el marco de la presente Directiva.

Exposición de motivos

El éxito de la aplicación de la presente Directiva requiere unos esfuerzos sustanciales en materia de formación que la propia Directiva debe definir y establecer obligatoriamente, en particular la definición de objetivos y la obligación de informar.

Enmienda 8

Artículo 19

Texto propuesto por la Comisión

Enmienda del CDR

Los Estados miembros tomarán las medidas necesarias para informar a los propietarios o inquilinos de los edificios o partes de éstos sobre los distintos métodos y prácticas que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética.

En particular, los Estados miembros informarán a los propietarios e inquilinos de los edificios acerca de los certificados de eficiencia energética y los informes de inspección, su razón de ser y objetivos, las formas rentables de aumentar la eficiencia energética del edificio y las consecuencias económicas a medio y largo plazo si no se toman medidas en este sentido.

Los Estados miembros tomarán las medidas necesarias para informar a los propietarios o inquilinos de los edificios o partes de éstos sobre los distintos métodos y prácticas que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética.

En particular, los Estados miembros informarán a los propietarios e inquilinos de los edificios acerca de los certificados de eficiencia energética y los informes de inspección, su razón de ser y objetivos, las formas rentables de aumentar la eficiencia energética del edificio y las consecuencias económicas a medio y largo plazo si no se toman medidas en este sentido.

Los Estados miembros deberán comprometerse y consultar a las autoridades locales en una fase temprana para desarrollar programas de información y sensibilización.

Exposición de motivos

Las disposiciones de la refundición tienen un gran impacto en los entes locales, dadas sus responsabilidades en la planificación y en su condición de propietarios y gestores de una amplia y diversa gama de bienes inmobiliarios, incluidas viviendas sociales. La proximidad del gobierno local al ciudadano también le confiere un papel fundamental a la hora de facilitar información y proporcionar incentivos para animar a los propietarios e inquilinos a mejorar la eficiencia energética de sus edificios y modificar sus hábitos de consumo energético. Asimismo, los entes locales cuentan con una gran experiencia y conocimientos al respecto.

Bruselas, 21 de abril de 2009.

El Presidente del Comité de las Regiones

Luc VAN DEN BRANDE


(1)  CDR 241/2008 fin.

(2)  CDR 160/2008 fin.

(3)  CDR 161/2008 fin.

(4)  CDR 160/2008 fin.

(5)  COM(2008) 838/3 final.

(6)  COM(2008) 428 final.


25.8.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 200/51


Dictamen del Comité de las Regiones sobre la «propuesta de decisión por la que se establece un programa de cooperación audiovisual con profesionales de terceros países Media Mundus»

(2009/C 200/10)

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

suscribe la iniciativa de la Comisión Europea de elaborar el programa Media Mundus;

opina que elaborar y aplicar un programa de cooperación internacional ampliada en el sector audiovisual, con vistas a reforzar las relaciones tanto culturales como comerciales entre la industria cinematográfica europea y la de terceros países, constituye la vía adecuada para afrontar los retos que se plantean en la actualidad, en relación con el cambio del panorama audiovisual internacional;

señala que los entes regionales y locales pueden desempeñar un papel de primer orden para fomentar las obras audiovisuales locales y regionales, por su apoyo efectivo a la producción audiovisual y por su contribución activa al fomento de la diversidad cultural y el diálogo intercultural;

subraya que la industria audiovisual no solamente constituye un sector de importancia fundamental para el desarrollo, la competitividad y el empleo, sino que es también un sector neurálgico en la defensa y promoción de la identidad y la diversidad cultural a nivel local y regional. Asimismo, a causa de esta especificidad, este sector se destaca como un factor clave para el desarrollo de los valores sociales europeos y el funcionamiento de las sociedades democráticas, dado que las obras audiovisuales tienen la capacidad de ejercer una función importante en la construcción de la identidad europea.

Ponente

:

Ioannis SGOUROS (EL/PSE), Prefecto de Atenas

Texto de referencia

Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un programa de cooperación audiovisual con profesionales de terceros países MEDIA Mundus

COM(2008) 892 final

I.   Recomendaciones políticas

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

1.

suscribe la iniciativa de la Comisión Europea de elaborar el programa Media Mundus;

2.

celebra, por tanto, que la Comisión Europea proponga presentar «una propuesta relativa a un programa de apoyo para promover la cooperación entre los profesionales de la industria audiovisual europea y los profesionales del sector en terceros países en beneficio mutuo de todos los participantes»;

3.

opina que elaborar y aplicar un programa de cooperación internacional ampliada en el sector audiovisual, con vistas a reforzar las relaciones tanto culturales como comerciales entre la industria cinematográfica europea y la de terceros países, constituye la vía adecuada para afrontar los retos que se plantean en la actualidad, en relación con el cambio del panorama audiovisual internacional provocado principalmente por los avances tecnológicos y las deficiencias estructurales que afectan a la circulación de las obras audiovisuales europeas en los mercados de terceros países, que impiden a la industria audiovisual europea beneficiarse plenamente de esta nueva expansión de las oportunidades internacionales y amenazan la competitividad de esta industria;

4.

subraya la necesidad de la cooperación internacional en el sector audiovisual, al igual que de la protección y promoción de la diversidad de las expresiones culturales, tal como precisa la Convención de la UNESCO ratificada por la Comunidad Europea y trece de sus Estados miembros el 18 de diciembre de 2006;

5.

conviene en que la decisión de la Comisión Europea es especialmente importante, en la medida en que los programas comunitarios existentes en materia de apoyo al sector audiovisual (Media 2007, Euromed Audiovisual II o el programa UE-ACP de apoyo al cine) no pueden ocuparse de todos los desafíos que plantea la rápida internacionalización del sector audiovisual, bien porque están concebidos para la cooperación dentro de la Unión Europea, bien porque responden a necesidades de políticas de desarrollo y no de políticas del sector;

6.

considera asimismo que la reacción especialmente positiva de los profesionales, tal como se reflejó en la consulta pública abierta realizada en Internet entre el 10 de abril y el 25 de junio de 2008, demuestra la necesidad de crear el programa Media Mundus;

7.

considera igualmente importante que los resultados de la consulta abierta reflejen la necesidad de tomar medidas, centradas principalmente en la formación, la distribución, la facilitación de las coproducciones, la circulación de las obras audiovisuales y la promoción de los conocimientos cinematográficos;

8.

comparte la conclusión de la evaluación de impacto en la que se afirma que «la creación de un nuevo instrumento es la manera más eficaz y eficiente de realizar los objetivos generales y específicos y de responder a los desafíos que plantea la internacionalización de los mercados audiovisuales».

Objetivos fundamentales de Media Mundus

9.

coincide con la Comisión en que Media Mundus contribuirá a aumentar la competitividad de la industria audiovisual europea en los mercados internacionales y permitirá al mismo tiempo que Europa desempeñe su papel cultural y político en el mundo; coincide también con la Comisión en que Media Mundus facilitará sustancialmente la circulación de las obras audiovisuales en todo el mundo, incrementando así la posibilidad de elección de los consumidores y la diversidad cultural;

10.

tiene la convicción de que el intercambio de información sobre el mercado y los conocimientos técnicos reforzará también la competitividad del sector audiovisual europeo y de los terceros países, al incrementarse la demanda pública de diversidad cultural;

11.

señala la importancia especial que reviste el objetivo de facilitar las coproducciones, objetivo que los profesionales habían señalado como prioritario en la consulta pública;

12.

subraya asimismo la necesidad de aplicar el principio de trato positivo a los Estados miembros cuya producción audiovisual es escasa; considera, por tanto, que será necesario dedicar una atención más especial a los países que no presentan un índice elevado de producción de obras audiovisuales y tropiezan con mayores obstáculos a causa de su especificidad geográfica, lingüística o de otra clase;

13.

destaca el papel que desempeñará Media Mundus como herramienta de fomento de la diversidad cultural y el diálogo intercultural a nivel europeo e internacional; subraya que, por tanto, Media Mundus se diferencia de los demás programas comunitarios en favor del sector audiovisual por el objetivo mismo de la iniciativa, que se centra en la cooperación internacional con el fin de promover la competitividad del sector a nivel mundial;

14.

valora positivamente el modo de funcionamiento del programa, que se basa en el principio de beneficio mutuo, es decir, el que se obtiene de las propuestas de acción llevadas a cabo en cooperación con profesionales de terceros países;

15.

considera satisfactorias las condiciones fijadas para la financiación de obras que son fruto exclusivamente de cooperaciones, garantizando de este modo su conexión en red a escala internacional;

16.

expresa, no obstante, sus dudas en cuanto a la disposición que estipula que «cada proyecto tendrá un mínimo de tres socios»;

17.

observa asimismo que, en lo que respecta a la financiación de las obras, convendrá reducir en la medida de lo posible los procedimientos burocráticos y los trámites requeridos, tanto para presentar las propuestas y crear y gestionar redes de cooperación como para presentar informes;

18.

subraya también que, por lo que se refiere al proceso de selección de las obras subvencionables, deberá garantizarse una transparencia absoluta y, en caso necesario, definir de manera más concreta los criterios de evaluación;

Observaciones generales sobre los objetivos de Media Mundus

19.

señala que Media Mundus representa un valioso instrumento para afrontar el problema de la fragmentación de la industria cinematográfica europea, al favorecer las iniciativas de conexión en red y la cooperación de todos aquellos que forman parte del sector audiovisual; por consiguiente, considera en particular que este programa también brinda una buena oportunidad para apoyar a las PYME;

20.

estima, por tanto, conveniente que se haga hincapié tanto en la creación de empleos especializados como en la mejora de la formación de los profesionales en el ámbito de la programación, las técnicas de retransmisión, la difusión o las ventas internacionales, así como en la promoción de las obras audiovisuales;

21.

considera, además, que fomentar el intercambio de información y conocimientos técnicos entre profesionales facilita considerablemente la creación de redes de colaboración, el acceso a los mercados extranjeros y también el desarrollo de relaciones de colaboración a largo plazo, incrementando así la competitividad de la industria audiovisual europea, e igualmente el papel cultural y político de Europa en el mundo;

22.

estima que Media Mundus aportará una contribución decisiva para mejorar la circulación internacional de las obras audiovisuales y aumentar la demanda pública de diversidad cultural en los contenidos audiovisuales;

23.

subraya en este sentido el efecto positivo del aumento del número de proyecciones, así como de estrenos en exclusiva, de obras audiovisuales;

24.

considera, por tanto, que Media Mundus podría servir para incentivar a los propietarios de salas de cine, tanto en Europa como en terceros países, a aumentar recíprocamente la programación y las condiciones de distribución de las obras audiovisuales, como el periodo de proyección, la promoción publicitaria o el número de proyecciones de estrenos en exclusiva;

