ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 172

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Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

62.° año
20 de mayo de 2019


Sumario

Página

 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

2019/C 172/01

Últimas publicaciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el Diario Oficial de la Unión Europea

1

 

Tribunal General

2019/C 172/02

Composición de la Gran Sala

2


 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS JURISDICCIONALES

 

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

2019/C 172/03

Asunto C-54/18: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 14 de febrero de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale Amministrativo Regionale per il Piemonte — Italia) — Cooperativa Animazione Valdocco S.C.S. Impresa Sociale Onlus/Consorzio Intercomunale Servizi Sociali di Pinerolo, Azienda Sanitaria Locale To3 di Collegno e Pinerolo (Procedimiento prejudicial – Contratos públicos – Procedimientos de recurso – Directiva 89/665/CE – Artículos 1 y 2 quater – Recursos contra las decisiones de admisión o exclusión de licitadores – Plazo para recurrir – Plazo de preclusión de treinta días – Normativa nacional que excluye la posibilidad de invocar la  ilegalidad de una decisión de admisión en el marco de un recurso contra actos posteriores – Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea – Artículo 47 – Derecho a la tutela judicial efectiva)

3

2019/C 172/04

Asunto C-373/18: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 31 de enero de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Administrativo e Fiscal de Penafiel — Portugal) — Prosa — Produtos e Serviços  Agrícolas/Autoridade Tributária e Aduaneira (Procedimiento prejudicial – Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia – Impuestos indirectos que gravan la concentración de capitales – Directiva 69/335/CEE – Artículos 4 y 7 – Constitución de una sociedad de capital – Impuesto sobre actos jurídicos documentados en vigor a 1 de julio de 1984 – Supresión posterior del impuesto sobre actos jurídicos documentados, a la que siguió en un momento ulterior la reintroducción de dicho impuesto)

4

2019/C 172/05

Asunto C-489/18: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 15 de enero de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Budapest Környéki Közigazgatási és Munkaügyi Bíróság — Hungría) — Farmland Kft./Földművelésügyi Miniszter (Procedimiento prejudicial – Artículo 53, apartado 2, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia – Agricultura – Regímenes de ayuda directa – Régimen de pago único – Solicitud de pago único por superficie – Criterios – Utilizador legítimo de un terreno agrícola)

5

2019/C 172/06

Asunto C-689/18: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 7 de marzo de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Dioikitiko Protodikeio Patron — Grecia) — XT/Elliniko Dimosio (Procedimiento prejudicial – Artículo 99 del Reglamento de procedimiento del Tribunal de Justicia – Tributos interiores – Prohibición de tributos discriminatorios – Impuesto sobre los productos de lujo – Vehículos automóviles – Exención del impuesto en función de la fecha de primera puesta en circulación en el Estado miembro de imposición – Falta de consideración de la fecha de primera puesta en circulación en otro Estado miembro)

5

2019/C 172/07

Asunto C-8/19 PPU: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 12 de febrero de 2019 — (petición de decisión prejudicial  planteada por el Spetsializiran nakazatelen sad — Bulgaria) — Proceso penal contra RH [Procedimiento prejudicial – Procedimiento prejudicial de urgencia – Cooperación judicial en materia penal – Directiva (UE) 2016/343 – Artículo 4 – Referencias públicas a la culpabilidad – Resolución relativa a la prisión preventiva – Medios de impugnación judicial – Procedimiento de control de la legalidad de esta resolución – Respeto de la presunción de inocencia – Artículo 267 TFUE – Artículo 47, párrafo segundo, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea – Derecho a ser oído dentro de un plazo razonable – Normativa nacional que restringe la facultad de los órganos jurisdiccionales nacionales para remitir una petición de decisión prejudicial al Tribunal de Justicia o los obliga a pronunciarse sin esperar a la respuesta a esa petición – Sanciones disciplinarias en caso de inobservancia de esta normativa]

6

2019/C 172/08

Asunto C-755/18 P: Recurso de casación interpuesto el 30 de noviembre de 2018 por Harry Shindler y otros contra la sentencia del Tribunal General (Sala Novena ampliada) dictada el 26 de noviembre de 2018 en el asunto T-458/17,  Shindler y otros/Consejo

7

2019/C 172/09

Asunto C-88/19: Petición de decisión prejudicial planteada por la Judecătoria Zărnești (Rumanía) el 7 de febrero de 2019 — Asociația Alianța pentru Combaterea abuzurilor/TM, UN, Asociația DMPA

7

2019/C 172/10

Asunto C-96/19: Petición de decisión prejudicial planteada por el Landesverwaltungsgericht Niederösterreich (Austria) el 8 de febrero de 2019 — VO/Bezirkshauptmannschaft Tulln

8

2019/C 172/11

Asunto C-101/19: Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesverwaltungsgericht (Alemania) el 11 de febrero de 2019 — Deutsche Homöopathie-Union (DHU) Arzneimittel GmbH & Co. KG/Bundesrepublik Deutschland

9

2019/C 172/12

Asunto C-102/19: Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesverwaltungsgericht (Alemania) el 11 de febrero de 2019 — Deutsche Homöopathie-Union (DHU) Arzneimittel GmbH & Co. KG/Bundesrepublik Deutschland

10

2019/C 172/13

Asunto C-108/19: Petición de decisión prejudicial planteada por la Curtea de Apel București (Rumanía) el 11 de febrero de 2019 — Krakvet sp. z o.o. sp.k./Direcția Generală Regională a Finanțelor Publice București, Administrația Fiscală pentru Contribuabili Nerezidenți

10

2019/C 172/14

Asunto C-112/19: Petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Aachen (Alemania) el 12 de febrero de 2019 — Marvin M./Kreis Heinsberg

11

2019/C 172/15

Asunto C-118/19: Petición de decisión prejudicial planteada por el Landesgericht Salzburg (Austria) el 15 de febrero de 2019 — ZS/PVA Landesstelle Salzburg

12

2019/C 172/16

Asunto C-134/19 P: Recurso de casación interpuesto el 18 de febrero de 2019 por Bank Refah Kargaran contra la sentencia del  Tribunal General (Sala Segunda) dictada el 10 de diciembre de 2018 en el asunto T-552/15, Bank Refah  Kargaran/Consejo

12

2019/C 172/17

Asunto C-135/19: Petición de decisión prejudicial planteada por el Oberster Gerichtshof (Austria) el 20 de febrero de 2019 — Pensionsversicherungsanstalt/CW

14

2019/C 172/18

Asunto C-157/19 P: Recurso de casación interpuesto el 21 de febrero de 2019 por Ehab Makhlouf contra la sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) dictada el 12 de diciembre de 2018 en el asunto T-409/16, Makhlouf/Consejo

15

2019/C 172/19

Asunto C-158/19 P: Recurso de casación interpuesto el 21 de febrero de 2019 por Razan Othman contra la sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) dictada el 12 de diciembre de 2018 en el asunto T-416/16, Othman/Consejo

16

2019/C 172/20

Asunto C-159/19 P: Recurso de casación interpuesto el 21 de febrero de 2019 por Syriatel Mobile Telecom (Joint Stock Company) contra la sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) dictada el 12 de diciembre de 2018 en el asunto  T- 411/16, Syriatel Mobile Telecom/Consejo

17

2019/C 172/21

Asunto C-182/19: Petición de decisión prejudicial planteada por el First-tier Tribunal (Tax Chamber) (Reino Unido) el 26 de febrero de 2019 — Pfizer Consumer Healthcare Ltd/Commissioners for Her Majesty’s Revenue and Customs

18

2019/C 172/22

Asunto C-208/19: Petición de decisión prejudicial planteada por el Landesgericht für Zivilrechtssachen Graz (Austria) el 4 de marzo de 2019 — NK/MS y AS

19

2019/C 172/23

Asunto C-217/19: Recurso interpuesto el 8 de marzo de 2019 — Comisión Europea/República de Finlandia

20

2019/C 172/24

Asunto C-231/19: Petición de decisión prejudicial planteada por el Upper Tribunal (Tax and Chancery Chamber) (Reino Unido) de 15 de marzo de 2019 — Blackrock Investment Management (UK) Limited/Commissioners for Her Majesty’s Revenue and Customs

21

2019/C 172/25

Asunto C-235/19: Petición de decisión prejudicial planteada por la Court of Appeal (Reino Unido) el 18 de marzo de 2019 — United Biscuits (Pensions Trustees) Limited, United Biscuits Pension Investments Limited/Commissioners for Her Majesty’s Revenue and Customs

22

2019/C 172/26

Asunto C-239/19: Petición de decisión prejudicial planteada por la High Court of Justice (Chancery Division) (Reino Unido) el 20 de marzo de 2019 — Eli Lilly and Company/Genentech Inc.

22

2019/C 172/27

Asunto C-510/17: Auto del Presidente de la Sala Segunda del Tribunal de Justicia de 24 de enero de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Okresný súd Bratislava — Eslovaquia) — ML

23

2019/C 172/28

Asunto C-564/17: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 4 de febrero de 2019 — Comisión Europea/Reino de Bélgica, con el apoyo de: República Federal de Alemania, República de Estonia, Irlanda, Reino de España, República Francesa, República Italiana, República de Letonia, República de Lituania y Hungría

23

2019/C 172/29

Asunto C-596/17: Auto del Presidente de la Sala Primera del Tribunal de Justicia de 13 de febrero de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État — Francia) — Japan Tobacco International SA, Japan Tobacco  International France SAS/Premier ministre, Ministre de l’Action et des Comptes publics, Ministre des  Solidarités et de la Santé

24

2019/C 172/30

Asunto C-657/17: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 25 de febrero de 2019 (petición de decisión prejudicial  planteada por el Verwaltungsgerichtshof — Austria) — Hussein Mohamad Hussein, con intervención de: Bundesamt für Fremdenwesen und Asyl

24

2019/C 172/31

Asunto C-277/18: Auto del Presidente de la Sala Quinta del Tribunal de Justicia de 14 de febrero de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Administrativo de Círculo de Lisboa — Portugal) — Henkel Ibérica  Portugal, Unipessoal L.da/Comissão de Segurança de Serviços e Bens de Consumo

24

2019/C 172/32

Asunto C-368/18: Auto del Presidente de la Sala Novena del Tribunal de Justicia de 30 de enero de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por la Justice de paix du troisième canton de Charleroi — Bélgica) — Frank Casteels/ Ryanair DAC, anteriormente Ryanair Ltd

25

2019/C 172/33

Asunto C-399/18: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 18 de enero de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el College van Beroep voor het Bedrijfsleven — Países Bajos) — Vereniging Gasopslag Nederland, TAQA Onshore BV, TAQA Piek Gas BV/Autoriteit Consument en Markt, con intervención de: Gas Transport  Services BV

25

2019/C 172/34

Asunto C-498/18: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 11 de febrero de 2019 (petición de decisión prejudicial  planteada por el Tribunal Supremo) — ZW/Deutsche Lufthansa AG

25

2019/C 172/35

Asunto C-614/18: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 11 de febrero de 2019 — Comisión Europea/República Eslovaca

26

2019/C 172/36

Asunto C-660/18: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 8 de febrero de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Berlin — Alemania) — Sundair GmbH/WV, XU, YT, ZS

26

2019/C 172/37

Asunto C-701/18: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 31 de enero de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Amtsgericht Nürnberg — Alemania) — Geld-für-Flug GmbH/Ryanair DAC

26

2019/C 172/38

Asunto C-750/18: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 8 de febrero de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Amsterdam — Países Bajos) — A, B/C

27

 

Tribunal General

2019/C 172/39

Asuntos T-251/17 y T-252/17: Sentencia del Tribunal General de 28 de marzo de 2019 — Robert Bosch/EUIPO (Simply. Connected.) [Marca de la Unión Europea – Solicitudes de marcas figurativas de la Unión Simply. Connected. – Motivo de denegación absoluto – Falta de carácter distintivo – Amplitud del examen que debe efectuar la Sala de Recurso – Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001] – Artículo 64 del Reglamento n.o 207/2009 (actualmente artículo 71 del  Reglamento 2017/1001)]

