Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 1 de diciembre de 2011 — Comisión/Francia

(Asunto C‑515/10)

«Incumplimiento de Estado — Directiva 1999/31/CE — Decisión 2003/33/CE — Normativa nacional — Vertedero de residuos inertes — Admisión de residuos de amianto‑cemento»

Medio ambiente — Residuos — Vertido de residuos — Directiva 1999/31/CE — Normativa nacional que prevé el tratamiento de los residuos de amianto‑cemento en vertederos de residuos inertes — Incumplimiento [Art. 258 TFUE; Directiva 1999/31/CE del Consejo, arts. 2, letra e), 3, ap. 1, 6, letra d), y 16, y anexo II; Decisión 2003/33/CE del Consejo, anexo] (véanse los apartados 25, 26 y 28 y el fallo)

Objeto

Incumplimiento de Estado — Transposición incorrecta de los artículos 2, letra e), 3, párrafo primero, y 6, letra d), de la Directiva 1999/31/CE del Consejo, de 26 de abril de 1999, relativa al vertido de residuos (DO L 182, p. 1) y de las disposiciones del anexo de la Decisión 2003/33/CE del Consejo, de 19 de diciembre de 2002, por la que se establecen los criterios y procedimientos de admisión de residuos en los vertederos con arreglo al artículo 16 y al anexo II de la Directiva 1999/31/CE (DO L 11, p. 27) — Normativa nacional, no conforme con la Directiva, que establece una categoría de residuos «inertes y peligrosos» — Vertido de residuos de amianto‑cemento.

Fallo

1)

Declarar que la República Francesa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 2, letra e), 3, apartado 1, y 6, letra d), de la Directiva 1999/31/CE del Consejo, de 26 de abril de 1999, relativa al vertido de residuos, y de las disposiciones del anexo de la Decisión 2003/33/CE del Consejo, de 19 de diciembre de 2002, por la que se establecen los criterios y procedimientos de admisión de residuos en los vertederos con arreglo al artículo 16 y al anexo II de la Directiva 1999/31, al no haber adoptado todas las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para garantizar que los residuos de amianto‑cemento se traten en los vertederos apropiados.

2)

Condenar en costas a la República Francesa.