25.

considera que, en consecuencia, sería posible aumentar y mejorar las condiciones de retransmisión de los contenidos audiovisuales europeos en los canales de terceros países y, a la inversa, los contenidos de terceros países en los canales europeos;

26.

suscribe también la prioridad que da la Unión Europea a los jóvenes, que representan el futuro del sector audiovisual europeo. Gracias a la promoción de las obras de jóvenes realizadores de talento, Media Mundus garantizará el descubrimiento de nuevos talentos, la movilidad de los jóvenes, la adquisición de un buen conocimiento de los mercados europeos e internacionales, llevando así a la práctica la economía del conocimiento y el diálogo intercultural;

27.

subraya que el papel que desempeñan los nuevos creadores pone claramente de manifiesto una vez más la conveniencia de que Media Mundus funcione a la vez como programa de formación y como medio de atraer a más público joven a las salas de proyección de obras audiovisuales;

28.

considera asimismo que el sector audiovisual aporta una contribución decisiva a la economía europea de la creación y del conocimiento y desempeña un papel capital para promover la diversidad cultural y el pluralismo;

29.

pone de relieve que, sin lugar a dudas, el sector de la cultura contribuye decisivamente a la consecución de los objetivos de la Estrategia de Lisboa, pero que, no obstante, no debe caracterizarse de manera unidimensional como fuerza económica, dado que resulta igual de importante su contribución para crear un entorno dinámico y sostenible, condición imprescindible para la prosperidad y el desarrollo personal (1);

El papel de los entes regionales y locales

30.

señala que los entes regionales y locales pueden desempeñar un papel de primer orden para fomentar las obras audiovisuales locales y regionales, por su apoyo efectivo a la producción audiovisual y por su contribución activa al fomento de la diversidad cultural y el diálogo intercultural;

31.

opina que, dando prioridad a los productos audiovisuales locales y regionales, los entes regionales y locales, en conexión con la producción nacional, pueden hacer también de contrapeso a la producción en masa de películas de terceros países;

32.

subraya que los entes regionales y locales pueden ejercer un papel decisivo tanto en el ámbito de la educación y la formación como en el apoyo económico a los organismos y entidades culturales;

33.

señala que, de esta manera, los entes regionales y locales pueden contribuir también a reforzar las pequeñas y medianas empresas, aumentando la competitividad de un sector audiovisual europeo fragmentado y garantizando al mismo tiempo la sostenibilidad de sus empresas;

34.

opina asimismo que los entes regionales y locales pueden desempeñar un papel importante, tanto para formar a jóvenes creadores como para atraer a un público joven a las proyecciones de obras audiovisuales que promueven la diversidad cultural y el diálogo intercultural;

35.

considera, por consiguiente, que los entes regionales y locales pueden aportar una contribución decisiva, tanto para la producción de obras audiovisuales locales y regionales como para la constitución de una fuerte identidad europea, en particular entre los jóvenes;

36.

estima que, mediante la organización de festivales y celebraciones temáticas, así como seminarios de formación, los entes regionales y locales pueden tomar iniciativas importantes y desempeñar un papel fundamental para hacer del sector audiovisual un factor decisivo para crear cultura, labrar una identidad europea multicultural y apoyar la cultura cinematográfica, en particular para un público joven;

37.

sugiere, por tanto, que, para dar una dimensión ampliada a Media Mundus, sería conveniente incluir en el artículo 7 una mención específica del papel que deben desempeñar los entes regionales y locales, por medio de programas y actividades específicos, en los esfuerzos por aumentar la competitividad del mercado europeo. En este mismo contexto, considera conveniente y especialmente útil que también se refuercen y renueven los puntos de información sobre el programa (Media desks) que operan a nivel regional, que constituyen una fuente de información fundamental de los ciudadanos europeos sobre todos los avances que se producen en el sector audiovisual;

38.

señala al mismo tiempo, en relación directa con lo anterior, que sería conveniente también que los entes regionales y locales participen más en el refuerzo de la cooperación entre las distintas redes de la industria cinematográfica y en el apoyo a las empresas conjuntas interregionales, en particular las que se dedican a la realización, producción y difusión de obras audiovisuales;

39.

señala, como conclusión de lo que antecede, que la industria audiovisual no solamente constituye un sector de importancia fundamental para el desarrollo, la competitividad y el empleo, sino que es también un sector neurálgico en la defensa y promoción de la identidad y la diversidad cultural a nivel local y regional. Asimismo, a causa de esta especificidad, este sector se destaca como un factor clave para el desarrollo de los valores sociales europeos y el funcionamiento de las sociedades democráticas, dado que las obras audiovisuales tienen la capacidad de ejercer una función importante en la construcción de la identidad europea;

Observaciones y propuestas finales

40.

considera que el programa objeto de examen es especialmente importante, ya que aúna el fomento de la cultura y el refuerzo de la competitividad -es decir, el valor comercial y económico- de la industria audiovisual europea, al tiempo que le confiere una dimensión internacional de modo mucho más eficaz y específico que Media Internacional, que se podría considerar la acción precursora de Media Mundus;

41.

señala que el programa se ha puesto en marcha como un proyecto de corta duración (2011-2013) y con un presupuesto limitado (15 millones de euros, de los cuales 13,5 millones se asignan a las acciones), lo que implica que no se dispondrá de tiempo ni de recursos para poder desarrollar muchas iniciativas o poner en marcha muchas acciones;

42.

considera, no obstante -y confía al mismo tiempo-, que sus resultados serán significativos y se valorarán positivamente, de modo que no solo se mantenga el programa, sino que con miras al futuro también se le asignen más medios;

43.

subraya la necesidad de hacer hincapié en la estrategia de comunicación del programa y considera que los entes regionales y locales pueden, a partes iguales, desempeñar un papel decisivo en su difusión. Considera especialmente importante en este sentido la colaboración de los puntos de información (Media desks) con las asociaciones y organismos de los profesionales del sector audiovisual, así como con la ACE (Asociación de Cinematecas Europeas) y la FIAF (Federación Internacional de Archivos Fílmicos) y con los archivos cinematográficos nacionales;

44.

señala también que será necesario hacer especial hincapié -si no inmediatamente, sí en la siguiente fase del programa- en la dimensión educativa del programa Media Mundus, que deberá ir más allá de la formación de los profesionales y dirigirse de igual modo a los jóvenes estudiantes. Este objetivo puede alcanzarse mediante la colaboración con otros componentes de Media y con los distintos puntos de información (Media desks) que han desarrollado una actividad similar para otros programas, con institutos universitarios, centros de estudios cinematográficos y archivos cinematográficos que están en contacto con estudiantes, investigadores y profesionales del sector. Por otra parte, las acciones educativas y los talleres temáticos pueden servir como una valiosa fuente de información y también proporcionar una excelente ocasión para que los profesionales de la Unión Europea y de los terceros países se encuentren y se conozcan.

II.   PROPUESTAS DE ENMIENDA

Enmienda 1

Artículo 3 (3)

Texto propuesto por la Comisión

Propuesta de enmienda del CDR

3.

«Obras europeas»: obras audiovisuales originarias de los países a los que se hace referencia en el artículo 2, apartados 1, 2 ó 3.

3.

«Obras europeas»: obras audiovisuales originarias de los países a los que se hace referencia en el artículo 2, apartados 1, 2 ó 3, con especial atención a las producciones audiovisuales locales y regionales.

Exposición de motivos

El Comité de las Regiones debe hacer hincapié en que los medios de comunicación locales y regionales, así como los operadores de servicio público que proporcionan cobertura regional, tienen claras responsabilidades sociales y culturales y el deber de prestar servicio a los ciudadanos. A la hora de promover la industria audiovisual europea, gracias a su producción propia, que generalmente es más intensiva, pueden aportar una contribución más directa al desarrollo del sector y a la competitividad.

Enmienda 2

Artículo 5 (2) (b)

Texto propuesto por la Comisión

Propuesta de enmienda del CDR

(b) mejorar la competitividad y la distribución transnacional de las obras audiovisuales en todo el mundo;

(b) mejorar la competitividad y la distribución transnacional de las obras audiovisuales en todo el mundo a través de medidas que fomenten la cooperación entre las compañías activas en el sector audiovisual europeo, al igual que en el mundial;

Exposición de motivos

Los estudios especializados, así como la coyuntura actual, muestran que la debilidad de los circuitos de distribución constituye el principal obstáculo a la circulación de obras audiovisuales europeas en el mercado internacional.

Enmienda 3

Artículo 5 (2)

Texto propuesto por la Comisión

Propuesta de enmienda del CDR

 

d)

debe prestarse una atención especial a la promoción de la diversidad lingüística, en particular en el caso de las lenguas más minoritarias.

Exposición de motivos

Los retos actuales han de afrontarlos no solo la UE y los Estados miembros, sino también los entes locales y regionales, que son parte interesada cuando se trata de gestionar su patrimonio cultural y lingüístico, promover nuevos modelos de empresas en las industrias creativas y medios de comunicación locales y fomentar las obras de creación financiadas o cofinanciadas por entidades u organismos culturales y mediáticos locales.

Enmienda 4

Artículo 6 (1)

Texto propuesto por la Comisión

Propuesta de enmienda del CDR

Reforzar las cualificaciones de los profesionales europeos y de los países a que se hace referencia en el artículo 2, apartado 4, para comprender mejor, en concreto, las condiciones operativas, los marcos jurídicos, los sistemas financieros y las posibilidades de cooperación de sus respectivos mercados audiovisuales, y facilitar así, en particular mediante becas, la creación de redes y de relaciones comerciales duraderas y mejorar el nivel de información y de conocimiento sobre los mercados audiovisuales, con el fin de asegurar y facilitar la cooperación audiovisual entre los profesionales.

Reforzar las cualificaciones de los profesionales europeos y de los países a que se hace referencia en el artículo 2, apartado 4, para comprender mejor, en concreto, las condiciones operativas, los marcos jurídicos, los sistemas financieros y las posibilidades de cooperación de sus respectivos mercados audiovisuales, y facilitar así, en particular mediante becas, la creación de redes y de relaciones comerciales duraderas y mejorar el nivel de información y de conocimiento sobre los mercados audiovisuales, con el fin de asegurar y facilitar la cooperación audiovisual entre los profesionales. Las becas deben tener en cuenta la necesidad de aumentar la competitividad de un sector audiovisual europeo fragmentado a nivel mundial y al mismo tiempo reforzar dentro de la Unión las estructuras productivas de las pequeñas y medianas empresas (PYME), que en la práctica constituyen la espina dorsal del mercado europeo.

