20.7.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 236/29


Petición de decisión prejudicial planteada por el Varhoven kasatsionen sad (Bulgaria) el 11 de mayo de 2015 — Vasilka Ivanova Gogova/Ilia Dimitrov Iliev

(Asunto C-215/15)

(2015/C 236/39)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Órgano jurisdiccional remitente

Varhoven kasatsionen sad

Partes en el procedimiento principal

Recurrente en casación: Vasilka Ivanova Gogova

Recurrida en casación: Ilia Dimitrov Iliev

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Se trata en el supuesto de la posibilidad prevista legalmente de que el tribunal civil resuelva un litigio en el que los progenitores litigan sobre el viaje del menor al extranjero y la expedición de documentos de identidad y el Derecho material aplicable establece el ejercicio conjunto de esos derechos parentales respecto del menor, de un litigio referente a la «atribución, el ejercicio, la delegación, la restricción o la finalización de la responsabilidad parental» en el sentido del artículo 1, apartado 1, letra b), en relación con el artículo 2, número 7, del Reglamento (CE) no 2201/2003 (1) del Consejo, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, al que resulta aplicable el artículo 8, apartado 1, del Reglamento no 2201/2003?

2)

¿Existen razones que fundamenten la competencia internacional en litigios en materia civil sobre la responsabilidad parental, cuando la resolución sustituye un acto jurídico relevante para un procedimiento administrativo relativo al menor y el Derecho aplicable establece que dicho procedimiento ha de llevarse a cabo en un determinado Estado miembro de la Unión Europea?

3)

¿Debe entenderse que existe un acuerdo sobre la competencia en el sentido del artículo 12, apartado 1, letra b), del Reglamento no 2201/2003, cuando el representante de la parte recurrida en casación no ha impugnado la competencia del tribunal, pero dicho representante no ha sido apoderado por la parte recurrida en casación, sino que, debido a la dificultad para hacerle llegar notificaciones, ha sido nombrado por el tribunal para que pueda participar personalmente o mediante representante en el litigio?


(1)  DO L 338, p. 1.