28

2019/C 172/40

Asunto T-480/17: Sentencia del Tribunal General de 26 de marzo de 2019 — Grecia/Comisión (FEAGA y Feader – Gastos excluidos de la financiación – Gastos efectuados por Grecia – Correcciones  financieras puntuales y a tanto alzado – Condicionalidad – Control de las exigencias reglamentarias en materia de gestión – Análisis de riesgos – Evaluación del perjuicio financiero – Obligación de motivación – Proporcionalidad)

29

2019/C 172/41

Asunto T-492/17: Sentencia del Tribunal General de 2 abril 2019 — Fleig/SEAE (Función pública – Agentes contractuales – Contrato por tiempo indefinido – Artículo 47, letra c), inciso i), del ROA – Resolución del contrato con preaviso – Causas de resolución del contrato – Ruptura del vínculo de confianza – Interés del servicio – Error manifiesto de apreciación – Deber de asistencia y protección – Principio de buena administración – Artículos 30 y 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales – Incidente procesal – Publicación en Internet de documentos aportados a los autos del procedimiento ante el Tribunal General – Artículo 17 del Estatuto)

29

2019/C 172/42

Asunto T-562/17: Sentencia del Tribunal General de 28 de marzo de 2019 — dm-drogerie markt/EUIPO — Albea Services (ALBÉA) [Marca de la Unión Europea – Procedimiento de oposición – Registro internacional en el que se designa a la Unión Europea – Marca figurativa ALBÉA – Registro internacional en el que se designa a la Unión Europea anterior – Marca denominativa Balea – Motivo de denegación relativo – Riesgo de confusión – Similitud entre los signos – Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]]

30

2019/C 172/43

Asunto T-611/17: Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2019 — All Star/EUIPO — Carrefour Hypermarchés (Forma de una suela de zapato) [Marca de la Unión Europea – Procedimiento de nulidad – Marca tridimensional de la Unión – Forma de una suela de zapato – Hechos notorios – Obligación de motivación – Derechos de defensa – Artículo 75 del  Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 94, apartado 1, del Reglamento (UE) 2017/1001] – Motivo de denegación absoluto – Falta de carácter distintivo – Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento n.o 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento 2017/1001] – Carácter distintivo adquirido por el uso – Artículos 7, apartado 3, y 52, apartado 2, del Reglamento n.o 207/2009 (actualmente artículos 7, apartado 3, y 59, apartado 2, del Reglamento 2017/1001) – Desestimación de la solicitud de celebración de una vista ante la Sala de Recurso – Artículo 77 del Reglamento n.o 207/2009 (actualmente artículo 96, apartado 1, del Reglamento 2017/1001)]

31

2019/C 172/44

Asunto T-779/17: Sentencia del Tribunal General de 4 de abril de 2019 — United Wineries/EUIPO — Compañía de Vinos Miguel Martín (VIÑA ALARDE) [Marca de la Unión Europea – Procedimiento de oposición – Solicitud de marca denominativa de la Unión VIÑA ALARDE – Marca nacional denominativa anterior ALARDE – Prueba del uso efectivo de la marca anterior – Artículo 42, apartados 2 y 3, del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 47, apartados 2 y 3, del Reglamento (UE) 2017/1001] – Motivo de denegación relativo – Riesgo de confusión – Identidad de los productos – Similitud de los signos – Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento 2017/1001]]

32

2019/C 172/45

Asunto T-804/17: Sentencia del Tribunal General de 4 de abril de 2019 — Stada Arzneimittel/EUIPO (Representación de dos arcos opuestos) [Marca de la Unión Europea – Solicitud de marca figurativa de la Unión que representa dos arcos opuestos – Motivo de denegación absoluto – Falta de carácter distintivo – Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]]

33

2019/C 172/46

Asunto T-259/18: Sentencia del Tribunal General de 28 de marzo de 2019 — Zakłady Chemiczne Siarkopol Tarnobrzeg/EUIPO — EuroChem Agro (Unifoska) [Marca de la Unión Europea – Procedimiento de oposición – Solicitud de marca denominativa de la Unión Unifoska – Marca denominativa anterior de la Unión NITROFOSKA – Motivo de denegación relativo – Riesgo de confusión – Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]

33

2019/C 172/47

Asunto T-186/18: Auto del Tribunal General de 25 de marzo de 2019 — Abaco Energy y otros/Comisión (Recurso de anulación — Ayudas de Estado – Régimen de ayudas en favor de las energías renovables – Procedimiento de examen preliminar – Decisión por la que se declara la compatibilidad del régimen de ayudas con el mercado interior – Recurso interpuesto por beneficiarios – Inexistencia de interés en ejercitar la acción – Inadmisibilidad)

34

2019/C 172/48

Asunto T-190/18: Auto del Tribunal General de 25 de marzo de 2019 — Solwindet las Lomas/Comisión (Recurso de anulación — Ayudas de Estado – Régimen de ayudas en favor de las energías renovables – Procedimiento de examen preliminar – Decisión por la que se declara la compatibilidad del régimen de ayudas con el mercado interior – Recurso interpuesto por un beneficiario – Inexistencia de interés en ejercitar la acción – Inadmisibilidad)

35

2019/C 172/49

Asunto T-631/18: Auto del Tribunal General de 28 de marzo de 2019 — Herholz/EUIPO (#) [Marca de la Unión Europea – Solicitud de marca denominativa de la Unión Europea # – Motivo de denegación absoluto – Falta de carácter distintivo – Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 – Solicitud de modificación – Inadmisibilidad manifiesta]

36

2019/C 172/50

Asunto T-157/19: Recurso interpuesto el 8 de marzo de 2019 — Șanli/Consejo

36

2019/C 172/51

Asunto T-161/19: Recurso interpuesto el 11 de marzo de 2019 — Deutsche Telekom/Parlamento y Consejo

37

2019/C 172/52

Asunto T-162/19: Recurso interpuesto el 11 de marzo de 2019 — Telefónica y Telefónica de España/Parlamento y Consejo

38

2019/C 172/53

Asunto T-171/19: Recurso interpuesto el 20 de marzo de 2019 — Hebberecht/SEAE

39

2019/C 172/54

Asunto T-173/19: Recurso interpuesto el 22 de marzo de 2019 — AV y AW/Parlamento

40

2019/C 172/55

Asunto T-176/19: Recurso interpuesto el 25 de marzo de 2019 — 3V Sigma/ECHA

41

2019/C 172/56

Asunto T-182/19: Recurso interpuesto el 28 de marzo de 2019 — Puma/EUIPO (SOFTFOAM)

42

2019/C 172/57

Asunto T-184/19: Recurso interpuesto el 27 de marzo de 2019 — Aurea Biolabs/EUIPO — Avizel (AUREA BIOLABS)

43

2019/C 172/58

Asunto T-185/19: Recurso interpuesto el 28 de marzo de 2019 — Public.Resource.Org y Right to Know/Comisión

44

2019/C 172/59

Asunto T-187/19: Recurso interpuesto el 29 de marzo de 2019 — Glaxo Group/EUIPO (tono de color morado)

45

2019/C 172/60

Asunto T-188/19: Recurso interpuesto el 1 de abril de 2019 — Reino Unido/Comisión

46


ES

 


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

20.5.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 172/1


Últimas publicaciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el Diario Oficial de la Unión Europea

(2019/C 172/01)

Última publicación

DO C 164 de 13.5.2019

Recopilación de las publicaciones anteriores

DO C 155 de 6.5.2019

DO C 148 de 29.4.2019

DO C 139 de 15.4.2019

DO C 131 de 8.4.2019

DO C 122 de 1.4.2019

DO C 112 de 25.3.2019

Estos textos se encuentran disponibles en

EUR-Lex: http://eur-lex.europa.eu


Tribunal General

20.5.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 172/2


Composición de la Gran Sala

(2019/C 172/02)

El 10 de abril de 2019, el Tribunal General ha decidido que, para el período comprendido entre el 26 de septiembre de 2019 y el 31 de agosto de 2022 y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 15, apartado 2, del Reglamento de Procedimiento, los quince Jueces que compondrán la Gran Sala serán el Presidente del Tribunal General, el Vicepresidente, dos Presidentes de Sala designados por turno, los Jueces miembros de la formación de tres Jueces a la que se haya atribuido inicialmente el asunto y los dos Jueces que habrían debido completar esa formación de tres Jueces si el asunto hubiera sido atribuido a una Sala compuesta por cinco Jueces, y seis Jueces designados por turno entre todos los Jueces del Tribunal General, sin incluir a los Presidentes de Sala, siguiendo alternativamente el orden establecido en el artículo 8 del Reglamento de Procedimiento y el orden inverso.


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS JURISDICCIONALES

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

20.5.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 172/3


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 14 de febrero de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale Amministrativo Regionale per il Piemonte — Italia) — Cooperativa Animazione Valdocco S.C.S. Impresa Sociale Onlus/Consorzio Intercomunale Servizi Sociali di Pinerolo, Azienda Sanitaria Locale To3 di Collegno e Pinerolo

(Asunto C-54/18) (1)

(Procedimiento prejudicial - Contratos públicos - Procedimientos de recurso - Directiva 89/665/CE - Artículos 1 y 2 quater - Recursos contra las decisiones de admisión o exclusión de licitadores - Plazo para recurrir - Plazo de preclusión de treinta días - Normativa nacional que excluye la posibilidad de invocar la ilegalidad de una decisión de admisión en el marco de un recurso contra actos posteriores - Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea - Artículo 47 - Derecho a la tutela judicial efectiva)

(2019/C 172/03)

Lengua de procedimiento: italiano

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunale Amministrativo Regionale per il Piemonte

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Cooperativa Animazione Valdocco S.C.S. Impresa Sociale Onlus

Demandadas: Consorzio Intercomunale Servizi Sociali di Pinerolo, Azienda Sanitaria Locale To3 di Collegno e Pinerolo

Con intervención de: Ati Cilte Soc. coop. soc., Coesa Pinerolo Soc. coop. soc. arl, La Dua Valadda Soc. coop. soc., Consorzio di Cooperative Sociali il Deltaplano Soc. coop. soc., La Fonte Soc. coop. soc. Onlus, Società Italiana degli Avvocati Amministrativisti (SIAA), Associazione Amministrativisti.it, Camera degli Avvocati Amministrativisti

Fallo

1)

La Directiva 89/665/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1989, relativa a la coordinación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas referentes a la aplicación de los procedimientos de recurso en materia de adjudicación de los contratos públicos de suministros y de obras, en su versión modificada por la Directiva 2014/23/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, y en particular sus artículos 1 y 2 quater, en relación con el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una normativa nacional como la controvertida en el litigio principal, que establece que los recursos contra las decisiones de los poderes adjudicadores por las que se acuerda admitir o excluir a un candidato o licitador de los procedimientos de contratación pública deben interponerse en un plazo de treinta días, so pena de preclusión, a partir de su comunicación a los interesados, siempre que las decisiones así comunicadas contengan un resumen de los motivos pertinentes que garantice que dichos interesados tuvieron o debieran haber tenido conocimiento de la supuesta infracción del Derecho de la Unión.

2)

La Directiva 89/665, en su versión modificada por la Directiva 2014/23, y en particular sus artículos 1 y 2 quater, en relación con el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una normativa nacional como la controvertida en el litigio principal, que establece que, a falta de recurso contra las decisiones de los poderes adjudicadores por las que se admite a los licitadores a participar en los procedimientos de adjudicación de contratos públicos, interpuesto en un plazo máximo de treinta días a partir de su comunicación, los interesados ya no puedan invocar la ilegalidad de dichas decisiones en el marco de recursos dirigidos contra los actos posteriores y, en particular, contra las decisiones de adjudicación, con la salvedad de que la preclusión solo ha de ser oponible a dichos interesados si tuvieron o debieran haber tenido conocimiento, a través de la mencionada comunicación, de la supuesta ilegalidad.


(1)  DO C 142 de 23.4.2018.


