7.6.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 202/74


Artículo 72

(antiguo artículo 64, apartado 1, TCE y antiguo artículo 33 TUE)

El presente título se entenderá sin perjuicio del ejercicio de las responsabilidades que incumben a los Estados miembros en cuanto al mantenimiento del orden público y la salvaguardia de la seguridad interior.