Exposición de motivos

El programa Media Mundus tiene un gran potencial de crecimiento económico y ofrece la ocasión de crear empleos altamente cualificados en la industria audiovisual. Conviene que las PYME participen plenamente.

Enmienda 5

Artículo 7 (1)

Texto propuesto por la Comisión

Propuesta de enmienda del CDR

Facilitar la búsqueda de socios extranjeros para las obras audiovisuales europeas. El programa apoyará la organización de mercados de coproducción y actos para la búsqueda de socios (pitching), con el objetivo de reunir a posibles socios (guionistas, directores, productores y distribuidores).

Facilitar la búsqueda de socios extranjeros para las obras audiovisuales europeas. El programa apoyará la organización de mercados de coproducción y actos para la búsqueda de socios (pitching), con el objetivo de reunir a posibles socios (guionistas, directores, productores y distribuidores, agentes de la industria audiovisual local y regional).

Exposición de motivos

En el mundo específico de la creación audiovisual, las regiones de toda Europa pueden, si reciben un apoyo adecuado, ejercer una función motriz para la creación de obras originales y la protección de la diversidad cultural, ayudando así también a preservar la competitividad del mercado europeo.

Enmienda 6

Artículo 8 (3)

Texto propuesto por la Comisión

Propuesta de enmienda del CDR

Facilitar la organización de actos e iniciativas para promover los conocimientos cinematográficos, dirigidos especialmente al público joven, con la finalidad de promover internacionalmente la diversidad de las obras audiovisuales y de incrementar la demanda pública de contenidos audiovisuales culturalmente diversos..

Facilitar la organización de actos e iniciativas para promover los conocimientos cinematográficos, dirigidos especialmente al público joven, con la finalidad de promover internacionalmente la diversidad de las obras audiovisuales y de incrementar la demanda pública de contenidos audiovisuales culturalmente diversos. Debe concederse explícitamente ayuda financiera a la promoción de festivales audiovisuales locales y regionales, que desempeñan un papel de gran importancia para promover el diálogo intercultural y la diversidad cultural.

Enmienda 7

Artículo 12 (1)

Texto propuesto por la Comisión

Propuesta de enmienda del CDR

La Comisión estará asistida por un Comité, compuesto por representantes de los Estados miembros y presidido por el representante de la Comisión.

La Comisión estará asistida por un Comité, compuesto por representantes de los Estados miembros y de los entes regionales y locales, y presidido por el representante de la Comisión.

Bruselas, 21 de abril de 2009.

El Presidente del Comité de las Regiones

Luc VAN DEN BRANDE


(1)  Dictamen del Comité de las Regiones sobre «Una Agenda Europea para la Cultura en un mundo en vías de globalización» (Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Comunicación sobre una Agenda Europea para la Cultura en un Mundo en vías de Globalización, COM (2007) 242 final; CDR 172/2007 fin, p. 1: http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:C:2008:053:0025:01:ES:HTML


25.8.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 200/58


Dictamen del Comité de las Regiones «soluciones de interoperabilidad para las administraciones públicas europeas (ISA)»

(2009/C 200/11)

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

acoge positivamente la iniciativa de la Comisión Europea de continuar los programas anteriores mediante el programa de seguimiento sobre soluciones de interoperabilidad para las administraciones públicas (ISA);

opina que los entes locales y regionales deberían participar en una amplia cooperación para mejorar la interoperabilidad en la administración pública y la eficiencia en la prestación de los servicios públicos;

subraya que el programa no debe aislar a las administraciones públicas europeas del mundo exterior, y sugiere que se desarrollen normas de interoperabilidad basadas en una amplia cooperación internacional;

observa que el intercambio de mejores prácticas entre regiones y entes locales no sólo sería útil, sino que, de hecho, debería ser parte esencial del programa ISA.

Ponente

:

Veronica Ioniță (RO/PPE), Alcaldesa de Gorgota

Textos de referencia

Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a las soluciones de interoperabilidad para las administraciones públicas europeas (ISA)

COM(2008) 583 final

I.   RECOMENDACIONES POLÍTICAS

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

1.

acoge positivamente la iniciativa de la Comisión Europea de continuar los programas IDA (intercambio de datos entre administraciones) e IDABC (prestación interoperable de servicios paneuropeos de administración electrónica al sector público, las empresas y los ciudadanos) mediante el programa de seguimiento sobre soluciones de interoperabilidad para las administraciones públicas (ISA). Los dos programas iniciales han aportado un indudable valor añadido al intercambio de información entre administraciones, y el nuevo programa ciertamente contribuirá al desarrollo local y regional al facilitar el intercambio de ideas y experiencias en diversos ámbitos, como empleo, pesca, agricultura, sanidad, protección de los consumidores, justicia e interior;

2.

subraya la importancia de las administraciones locales y regionales, en línea con la estrategia i2010 para una sociedad de la información europea, puesto que son el motor del crecimiento económico a escala local;

3.

considera que, en el contexto de la propuesta, los entes locales y regionales no deberían ser vistos sólo como usuarios de los servicios electrónicos paneuropeos, sino también como importantes proveedores de servicios;

4.

cree que la Comisión Europea debería centrarse más en el proceso de establecimiento de redes entre las administraciones públicas europeas de todos los ámbitos y que los Estados miembros deberían reconocerlas a escala nacional, dadas las dificultades que han surgido en el pasado debido a las diferencias culturales y políticas, las barreras lingüísticas o los problemas presupuestarios;

5.

por tanto, opina que los entes locales y regionales deberían participar en una amplia cooperación para mejorar la interoperabilidad en la administración pública y la eficiencia en la prestación de los servicios públicos;

6.

subraya que el programa no debe aislar a las administraciones públicas europeas del mundo exterior, y sugiere que se desarrollen normas de interoperabilidad basadas en una amplia cooperación internacional;

7.

señala que diversos programas comunitarios (IST, eTEN, eContent) han estado vinculados a la versión anterior de IDABC. La colaboración con los programas actuales (7o PM, PIC, Fondos Estructurales) podría aportar valiosos recursos;

8.

observa que el intercambio de mejores prácticas entre regiones y entes locales no sólo sería útil, sino que, de hecho, debería ser parte esencial del programa ISA;

9.

pide a la Comisión Europea que evalúe mejor la relevancia de los objetivos y medidas del programa ISA para los entes locales y regionales;

10.

insta a la Comisión Europea y a los Estados miembros a destinar fondos a las administraciones centrales y los entes locales y regionales responsables de llevar a cabo el programa ISA, incluida la financiación de actividades de formación de los funcionarios. De este modo, el programa podrá responder mejor a las necesidades de los ciudadanos europeos.

II.   RECOMENDACIONES DE ENMIENDA

Enmienda 1

Considerando 11

Texto propuesto por la Comisión Europea

Enmienda del CDR

El programa ISA debe basarse en la experiencia adquirida mediante los programas IDA y IDABC, los cuales han demostrado que un enfoque coordinado puede contribuir a la consecución de resultados más rápidos, con mayor calidad y que satisfagan las necesidades de la empresa, mediante soluciones comunes y compartidas desarrolladas y puestas en práctica en colaboración con los Estados miembros. Estas actividades ya han aportado, y siguen aportando, importantes contribuciones que garantizan la interoperabilidad para fomentar el intercambio electrónico de información entre las administraciones públicas europeas.

El programa ISA debe basarse en la experiencia adquirida mediante los programas IDA y IDABC. También deberían tenerse en cuenta las conclusiones de la revisión intermedia de la aplicación del programa IDABC sobre aspectos de relevancia, eficiencia, efectividad, utilidad y coherencia del programa. Debería prestarse especial atención a las necesidades señaladas por los usuarios del programa. Se ha los cuales han demostrado que un enfoque coordinado puede contribuir a la consecución de resultados más rápidos, con mayor calidad y que satisfagan las necesidades de la empresa, mediante soluciones comunes y compartidas desarrolladas y puestas en práctica en colaboración con los Estados miembros. Estas actividades ya han aportado, y siguen aportando, importantes contribuciones que garantizan la interoperabilidad para fomentar el intercambio electrónico de información entre las administraciones públicas europeas.

Exposición de motivos

Puesto que el programa ISA se deriva del anterior programa IDA y del programa actual IDABC, que concluirá a finales de 2009, sería útil y recomendable tener presentes los resultados de los dos programas para crear una base de cara a la futura aplicación del programa ISA. Por tanto, deberían darse a conocer los informes de evaluación y aplicación de la Comisión Europea para su valoración.

Enmienda 2

Considerando 27 bis

Texto propuesto por la Comisión Europea

Enmienda del CDR

 

Sería de utilidad estudiar más a fondo la posibilidad de compatibilidad con los Fondos Estructurales y de ofrecer a los usuarios cofinanciación con estos fondos, con el fin de utilizar los marcos comunes e instrumentos genéricos establecidos o mejorados por el programa ISA.

Exposición de motivos

El establecimiento y la mejora de unos marcos comunes y unos instrumentos genéricos se financiarán con el programa ISA, mientras que la utilización de estos marcos e instrumentos ha de ser financiada por los usuarios. Por tanto, debería estudiarse mejor la posibilidad de cofinanciación con los Fondos Estructurales.

Enmienda 3

Artículo 1

Texto propuesto por la Comisión Europea

Enmienda del CDR

2.

El objetivo del programa ISA es potenciar la cooperación entre las administraciones públicas europeas mediante la promoción de la interacción electrónica eficiente y eficaz entre dichas administraciones a través de las fronteras y entre los sectores para posibilitar la prestación de servicios públicos electrónicos que fomenten la aplicación de políticas y actividades comunitarias.

2.

El objetivo del programa ISA es potenciar la cooperación entre las administraciones públicas europeas, incluidas las administraciones locales y regionales, mediante la promoción de la interacción electrónica eficiente y eficaz entre dichas administraciones a través de las fronteras y entre los sectores para posibilitar la prestación de servicios públicos electrónicos que fomenten la aplicación de políticas y actividades comunitarias.

Exposición de motivos

De acuerdo con la Estrategia de Lisboa, la promoción de una sociedad de la información inclusiva y equitativa desde el punto de vista regional y social, que utilice las TIC para aumentar su competitividad y mejorar los servicios públicos, es un objetivo clave de la política de la UE, y el mejor modo de conseguirlo es a través de los entes locales y regionales. Así pues, consideramos importante insistir en la participación de las administraciones locales y regionales.

Enmienda 4

Artículo 2

Texto propuesto por la Comisión Europea

Enmienda del CDR

 

h)

se entiende por «administración pública europea» todos los organismos públicos de los ámbitos central, regional y local legalmente reconocidos por la legislación nacional de los Estados miembros de la UE;

Exposición de motivos

Además de las definiciones recogidas en el artículo 2, creemos que sería adecuado incluir una nueva definición de «administración pública europea», dado el papel de las administraciones públicas en la presente Decisión.