20.5.2019   

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C 172/4


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 31 de enero de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Administrativo e Fiscal de Penafiel — Portugal) — Prosa — Produtos e Serviços Agrícolas/Autoridade Tributária e Aduaneira

(Asunto C-373/18) (1)

(Procedimiento prejudicial - Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Impuestos indirectos que gravan la concentración de capitales - Directiva 69/335/CEE - Artículos 4 y 7 - Constitución de una sociedad de capital - Impuesto sobre actos jurídicos documentados en vigor a 1 de julio de 1984 - Supresión posterior del impuesto sobre actos jurídicos documentados, a la que siguió en un momento ulterior la reintroducción de dicho impuesto)

(2019/C 172/04)

Lengua de procedimiento: portugués

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunal Administrativo e Fiscal de Penafiel

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Prosa — Produtos e Serviços Agrícolas

Demandada: Autoridade Tributária e Aduaneira

Fallo

Los artículos 4, apartado 1, letra a), y 7, apartado 1, de la Directiva 69/335/CEE del Consejo, de 17 de julio de 1969, relativa a los impuestos indirectos que gravan la concentración de capitales, en su versión modificada por la Directiva 85/303/CEE del Consejo, de 10 de junio de 1985, deben interpretarse en el sentido de que se oponen a una normativa nacional mediante la cual un Estado miembro reintroduce un impuesto sobre las aportaciones que grava las operaciones de constitución de una sociedad de capital comprendidas en el ámbito de aplicación de la primera de las disposiciones citadas, operaciones que estaban sujetas a dicho impuesto a 1 de julio de 1984 pero que quedaron exentas posteriormente.


(1)  DO C 294 de 20.8.2018.


20.5.2019   

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C 172/5


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 15 de enero de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Budapest Környéki Közigazgatási és Munkaügyi Bíróság — Hungría) — Farmland Kft./Földművelésügyi Miniszter

(Asunto C-489/18) (1)

(Procedimiento prejudicial - Artículo 53, apartado 2, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Agricultura - Regímenes de ayuda directa - Régimen de pago único - Solicitud de pago único por superficie - Criterios - Utilizador legítimo de un terreno agrícola)

(2019/C 172/05)

Lengua de procedimiento: húngaro

Órgano jurisdiccional remitente

Budapest Környéki Közigazgatási és Munkaügyi Bíróság

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Farmland Kft.

Demandada: Földművelésügyi Miniszter

Objeto

La petición de decisión prejudicial planteada por el Budapest Környéki Közigazgatási és Munkaügyi Bíróság (Tribunal administrativo y de trabajo del distrito de Budapest, Hungría), mediante resolución de 17 de julio de 2018, es manifiestamente inadmisible.


(1)  DO C 381 de 22.10.2018.


20.5.2019   

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C 172/5


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 7 de marzo de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Dioikitiko Protodikeio Patron — Grecia) — XT/Elliniko Dimosio

(Asunto C-689/18) (1)

(Procedimiento prejudicial - Artículo 99 del Reglamento de procedimiento del Tribunal de Justicia - Tributos interiores - Prohibición de tributos discriminatorios - Impuesto sobre los productos de lujo - Vehículos automóviles - Exención del impuesto en función de la fecha de primera puesta en circulación en el Estado miembro de imposición - Falta de consideración de la fecha de primera puesta en circulación en otro Estado miembro)

(2019/C 172/06)

Lengua de procedimiento: griego

Órgano jurisdiccional remitente

Dioikitiko Protodikeio Patron

Partes en el procedimiento principal

Demandante: XT

Demandada: Elliniko Dimosio

Fallo

El artículo 110 TFUE debe interpretarse en el sentido de que se opone a la normativa de un Estado miembro, como la controvertida en el litigio principal, conforme a la cual todo propietario o poseedor de un vehículo particular de gran cilindrada de uso privado cuya antigüedad, calculada a partir de la fecha de primera puesta en circulación en ese Estado miembro, es superior a diez años, está exento del impuesto sobre los productos de lujo, sin que sea tenida en cuenta una eventual puesta en circulación anterior realizada en otro Estado miembro.


(1)  DO C 25 de 21.1.2019.


20.5.2019   

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C 172/6


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 12 de febrero de 2019 — (petición de decisión prejudicial planteada por el Spetsializiran nakazatelen sad — Bulgaria) — Proceso penal contra RH

(Asunto C-8/19 PPU) (1)

(«Procedimiento prejudicial - Procedimiento prejudicial de urgencia - Cooperación judicial en materia penal - Directiva (UE) 2016/343 - Artículo 4 - Referencias públicas a la culpabilidad - Resolución relativa a la prisión preventiva - Medios de impugnación judicial - Procedimiento de control de la legalidad de esta resolución - Respeto de la presunción de inocencia - Artículo 267 TFUE - Artículo 47, párrafo segundo, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea - Derecho a ser oído dentro de un plazo razonable - Normativa nacional que restringe la facultad de los órganos jurisdiccionales nacionales para remitir una petición de decisión prejudicial al Tribunal de Justicia o los obliga a pronunciarse sin esperar a la respuesta a esa petición - Sanciones disciplinarias en caso de inobservancia de esta normativa»)

(2019/C 172/07)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Órgano jurisdiccional remitente

Spetsializiran nakazatelen sad

Parte en el proceso penal principal

RH

Fallo

1)

El artículo 267 TFUE y el artículo 47, párrafo segundo, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea deben interpretarse en el sentido de que se oponen a una normativa nacional, tal como la interpreta la jurisprudencia, que tiene por efecto obligar al órgano jurisdiccional nacional a pronunciarse sobre la legalidad de una resolución relativa a la prisión preventiva sin tener la posibilidad de presentar una petición de decisión prejudicial ante el Tribunal de Justicia o de esperar a la respuesta de este.

2)

Los artículos 4 y 6 de la Directiva (UE) 2016/343 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, por la que se refuerzan en el proceso penal determinados aspectos de la presunción de inocencia y el derecho a estar presente en el juicio, en relación con el considerando 16 de esta, deben interpretarse en el sentido de que los requisitos derivados de la presunción de inocencia no se oponen a que, cuando el órgano jurisdiccional competente examine los indicios racionales que permitan suponer que la persona sospechosa o encausada ha cometido la infracción que se le imputa con el fin de pronunciarse sobre la legalidad de una resolución relativa a la prisión preventiva, dicho órgano jurisdiccional sopese las pruebas de cargo y de descargo que se le presenten y motive su resolución no solo indicando las pruebas en que se ha basado, sino también pronunciándose sobre las objeciones de la defensa de la persona de que se trate, siempre que la resolución que se adopte al respecto no se refiera a la persona privada de libertad como culpable.


(1)  DO C 93 de 11.3.2019.


20.5.2019   

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C 172/7


Recurso de casación interpuesto el 30 de noviembre de 2018 por Harry Shindler y otros contra la sentencia del Tribunal General (Sala Novena ampliada) dictada el 26 de noviembre de 2018 en el asunto T-458/17, Shindler y otros/Consejo

(Asunto C-755/18 P)

(2019/C 172/08)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrentes: Harry Shindler y otros (representante: J. Fouchet, avocat)

Otra parte en el procedimiento: Consejo de la Unión Europea

Mediante auto de 19 de marzo de 2019 el Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) desestimó el recurso de casación.


20.5.2019   

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C 172/7


Petición de decisión prejudicial planteada por la Judecătoria Zărnești (Rumanía) el 7 de febrero de 2019 — Asociația «Alianța pentru Combaterea abuzurilor»/TM, UN, Asociația DMPA

(Asunto C-88/19)

(2019/C 172/09)

Lengua de procedimiento: rumano

Órgano jurisdiccional remitente

Judecătoria Zărnești

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Asociația «Alianța pentru Combaterea abuzurilor»

Demandadas: TM, UN y Asociația DMPA

Cuestión prejudicial

¿Debe interpretarse el artículo 16 de la Directiva 92/43/CEE (1) en el sentido de que exige que los Estados miembros establezcan excepciones a lo dispuesto en los artículos 12, 13, 14 y 15, letras a), y b), también en los casos en que los animales pertenecientes a las especies amenazadas abandonen su hábitat natural y se encuentren en las inmediaciones del mismo o completamente fuera de él?


(1)  Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (DO 1992, L 206, p. 7).


20.5.2019   

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C 172/8


Petición de decisión prejudicial planteada por el Landesverwaltungsgericht Niederösterreich (Austria) el 8 de febrero de 2019 — VO/Bezirkshauptmannschaft Tulln

(Asunto C-96/19)

(2019/C 172/10)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Landesverwaltungsgericht Niederösterreich

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: VO

Autoridad recurrida: Bezirkshauptmannschaft Tulln

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Debe interpretarse el Reglamento (UE) n.o 165/2014, (1) en particular sus artículos 34, apartado 3, párrafo segundo, y 36, apartado 2, en el sentido de que se oponen a una normativa nacional que exige que los conductores de vehículos equipados con un tacógrafo digital en el sentido del artículo 2, apartado 2, letra h), del Reglamento (UE) n.o 165/2014, en caso de que no consten días de trabajo en su tarjeta de conductor [artículo 2, apartado 2, letra f), del mismo Reglamento], respecto a los cuales no lleven tampoco hojas de registro, lleven en relación con dichos días las correspondientes certificaciones de la empresa, conforme a los requisitos mínimos del impreso previsto en el artículo 11, apartado 3, de la Directiva 2006/22/CE, (2) que deberán presentar en caso de inspección?

2)

En caso de respuesta negativa a la primera cuestión:

¿Es total o parcialmente nulo el impreso establecido por la Comisión en su Decisión 2009/959/UE? (3)


(1)  Reglamento (UE) n.o 165/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014, relativo a los tacógrafos en el transporte por carretera, por el que se deroga el Reglamento (CEE) n.o 3821/85 del Consejo relativo al aparato de control en el sector de los transportes por carretera y se modifica el Reglamento (CE) n.o 561/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera (DO 2014, L 60, p. 1).

(2)  Directiva 2006/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, sobre las condiciones mínimas para la aplicación de los Reglamentos del Consejo (CEE) n.o 3820/85 y (CEE) n.o 3821/85 en lo que respecta a la legislación social relativa a las actividades de transporte por carretera y por la que se deroga la Directiva 88/599/CEE del Consejo (DO 2006, L 102, p. 35).

(3)  Decisión de la Comisión, de 14 de diciembre de 2009, que modifica la Decisión 2007/230/CE, sobre un impreso relativo a las disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera [notificada con el número C(2009) 9895] (DO 2009, L 330, p. 80).


20.5.2019   

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C 172/9


Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesverwaltungsgericht (Alemania) el 11 de febrero de 2019 — Deutsche Homöopathie-Union (DHU) Arzneimittel GmbH & Co. KG/Bundesrepublik Deutschland

(Asunto C-101/19)

(2019/C 172/11)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Bundesverwaltungsgericht

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Deutsche Homöopathie-Union (DHU) Arzneimittel GmbH & Co. KG

Demandada: Bundesrepublik Deutschland

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Establece el artículo 69 de la Directiva 2001/83/CE (1) normas taxativas sobre el contenido admisible del prospecto de los medicamentos mencionados en el artículo 14, apartado 1, o se pueden incluir también otras informaciones en el sentido del artículo 62 de la misma Directiva?

2)

¿Las indicaciones de posología de los medicamentos mencionados en el artículo 14, apartado 1, de la Directiva 2001/83/CE pueden constituir informaciones útiles para el paciente en el sentido del artículo 62 de la Directiva 2001/83/CE?


(1)  Directiva 2001/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de noviembre de 2001, por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos para uso humano (DO 2001, L 311, p. 67), en la versión modificada por la Directiva 2012/26/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012 (DO 2012, L 299, p. 1).


20.5.2019   

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C 172/10


Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesverwaltungsgericht (Alemania) el 11 de febrero de 2019 — Deutsche Homöopathie-Union (DHU) Arzneimittel GmbH & Co. KG/Bundesrepublik Deutschland

(Asunto C-102/19)

(2019/C 172/12)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Bundesverwaltungsgericht

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Deutsche Homöopathie-Union (DHU) Arzneimittel GmbH & Co. KG

Demandada: Bundesrepublik Deutschland

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Establece el artículo 69 de la Directiva 2001/83/CE (1) normas taxativas sobre el contenido admisible del prospecto de los medicamentos mencionados en el artículo 14, apartado 1, o se pueden incluir también otras informaciones en el sentido del artículo 62 de la misma Directiva?

