30.4.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 128/43


DECISIÓN DEL CONSEJO

de 14 de abril de 2014

relativa a la renovación del Acuerdo sobre cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y el Gobierno de los Estados Unidos de América

(2014/240/UE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 186, en relación con su artículo 218, apartado 6, letra a), inciso v),

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Vista la aprobación del Parlamento Europeo,

Considerando lo siguiente:

(1)

Mediante la Decisión 98/591/CE (1), el Consejo aprobó la celebración del Acuerdo sobre cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y el Gobierno de los Estados Unidos de América («el Acuerdo»).

(2)

El artículo 12, letra b), del Acuerdo establece que este se celebra por un período inicial de cinco años y que podrá renovarse, con las eventuales modificaciones, por períodos adicionales de cinco años, mediante acuerdo mutuo y por escrito entre las Partes.

(3)

Mediante la Decisión 2009/306/CE del Consejo (2), el Acuerdo fue renovado por un período adicional de cinco años.

(4)

Las Partes en el Acuerdo consideran que su rápida renovación sería de interés mutuo.

(5)

El contenido del Acuerdo renovado debe ser idéntico al del Acuerdo que expira el 14 de octubre de 2013.

(6)

Procede, por lo tanto, aprobar la renovación del Acuerdo en nombre de la Unión Europea.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda aprobada, en nombre de la Unión, la renovación, por un período adicional de cinco años, del Acuerdo sobre cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y el Gobierno de los Estados Unidos de América.

Artículo 2

El presidente del Consejo notificará, en nombre de la Unión, al Gobierno de los Estados Unidos de América que la Unión ha completado los procedimientos internos necesarios para la renovación del Acuerdo, de conformidad con el artículo 12, letra b), del Acuerdo.

Artículo 3

El presidente del Consejo efectuará, en nombre de la Unión, la siguiente notificación:

«Como consecuencia de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa el 1 de diciembre de 2009, la Unión Europea ha sustituido y sucede a la Comunidad Europea y, a partir de dicha fecha, ejerce todos los derechos y asume todas las obligaciones de la Comunidad Europea. Por consiguiente, las referencias a la “Comunidad Europea” en el texto del Acuerdo se entenderán hechas, cuando proceda, a la “Unión Europea”.».

Artículo 4

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Luxemburgo, el 14 de abril de 2014.

Por el Consejo

El Presidente

A. TSAFTARIS


(1)  Decisión 98/591/CE del Consejo, de 13 de octubre de 1998, por la que se celebra el Acuerdo sobre cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y el Gobierno de los Estados Unidos de América (DO L 284 de 22.10.1998, p. 35).

(2)  Decisión 2009/306/CE del Consejo, de 30 de marzo de 2009, relativa a la renovación y la modificación del Acuerdo sobre cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y el Gobierno de los Estados Unidos de América (DO L 90 de 2.4.2009, p. 20).