Enmienda 5

Artículo 3

Texto propuesto por la Comisión Europea

Enmienda del CDR

 

d)

un enfoque multidimensional que abarque los aspectos técnicos que permiten a las administraciones tal mejora.

Exposición de motivos

Además de las actividades propuestas, la normalización de las cuestiones técnicas sería beneficiosa, teniendo en cuenta la diversidad de servicios que proporcionan las administraciones.

Enmienda 6

Artículo 8

Texto propuesto por la Comisión Europea

Enmienda del CDR

4.

Con el fin de evitar la duplicación de esfuerzos y acelerar el desarrollo de soluciones, se tendrán en cuenta, cuando proceda, los resultados obtenidos en otras iniciativas pertinentes de la Comunidad y de los Estados miembros. Con el fin de explotar las sinergias al máximo y garantizar los esfuerzos complementarios y conjuntos, se coordinarán, cuando proceda, las acciones con otras iniciativas comunitarias pertinentes.

4.

Con el fin de evitar la duplicación de esfuerzos y acelerar el desarrollo de soluciones, se tendrán en cuenta, cuando proceda, los resultados obtenidos en otras iniciativas pertinentes de la Comunidad y de los Estados miembros. Con el fin de explotar las sinergias al máximo y garantizar los esfuerzos complementarios y conjuntos, se coordinarán, cuando proceda, las acciones con otras iniciativas comunitarias pertinentes. Debería fomentarse por todos los medios el intercambio de las mejores prácticas entre administraciones públicas.

Exposición de motivos

Con vistas a conseguir los mejores resultados y poder ofrecer unos servicios gubernamentales eficaces, los entes locales y regionales podrían aprender unos de otros compartiendo las experiencias de más éxito y, al mismo tiempo, mejorar el mecanismo de coordinación y las cuestiones de interoperabilidad transfronteriza.

Enmienda 7

Artículo 12

Texto propuesto por la Comisión Europea

Enmienda del CDR

1.

La Comisión estará asistida por un comité denominado Comité de Interoperabilidad Transfronteriza (en adelante, «el CIT»), compuesto por representantes de los Estados miembros y presidido por la Comisión.

1.

La Comisión estará asistida por un comité denominado Comité de Interoperabilidad Transfronteriza (en adelante, «el CIT»), compuesto por representantes de los Estados miembros, incluidos un representante de un ente regional y otro de un ente local, y presidido por la Comisión.

Exposición de motivos

La participación de los entes locales y regionales en el comité sería beneficiosa para la consecución de los objetivos mencionados en el artículo 1, puesto que en Europa los entes locales y regionales son los principales proveedores de servicios públicos, unos servicios importantes para el día a día y la libre circulación de empresas y particulares.

Enmienda 8

Artículo 14

Texto propuesto por la Comisión Europea

Enmienda del CDR

2.

Se fomentará la cooperación con otros terceros países y con organizaciones u organismos internacionales, sobre todo dentro del marco de la Asociación Euromediterránea y con los países vecinos, en especial los países de los Balcanes Occidentales. Los costes a este respecto no estarán cubiertos por el programa ISA.

2.

Se fomentará la cooperación con otros terceros países y con organizaciones u organismos internacionales, sobre todo dentro del marco de la Asociación Euromediterránea y con los países vecinos, en especial los países de los Balcanes Occidentales, así como los países de la región del Mar Negro y del Mar Báltico. Los costes a este respecto no estarán cubiertos por el programa ISA.

Exposición de motivos

No debería haber límites estrictos a la cooperación con los socios más allá de las fronteras de la Unión Europea, aunque deberían cubrir con sus propios recursos los costes que genere su participación.

Bruselas, 21 de abril de 2009.

El Presidente del Comité de las Regiones

Luc VAN DEN BRANDE


25.8.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 200/63


Dictamen del Comité de las Regiones «seguridad de los pacientes»

(2009/C 200/12)

EL COMITÉ DE LAS REGIONES RECOMIENDA

mejorar la definición del papel de los entes locales y regionales en el ámbito de las acciones propuestas, en línea con el papel que desempeñan en el marco de los ordenamientos nacionales que regulan la prestación de los servicios sanitarios;

mejorar la definición de las modalidades de participación de los ciudadanos en los procesos de programación y decisión relacionados con la gestión de riesgos;

incluir una referencia a los procesos, indicadores y normas de gestión de riesgos y seguridad de los pacientes en los sistemas de autorización, acreditación y certificación de las estructuras sanitarias;

definir unos canales específicos de garantía jurídica y reglamentaria que faciliten la comunicación por los agentes sanitarios de los errores, efectos adversos y situaciones en las que se hayan producido incidentes;

integrar los temas de la gestión de riesgos y la seguridad de los pacientes en los programas de estudios (superiores) y en la formación permanente tanto de los doctores como de los demás profesionales de la sanidad;

incluir recomendaciones suplementarias a fin de intensificar el esfuerzo, que ya se está realizando a nivel de los distintos comités científicos, por definir instrumentos normativos y procesales específicos en el ámbito de la seguridad en el uso de medicamentos.

Ponente

:

Piero Marrazzo (IT/PSE), Presidente de la Región del Lacio

Textos de referencia

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la seguridad de los pacientes, en particular la prevención y lucha contra las infecciones relacionadas con la asistencia sanitaria

COM(2008) 836 final

Propuesta de Recomendación del Consejo sobre la seguridad de los pacientes, en particular la prevención y lucha contra las infecciones relacionadas con la asistencia sanitaria

COM(2008) 837 final

I.   RECOMENDACIONES POLÍTICAS

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

Recomendaciones generales

1.

destaca que ha manifestado ya en reiteradas ocasiones su sensibilidad e interés por el tema, solicitando a la Comisión la adopción de propuestas específicas al respecto, y considerando que «una cooperación estructurada y coordinada a nivel europeo con vistas a intercambiar experiencias y conocimientos, así como a simplificar los acuerdos sobre desarrollo de la tecnología sanitaria puede aportar un gran valor añadido a los Estados miembros» (véase el Dictamen del CDR 153/2004 fin);

2.

observa que otras organizaciones, como la OMS, la OCDE y el Consejo de Europa, han tratado ya el tema de la seguridad en el sector sanitario;

3.

toma nota de que la propuesta de la Comisión se integra en este contexto, y que representa un claro paso adelante para la participación efectiva de los Estados miembros en este ámbito, y subraya que la subsidiariedad es un elemento decisivo para adquirir un conocimiento exhaustivo del fenómeno y un instrumento privilegiado para encontrar una solución al mismo;

4.

considera que la decisión de la Comisión de promover un refuerzo de la cooperación entre los Estados miembros mediante una Comunicación de la Comisión y una Recomendación del Consejo responde a la solicitud del Comité de las Regiones;

5.

reconoce que la Comunicación de la Comisión y la propuesta de Recomendación del Consejo sobre la seguridad de los pacientes tienen acertadamente por objeto lograr el compromiso político de todos los países de la UE para que los Estados miembros apliquen las recomendaciones propuestas, por separado o de manera colectiva, con ayuda de la Comisión, y adopten medidas concretas para mejorar la seguridad de los pacientes;

6.

considera que los principales elementos de la propuesta guardan una estrecha relación con:

el peso político y la visibilidad de la cuestión de la seguridad de los pacientes que confiere una propuesta comunitaria específica;

la posibilidad de mejorar el conocimiento de este fenómeno por cada Estado miembro, gracias a la consolidación de bancos de datos que recaben datos homogéneos y compartidos;

la posibilidad para los distintos Estados miembros de intercambiar buenas prácticas a fin de mejorar y reforzar la seguridad de los pacientes;

7.

toma nota de que la iniciativa no sustrae a los Estados miembros ninguna competencia en el sector sanitario, dado que la Recomendación del Consejo es un instrumento jurídico que deja a los Estados miembros la libertad de organizar sus propios sistemas sanitarios a nivel nacional, regional y local, como ya lo hacen en la actualidad;

Elementos generales de evaluación de la propuesta y de la Recomendación

8.

toma nota de que, según varios informes, la población europea considera que la seguridad en los procesos de diagnóstico y tratamiento y el riesgo de sufrir daños sanitarios son uno de los mayores problemas, no sólo para su propia salud y la de sus allegados, sino de manera más general para la seguridad de vida de los ciudadanos;

9.

destaca que, con arreglo a muchos ordenamientos jurídicos nacionales, los entes locales y regionales son directamente responsables de la prestación de servicios sanitarios y, por tanto, tienen un interés especial en la mejora de los sistemas de seguridad y calidad del sector sanitario;

10.

considera que las repercusiones negativas de los daños sanitarios influyen directamente en la percepción que tienen los ciudadanos de la calidad y seguridad de los servicios prestados, que en muchos Estados miembros constituye uno de los principales elementos de evaluación de la eficacia de los gobiernos locales y regionales por los ciudadanos;

11.

observa que la extensión de los daños sanitarios, unida al aumento de los litigios, representa para las administraciones directamente responsables de la prestación de servicios sanitarios un problema no sólo ético, social y sanitario, sino también económico, dado el creciente coste de las pólizas de seguros y la tendencia al alza de los costes generados por la compensación de los daños sufridos por los ciudadanos;

12.

considera, por tanto, que, aunque en muchos sectores ya se han emprendido iniciativas sectoriales específicas (seguridad de los medicamentos y los equipos médicos, resistencia a los antibióticos, etc.) en relación con la seguridad de los pacientes y la prevención de riesgos sanitarios, resulta sumamente útil una iniciativa, como la que se presenta en la propuesta y la recomendación, dirigida a definir un enfoque integrado que permita reducir en su conjunto las múltiples causas potenciales de los daños sanitarios;

13.

considera que las propuestas y los principios enunciados en la propuesta y en la recomendación responden a solicitudes formuladas anteriormente por el Comité de las Regiones en el sector sanitario, al objeto de fomentar el intercambio de buenas prácticas en relación con la seguridad de los pacientes, en el respeto del principio de subsidiariedad, y de reducir las disparidades observadas en dicho sector en relación con la disponibilidad y la calidad de los servicios sanitarios;

14.

opina que las enmiendas y los añadidos propuestos a continuación podrían completar útilmente el marco de la recomendación, al subrayar y reforzar algunos de sus elementos de especial interés para el Comité de las Regiones, por lo que recomienda, en particular :

mejorar la definición del papel de los entes locales y regionales en el ámbito de las acciones propuestas, en línea con el papel que desempeñan en el marco de los ordenamientos nacionales que regulan la prestación de los servicios sanitarios;

mejorar la definición de las modalidades de participación de los ciudadanos en los procesos de programación y decisión relacionados con la gestión de riesgos;

incluir una referencia a los procesos, indicadores y normas de gestión de riesgos y seguridad de los pacientes en los sistemas de autorización, acreditación y certificación de las estructuras sanitarias;

definir unos canales específicos de garantía jurídica y reglamentaria que faciliten la comunicación por parte de los agentes sanitarios de los errores, efectos adversos y situaciones en las que se hayan producido incidentes;

integrar los temas de la gestión de riesgos y la seguridad de los pacientes en los programas de estudios (superiores) y en la formación permanente tanto de los doctores como de los demás profesionales de la sanidad;

incluir recomendaciones suplementarias a fin de intensificar el esfuerzo, que ya se está realizando a nivel de los distintos comités científicos, por definir instrumentos normativos y procesales en el ámbito de la seguridad en el uso de medicamentos;

integrar en el cuerpo de la propuesta el anexo 2, relativo a las acciones de apoyo, incluyendo acciones específicas suplementarias ligadas a la posible aceptación de las recomendaciones y enmiendas aquí propuestas.