2)

¿Las indicaciones de posología de los medicamentos mencionados en el artículo 14, apartado 1, de la Directiva 2001/83/CE pueden constituir informaciones útiles para el paciente en el sentido del artículo 62 de la Directiva 2001/83/CE?


(1)  Directiva 2001/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de noviembre de 2001, por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos para uso humano (DO 2001, L 311, p. 67), en su versión modificada por la Directiva 2012/26/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012 (DO 2012, L 299, p. 1).


20.5.2019   

ES

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C 172/10


Petición de decisión prejudicial planteada por la Curtea de Apel București (Rumanía) el 11 de febrero de 2019 — Krakvet sp. z o.o. sp.k./Direcția Generală Regională a Finanțelor Publice București, Administrația Fiscală pentru Contribuabili Nerezidenți

(Asunto C-108/19)

(2019/C 172/13)

Lengua de procedimiento: rumano

Órgano jurisdiccional remitente

Curtea de Apel București

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Krakvet sp. z o.o. sp.k.

Demandada: Direcția Generală Regională a Finanțelor Publice București, Administrația Fiscală pentru Contribuabili Nerezidenți

Cuestión prejudicial

¿Debe interpretarse el artículo 33 de la Directiva 2006/112, (1) en el contexto de una venta de bienes a través de una tienda en línea, en el sentido de que no se aplica al caso en el que el cliente contrata directamente el servicio de transporte de los bienes desde el Estado miembro del proveedor con destino a su propio Estado miembro haciendo uso de las opciones de envío propuestas por el proveedor, por el hecho que tal transporte no se efectúa por cuenta del proveedor?


(1)  Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO 2006, L 347, p. 1).


20.5.2019   

ES

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C 172/11


Petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Aachen (Alemania) el 12 de febrero de 2019 — Marvin M./Kreis Heinsberg

(Asunto C-112/19)

(2019/C 172/14)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Verwaltungsgericht Aachen

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Marvin M.

Demandada: Kreis Heinsberg

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Debe interpretarse el artículo 2, apartado 1, de la Directiva 2006/126/CE (1) en el sentido de que un permiso de conducción, inclusive las autorizaciones para conducir que en él se documentan, debe ser reconocido estrictamente por los Estados miembros incluso en el supuesto de que su expedición se base en un canje del documento con arreglo al artículo 11, apartado 1, de la Directiva 2006/126/CE?

2)

En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión: ¿puede un Estado miembro denegar el reconocimiento del permiso de conducción canjeado con arreglo al artículo 11, apartado 4, párrafo segundo, de la Directiva 2006/126/CE cuando el canje lo haya realizado el Estado miembro de expedición en un momento en el que el Estado miembro del que procedía la autorización material para conducir ya había revocado esta?

3)

En caso de respuesta negativa a la segunda cuestión y de que exista una obligación de reconocimiento: ¿puede un Estado miembro denegar el reconocimiento del permiso de conducción canjeado en todo caso en el supuesto de que el Estado miembro en cuyo territorio se plantea la cuestión del reconocimiento pueda constatar, sobre la base de «informaciones incontestables», que en el momento del canje ya no existía la autorización material para conducir?


(1)  Directiva 2006/126/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, sobre el permiso de conducción (Refundición) (JO 2006, L 403, p. 18).


20.5.2019   

ES

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C 172/12


Petición de decisión prejudicial planteada por el Landesgericht Salzburg (Austria) el 15 de febrero de 2019 — ZS/PVA Landesstelle Salzburg

(Asunto C-118/19)

(2019/C 172/15)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Landesgericht Salzburg

Partes en el procedimiento principal

Demandante: ZS

Demandada: PVA Landesstelle Salzburg

Mediante auto del Tribunal de Justicia de 22 de marzo de 2019 se ordenó el archivo del asunto, haciéndolo constar en el Registro del Tribunal de Justicia.


20.5.2019   

ES

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C 172/12


Recurso de casación interpuesto el 18 de febrero de 2019 por Bank Refah Kargaran contra la sentencia del Tribunal General (Sala Segunda) dictada el 10 de diciembre de 2018 en el asunto T-552/15, Bank Refah Kargaran/Consejo

(Asunto C-134/19 P)

(2019/C 172/16)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: Bank Refah Kargaran (representante: J.-M. Thouvenin, abogado)

Otras partes en el procedimiento: Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea

Pretensiones de la parte recurrente

Que se anule parcialmente la sentencia dictada el 10 de diciembre de 2018 por la Sala Segunda del Tribunal General de la Unión Europea en el asunto T-552/15.

Que, con carácter principal, se estimen las pretensiones que la recurrente presentó ante el Tribunal General de la Unión Europea, a saber, una indemnización por daños y perjuicios en concepto de la reparación de los daños materiales sufridos de un importe de 68 651 319 euros y una indemnización de un importe de 52 547 415 euros en concepto de los daños inmateriales.

Que, con carácter subsidiario, se devuelva el asunto al Tribunal General.

Que, en ambos casos, se condene al Consejo de la Unión Europea a cargar con las costas de las dos instancias.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso de casación, la parte recurrente invoca siete motivos.

1.

Primer motivo, basado en un error de Derecho

El Tribunal General incurrió en un error de Derecho al postular que la insuficiencia de motivación de la Decisión anulada no es una violación suficientemente caracterizada de una norma del Derecho de la Unión Europea.

2.

Segundo motivo, basado en un error de Derecho

El Tribunal General incurrió en un error de Derecho al declarar que el hecho de que una demandante víctima de una sanción ilegal adoptada por el Consejo hubiese interpuesto un recurso y obtenido la anulación de la sanción hace que pierda su sentido la invocación de una violación suficientemente caracterizada del derecho a la tutela judicial efectiva.

3.

Tercer motivo, basado en un error de Derecho

El Tribunal General incurrió en un error de Derecho al desestimar un motivo precisado por la recurrente en su escrito de réplica sin comprobar, como exige la jurisprudencia, si la exposición de ese motivo en el escrito de réplica se debe a la evolución normal del debate iniciado a partir del escrito de demanda durante el procedimiento judicial.

4.

Motivos cuarto y quinto, basados en un error de Derecho

El Tribunal General incurrió en un error de Derecho al interpretar de manera errónea la sentencia dictada en el asunto T-24/11, (1) y al considerar que la constatación de que el Consejo incumplió su obligación de comunicar a la recurrente las prueba existentes en su contra por lo que atañe a la motivación dada para la adopción de las medidas de inmovilización de fondos no demuestra la existencia de una violación suficientemente caracterizada del Derecho de la Unión Europea que dé lugar a la responsabilidad de la Unión.

5.

Sexto motivo, basado en la desnaturalización del escrito de demanda

El Tribunal General desnaturalizó el escrito de demanda al considerar, para oponerle la inadmisibilidad de su alegación, que la recurrente, en la fase de la demanda, no invocó una supuesta ilegalidad basada en la falta de conformidad del motivo de inclusión de su nombre en las listas de personas sujetas a las medidas restrictivas con el criterio aplicado por el Consejo.

6.

Séptimo motivo, basado en la desnaturalización del escrito de demanda

Al reducir los motivos de ilegalidad alegados por la recurrente únicamente al incumplimiento de la obligación de motivación, el Tribunal General desnaturalizó el escrito de demanda.


(1)  Sentencia de 6 de septiembre de 2013, Bank Refah Kargaran/Consejo (T-24/11, EU:T:2013:403).


20.5.2019   

ES

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C 172/14


Petición de decisión prejudicial planteada por el Oberster Gerichtshof (Austria) el 20 de febrero de 2019 — Pensionsversicherungsanstalt/CW

(Asunto C-135/19)

(2019/C 172/17)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Oberster Gerichtshof

Partes en el procedimiento principal

Recurrente en casación: Pensionsversicherungsanstalt

Recurrida en casación: CW

Cuestiones prejudiciales

1.

Según lo dispuesto en el Reglamento (CE) n.o 883/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social, (1) ¿debe calificarse el subsidio por rehabilitación austriaco

como prestación de enfermedad con arreglo al artículo 3, apartado 1, letra a), de este Reglamento, o bien

como prestación de invalidez con arreglo al artículo 3, apartado 1, letra c), de dicho Reglamento, o bien

como prestación de desempleo con arreglo al artículo 3, apartado 1, letra h), del mismo Reglamento?

2.

¿Debe interpretarse el Reglamento n.o 883/2004 a la luz del Derecho primario en el sentido de que un Estado miembro, en su condición de antiguo Estado de residencia y Estado de empleo, está obligado a abonar prestaciones, como el subsidio por rehabilitación austriaco, a una persona que reside en otro Estado miembro, aun cuando dicha persona ha cubierto la mayoría de los períodos de seguro de las ramas de enfermedad y pensiones como trabajador por cuenta ajena en ese otro Estado miembro (tras el traslado de su residencia a ese otro Estado realizado hace años) y, desde entonces, no ha disfrutado de ninguna de las prestaciones de los seguros de enfermedad y pensiones de su antiguo Estado de residencia y de empleo?


(1)  DO 2004, L 166, p. 1.


20.5.2019   

ES

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C 172/15


Recurso de casación interpuesto el 21 de febrero de 2019 por Ehab Makhlouf contra la sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) dictada el 12 de diciembre de 2018 en el asunto T-409/16, Makhlouf/Consejo

(Asunto C-157/19 P)

(2019/C 172/18)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: Ehab Makhlouf (representante: E. Ruchat, avocat)

Otra parte en el procedimiento: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones de la parte recurrente

Que se declare la acción de la parte recurrente admisible y fundada.

En consecuencia, que se anule la sentencia de 12 de diciembre de 2018 dictada por el Tribunal General de la Unión Europea en el asunto T-409/16, Ehab Makhlouf/Consejo de la Unión Europea.

Y, pronunciándose mediante una nueva resolución:

Que se anule la Decisión (PESC) 2016/850 de 27 de mayo de 2016 (1) y sus actos de ejecución subsiguientes, en la medida en que afectan al recurrente.

Que se condene en costas al Consejo de la Unión Europea.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso de casación, la parte recurrente invoca tres motivos:

Primer motivo, basado en un error de Derecho al haber vulnerado el Tribunal General el derecho del recurrente a ser oído antes de la adopción de nuevas medidas restrictivas y consagrado por el artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales.

Segundo motivo, basado en un error de Derecho y en una distorsión de los hechos en tanto el Tribunal General no tuvo en cuenta los artículos presentados por el recurrente en apoyo de su recurso de anulación con el fin de demostrar que no apoyaba al régimen sirio.

Tercer motivo, basado en un error de Derecho en la medida en que el Tribunal General no declaró ilegales las disposiciones 27 y 28 de la Decisión 2013/255/PESC (2) según las cuales la pertenencia a la familia Al-Assad o a la familia Makhlouf constituye un criterio autónomo que justifica la imposición de sanciones, invirtiendo de ese modo la carga de la prueba.


(1)  Decisión (PESC) 2016/850 del Consejo, de 27 de mayo de 2016, por la que se modifica la Decisión 2013/255/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria (DO 2016, L 141, p. 125).

(2)  Decisión 2013/255/PESC del Consejo, de 31 de mayo de 2013, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria (DO 2013, L 147, p. 14).


20.5.2019   

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C 172/16


Recurso de casación interpuesto el 21 de febrero de 2019 por Razan Othman contra la sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) dictada el 12 de diciembre de 2018 en el asunto T-416/16, Othman/Consejo

(Asunto C-158/19 P)

(2019/C 172/19)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: Razan Othman (representante: E. Ruchat, avocat)

Otra parte en el procedimiento: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones de la parte recurrente

Que se declare la acción de la parte recurrente admisible y fundada.

