8.7.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 202/10 |
Conclusiones del Consejo: Hacia unos sistemas sanitarios modernos, reactivos y sostenibles
2011/C 202/04
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA
1. |
RECUERDA que, de conformidad con el artículo 168 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, al definirse y ejecutarse todas las políticas y acciones de la Unión se garantizará un alto nivel de protección de la salud humana; igualmente que la acción de la Unión ha de complementar las políticas nacionales y se encaminará a mejorar la salud pública; ha de fomentar asimismo la cooperación entre los Estados miembros en el ámbito de la salud pública y, en caso necesario, prestar apoyo a su acción, y respetar plenamente las responsabilidades de los Estados miembros por lo que respecta a la organización y prestación de servicios sanitarios y atención médica; |
2. |
RECUERDA las Conclusiones del Consejo sobre el Libro Blanco de la Comisión «Juntos por la salud: un planteamiento estratégico para la UE (2008-2013)» adoptadas el 6 de diciembre de 2007; |
3. |
RECUERDA las Conclusiones del Consejo sobre los valores y principios comunes de los sistemas sanitarios de la Unión Europea adoptadas el 2 de junio de 2006 (1) y, en particular, los valores esenciales de universalidad, acceso a una atención sanitaria de buena calidad, equidad y solidaridad; |
4. |
RECUERDA la Carta de Tallin sobre sistemas sanitarios para la salud y la riqueza, firmada el 27 de junio de 2008 bajo los auspicios de la Organización Mundial de la Salud (OMS); |
5. |
RECUERDA el informe conjunto relativo a los sistemas sanitarios elaborado por la Comisión Europea (CE) y el Comité de Política Económica (CPE), ultimado el 23 de noviembre de 2010, así como las Conclusiones que el Consejo adoptó sobre este informe el 7 de diciembre de 2010; |
6. |
RECONOCE la labor desarrollada por el Comité de Protección Social y RECUERDA los objetivos que se fijaron en el marco del método abierto de coordinación a favor de la protección y la integración sociales en el Consejo Europeo de marzo de 2006 con el fin de garantizar una atención sanitaria accesible, de alta calidad y sostenible, así como una atención sanitaria a largo plazo; |
7. |
RECUERDA las deliberaciones mantenidas en la reunión informal de Ministros de Sanidad celebrada en Gödöllő los días 4 y 5 de abril de 2011 sobre «Vías para pacientes y profesionales en Europa — Invertir en los sistemas sanitarios del futuro»; |
8. |
RECUERDA la Estrategia Europa 2020 y ACOGE FAVORABLEMENTE la iniciativa adoptada por la Comisión con la presentación de la Asociación Europea piloto para la Innovación sobre un Envejecimiento Activo y Saludable, y la labor que está desarrollando en la materia; |
9. |
RECONOCE que los Estados miembros comparten idénticos desafíos por causa del envejecimiento de la población, de los cambios en las necesidades de la población, de unas mayores expectativas de los pacientes, de una rápida difusión de la tecnología y de unos mayores costes de la atención sanitaria, así como debida al incierto y frágil clima económico que se vive en la actualidad como consecuencia especialmente de la reciente crisis económica y financiera mundial que va limitando progresivamente los recursos destinados a los sistemas sanitarios de los Estados miembros. El aumento de las enfermedades crónicas es uno de los principales desafíos a los que han de hacer frente los sistemas de salud; |
10. |
RECONOCE que, aunque la garantía de un acceso equitativo a servicios sanitarios de alta calidad en una situación de escasez económica y de otros recursos ha sido siempre una de las principales preocupaciones, en estos momentos lo que está cambiando es la dimensión y urgencia de la situación y, si no se hace frente a este problema, puede convertirse en un factor determinante en el paisaje económico y social de la UE en un futuro; |
11. |
RECONOCE que se necesita una innovación acertada y responsable, también social y organizativa, para equilibrar las futuras demandas con unos recursos asequibles y sostenibles que permitan hacer frente a todos esos desafíos; |
12. |
INSISTE en la necesidad de que el sector sanitario desempeñe una función apropiada en la aplicación de la Estrategia Europa 2020. Debe considerarse la inversión en sanidad como una contribución al crecimiento económico. Además de un valor en sí misma, la salud es también condición necesaria para el crecimiento económico; |
13. |
DESTACA que, para crear sistemas de salud modernos, reactivos, eficaces, efectivos y económicamente sostenibles que ofrezcan un acceso equitativo y universal a los servicios sanitarios, aquellas regiones de los Estados miembros que puedan acogerse a los Fondos Estructurales europeos, pueden utilizarlos, sin perjuicio de las negociaciones que se lleven a cabo sobre el futuro marco financiero, para complementar la financiación del desarrollo de su sector sanitario, incluyendo, entre otras, las inversiones de capital, en particular dado que:
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14. |
DESTACA que la eficacia de las inversiones que se hagan en los sistemas de salud del futuro es de vital importancia y que serán los Estados miembros respectivos los encargados de su medición y control; |
15. |
RECONOCE la importancia de que los procesos de elaboración de políticas y toma de decisiones se basen en hechos confirmados y se apoyen en sistemas adecuados de información sanitaria; |
16. |
RECONOCE que, en la Unión Europea, es necesario poner en común hechos que pongan en evidencia la modernización de los sistemas de salud y adoptar nuevos planteamientos de atención sanitaria; |
17. |
RECONOCE que la promoción de la salud y la prevención de las enfermedades son fundamentales para la sostenibilidad a largo plazo de los sistemas de salud; |
18. |
DESTACA que es fundamental contar en cada Estado miembro con un número suficiente de profesionales de la salud adecuadamente formados si se quiere contar con sistemas de salud modernos y dinámicos, y que cada Estado miembro debe atender sus necesidades y adherirse al código de prácticas mundial sobre contratación internacional de la OMS; |
19. |
INSISTE en la necesidad de aunar esfuerzos y establecer una cooperación que entrañe una mayor coordinación en el nivel de la UE con el fin de apoyar a los Estados miembros, cuando proceda, en sus esfuerzos por garantizar que sus sistemas sanitarios superen los desafíos futuros, aprovechando los resultados conseguidos gracias a iniciativas nacionales y de la UE, y también a iniciativas llevadas a cabo por organizaciones intergubernamentales como la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) y la OMS; |
20. |
DESTACA el liderazgo que corresponde a los ministros de sanidad en el desarrollo y seguimiento de planteamientos efectivos y centrados en la política de sanidad con el fin de hacer frente de forma adecuada a los desafíos macroeconómicos, sanitarios y sociales, también a los derivados del envejecimiento de la población, y garantizar estrategias futuras a largo plazo para el sector sanitario que incidan especialmente en la inversión en este sector y en las estrategias en materia de recursos humanos; |
21. |
INSTA a los Estados miembros a que:
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22. |
INSTA a los Estados miembros y a la Comisión a que:
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23. |
INSTA a la Comisión a que:
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(1) DO C 146 de 22.6.2006, p. 1.