II.   RECOMENDACIONES DE ENMIENDA

Enmienda 1

Considerando 15

Texto propuesto por la Comisión

Enmienda del Comité de las Regiones

(15)

No se dispone de suficientes datos sobre las infecciones relacionadas con la asistencia sanitaria para hacer comparaciones significativas entre instituciones por redes de vigilancia, estudiar la epidemiología de sus patógenos y evaluar y orientar las políticas de prevención y de lucha contra las mismas. Por ello, hay que crear o reforzar los sistemas de vigilancia de las instituciones sanitarias y a escala regional y nacional.

(15)

No se dispone de suficientes datos sobre las infecciones relacionadas con la asistencia sanitaria para hacer comparaciones significativas entre instituciones por redes de vigilancia, estudiar la epidemiología de sus patógenos y evaluar y orientar las políticas de prevención y de lucha contra las mismas. Por ello, hay que crear o reforzar los sistemas de vigilancia registro y evaluación de las instituciones sanitarias y a escala regional y nacional.

Exposición de motivos

Hablar de «redes de vigilancia» no solamente no aporta nada, sino que, además, resulta desconcertante.

Enmienda 2

Parte I, título II, artículo 1

Texto propuesto por la Comisión

Enmienda del Comité de las Regiones

1)

Los Estados miembros tomarán las siguientes medidas para fomentar el establecimiento y desarrollo de políticas y programas nacionales:

a)

designar a la autoridad competente o las autoridades responsables de la seguridad de los pacientes en su territorio;

b)

dar prioridad a la seguridad de los pacientes en las políticas sanitarias y los programas nacionales, regionales y locales;

c)

fomentar el desarrollo de sistemas, procesos y herramientas más seguros, también recurriendo a las TIC.

1)

Los Estados miembros tomarán las siguientes medidas para fomentar el establecimiento y desarrollo de políticas y programas nacionales:

a)

designar a la autoridad competente o las autoridades responsables de la seguridad de los pacientes en su territorio, también a nivel local o regional;

b)

dar prioridad a la seguridad de los pacientes en las políticas sanitarias y los programas nacionales, regionales y locales;

c)

fomentar el desarrollo de sistemas, procesos y herramientas más seguros, también recurriendo a las TIC y, en particular, definiendo un conjunto específico de normas aplicables a las tecnologías de la información y los protocolos de comunicación;

d)

incluir el tema de la seguridad de los pacientes y los correspondientes procesos, indicadores y normas entre los criterios definidos a nivel estatal para conceder la autorización, acreditación o certificación de las estructuras sanitarias;

Exposición de motivos

(a)

mejorar la definición del papel de los entes locales y regionales en el ámbito de las acciones propuestas, en línea con el papel que desempeñan en el marco de los ordenamientos nacionales que regulan la prestación de los servicios sanitarios;

(c)

uniformizar las modalidades técnicas de la recogida de datos y su transmisión;

(d)

integrar, a nivel de la autorización, acreditación o certificación, no sólo elementos ligados a las normas estructurales o la dotación tecnológica, sino también elementos del proceso que obliguen a utilizar las mejores prácticas, constituiría una garantía concreta para la seguridad de los pacientes.

Enmienda 3

Parte I, título II, artículo 2

Texto propuesto por la Comisión

Enmienda del Comité de las Regiones

2)

Los Estados miembros tomarán las siguientes medidas para empoderar e informar a los ciudadanos y los pacientes:

a)

implicar a las organizaciones y los representantes de pacientes en el desarrollo de políticas y programas de seguridad de los pacientes a todos niveles;

b)

informar a los pacientes sobre el riesgo, los niveles de seguridad y las medidas existentes para reducir o prevenir errores, y garantizar el consentimiento al tratamiento con conocimiento de causa, para facilitarles a los pacientes la opción y la toma de decisiones.

2)

Los Estados miembros tomarán las siguientes medidas para empoderar e informar a los ciudadanos y los pacientes:

a)

implicar a las organizaciones y los representantes de pacientes en el desarrollo de políticas y programas de seguridad de los pacientes a todos niveles, en particular estableciendo de manera específica la participación de los ciudadanos y de sus asociaciones en los organismos de consulta que se constituyan, incluidos los mencionados en el punto (1) (a);

b)

informar a los pacientes sobre el riesgo, los niveles de seguridad y las medidas existentes para reducir o prevenir errores, y garantizar el consentimiento al tratamiento con conocimiento de causa, para facilitarles a los pacientes la opción y la toma de decisiones, definiendo a nivel estatal, local o regional el conjunto mínimo y el formato de las indicaciones que deben facilitarse al paciente para garantizar el ejercicio de los derechos y la protección previstos.

Exposición de motivos

(a)

se hace obligatoria la participación de los ciudadanos y de sus asociaciones, no sólo a nivel de los organismos consultivos, sino también de los organismos operativos;

(b)

conviene orientar y uniformizar las modalidades de comunicación con los pacientes en el momento de solicitar su consentimiento informado, al igual que lo que ya existe para la información relativa al uso de los medicamentos.

Enmienda 4

Parte I, título II, artículo 4

Texto propuesto por la Comisión

Enmienda del Comité de las Regiones

4)

Los Estados miembros tomarán las siguientes medidas para promover la educación y el adiestramiento de los trabajadores sanitarios en materia de seguridad de los pacientes:

a)

fomentar la educación multidisciplinar en materia de seguridad de los pacientes y la formación de todos los profesionales sanitarios y demás personal asistencial, administrativo y de gestión de los centros asistenciales;

b)

colaborar con las organizaciones de formación profesional en atención sanitaria para que la seguridad de los pacientes reciba la atención apropiada en los planes de estudios de enseñanza superior y en la formación permanente de los profesionales sanitarios.

4)

Los Estados miembros tomarán las siguientes medidas para promover la educación y el adiestramiento de los trabajadores sanitarios en materia de seguridad de los pacientes:

a)

fomentar la educación multidisciplinar en materia de seguridad de los pacientes y la formación de todos los profesionales sanitarios y demás personal asistencial, administrativo y de gestión de los centros asistenciales;

b)

colaborar con las organizaciones de formación profesional en atención sanitaria para que la seguridad de los pacientes reciba la atención apropiada en los planes de estudios de enseñanza superior y en la formación permanente de los profesionales sanitarios.;

c)

integrar en los programas de estudios (superiores) y en la formación permanente, tanto de los doctores como de los demás profesionales de la sanidad, una enseñanza específica dedicada a la seguridad de los pacientes y la gestión de riesgos asociados a la atención sanitaria.

Exposición de motivos

(c)

es necesario tratar el problema de la difusión de los conocimientos y prácticas relativas a las técnicas de gestión de riesgos de manera estructurada y específica en los programas de estudios universitarios, como un elemento fuerte para concienciar y desarrollar las competencias en el ámbito de la seguridad de los pacientes.

Enmienda 5

Parte I, título III, artículo 1 (c)

Texto propuesto por la Comisión

Enmienda del Comité de las Regiones

(1)

Los Estados miembros adoptarán y aplicarán una estrategia nacional de prevención y lucha contra las infecciones relacionadas con la asistencia sanitaria, persiguiendo los objetivos siguientes:

c)

crear o reforzar sistemas de vigilancia activa en los Estados miembros y en los centros asistenciales;

(1)

Los Estados miembros adoptarán y aplicarán una estrategia nacional de prevención y lucha contra las infecciones relacionadas con la asistencia sanitaria, persiguiendo los objetivos siguientes:

c)

crear o reforzar sistemas activos de registro, y seguimiento y evaluación vigilancia activa en los Estados miembros y en los centros asistenciales

Exposición de motivos

Es importante que los Estados miembros elaboren un registro y hagan un seguimiento de la proporción que representan las infecciones relacionadas con la asistencia sanitaria para, posteriormente y basándose en los resultados, acometer las mejoras oportunas. El término «vigilancia» no da pie a la introducción de mejoras en la misma medida. Para llevar a cabo una verdadera labor de mejora, debe incluirse la «evaluación».

Enmienda 6

Parte I, título III, artículo 2

Texto propuesto por la Comisión

Enmienda del Comité de las Regiones

(2)

Los Estados miembros estudiarán la instauración, si es posible en el plazo de un año desde la adopción de la presente Recomendación, de un mecanismo intersectorial para la aplicación coordinada de la estrategia nacional, para el intercambio de información y para la coordinación con la Comisión, el CEPCE y los demás Estados miembros.

(2)

Los Estados miembros estudiarán la instauración, si es posible en el plazo de un año desde la adopción de la presente Recomendación, de un mecanismo intersectorial para la aplicación coordinada de la estrategia nacional, para el intercambio de información y para la coordinación con la Comisión, el CEPCE y los demás Estados miembros, en particular mediante la participación directa de los entes regionales y locales con competencias específicas en el ámbito sanitario.

Exposición de motivos

(2)

mejorar la definición del papel de los entes locales y regionales en el ámbito de las acciones propuestas, en línea con el papel que desempeñan en el marco de los ordenamientos nacionales que regulan la prestación de los servicios sanitarios.

Enmienda 7

Parte I, título IV, artículo 3

Texto propuesto por la Comisión

Enmienda del Comité de las Regiones

(3)

Los Estados miembros informarán a la Comisión sobre la aplicación de la presente Recomendación en el plazo de dos años a partir de su adopción, y posteriormente a petición de la Comisión, para contribuir a su seguimiento a escala comunitaria.