En consecuencia, que se anule la sentencia de 12 de diciembre de 2018 dictada por el Tribunal General de la Unión Europea en el asunto T-416/16, Razan Othman/Consejo de la Unión Europea.

Y, pronunciándose mediante una nueva resolución:

Que se anule la Decisión (PESC) 2016/850 de 27 de mayo de 2016 (1) y sus actos subsecuentes de ejecución, en la medida en que afectan a la parte recurrente.

Que se condene en costas al Consejo de la Unión Europea.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso de casación, la parte recurrente invoca tres motivos:

Primer motivo, basado en un error de Derecho al haber vulnerado el Tribunal General el derecho de la recurrente a ser oída antes de la adopción de nuevas medidas restrictivas y consagrado por el artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales.

Segundo motivo, basado en un error de Derecho y en una distorsión de los hechos en tanto el Tribunal General no tuvo en cuenta los artículos presentados por la recurrente en apoyo de su recurso de anulación con el fin de demostrar que no apoyaba al régimen sirio.

Tercer motivo, basado en un error de Derecho en la medida en que el Tribunal General no declaró ilegales las disposiciones 27 y 28 de la Decisión 2013/255/PESC (2) según las cuales la pertenencia a la familia Al-Assad o a la familia Makhlouf constituye un criterio autónomo que justifica la imposición de sanciones, invirtiendo de ese modo la carga de la prueba.


(1)  Decisión (PESC) 2016/850 del Consejo, de 27 de mayo de 2016, por la que se modifica la Decisión 2013/255/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria (DO 2016, L 141, p. 125).

(2)  Decisión 2013/255/PESC del Consejo, de 31 de mayo de 2013, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria (DO 2013, L 147, p. 14).


20.5.2019   

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C 172/17


Recurso de casación interpuesto el 21 de febrero de 2019 por Syriatel Mobile Telecom (Joint Stock Company) contra la sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) dictada el 12 de diciembre de 2018 en el asunto T- 411/16, Syriatel Mobile Telecom/Consejo

(Asunto C-159/19 P)

(2019/C 172/20)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: Syriatel Mobile Telecom (Joint Stock Company) (representante: E. Ruchat, avocat)

Otra parte en el procedimiento: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones de la parte recurrente

Que se declare la acción de la parte recurrente admisible y fundada.

En consecuencia, que se anule la sentencia de 12 de diciembre de 2018 dictada por el Tribunal General de la Unión Europea en el asunto T-411/16, Syriatel Mobile Telecom/Consejo de la Unión Europea.

Y, pronunciándose mediante una nueva resolución:

Que se anule la Decisión (PESC) 2016/850 de 27 de mayo de 2016 (1) y sus actos de ejecución subsiguientes, en la medida en que afectan a la parte recurrente.

Que se condene en costas al Consejo de la Unión Europea.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso de casación, la parte recurrente invoca tres motivos:

Primer motivo, basado en un error de Derecho al haber vulnerado el Tribunal General el derecho de la parte recurrente a ser oída antes de la adopción de nuevas medidas restrictivas y consagrado por el artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales.

Segundo motivo, basado en un error de Derecho y en una distorsión de los hechos en tanto el Tribunal General no tuvo en cuenta los artículos invocados por la parte recurrente en apoyo de su recurso de anulación con el fin de demostrar que no apoyaba al régimen sirio.

Tercer motivo, basado en un error de Derecho en la medida en que el Tribunal General no declaró ilegales las disposiciones 27 y 28 de la Decisión 2013/255/PESC (2) según las cuales la pertenencia a la familia Al-Assad o a la familia Makhlouf constituye un criterio autónomo que justifica la imposición de sanciones, invirtiendo de ese modo la carga de la prueba.


(1)  Decisión (PESC) 2016/850 del Consejo, de 27 de mayo de 2016, por la que se modifica la Decisión 2013/255/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria (DO 2016, L 141, p. 125).

(2)  Decisión 2013/255/PESC del Consejo, de 31 de mayo de 2013, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria (DO 2013, L 147, p. 14).


20.5.2019   

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C 172/18


Petición de decisión prejudicial planteada por el First-tier Tribunal (Tax Chamber) (Reino Unido) el 26 de febrero de 2019 — Pfizer Consumer Healthcare Ltd/Commissioners for Her Majesty’s Revenue and Customs

(Asunto C-182/19)

(2019/C 172/21)

Lengua de procedimiento: inglés

Órgano jurisdiccional remitente

First-tier Tribunal (Tax Chamber)

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Pfizer Consumer Healthcare Ltd

Recurrida: Commissioners for Her Majesty’s Revenue and Customs

Cuestión prejudicial

¿Es nulo el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1140 (1) de la Comisión, de 8 de julio de 2016, relativo a la clasificación de determinadas mercancías en la nomenclatura combinada en la medida en que clasifica en el código NC 3824, concretamente, en el 38249096, productos que

i)

están constituidos por una materia similar a un vendaje que contiene «células térmicas» y que incluye sustancias químicas,

ii)

son similares a un emplasto, aunque con efectos terapéuticos adicionales,

iii)

alivian el dolor, reducen la rigidez y favorecen la cicatrización de los tejidos (como se ha verificado en numerosos ensayos clínicos) por medio de una reacción química exotérmica,

iv)

se presentan en formas o en envases para la venta al por menor, y

v)

se presentan y comercializan explícitamente para fines médicos y con los efectos indicados en el inciso iii) anterior,

basándose en que son las sustancias químicas las que constituyen la materia o el ingrediente que confiere al producto su carácter esencial, y no los clasifica en la partida 3005 [sobre la base del texto de las correspondientes partidas, secciones o notas de los capítulos, y de las notas explicativas de la regla general 1, de manera que, con arreglo a la regla general de interpretación 3 a), la clasificación debe hacerse conforme a la descripción más específica del producto]?


(1)  DO 2016, L 189, p. 1.


20.5.2019   

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C 172/19


Petición de decisión prejudicial planteada por el Landesgericht für Zivilrechtssachen Graz (Austria) el 4 de marzo de 2019 — NK/MS y AS

(Asunto C-208/19)

(2019/C 172/22)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Landesgericht für Zivilrechtssachen Graz

Partes en el procedimiento principal

Demandante: NK

Demandada: MS, AS

Cuestiones prejudiciales

1.

¿Constituye un contrato entre un arquitecto y un consumidor, en virtud del cual el arquitecto ha de realizar (únicamente) la planificación de una casa unifamiliar de nueva construcción, incluida la elaboración de los planos, un contrato «para la construcción de edificios nuevos» en el sentido del artículo 3, apartado 3, letra f), de la Directiva 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre los derechos de los consumidores, por la que se modifican la Directiva 93/13/CEE del Consejo y la Directiva 1999/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan la Directiva 85/577/CEE del Consejo y la Directiva 97/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo? (1)

2.

En caso de respuesta negativa a la primera cuestión prejudicial:

¿Constituye un contrato entre un arquitecto y un consumidor, en virtud del cual el arquitecto se compromete a realizar la planificación de una casa unifamiliar de nueva construcción según las exigencias y los deseos de sus clientes y, en ese contexto, debe elaborar planos, un contrato para el «suministro de bienes confeccionados conforme a las especificaciones del consumidor o claramente personalizados» en el sentido de los artículos 16, letra c), y 2, puntos 3 y 4, de la Directiva 2011/83/UE?


(1)  DO 2011, L 304, p. 64.


20.5.2019   

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C 172/20


Recurso interpuesto el 8 de marzo de 2019 — Comisión Europea/República de Finlandia

(Asunto C-217/19)

(2019/C 172/23)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: C. Hermes y E. Ljung Rasmussen, agentes)

Demandada: República de Finlandia

La parte demandante solicita al Tribunal de Justicia que:

Declare que, al haber concedido desde 2011 licencias para la caza en primavera de los eider comunes macho (Somateria mollissima) en la provincia de Åland, la República de Finlandia ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 7, apartado 4, y 9, apartado 1, letra c), de la Directiva 2009/147/CE (1) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres.

Condene en costas a la República de Finlandia.

Motivos y principales alegaciones

Desde 2011, la autoridad regional de las islas Åland, una región autónoma de Finlandia, ha venido concediendo anualmente licencias para «caza excepcional en primavera» de los ánades macho de la especie eider común, hasta un número total de entre 2 000 y 3 800 aves durante dos o tres semanas del mes de mayo. Dicho período coincide con la época de reproducción de los eider comunes.

El artículo 7, apartado 4, de la Directiva 2009/147/CE prohíbe la caza durante la época de reproducción.

Finlandia alega que la caza de primavera de los eider comunes en las islas Åland está justificada por la excepción del artículo 9, apartado 1, letra c), de la Directiva 2009/147/CE. Según la jurisprudencia del Tribunal de Justicia, corresponde a los Estados miembros probar que se dan las condiciones previstas en dicha disposición.

La Comisión considera que Finlandia, en primer lugar, no ha demostrado que el régimen excepcional constituya una «explotación prudente» en el sentido del artículo 9, apartado 1, letra c), de la Directiva 2009/147/CE. En particular, sostiene que Finlandia no ha acreditado con pruebas científicas irrefutables que esté garantizado el mantenimiento de la población de ánades de la especie eider común en un nivel satisfactorio.

En segundo lugar, la Comisión sostiene que Finlandia no ha demostrado que la caza en primavera autorizada represente únicamente una explotación de aves «en pequeñas cantidades» en el sentido del artículo 9, apartado 1, letra c), de la Directiva 2009/147/CE.


(1)  Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres (DO 2010, L 20, p. 7).


20.5.2019   

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C 172/21


Petición de decisión prejudicial planteada por el Upper Tribunal (Tax and Chancery Chamber) (Reino Unido) de 15 de marzo de 2019 — Blackrock Investment Management (UK) Limited/Commissioners for Her Majesty’s Revenue and Customs

(Asunto C-231/19)

(2019/C 172/24)

Lengua de procedimiento: inglés

Órgano jurisdiccional remitente

Upper Tribunal (Tax and Chancery Chamber)

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Blackrock Investment Management (UK) Limited

Recurrida: Commissioners for Her Majesty’s Revenue and Customs

Cuestiones prejudiciales

Con arreglo a una correcta interpretación del artículo 135, apartado 1, letra g), de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, (1) cuando se realiza una única prestación de servicios de gestión en el sentido de dicho artículo por parte de un tercero proveedor de servicios a favor de un gestor de fondos, que la utiliza tanto para la gestión de fondos comunes de inversión (FCI) como para la gestión de otros fondos que no son FCI:

(a)

¿Debe someterse dicha prestación única a un único tipo impositivo? En caso afirmativo, ¿cómo ha de determinarse dicho tipo único?

(b)

¿Debe desglosarse la retribución de dicha prestación única en función del uso al que se destinen los servicios de gestión (por ejemplo, en función de los importes gestionados, respectivamente, en los FCI y en los otros fondos), de modo que parte de la prestación única sea tratada como exenta y parte como gravada?


(1)  Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO 2006, L 347, p. 1).


20.5.2019   

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C 172/22


Petición de decisión prejudicial planteada por la Court of Appeal (Reino Unido) el 18 de marzo de 2019 — United Biscuits (Pensions Trustees) Limited, United Biscuits Pension Investments Limited/Commissioners for Her Majesty’s Revenue and Customs

(Asunto C-235/19)

(2019/C 172/25)

Lengua de procedimiento: inglés

Órgano jurisdiccional remitente

Court of Appeal

Partes en el procedimiento principal

Recurrentes: United Biscuits (Pensions Trustees) Limited, United Biscuits Pension Investments Limited

Recurrida: Commissioners for Her Majesty’s Revenue and Customs

Cuestión prejudicial

¿Pueden considerarse los servicios de gestión de fondos de pensiones prestados a los Trustees, por a) compañías aseguradoras, o b) compañías no aseguradoras, «operaciones de seguro» en el sentido del artículo 135, apartado 1, letra a), de la Directiva del IVA (1) (anteriormente, artículo 13, parte B, letra a), de la Sexta Directiva?


(1)  Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO 2006, L 347, p. 1).


