Libre circulación de datos no personales en la Unión Europea

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) 2018/1807 relativo a un marco para la libre circulación de datos no personales en la Unión Europea

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

PUNTOS CLAVE

El Reglamento se aplica al tratamiento de datos no personales* que:

El Reglamento prohíbe las medidas denominadas requisitos de localización*, que limitan el tratamiento de los datos a un territorio específico de la UE, salvo que estén justificadas por razones de seguridad pública.

Los países de la UE deben:

Las autoridades públicas pueden solicitar acceso a datos ubicados en otro país de la UE, o almacenados o tratados en la nube, que sean necesarios para el ejercicio de sus funciones oficiales.

La Comisión Europea debe:

La Comisión fomenta la creación de códigos de autorregulación de conducta a escala de la UE. Estos deberán:

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

Entrará en vigor el 28 de mayo de 2019. Tal como se menciona en la síntesis, el Reglamento establece algunos plazos específicos que deben cumplirse, como la derogación, a más tardar el 30 de mayo de 2021, de todo requisito de localización injustificado.

ANTECEDENTES

La nueva normativa está concebida para facilitar el comercio transfronterizo en la UE y para crear un mercado único de los servicios de tratamiento y almacenamiento de datos, como la computación en la nube.

La posibilidad de elegir un proveedor de servicios de datos en cualquier lugar de la UE debería conducir a unos servicios basados en datos más innovadores y a unos precios más competitivos para las empresas, los consumidores y las administraciones públicas.

Con un marco regulador favorable, se estima que la economía de los datos podría alcanzar un 4 % del PIB (producto interior bruto) de la UE para el año 2020.

Para obtener más información, véase:

TÉRMINOS CLAVE

Datos no personales: toda información no vinculada a una persona identificada o identificable, esto es, cualquier dato distinto de los datos personales que se definen en el punto 1) del artículo 4 del Reglamento general de protección de datos (RGPD).
Requisitos de localización: cualquier disposición jurídica o administrativa que imponga el tratamiento de los datos en un territorio concreto de la UE.
Portabilidad de datos: transferencia de datos de un proveedor de servicios a otro, o su devolución a los propios servidores de una empresa.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) 2018/1807 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de noviembre de 2018, relativo a un marco para la libre circulación de datos no personales en la Unión Europea (DO L 303 de 28.11.2018, pp. 59-68).

DOCUMENTO CONEXO

Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (DO L 119 de 4.5.2016, pp. 1-88).

Véase la versión consolidada.

última actualización 15.02.2019