(3)

Los Estados miembros informarán a la Comisión sobre la aplicación de la presente Recomendación en el plazo de dos años dos años dieciocho meses a partir de su adopción, y posteriormente a petición de la Comisión, para contribuir a su seguimiento a escala comunitaria. Para ello, en la medida de lo posible debería recurrirse a los datos ya disponibles.

Exposición de motivos

(3)

el esfuerzo comunitario desplegado para afrontar el problema y la toma en consideración de su importancia debe apoyarse con una mayor rapidez de acción.

Enmienda 8

Anexo 2, punto 2, artículo 1, letra c)

Texto propuesto por la Comisión

Enmienda del Comité de las Regiones

c)

Crear o reforzar sistemas de vigilancia activa:

c)

Crear o reforzar sistemas activos de registro, y seguimiento y evaluación vigilancia activa:

Exposición de motivos

Es importante que los Estados miembros elaboren un registro y hagan un seguimiento de la proporción que representan las infecciones relacionadas con la asistencia sanitaria para, posteriormente y basándose en los resultados, acometer las mejoras oportunas. El término «vigilancia» no da pie a la introducción de mejoras en la misma medida. Para llevar a cabo una verdadera labor de mejora, debe incluirse la «evaluación».

Bruselas, 21 de abril de 2009.

El Presidente del Comité de las Regiones

Luc VAN DEN BRANDE


25.8.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 200/70


Dictamen del Comité de las Regiones «creación del fondo europeo de adaptación a la globalización»

(2009/C 200/13)

EL COMITÉ DE LAS REGIONES FORMULA LAS SIGUIENTES RECOMENDACIONES:

pide a la Comisión y a los Estados miembros que trabajen conjuntamente con los entes locales y regionales y otras partes interesadas y que en la aplicación del FEAG tengan en cuenta en todos sus aspectos los principios de subsidiariedad y proporcionalidad;

es consciente de la aparición cíclica de crisis económicas y, por tanto, propone ajustar la limitación temporal al marco financiero multianual, con el objetivo de que quede garantizada la seguridad de la planificación;

señala que las medidas financiadas con cargo al FEAG también pueden ser cofinanciadas en un 85 % con fondos del Fondo Social Europeo (FSE). En consecuencia, muchos países, regiones y entes regionales y locales no tienen por qué recurrir al FEAG con una tasa de cofinanciación del 50 % o del 75 %; por tanto, se sugiere aumentar la tasa de cofinanciación del FEAG al 85 % como mínimo;

toma nota de que en el artículo 28 del Acuerdo Interinstitucional entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión, de 17 de mayo de 2006, sobre la disciplina presupuestaria y la buena gestión financiera (1) se establece que el importe máximo anual del FEAG no podrá exceder de 500 millones de euros; acoge favorablemente el hecho de que, tal como se anunciaba en la Comunicación relativa al Plan Europeo de Recuperación Económica, la Comisión reexaminará los medios presupuestarios de que puede disponer el FEAG en función de la aplicación de las normas revisadas.

Ponente

:

Uno Silberg (EE/UEN-AE), Alcalde de Kose

Texto de referencia

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (CE) no 1927/2006, por el que se crea el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización COM(2008) 867 final

I.   RECOMENDACIONES POLÍTICAS

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

como órgano institucional europeo que representa a los entes locales y regionales de los Estados miembros, de conformidad con el Tratado de la Unión Europea,

Observaciones generales

1.

acoge favorablemente la propuesta de la Comisión Europea de elaborar un Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (CE) no 1927/2006, por el que se crea el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (en lo sucesivo «FEAG»), y pide a la Comisión y a los Estados miembros que trabajen conjuntamente con los entes locales y regionales y otras partes interesadas y que en la aplicación del FEAG tengan en cuenta en todos sus aspectos los principios de subsidiariedad y proporcionalidad;

2.

toma nota de que las medidas previstas tienen como objetivo modificar el Reglamento del FEAG, a fin de mostrar solidaridad con los trabajadores que han perdido su trabajo como consecuencia de los grandes cambios provocados por la globalización e introducir una disposición temporal destinada a prestar apoyo de los trabajadores que han sido despedidos como resultado de la crisis financiera y económica mundial; es consciente de la aparición cíclica de crisis económicas y, por tanto, propone ajustar la limitación temporal al marco financiero multianual, con el objetivo de que quede garantizada la seguridad de la planificación;

3.

recuerda que el Dictamen del Comité de las Regiones sobre el «Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la creación del Fondo de Adaptación a la Globalización» (DO C 51 de 6.3.2007, p. 1) señalaba que los entes locales y regionales desempeñan un papel activo a la hora de responder a los despidos masivos y que ya se han formulado las siguientes recomendaciones: el gasto anual deberá establecerse en 1 000 millones de euros, en la medida en que ello sea compatible con las disposiciones de las perspectivas financieras 2007-2013; el FEAG no debería mermar la responsabilidad de los Estados miembros para encontrar su propia respuesta a la reestructuración económica; el FEAG intervendrá en caso de despido de al menos quinientos trabajadores de una empresa en una región en la que el desempleo, medido en el nivel NUTS III, se sitúe por encima de la media del Estado miembro correspondiente, o en caso de despido, durante un periodo de doce meses, de al menos quinientos trabajadores de una o más empresas de un sector, definido según el nivel 2 de la NACE, que represente al menos un 1 % del empleo regional, o cuando el empleo regional, medido en el nivel NUTS II, haya disminuido al menos un 10 % durante el mismo periodo;

4.

señala que el FEAG se introdujo en los años 2007 y 2008 de manera muy lenta (solo se utilizó el 7,3 % de los fondos disponibles), lo que muestra claramente que el Fondo se aplica de manera limitada conforme a los criterios actualmente vigentes para la presentación de solicitudes;

5.

respalda la intención de la Comisión de revisar las normas del FEAG con el fin de que pueda intervenir con mayor rapidez en sectores clave, en particular para cofinanciar las medidas de formación y la creación de puestos de trabajo en favor de los trabajadores que pierden su empleo como consecuencia de la crisis económica;

6.

considera que los problemas generados por la actual crisis financiera y económica mundial están desembocando en una crisis social y en una crisis de confianza, y que los entes regionales y locales deben asumir inevitablemente la carga que entrañan las repercusiones de la crisis y las soluciones para superarla. Por esta razón, el FEAG y sus nuevos objetivos, así como la participación de los entes regionales y locales, adquieren más importancia que nunca;

7.

subraya que el cumplimiento de los objetivos del FEAG contribuirá claramente a los objetivos de la Estrategia de Lisboa para el crecimiento y el empleo: incremento del empleo, reducción del desempleo y la inactividad, mejora de la calidad y la productividad, aumento del atractivo de los puestos de trabajo y refuerzo de la cohesión social y territorial;

8.

opina que, en lo que respecta a la política de empleo, las PYME también representan un potencial desaprovechado para crear y mantener los puestos de trabajo; considera, además, que el FEAG puede ofrecer oportunidades adicionales y reforzar la confianza del sector empresarial en Europa;

9.

alberga el temor de que, en vista de la crisis financiera y económica mundial, las regiones más periféricas y las regiones y países económicamente más débiles no estén en condiciones de cumplir las condiciones de acceso al FEAG, especialmente el requisito de una tasa de cofinanciación del 50 %, y que, por tanto, existe el riesgo de que la aplicación del FEAG aumente las disparidades entre el centro y la periferia;

10.

señala que las medidas financiadas con cargo al FEAG también pueden ser cofinanciadas en un 85 % con fondos del Fondo Social Europeo (FSE), con cuya ayuda se financian fundamentalmente las medidas del FSE relativas al mercado laboral (incluidos proyectos para hacer frente a las consecuencias de los despidos). En consecuencia, muchos países, regiones y entes regionales y locales no tienen por qué recurrir al FEAG con una tasa de cofinanciación del 50 % o del 75 %; por tanto, se sugiere aumentar la tasa de cofinanciación del FEAG al 85 % como mínimo;

11.

comparte la opinión de que la crisis financiera mundial está provocando y continuará provocando despidos masivos en una gama cada vez más amplia de sectores a medida que se ven afectados por una menor disponibilidad de crédito y un poder adquisitivo reducido de los ciudadanos; esta evolución continuará en un futuro próximo; apoya la intención de la Comisión Europea de adoptar medidas para hacer del FEAG un instrumento que tenga más capacidad de reacción frente a estos problemas;

12.

toma nota de que en el artículo 28 del Acuerdo Interinstitucional entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión, de 17 de mayo de 2006, sobre la disciplina presupuestaria y la buena gestión financiera (1) se establece que el importe máximo anual del FEAG no podrá exceder de 500 millones de euros; acoge favorablemente el hecho de que, tal como se anunciaba en la Comunicación relativa al Plan Europeo de Recuperación Económica, la Comisión reexaminará los medios presupuestarios de que puede disponer el FEAG en función de la aplicación de las normas revisadas;

13.

subraya el impacto en conjunto positivo de la globalización en el crecimiento económico comunitario y, por ello, hace hincapié en la necesidad de crear un Fondo, dotado con medios adecuados, para paliar las consecuencias negativas de la globalización;

14.

expresa su preocupación por el hecho de que en una serie de países la cofinanciación de los programas de la UE, incluido el Fondo de Adaptación a la Globalización, recae en los entes regionales y locales, que al mismo tiempo tienen que afrontar recortes presupuestarios.

Observaciones particulares sobre la propuesta

15.

conviene en que es necesario reducir de mil a quinientos el número mínimo de despidos y que, por tanto, es necesario aclarar las cuestiones planteadas con respecto a los criterios de intervención y adoptar una definición del acontecimiento que provoca el despido que sea resultado de la jurisprudencia, pero considera necesario dar una definición más precisa del acontecimiento que provoca el despido y aplicarla de modo uniforme en los Estados miembros (2);

16.

apoya la modificación propuesta destinada a garantizar un trato equitativo y no discriminatorio de los trabajadores cuyo despido se haya producido antes o después del periodo de referencia de cuatro meses, pero que puede vincularse claramente con el mismo hecho causante del despido;

17.

apoya las modificaciones propuestas que clarifican la base para calcular el importe disponible para asistencia técnica, así como la gama de actividades que pueden financiarse con arreglo al artículo 13;

18.

apoya la modificación propuesta de incrementar el periodo de aplicación de una contribución del FEAG de doce a veinticuatro meses, y opina que esta medida ayudará a los trabajadores despedidos a completar programas de formación -que en la actual coyuntura económica probablemente requerirán más tiempo- y obtener nuevas cualificaciones;

19.

comparte la opinión de que, a partir de la evaluación intermedia prevista en el artículo 17, apartado 1, letra a), el Parlamento Europeo y el Consejo podrán revisar el Reglamento del FEAG, incluida la excepción temporal prevista en el artículo 1, apartado 1 bis, a partir de una propuesta de la Comisión.