20.5.2019   

ES

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C 172/22


Petición de decisión prejudicial planteada por la High Court of Justice (Chancery Division) (Reino Unido) el 20 de marzo de 2019 — Eli Lilly and Company/Genentech Inc.

(Asunto C-239/19)

(2019/C 172/26)

Lengua de procedimiento: inglés

Órgano jurisdiccional remitente

High Court of Justice (Chancery Division)

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Eli Lilly and Company

Demandada: Genentech Inc.

Cuestión prejudicial

¿Se opone el Reglamento n.o 469/2009 (1) a que se le expida al titular de una patente de base un certificado complementario de protección respecto de un producto que está cubierto por una autorización de comercialización a favor de un tercero, sin el consentimiento de este tercero?


(1)  Reglamento (CE) n.o 469/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de mayo de 2009, relativo al certificado complementario de protección para los medicamentos (DO 2009, L 152, p. 1).


20.5.2019   

ES

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C 172/23


Auto del Presidente de la Sala Segunda del Tribunal de Justicia de 24 de enero de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Okresný súd Bratislava — Eslovaquia) — ML

(Asunto C-510/17) (1)

(2019/C 172/27)

Lengua de procedimiento: eslovaco

El Presidente de la Sala Segunda del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 374 de 6.11.2017.


20.5.2019   

ES

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C 172/23


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 4 de febrero de 2019 — Comisión Europea/Reino de Bélgica, con el apoyo de: República Federal de Alemania, República de Estonia, Irlanda, Reino de España, República Francesa, República Italiana, República de Letonia, República de Lituania y Hungría

(Asunto C-564/17) (1)

(2019/C 172/28)

Lengua de procedimiento: francés

El Presidente de la Gran Sala ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 328 de 13.11.2017.


20.5.2019   

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C 172/24


Auto del Presidente de la Sala Primera del Tribunal de Justicia de 13 de febrero de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État — Francia) — Japan Tobacco International SA, Japan Tobacco International France SAS/Premier ministre, Ministre de l’Action et des Comptes publics, Ministre des Solidarités et de la Santé

(Asunto C-596/17) (1)

(2019/C 172/29)

Lengua de procedimiento: francés

El Presidente de la Sala Primera del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 437 de 18.12.2017.


20.5.2019   

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C 172/24


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 25 de febrero de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgerichtshof — Austria) — Hussein Mohamad Hussein, con intervención de: Bundesamt für Fremdenwesen und Asyl

(Asunto C-657/17) (1)

(2019/C 172/30)

Lengua de procedimiento: alemán

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 52 de 12.2.2018.


20.5.2019   

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C 172/24


Auto del Presidente de la Sala Quinta del Tribunal de Justicia de 14 de febrero de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Administrativo de Círculo de Lisboa — Portugal) — Henkel Ibérica Portugal, Unipessoal L.da/Comissão de Segurança de Serviços e Bens de Consumo

(Asunto C-277/18) (1)

(2019/C 172/31)

Lengua de procedimiento: portugués

El Presidente de la Sala Quinta del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 259 de 23.7.2018.


20.5.2019   

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C 172/25


Auto del Presidente de la Sala Novena del Tribunal de Justicia de 30 de enero de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por la Justice de paix du troisième canton de Charleroi — Bélgica) — Frank Casteels/ Ryanair DAC, anteriormente Ryanair Ltd

(Asunto C-368/18) (1)

(2019/C 172/32)

Lengua de procedimiento: francés

El Presidente de la Sala Novena del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 285 de 13.8.2018.


20.5.2019   

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C 172/25


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 18 de enero de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el College van Beroep voor het Bedrijfsleven — Países Bajos) — Vereniging Gasopslag Nederland, TAQA Onshore BV, TAQA Piek Gas BV/Autoriteit Consument en Markt, con intervención de: Gas Transport Services BV

(Asunto C-399/18) (1)

(2019/C 172/33)

Lengua de procedimiento: neerlandés

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 294 de 20.8.2018.


20.5.2019   

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C 172/25


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 11 de febrero de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo) — ZW/Deutsche Lufthansa AG

(Asunto C-498/18) (1)

(2019/C 172/34)

Lengua de procedimiento: español

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 399 de 5.11.2018.


20.5.2019   

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C 172/26


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 11 de febrero de 2019 — Comisión Europea/República Eslovaca

(Asunto C-614/18) (1)

(2019/C 172/35)

Lengua de procedimiento: eslovaco

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 445 de 10.12.2018.


20.5.2019   

ES

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C 172/26


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 8 de febrero de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Berlin — Alemania) — Sundair GmbH/WV, XU, YT, ZS

(Asunto C-660/18) (1)

(2019/C 172/36)

Lengua de procedimiento: alemán

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 25 de 21.1.2019.


20.5.2019   

ES

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C 172/26


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 31 de enero de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Amtsgericht Nürnberg — Alemania) — Geld-für-Flug GmbH/Ryanair DAC

(Asunto C-701/18) (1)

(2019/C 172/37)

Lengua de procedimiento: alemán

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 72 de 25.2.2019.


20.5.2019   

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C 172/27


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 8 de febrero de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Amsterdam — Países Bajos) — A, B/C

(Asunto C-750/18) (1)

(2019/C 172/38)

Lengua de procedimiento: neerlandés

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 93 de 11.3.2019.


Tribunal General

20.5.2019   

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C 172/28


Sentencia del Tribunal General de 28 de marzo de 2019 — Robert Bosch/EUIPO (Simply. Connected.)

(Asuntos T-251/17 y T-252/17) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Solicitudes de marcas figurativas de la Unión Simply. Connected. - Motivo de denegación absoluto - Falta de carácter distintivo - Amplitud del examen que debe efectuar la Sala de Recurso - Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001] - Artículo 64 del Reglamento n.o 207/2009 (actualmente artículo 71 del Reglamento 2017/1001)»)

(2019/C 172/39)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Robert Bosch GmbH (Stuttgart, Alemania) (representantes: S. Völker y M. Pemsel, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: V. Mensing y D. Hanf, agentes)

Objeto

Recursos interpuestos contra las resoluciones de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 9 de marzo de 2017 (asunto R 948/2016-5) y de 10 de marzo de 2017 (asunto R 947/2016-5), relativas a las solicitudes de registro de los signos figurativos Simply. Connected. como marcas de la Unión Europea.

Fallo

1)

Acumular los asuntos T-251/17 y T-252/17 a efectos de la sentencia.

2)

Desestimar los recursos.

3)

Condenar en costas a Robert Bosch GmbH.


(1)  DO C 195 de 19.6.2017.


20.5.2019   

ES

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C 172/29


Sentencia del Tribunal General de 26 de marzo de 2019 — Grecia/Comisión

(Asunto T-480/17) (1)

(«FEAGA y Feader - Gastos excluidos de la financiación - Gastos efectuados por Grecia - Correcciones financieras puntuales y a tanto alzado - Condicionalidad - Control de las exigencias reglamentarias en materia de gestión - Análisis de riesgos - Evaluación del perjuicio financiero - Obligación de motivación - Proporcionalidad»)

(2019/C 172/40)

Lengua de procedimiento: griego

Partes

Demandante: República Helénica (representantes: G. Kanellopoulos y A. Vasilopoulou, agentes)

Demandada: Comisión Europea (representantes: D. Triantafyllou y A. Sauka, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión de Ejecución (UE) 2017/1144 de la Comisión, du 26 de junio de 2017, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) (DO 2017, L 165, p. 37), en la medida en que impone a la República Helénica, a raíz de la investigación con la referencia ΧC/2014/002/GR, correcciones financieras puntuales y a tanto alzado por un importe total de 1 182 054,17 euros debido a las deficiencias en la aplicación de la condicionalidad (FEAGA y Feader).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a la República Helénica.


(1)  DO C 357 de 23.10.2017.


20.5.2019   

ES

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C 172/29


Sentencia del Tribunal General de 2 abril 2019 — Fleig/SEAE

(Asunto T-492/17) (1)

(«Función pública - Agentes contractuales - Contrato por tiempo indefinido - Artículo 47, letra c), inciso i), del ROA - Resolución del contrato con preaviso - Causas de resolución del contrato - Ruptura del vínculo de confianza - Interés del servicio - Error manifiesto de apreciación - Deber de asistencia y protección - Principio de buena administración - Artículos 30 y 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales - Incidente procesal - Publicación en Internet de documentos aportados a los autos del procedimiento ante el Tribunal General - Artículo 17 del Estatuto»)

(2019/C 172/41)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Stephan Fleig (Berlín, Alemania) (representante: H. Tettenborn, abogado)

Recurrida: Servicio Europeo de Acción Exterior (representante: S. Marquardt, agente)

Objeto

Recurso basado en el artículo 270 TFUE por el que se solicita, por una parte, la anulación de la decisión de 19 de septiembre de 2016 por la que el director de la dirección «Recursos Humanos» del SEAE, actuando en su condición de autoridad facultada para celebrar los contratos de trabajo, resolvió el contrato de trabajo del demandante con efectos a partir del 19 de junio de 2017 y, por otra parte, la reparación del daño supuestamente sufrido por el demandante a raíz de dicha decisión.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas al Sr. Stephan Fleig.


(1)  DO C 318 de 25.9.2017.


20.5.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 172/30


Sentencia del Tribunal General de 28 de marzo de 2019 — dm-drogerie markt/EUIPO — Albea Services (ALBÉA)

(Asunto T-562/17) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Registro internacional en el que se designa a la Unión Europea - Marca figurativa ALBÉA - Registro internacional en el que se designa a la Unión Europea anterior - Marca denominativa Balea - Motivo de denegación relativo - Riesgo de confusión - Similitud entre los signos - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]»)

(2019/C 172/42)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: dm-drogerie markt GmbH & Co. KG (Karlsruhe, Alemania) (representantes: O. Bludovsky y C. Mellein, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: M. Rajh y H. O’Neill, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Albea Services (Gennevilliers, Francia) (representante: J.-H. de Mitry, abogado)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 25 de mayo de 2017 (asunto R 1870/2016-1), relativa a un procedimiento de oposición entre dm-drogerie markt y Albea Services.

Fallo

1)

Anular la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 25 de mayo de 2017 (asunto R 1870/2016-1).

2)

Cada parte cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 338 de 9.10.2017.


20.5.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 172/31


Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2019 — All Star/EUIPO — Carrefour Hypermarchés (Forma de una suela de zapato)

(Asunto T-611/17) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de nulidad - Marca tridimensional de la Unión - Forma de una suela de zapato - Hechos notorios - Obligación de motivación - Derechos de defensa - Artículo 75 del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 94, apartado 1, del Reglamento (UE) 2017/1001] - Motivo de denegación absoluto - Falta de carácter distintivo - Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento n.o 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento 2017/1001] - Carácter distintivo adquirido por el uso - Artículos 7, apartado 3, y 52, apartado 2, del Reglamento n.o 207/2009 (actualmente artículos 7, apartado 3, y 59, apartado 2, del Reglamento 2017/1001) - Desestimación de la solicitud de celebración de una vista ante la Sala de Recurso - Artículo 77 del Reglamento n.o 207/2009 (actualmente artículo 96, apartado 1, del Reglamento 2017/1001)»)

(2019/C 172/43)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: All Star CV (Beaverton, Oregón, Estados Unidos) (representantes: R. Kunze, G. Würtenberger, abogados y S. Malynicz, QC)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: V. Ruzek, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Carrefour Hypermarchés (Évry, Francia) (representante: C. Verneret, abogada)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 27 de junio de 2017 (asunto R 952/2014-4), relativa a un procedimiento de nulidad entre Carrefour Hypermarchés y All Star.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a All Star CV.


(1)  DO C 374 de 6.11.2017.


