25.6.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 164/46


Corrección de errores del Reglamento (CE) no 1214/2007 de la Comisión, de 20 de septiembre de 2007, por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común

( Diario Oficial de la Unión Europea L 286 de 31 de octubre de 2007 )

En la página 6, capítulo 54:

en lugar de:

«Filamentos sintéticos o artificiales»,

léase:

«Filamentos sintéticos o artificiales; tiras y formas similares de materia textil sintética o artificial».

En la página 54:

 

se elimina: la nota 3 a pie de página;

 

en la tercera columna, en la línea correspondiente al código NC 0304 19 99:

en lugar de

:

«15 (2) (3)»,

léase

:

«15 (2)».

En la página 56:

 

se añade la siguiente nota a pie de página:

«(3)

Tipo del derecho aplicable reducido del 11,4 % hasta el 16 de diciembre de 2009 [Reglamento (CE) no 1839/2006 del Consejo (DO L 355 de 15.12.2006, p. 1)].»;

 

en la tercera columna, en la línea correspondiente al código NC 0304 29 99:

en lugar de:

:

«15 (1)»,

léase

:

«15 (1) (3)».

En la página 80, en la nota 3 a pie de página:

en lugar de:

«—

Del 1 de enero al 31 de marzo: 10,4 MIN 1,3 kg/br EUR 100.

Del 1 de abril al 30 de noviembre: 12 MIN 2 kg/br EUR 100.

Del 1 al 31 de diciembre: 10,4 MIN 1,3 kg/br EUR 100.»,

léase:

«—

Del 1 de enero al 31 de marzo: 10,4 MIN 1,3 EUR/100 kg/br.

Del 1 de abril al 30 de noviembre: 12 MIN 2 EUR/100 kg/br.

Del 1 al 31 de diciembre: 10,4 MIN 1,3 EUR/100 kg/br.».

En la página 118, en la tercera columna:

 

en la línea correspondiente al código NC 1511 90 11:

en lugar de

:

«12,8 (1)»,

léase

:

«12,8»;

 

en la línea correspondiente al código NC 1511 90 19:

en lugar de

:

«10,9»,

léase

:

«10,9 (1)».

En la página 559, en la nota de subpartida 1:

en lugar de:

«1.

La subpartida 8527 12 comprende únicamente los reproductores de casetes (tocacasetes) y los radiocasetes, con amplificador incorporado y sin altavoz (altoparlante) incorporado, que puedan funcionar sin fuente de energía eléctrica exterior y cuyas dimensiones sean inferiores o iguales a 170 mm × 100 mm × 45 mm.»,

léase:

«1.

La subpartida 8527 12 comprende únicamente los radiocasetes, con amplificador incorporado y sin altavoz (altoparlante) incorporado, que puedan funcionar sin fuente de energía eléctrica exterior y cuyas dimensiones sean inferiores o iguales a 170 mm × 100 mm × 45 mm.».

En la página 813, debajo del título del anexo 4, se añade el siguiente texto:

«Pueden combinarse los prefijos y los sufijos (por ejemplo, fosfato clorhidrato) e ir precedidos de un prefijo multiplicador como bi, bis, di, hemi, hepta, hexa, mono, penta, sesqui, tetra, tri, tris, etc. (por ejemplo, diacetato). También es posible utilizar sinónimos y denominaciones sistemáticas del mismo modo.

La sigla DCI significa denominaciones comunes internacionales para sustancias farmacéuticas, según la Organización Mundial de la Salud.

La sigla DCIRG hace referencia a las denominaciones comunes internacionales (DCI) para sustancias farmacéuticas y a las denominaciones para radicales y grupos, conforme a la lista general de 2004.

La sigla DCIQS se refiere a las denominaciones químicas o sistemáticas enumeradas en las denominaciones comunes internacionales (DCI) para sustancias farmacéuticas y para radicales y grupos, conforme a la lista general de 2004.».