II.   PROPUESTAS CONCRETAS DE MEJORA

Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (CE) no 1927/2006, por el que se crea el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización

Texto propuesto por la Comisión Europea

Enmienda del CDR

(5)

A fin de garantizar una aplicación transparente de los criterios de intervención, debe introducirse una definición del hecho que vale como despido. Con el fin de dar más flexibilidad a los Estados miembros para que presenten solicitudes y de alcanzar mejor el objetivo de solidaridad, debe reducirse el número de despidos que permite recibir ayudas.

(5)

A fin de garantizar una aplicación transparente de los criterios de intervención, debe introducirse una definición más precisa del hecho que vale como despido y debe aplicarse de modo uniforme en los Estados miembros. Con el fin de dar más flexibilidad a los Estados miembros para que presenten solicitudes y de alcanzar mejor el objetivo de solidaridad, debe reducirse el número de despidos que permite recibir ayudas.

Exposición de motivos

El objetivo debería ser unificar el concepto de despido y su aplicación en los Estados miembros.

Texto propuesto por la Comisión Europea

Enmienda del CDR

Artículo 1

El Reglamento (CE) no 1927/2006 queda modificado como sigue:

1.

En el artículo 1 se inserta un nuevo apartado 1 bis:

«1 bis.   No obstante lo dispuesto en el apartado 1, el FEAG también proporcionará apoyo a los trabajadores que hayan perdido su puesto de trabajo como resultado de la crisis financiera y económica mundial, siempre y cuando las solicitudes se ajusten a los criterios establecidos en el artículo 2, letras a), b) o c).

Esta excepción se aplicará a todas las solicitudes presentadas antes del 31 de diciembre de 2010.»

Artículo 1

El Reglamento (CE) no 1927/2006 queda modificado como sigue:

1.

En el artículo 1 se inserta un nuevo apartado 1 bis:

«1 bis.   No obstante lo dispuesto en el apartado 1, el FEAG también proporcionará apoyo a los trabajadores que hayan perdido su puesto de trabajo como resultado de la crisis financiera y económica mundial, siempre y cuando las solicitudes se ajusten a los criterios establecidos en el artículo 2, letras a), b) o c).

Esta excepción se aplicará a todas las solicitudes presentadas antes del 31 de diciembre de 2010 2013

Exposición de motivos

Parece necesario ajustar la limitación temporal con el objeto de garantizar una adecuada planificación del FEAG.

Texto propuesto por la Comisión Europea

Enmienda del CDR

El artículo 2 se sustituye por el texto siguiente:

«Artículo 2

Criterios de intervención

El FEAG concederá una contribución financiera cuando, como consecuencia de grandes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial, se produzca una grave perturbación económica, en particular un incremento importante de las importaciones en la Unión Europea, una disminución acelerada de la cuota de mercado de la UE en un determinado sector o deslocalizaciones hacia terceros países, que tengan como consecuencia:»

El artículo 2 se sustituye por el texto siguiente:

«Artículo 2

Criterios de intervención

El FEAG concederá una contribución financiera cuando, como consecuencia de grandes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial, se produzca una grave perturbación económica, en particular un incremento importante de las importaciones en la Unión Europea, una disminución acelerada de la cuota de mercado de la UE en un determinado sector o deslocalizaciones hacia terceros países en que los costes sean más bajos, que tengan como consecuencia:»


Texto propuesto por la Comisión Europea

Enmienda del CDR

El artículo 2 se sustituye por el texto siguiente:

«Artículo 2

Criterios de intervención

b)

el despido, durante un periodo de nueve meses, de al menos quinientos trabajadores, en particular de pequeñas o medianas empresas, en una división del nivel 2 de la NACE en una región o dos regiones contiguas en el nivel NUTS II.

c)

En los pequeños mercados laborales o en circunstancias excepcionales debidamente justificadas por el Estado o los Estados miembros afectados, la solicitud de contribución con cargo al FEAG podrá considerarse admisible incluso si no se reúnen totalmente las condiciones mencionadas en las letras a) o b), cuando los despidos tengan un grave impacto en el empleo y la economía local. El Estado miembro deberá especificar que su solicitud no cumple completamente los criterios de intervención establecidos en las letras a) o b). El importe agregado de las contribuciones por circunstancias excepcionales no podrá ser superior en cada ejercicio al 15 % del FEAG.»

El artículo 2 se sustituye por el texto siguiente:

«Artículo 2

Criterios de intervención

b)

el despido, durante un periodo de nueve meses, de al menos quinientos trabajadores, en particular de pequeñas o medianas empresas, en una división del nivel 2 de la NACE en una región o dos regiones contiguas en el nivel NUTS II.

c)

En los pequeños mercados laborales o en circunstancias excepcionales debidamente justificadas por el Estado o los Estados miembros afectados, la solicitud de contribución con cargo al FEAG podrá considerarse admisible incluso si no se reúnen totalmente las condiciones mencionadas en las letras a) o b), cuando los despidos tengan un grave impacto en el empleo y la economía local. El Estado miembro deberá especificar que su solicitud no cumple completamente los criterios de intervención establecidos en las letras a) o b). El importe agregado de las contribuciones por circunstancias excepcionales no podrá ser superior en cada ejercicio al 15 % del FEAG.»

Exposición de motivos

b)

Clarificación.

c)

En la planificación a largo plazo de los fondos del FSE, con un sistema bastante rígido, podrían resolverse con más flexibilidad los problemas caso por caso con arreglo al modelo de intervención más flexible del FEAG.

Texto propuesto por la Comisión Europea

Enmienda del CDR

El artículo 5 queda modificado como sigue:

En el apartado 2, la letra a) se sustituye por el texto siguiente:

«a)

un análisis motivado del vínculo existente entre los despidos y los grandes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial o la crisis financiera y económica, un número, debidamente acreditado, de personas despedidas y una explicación de la naturaleza imprevista de los despidos; los despidos que se hayan producido antes o después del período previsto en el artículo 2, letras a) o c), en caso de que una solicitud presentada con arreglo a esta última no se ajuste a los criterios establecidos en el artículo 2, letra a), podrán estar cubiertos por las medidas cofinanciadas, siempre que los despidos se hayan producido después del anuncio general de los despidos previstos y pueda establecerse un claro vínculo con el acontecimiento que provocó los despidos durante el período de referencia;»

El artículo 5 queda modificado como sigue:

El apartado 1 queda redactado como sigue:

1.   El Estado miembro presentará a la Comisión, en concertación con los entes regionales y locales competentes y los interlocutores sociales, una solicitud de contribución financiera del FEAG, en un plazo de diez semanas a partir de la fecha en la que se cumplan las condiciones establecidas en el artículo 2 para la intervención del FEAG. El Estado miembro o los Estados miembros podrán completar posteriormente la solicitud.

En el apartado 2, la letra a) se sustituye por el texto siguiente:

«a)

un análisis motivado del vínculo existente entre los despidos y los grandes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial o la crisis financiera y económica, un número, debidamente acreditado, de personas despedidas y una explicación de la naturaleza imprevista de los despidos; los despidos que se hayan producido antes o después del período previsto en el artículo 2, letras a) o c), en caso de que una solicitud presentada con arreglo a esta última no se ajuste a los criterios establecidos en el artículo 2, letra a), podrán estar cubiertos por las medidas cofinanciadas, siempre que los despidos se hayan producido después del anuncio general de los despidos previstos y pueda establecerse un claro vínculo con el acontecimiento que provocó los despidos durante el período de referencia;»

Exposición de motivos

1)

Los entes regionales y locales y su población se verán afectados por las consecuencias de la localización y el cierre de empresas, por lo que deberían participar en la elaboración de las estrategias para afrontar estas situaciones. Por ello, deberían formar parte del proceso de solicitud de financiación, especialmente para garantizar la complementariedad entre las medidas locales, regionales, nacionales y europeas.

2)

El contenido de la primera frase del apartado 2 a) es incomprensible en su forma actual.

Texto propuesto por la Comisión Europea

Enmienda del CDR

En el artículo 10, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:

«1.   La Comisión, basándose en la evaluación efectuada con arreglo al artículo 5, apartado 5, y teniendo en cuenta, en particular, el número de trabajadores que deba recibir apoyo, las acciones propuestas y los costes estimados, evaluará y propondrá sin demora el importe de la contribución financiera que, en su caso, pueda concederse dentro de los límites de los recursos disponibles. Este importe no podrá superar el 75 % del total de los costes estimados a que se refiere el artículo 5, apartado 2, letra d).»

En el artículo 10, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:

«1.   La Comisión, basándose en la evaluación efectuada con arreglo al artículo 5, apartado 5, y teniendo en cuenta, en particular, el número de trabajadores que deba recibir apoyo, las acciones propuestas y los costes estimados, evaluará y propondrá sin demora el importe de la contribución financiera que, en su caso, pueda concederse dentro de los límites de los recursos disponibles. Este importe no podrá superar el 75 85 % del total de los costes estimados a que se refiere el artículo 5, apartado 2, letra d).»

Exposición de motivos

Al examinar los despidos teniendo en cuenta los actuales criterios de intervención y los que se establecen en la propuesta de modificación queda claro que un número reducido de despidos no afecta significativamente a la capacidad de las regiones periféricas para solicitar ayudas con cargo al Fondo.

Aunque el número de despidos colectivos y el número de trabajadores despedidos está aumentando debido a la recesión económica, la cifra de quinientos despidos sigue siendo un umbral muy alto en relación con las dimensiones reducidas de los mercados laborales de estas regiones. Por esta razón, en las regiones periféricas se da preferencia a las ayudas del FSE únicamente, que además en caso de agravarse la crisis pueden prestar apoyo con mayor rapidez.

De igual modo, las regiones periféricas más pobres tampoco tienen las mismas posibilidades de cofinanciación. En consecuencia, existe el peligro de que los gobiernos debilitados por la crisis económica no presten a las regiones o a los entes regionales y locales con menor capacidad de ejercer presión la atención que merecen.

Bruselas, 22 de abril de 2009.

El Presidente del Comité de las Regiones

Luc VAN DEN BRANDE


(1)  DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.

(2)  El Comité de las Regiones considera que es esencial que el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización tenga en cuenta la disminución general de la masa salarial por cuenca de empleo en los sectores más afectados por la crisis.