20.5.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 172/32


Sentencia del Tribunal General de 4 de abril de 2019 — United Wineries/EUIPO — Compañía de Vinos Miguel Martín (VIÑA ALARDE)

(Asunto T-779/17) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca denominativa de la Unión VIÑA ALARDE - Marca nacional denominativa anterior “ALARDE” - Prueba del uso efectivo de la marca anterior - Artículo 42, apartados 2 y 3, del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 47, apartados 2 y 3, del Reglamento (UE) 2017/1001] - Motivo de denegación relativo - Riesgo de confusión - Identidad de los productos - Similitud de los signos - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento 2017/1001]»)

(2019/C 172/44)

Lengua de procedimiento: español

Partes

Recurrente: United Wineries, S.A. (Cenicero, La Rioja) (representante: J. Oria Sousa-Montes, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: S. Palmero Cabezas y J. Crespo Carrillo, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Compañía de Vinos Miguel Martín, S.L. (Cigales, Valladolid)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 25 de septiembre de 2017 (asunto R 281/2017-5), relativa a un procedimiento de oposición entre Compañía de Vinos Miguel Martín y United Wineries.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a United Wineries, S.A.


(1)  DO C 42 de 5.2.2018.


20.5.2019   

ES

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C 172/33


Sentencia del Tribunal General de 4 de abril de 2019 — Stada Arzneimittel/EUIPO (Representación de dos arcos opuestos)

(Asunto T-804/17) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Solicitud de marca figurativa de la Unión que representa dos arcos opuestos - Motivo de denegación absoluto - Falta de carácter distintivo - Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]»)

(2019/C 172/45)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Stada Arzneimittel AG (Bad Vilbel, Alemania) (representantes: J.-C. Plate y R. Kaase, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: inicialmente D. Hanf y D. Walicka, posteriormente D. Hanf y E. Markakis, agentes)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 20 de septiembre de 2017 (asunto R 1887/2016-1), relativa una solicitud de registro de un signo figurativo que representa dos arcos opuestos como marca de la Unión Europea.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Stada Arzneimittel AG.


(1)  DO C 42 de 5.2.2018.


20.5.2019   

ES

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C 172/33


Sentencia del Tribunal General de 28 de marzo de 2019 — Zakłady Chemiczne «Siarkopol» Tarnobrzeg/EUIPO — EuroChem Agro (Unifoska)

(Asunto T-259/18) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca denominativa de la Unión Unifoska - Marca denominativa anterior de la Unión NITROFOSKA - Motivo de denegación relativo - Riesgo de confusión - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001»)

(2019/C 172/46)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Zakłady Chemiczne «Siarkopol» Tarnobrzeg (Tarnobrzeg, Polonia) (representante: M. Kondrat, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: S. Palmero Cabezas y H. O’Neill, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: EuroChem Agro GmbH (Mannheim, Alemania) (representantes: M. Schmidhuber y A. Haberer, abogados)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 7 de febrero de 2018 (asunto R 1503/2017-5), relativa a un procedimiento de oposición entre EuroChem Agro y Zakłady Chemiczne «Siarkopol» Tarnobrzeg.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Zakłady Chemiczne «Siarkopol» Tarnobrzeg sp. z o.o.


(1)  DO C 221 de 25.6.2018.


20.5.2019   

ES

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C 172/34


Auto del Tribunal General de 25 de marzo de 2019 — Abaco Energy y otros/Comisión

(Asunto T-186/18) (1)

(«Recurso de anulación — Ayudas de Estado - Régimen de ayudas en favor de las energías renovables - Procedimiento de examen preliminar - Decisión por la que se declara la compatibilidad del régimen de ayudas con el mercado interior - Recurso interpuesto por beneficiarios - Inexistencia de interés en ejercitar la acción - Inadmisibilidad»)

(2019/C 172/47)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Abaco Energy, S.A. (Madrid) y las otras 1659 demandantes cuyos nombres figuran en anexo al auto (representantes: inicialmente P. Holtrop, P. Kuypers y M. de Wit, posteriormente P. Holtrop, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: T. Maxian Rusche, P. Němečková y S. Noë, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión C(2017) 7384 final de la Comisión, de 10 de noviembre de 2017, relativa a la ayuda estatal SA.40348 (2015/NN) ejecutada por el Reino de España (Ayuda a la producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energías renovables, cogeneración y residuos).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Sobreseer las demandas de intervención del Reino de España y de EDP España.

3)

Abaco Energy, S.A. y las demás demandantes cuyos nombres figuran en anexo cargarán con sus propias costas y con las de la Comisión Europea, excepto las relativas a las demandas de intervención.

4)

Abaco Energy y las demás demandantes cuyos nombres figuran en anexo, la Comisión, el Reino de España y EDP España cargarán, respectivamente, con sus propias costas relativas a las demandas de intervención.


(1)  DO C 221, de 25.6.2018.


20.5.2019   

ES

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C 172/35


Auto del Tribunal General de 25 de marzo de 2019 — Solwindet las Lomas/Comisión

(Asunto T-190/18) (1)

(«Recurso de anulación — Ayudas de Estado - Régimen de ayudas en favor de las energías renovables - Procedimiento de examen preliminar - Decisión por la que se declara la compatibilidad del régimen de ayudas con el mercado interior - Recurso interpuesto por un beneficiario - Inexistencia de interés en ejercitar la acción - Inadmisibilidad»)

(2019/C 172/48)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Solwindet las Lomas, S.L. (Gerona) (representante: L. Sandberg-Mørch, abogada)

Demandada: Comisión Europea (representantes: T. Maxian Rusche, P. Němečková y S. Noë, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión C(2017) 7384 final de la Comisión, de 10 de noviembre de 2017, relativa a la ayuda estatal SA.40348 (2015/NN) ejecutada por el Reino de España (Ayuda a la producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energías renovables, cogeneración y residuos).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Sobreseer las demandas de intervención del Reino de España y de EDP España.

3)

Solwindet las Lomas, S.L. cargará con sus propias costas y con las de la Comisión Europea, excepto las relativas a las demandas de intervención.

4)

Solwindet las Lomas, la Comisión, el Reino de España y EDP España cargarán respectivamente con sus propias costas relativas a las demandas de intervención.


(1)  DO C 190 de 4.6.2018.


20.5.2019   

ES

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C 172/36


Auto del Tribunal General de 28 de marzo de 2019 — Herholz/EUIPO (#)

(Asunto T-631/18) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Solicitud de marca denominativa de la Unión Europea # - Motivo de denegación absoluto - Falta de carácter distintivo - Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 - Solicitud de modificación - Inadmisibilidad manifiesta»)

(2019/C 172/49)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Herholz Vertrieb GmbH & Co. KG (Ahaus, Alemania) (representante: D. Sprenger, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: A. Sesma Merino y A. Söder, agentes)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 22 de agosto de 2018 (asunto R 445/2018-2), relativa a una solicitud de registro del signo denominativo # como marca de la Unión Europea.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Herholz Vertrieb GmbH & Co. KG.


(1)  DO C 445 de 10.12.2018.


20.5.2019   

ES

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C 172/36


Recurso interpuesto el 8 de marzo de 2019 — Șanli/Consejo

(Asunto T-157/19)

(2019/C 172/50)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Partes

Demandante: Dalokay Șanli (Róterdam, Países Bajos) (representante: D. Gürses, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/24 del Consejo, de 8 de enero de 2019, y la Decisión (PESC) 2019/25 del Consejo, de 8 de enero de 2019.

Condene en costas al Consejo.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante formula seis motivos.

1.

Primer motivo: la inclusión del PKK en la lista ya no está justificada porque el PKK no es ninguna organización terrorista.

2.

Segundo motivo: no procede incluir el nombre del demandante en la lista dado que nunca ha sido condenado por delitos terroristas ni declarado culpable por tales hechos.

3.

Tercer motivo: no se ha acreditado que el demandante llevara a cabo actividades terroristas o que se le pueda relacionar con tales actividades. No se ha acreditado la alegación de que llevara a cabo actividades de reclutamiento y financiación.

4.

Cuarto motivo: se han vulnerado los derechos fundamentales de defensa del demandante y el derecho a la tutela judicial efectiva porque no pudo defenderse contra las falsas imputaciones vertidas contra él.

5.

Quinto motivo: los actos del Consejo impugnados no están suficientemente motivados dado que falta la prueba que sustente la imposición de una sanción.

6.

Sexto motivo: se ha infringido el artículo 1, apartado 4, de la Posición Común 2001/931/PESC puesto que el Consejo no ha presentado informaciones concretas o elementos del expediente que muestren que una autoridad competente ha adoptado una decisión en el sentido de dicho artículo.


20.5.2019   

ES

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C 172/37


Recurso interpuesto el 11 de marzo de 2019 — Deutsche Telekom/Parlamento y Consejo

(Asunto T-161/19)

(2019/C 172/51)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Deutsche Telekom (Bonn, Alemania) (representantes: F. González Díaz, B. Langeheine y J. Blanco Carol, abogados)

Demandadas: Parlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Declare la admisibilidad de la solicitud de anulación.

Anule el artículo 50 del Reglamento (UE) 2018/1971 del Parlamento Europeo y del Consejo. (1)

Condene al Parlamento Europeo y al Consejo de la Unión Europea a cargar con las costas y gastos en que la parte demandante haya incurrido en relación con el presente procedimiento.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cinco motivos.

1.

Primer motivo, basado en la invalidez del artículo 50 del Reglamento impugnado debido al carácter inadecuado del artículo 114 TFUE como base legal.

2.

Segundo motivo, basado en que el artículo 50 del Reglamento impugnado viola el principio de subsidiariedad y carece de motivación.

3.

Tercer motivo, basado en que el artículo 50 del Reglamento impugnado viola el principio de proporcionalidad y carece de motivación.

4.

Cuarto motivo, basado en que el procedimiento seguido para la adopción del artículo 50 del Reglamento impugnado violó los principios de una mejor legislación.

5.

Quinto motivo, basado en que el artículo 50 del Reglamento impugnado limita el derecho fundamental de la demandante a la propiedad y a la libertad de empresa.


(1)  Reglamento (UE) 2018/1971 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, por el que se establecen el Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electrónicas (ORECE) y la Agencia de apoyo al ORECE (Oficina del ORECE), por el que se modifica el Reglamento (UE) 2015/2120 por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1211/2009 (DO 2018 L 321, p. 1).


20.5.2019   

ES

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C 172/38


Recurso interpuesto el 11 de marzo de 2019 — Telefónica y Telefónica de España/Parlamento y Consejo

(Asunto T-162/19)

(2019/C 172/52)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Telefónica, S.A. (Madrid) y Telefónica de España, S.A. (Madrid) (representantes: F. González Díaz, B. Langeheine y J. Blanco Carol, abogados)

Demandadas: Parlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Declare la admisibilidad del recurso de anulación.

Anule el artículo 50 del Reglamento (UE) 2018/1971 del Parlamento Europeo y del Consejo. (1)

Condene al Parlamento Europeo y al Consejo de la Unión Europea al pago de las costas y otros gastos de las demandantes causados en relación con este asunto.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cinco motivos que son, en esencia, idénticos o similares a los invocados en el asunto T-161/19, Deutsche Telekom/Parlamento y Consejo.


(1)  Reglamento (UE) 2018/1971 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, por el que se establecen el Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electrónicas (ORECE) y la Agencia de apoyo al ORECE (Oficina del ORECE), por el que se modifica el Reglamento (UE) 2015/2120 por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1211/2009 (DO 2018, L 321, p. 1).


20.5.2019   

ES

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C 172/39


Recurso interpuesto el 20 de marzo de 2019 — Hebberecht/SEAE

(Asunto T-171/19)

(2019/C 172/53)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Chantal Hebberecht (Luxemburgo, Luxemburgo) (representante: K. Bicard, abogada)

Demandada: Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE)

Pretensiones

La demandante solicita al Tribunal General que:

Declare admisible y fundada la demanda de la Sra. Hebberecht.

Anule la sanción impuesta a la demandante.

Condene al Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) a abonar a la demandante 36 000 euros en concepto de atrasos salariales e intereses de demora.

Condene al SEAE a abonar a la demandante 450 000 euros en concepto de indemnización por el perjuicio sobre su salud, el perjuicio material y el perjuicio moral.

Con carácter subsidiario, condene al SEAE a abonar a la demandante 300 000 euros como indemnización por los mismos perjuicios.