25.8.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 200/76


Dictamen del Comité de las Regiones sobre «derechos de los consumidores»

(2009/C 200/14)

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

suscribe el objetivo político de seguir simplificando el mercado interior y mejorar el funcionamiento del mercado interior entre empresas y consumidores, en especial las PYME;

suscribe igualmente el objetivo de reforzar y seguir desarrollando la protección de los consumidores dentro de la UE, lo cual es una condición necesaria para el funcionamiento del mercado interior;

considera que la propuesta de Directiva objeto de examen sigue siendo inadecuada para reforzar la confianza de los consumidores en las transacciones transfronterizas;

se opone al principio de armonización plena, ya que entraña el riesgo de que, en aras de la simplificación, determinados Estados miembros deban renunciar a normativas especiales de protección de los consumidores;

confía en que siga siendo posible que los Estados miembros adopten niveles más estrictos que los que se armonicen a escala comunitaria;

recomienda, por tanto, un enfoque diferenciado en el que se pueda aceptar la armonización plena en lo referente a reglamentaciones de corte técnico, pero en el que, por lo demás, se permitan márgenes de actuación reglamentaria a los Estados miembros.

subraya que la información básica, aplicable a todos los tipos de contrato, debería redactarse de modo más concreto;

considera que siguen siendo necesarias aclaraciones y adaptaciones en el caso de los contratos a distancia.

Ponente

:

Wolfgang G. GIBOWSKI (DE/PPE) Secretario de Estado, Representante plenipotenciario del Estado federado de Baja Sajonia ante el Gobierno federal

Texto de referencia

Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre derechos de los consumidores

COM(2008) 614 final — 2008/0196 (COD)

I.   RECOMENDACIONES POLÍTICAS

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

Observaciones generales

1.

suscribe el objetivo político de seguir simplificando el mercado interior y mejorar el funcionamiento del mercado interior entre empresas y consumidores, en especial las PYME;

2.

suscribe igualmente el objetivo de reforzar y seguir desarrollando la protección de los consumidores dentro de la UE, lo cual es una condición necesaria para el funcionamiento del mercado interior;

3.

celebra en este contexto la propuesta de combinar las actuales directivas de protección del consumidor en un único instrumento horizontal, aplicable a todos los contratos celebrados entre consumidores y comerciantes previstos en la propuesta de Directiva;

4.

lamenta al mismo tiempo que no se incluyan todas las directivas sobre consumidores y que la propuesta de la Comisión se limite a la revisión de cuatro directivas. La Comisión pierde así la oportunidad de definir un marco regulador común para todos los derechos de los consumidores en el mercado interior;

5.

lamenta, además, que sólo en parte se consiga eliminar contradicciones e imprecisiones en las normativas actuales y mejorar la transparencia de las reglamentaciones en el conjunto del acervo sobre consumidores;

6.

expresa su preocupación por las divergencias (crecientes) entre las legislaciones de la UE y los terceros países en materia de protección de los consumidores y, por tanto, propone a la Comisión Europea que preste mayor atención a esta cuestión;

Competencia, subsidiariedad y proporcionalidad

7.

subraya que en las directivas actualmente vigentes se prevén normas mínimas europeas, lo que significa que los Estados miembros pueden adoptar normas más estrictas de protección de los consumidores. Varios Estados miembros han hecho amplio uso de esta posibilidad. Espera que el hecho de que exista permitirá un incremento general de la protección de los consumidores en todos los Estados miembros;

8.

se opone al principio de armonización plena, ya que entraña el riesgo de que, en aras de la simplificación, determinados Estados miembros deban renunciar a normativas especiales de protección de los consumidores, aunque estas hayan demostrado su eficacia;

9.

considera que se deben mantener aspectos esenciales del principio de armonización mínima, principio ya acreditado y conforme con el artículo 153, apartado 5, del Tratado CE, artículo clave en materia de protección de los consumidores. Los Estados miembros disponen básicamente de la posibilidad de, reforzando la protección, adaptar de modo flexible a cada ordenamiento jurídico el derecho de los consumidores;

10.

observa que una armonización plena constituye una novedad en la protección europea del consumidor y que su introducción no parece indispensable. Una armonización plena sólo debería considerarse puntualmente, en casos técnicos especiales, en los que las actuales divergencias de las normativas nacionales aparezcan como cargas reales para las empresas que realizan transacciones transfronterizas o como obstáculos importantes a la realización de las cuatro libertades fundamentales de la Unión Europea;

11.

duda de que una armonización plena sea conforme con el principio de subsidiariedad. La Comisión ha de demostrar por qué se otorga a sí misma toda la competencia en materia de reglamentación. Por ello, la armonización plena sólo debería aplicarse en pocos sectores esenciales del mercado interior;

12.

duda igualmente de que la armonización plena lleve a un aumento de la confianza del consumidor y tenga un efecto estimulador de la competencia. Los problemas actuales de los consumidores, por el contrario, se deben a la inseguridad y la complejidad del cumplimiento de la legislación en las transacciones transfronterizas (barreras ligüísticas, costes de abogados y tribunales). La directiva no brinda mejoras al respecto;

13.

destaca que es cuestionable el objetivo de la Comisión de regular con su propuesta de Directiva las transacciones transfronterizas y las actividades empresariales en el interior de los Estados miembros. En cualquier caso, no existen pruebas de que las diferentes reglamentaciones nacionales sean un impedimento para las transacciones transfronterizas;

14.

observa, además, que las normativas armonizadoras requieren una justificación empírica razonable y una evaluación de impacto realista;

15.

considera que la encuesta Eurobarómetro que se aduce no es justificación suficiente para aprobar la propuesta de Directiva. En cualquier caso, la necesidad de intervenir debe justificarse empíricamente y explicarse de modo convincente. Por el momento, la evaluación de impacto sólo contiene una valoración abstracta de los efectos de distintas opciones de actuación;

Observaciones particulares

Definiciones

16.

considera que las imprecisiones conceptuales existentes en las actuales directivas sobre consumidores, que han contribuido a una considerable falta de transparencia, no se han subsanado suficientemente en la propuesta de Directiva. Las definiciones presentadas requieren aún nuevas aclaraciones, como, por ejemplo, en el caso de las nociones «consumidor» o «comerciante»;

Información a los consumidores

17.

estima que lo que se estipula sobre los requisitos de información general sigue siendo impreciso y puede entrañar importantes inseguridades jurídicas; al menos, la salvedad a la obligación de informar («salvo que resulte evidente por el contexto») sigue siendo poco precisa y es apenas adecuada para una definición;

18.

subraya que la información básica, aplicable a todos los tipos de contrato, debería redactarse de modo más concreto;

Información al consumidor y derecho de desistimiento en los contratos a distancia y los contratos celebrados fuera del establecimiento

19.

destaca que, en particular, las empresas más pequeñas se quejan de que ya en la actualidad no pueden cumplir con sus obligaciones de información sin asesoramiento jurídico. Un formulario normalizado ayudaría a empresas y consumidores. Las empresas que utilizaran un formulario incluido en la Directiva tendrían la seguridad de que su información es conforme con los requisitos de la Directiva. El consumidor dispondría de una información idéntica a escala europea. El modelo de formulario propuesto en el anexo cumple este objetivo de manera limitada;

20.

considera que siguen siendo necesarias aclaraciones y adaptaciones en el caso de los contratos a distancia. Así, por ejemplo, la propuesta sobre las ventas a distancia va, por una parte, más allá de las normativas nacionales actualmente vigentes y, por otra, no incluye la excepción prevista en la antigua Directiva sobre contratos a distancia, conforme a la cual no se podrá ejercer el derecho de resolución en el caso de aquellos bienes «que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos»;

21.

manifiesta su preocupación con respecto al hecho de que las ventas a domicilio deban ser objeto de armonización plena. La casi totalidad de las ventas directas o de los contratos celebrados en espacio público se efectúa en el ámbito nacional;

22.

se pregunta por la razón de que se cuenten entre las excepciones al derecho de desistimiento las suscripciones a publicaciones periódicas y los juegos de azar. Lo mismo rige para subastas privadas por Internet, que en algunos Estados miembros (al menos, en Alemania) se consideran contratos de venta normales. Convendría prever también en este caso una reglamentación nacional divergente.

Otros derechos de los consumidores específicos de los contratos de venta

23.

acoge favorablemente las propuestas sobre la venta de los bienes de consumo, ya que cabe caracterizarlas como «respetuosas con el vendedor» (derecho de cumplimiento posterior, periodo de responsabilidad);

24.

expresa, en cambio, su preocupación con respecto a las propuestas relativas a los bienes defectuosos, especialmente el plazo para su enjuiciamiento;

Derechos del consumidor relativos a las cláusulas contractuales

25.

manifiesta su preocupación con respecto a las propuestas relativas a las cláusulas contractuales tipo, algunas de las cuales implicarían un recorte de los derechos del consumidor. No debe avanzarse aun más hacia niveles inferiores a las normas de los acervos jurídicos nacionales;

Conclusiones

26.

considera que la propuesta de Directiva objeto de examen sigue siendo inadecuada para reforzar la confianza de los consumidores en las transacciones transfronterizas. Por el contrario, si la legislación propuesta supone la adaptación, a un nivel inferior, del derecho nacional a las normas comunitarias, ello podría acarrear incluso un mayor debilitamiento de la demanda de consumo, porque niveles inferiores de protección del consumidor podrían llevar a una actitud de cautela y desconcierto de los consumidores;

27.

se pronuncia expresamente en contra de una armonización plena y confía en que siga siendo posible que los Estados miembros adopten niveles más estrictos que los que se armonicen a escala comunitaria;

28.

recomienda, por tanto, un enfoque diferenciado en el que se pueda aceptar la armonización plena en lo referente a reglamentaciones de corte técnico, pero en el que, por lo demás, se permitan márgenes de actuación reglamentaria a los Estados miembros. Esto les brindaría también la posibilidad de reaccionar a evoluciones indeseadas con mayor rapidez que la del legislador europeo;

29.

considera que se debería adoptar un enfoque integrado en el que se disponga de definiciones y reglamentaciones que, más allá de los sectores parciales objeto de la propuesta de Directiva, se presten también a la mejora del acervo restante sobre el consumidor;

30.

estima que, en el estado actual de la negociación, siguen necesitándose aclaraciones y consultas. Con vistas a las negociaciones pendientes, conviene perseguir un equilibrio entre un elevado nivel de protección del consumidor y la competitividad empresarial. Conviene evitar tanto las cargas excesivas, en particular para las medianas empresas, como que se rebaje el nivel de protección del consumidor ya muy desarrollado en algunos Estados miembros. Las negociaciones deberían utilizarse también para diseñar una información común al consumidor, más simple y más comprensible;

31.

espera con gran interés el curso ulterior de los debates, de los que hará un seguimiento positivo.

Bruselas, 22 de abril de 2009.

El Presidente del Comité de las Regiones

Luc VAN DEN BRANDE