Con carácter subsidiario de segundo grado, condene al SEAE a abonar a la demandante 150 000 euros como indemnización por los mismos perjuicios.

Con carácter subsidiario de tercer grado, condene al SEAE a abonar a la demandante 50 000 euros como indemnización por los mismos perjuicios.

Condene en costas al SEAE.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la demandante invoca que no cometió los hechos que el tribunal de première instance du Hainaut (Tribunal de Primera Instancia de Hainaut, Bélgica) le imputa en su sentencia de 13 de diciembre de 2017 y que el SEAE alega como constitutivos de un incumplimiento especialmente grave de las obligaciones que incumben a los funcionarios, en particular con arreglo al artículo 12 del Estatuto de los funcionarios. Asimismo, invoca el carácter discriminatorio de las sanciones que se le imponen.


20.5.2019   

ES

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C 172/40


Recurso interpuesto el 22 de marzo de 2019 — AV y AW/Parlamento

(Asunto T-173/19)

(2019/C 172/54)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandantes: AV y AW (representantes: L. Levi y S. Rodrigues, abogados)

Demandada: Parlamento Europeo

Pretensiones

Las partes demandantes solicitan al Tribunal General que:

Admita y declare fundado el presente recurso.

Y, por consiguiente:

Anule las resoluciones impugnadas.

Condene a la parte demandada a cargar con todas las costas.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, las partes demandantes invocan cinco motivos.

1.

Primer motivo, basado, por un lado, en la infracción del artículo 78 del Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.o 1605/2002 del Consejo (DO 2012, L 298, p. 1), y, por otro, en la vulneración del derecho a la defensa. Las partes demandantes alegan a ese respecto que en el caso de autos no se puso en su conocimiento, antes de que se adoptaran las resoluciones sobre devolución de ingresos indebidos que se impugnan, resolución administrativa alguna que recogiera una orden de ingreso.

2.

Segundo motivo, basado en que lo impugnado carece de base legal, dado que las resoluciones impugnadas, al ser de carácter disciplinario, no podían basarse en el artículo 85 del Estatuto de los Funcionarios.

3.

Tercer motivo, basado en la infracción del artículo 85 del Estatuto de los Funcionarios. Según las partes demandantes, aun admitiendo que las resoluciones impugnadas pudieran basarse en el artículo 85 del Estatuto de los Funcionarios, adolecen de ilegalidad, dado que en el caso de autos no concurren los requisitos de aplicación de dicha disposición.

4.

Cuarto motivo, basado en la violación del principio de recta administración y el incumplimiento del deber de asistencia y protección que se deriva del anterior, dado, en particular, que la parte demandada no se ha ocupado siquiera de comprobar la exactitud de la irregularidad detectada por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF).

5.

Quinto motivo, basado en la desviación de poder en que incurrió el Parlamento al adoptar las resoluciones impugnadas con el objetivo, exclusivo o al menos decisivo, de lograr fines distintos de los contemplados en el artículo 85 del Estatuto de los Funcionarios, y en concreto la voluntad de sancionar a las partes demandantes mediante una vía distinta de la sanción disciplinaria.


20.5.2019   

ES

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C 172/41


Recurso interpuesto el 25 de marzo de 2019 — 3V Sigma/ECHA

(Asunto T-176/19)

(2019/C 172/55)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: 3V Sigma SpA (Milán, Italia) (representantes: C. Bryant y S. Hainsworth, Solicitors, y C. Krampitz, abogada)

Demandada: Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA)

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Declare la admisibilidad del recurso.

Anule la decisión de la Sala de Recurso de la ECHA de 15 de enero de 2019 relativa a la evaluación de la sustancia «bis(2-ethylhexyl) 4,4’-{6-[4-tert-butylcarbamoyl)anilino]-1,3,5-triazine-2,4-diyldiimino}dibenzoate», en la medida en que dicha decisión a) desestimó el recurso administrativo de la demandante contra la decisión inicial y b) resolvió que la demandante debe presentar información basada en un estudio según la TG 308 de la OCDE (Directriz n.o 308 de las OECD Guidelines for the Testing of Chemicals o Directrices de la OCDE para los ensayos de productos químicos) antes del 22 de octubre de 2020.

Condene en costas a la demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca dos motivos.

1.

Primer motivo de recurso, en el que se alega que la Sala de Recurso de la ECHA incurrió en un error de Derecho y en un error manifiesto de apreciación al considerar necesario un estudio según la TG 308 de la OCDE.

La demandante sostiene que la Sala de Recurso de la ECHA incurrió en un error de Derecho y en un error manifiesto de apreciación al no distinguir entre, por una parte, las condiciones en que deben realizarse ensayos para determinar la existencia o no de productos de transformación o degradación de una sustancia y, por otra parte, las condiciones en que debe procederse a una valoración de las propiedades persistentes, bioacumulables y tóxicas o de las propiedades muy persistentes y muy bioacumulables de tales productos de transformación o degradación. En consecuencia, la demandante afirma que la Sala de Recurso de la ECHA cometió un error al concluir que el estudio según la TG 308 de la OCDE que se solicitaba a la demandante era necesario.

2.

Segundo motivo de recurso, en el que se alega que la Sala de Recurso de la ECHA incurrió en un error de Derecho y en un error manifiesto de apreciación al considerar apropiada la temperatura de ensayo fijada.

La demandante sostiene que la Sala de Recurso de la ECHA incurrió en un error de Derecho y en un error manifiesto de apreciación al considerar apropiada la temperatura de ensayo fijada para el estudio según la TG 308 de la OCDE, que era de 20 oC. A su juicio, la Sala de Recurso de la ECHA no tuvo en cuenta el hecho de que realizar el estudio a una temperatura más elevada tendría una repercusión significativa en la concentración de los productos de transformación o degradación que se formaran y, por consiguiente, en cuáles de ellos, en su caso, se someterían a continuación a una valoración de sus propiedades persistentes, bioacumulables y tóxicas (PBT) o de sus propiedades muy persistentes y muy bioacumulables (mPmB), de tal manera que la idoneidad del estudio resultaría enormemente dañada.


20.5.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 172/42


Recurso interpuesto el 28 de marzo de 2019 — Puma/EUIPO (SOFTFOAM)

(Asunto T-182/19)

(2019/C 172/56)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Puma SE (Herzogenaurach, Alemania) (representante: M. Schunke, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Marca controvertida: Marca figurativa de la Unión «SOFTFOAM» — Solicitud de registro n.o 17363318

Resolución impugnada: Resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 8 de enero de 2019 en el asunto R 1399/2018-2

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Condene en costas a la EUIPO, incluidas aquellas en que se haya incurrido ante la Sala de Recurso.

Motivo invocado

Infracción del artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


20.5.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 172/43


Recurso interpuesto el 27 de marzo de 2019 — Aurea Biolabs/EUIPO — Avizel (AUREA BIOLABS)

(Asunto T-184/19)

(2019/C 172/57)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Aurea Biolabs Pte Ltd (Cochin, India) (representantes: B. Brandreth, QC y L. Oommen, Solicitor)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Avizel SA (Luxemburgo, Luxemburgo)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Solicitante de la marca controvertida: Parte recurrente ante el Tribunal General

Marca controvertida: Marca figurativa de la Unión «AUREA BIOLABS» — Solicitud de registro n.o 15836737

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 29 de enero de 2019 en el asunto R 814/2018-2 (CORR)

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Condene en costas a la parte recurrida.

Motivos invocados

En apoyo de su resolución, la Sala de Recurso invoca una disposición jurídica nula.

De haber existido un error de Derecho manifiesto, el proceder adecuado habría sido revocar la resolución anterior.

Infracción del artículo 94, apartado 1, del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, y violación de los principios de equidad.


20.5.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 172/44


Recurso interpuesto el 28 de marzo de 2019 — Public.Resource.Org y Right to Know/Comisión

(Asunto T-185/19)

(2019/C 172/58)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Public.Resource.Org, Inc. (Sebastopol, California, Estados Unidos) Right to Know CLG (Dublín, Irlanda) (representantes: F. Logue, Solicitor, A. Grünwald, J. Hackl y C. Nüßing, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la decisión C(2019) 639 Final de la Comisión, de 22 de enero de 2019 [incluida la decisión inicial de 15 de noviembre de 2018 con referencia GROW/D3/ALR/dr (2018) 5993057].

Con carácter subsidiario, devuelva el asunto a la Comisión Europea, y

condene a la Comisión Europea a cargar con las costas del procedimiento.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca dos motivos.

1.

Primer motivo, basado en que la Comisión Europea malinterpretó y/o aplicó erróneamente el artículo 4, apartado 2, primer guion, del Reglamento (CE) n.o 1049/2001, (1) dado que esa disposición no protege los estándares armonizados solicitados:

No es posible la protección de los derechos de autor de los estándares armonizados porque forman parte del Derecho de la Unión.

Los estándares armonizados solicitados carecen de originalidad y por ello no disfrutan de protección de los derechos de autor.

La parte demandada no demostró la supuesta vulneración de los intereses comerciales del organismo de normalización.

2.

Segundo motivo, basado en que la Comisión infringió el último párrafo del artículo 4, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1049/2001, ya que negó erróneamente que las demandantes tienen un interés público superior para acceder a los estándares armonizados solicitados.

Los conceptos de Estado de Derecho y Derechos Fundamentales exigen el libre acceso a las normas de la Unión Europea.

Los estándares armonizados solicitados contienen información ambiental y concretamente información sobre las emisiones al medio ambiente, por lo que deben hacerse públicos con arreglo al Reglamento (CE) n.o 1367/2006. (2)

La parte demandada no aportó razones adecuadas para negar la existencia del interés público superior.


(1)  Reglamento (CE) n.o 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (DO 2001, L 145, p. 43).

(2)  Reglamento (CE) n.o 1367/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de septiembre de 2006, relativo a la aplicación, a las instituciones y a los organismos comunitarios, de las disposiciones del Convenio de Aarhus sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente (DO 2006, L 264, p. 13).


20.5.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 172/45


Recurso interpuesto el 29 de marzo de 2019 — Glaxo Group/EUIPO (tono de color morado)

(Asunto T-187/19)

(2019/C 172/59)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Glaxo Group Ltd (Brentford, Reino Unido) (representantes: S. Malynicz, QC, S. Baran, Barrister, y R. Jacob, Solicitor)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Marca controvertida: Solicitud de tono de color de la Unión en morado (PANTONE: 2587C) — Solicitud de registro n.o 14596951

Resolución impugnada: Resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 15 de enero de 2019 en el asunto R 1870/2017-1

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Condene en costas a la EUIPO.

Motivos invocados

Infracción del artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, al haberse declarado que el signo carecía de carácter distintivo intrínseco y, por ello, no podía registrarse como marca.

Infracción del artículo 7, apartados 1, letra b), y 3, del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, al no haberse declarado que el signo había adquirido carácter distintivo gracias a la utilización que la parte recurrente ha hecho de él o la utilización que se ha hecho de él con autorización de la parte recurrente.


20.5.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 172/46


Recurso interpuesto el 1 de abril de 2019 — Reino Unido/Comisión

(Asunto T-188/19)

(2019/C 172/60)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (representantes: S. Brandon, agente, T. Johnston y J. Scott, Barristers)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la decisión de la Comisión de adoptar el Informe final de auditoría, Número de referencia de auditoría 14-BA262-013 como final, como se notificó al Gobierno del Reino Unido mediante escrito de fecha 20 de diciembre de 2018 y recibido el 21 de enero de 2019.

Condene en costas a la Comisión Europea.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca dos motivos.

1.

Primer motivo, basado en que los auditores incurrieron en error de Derecho al determinar que se requerían hojas de tiempo diarias y, de ese modo, interpretó erróneamente los convenios de subvención.

2.

Segundo motivo, basado en que el Informe final de auditoría frustra de modo contrario a Derecho las expectativas legítimas de Met Office de que el sistema de registro de tiempo ex post y sus índices mensuales de cálculo de costes indirectos eran conformes con los convenios de subvención.