2.10.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 296/101


Jueves 7 de abril de 2011
Situación en Costa de Marfil

P7_TA(2011)0152

Resolución del Parlamento Europeo, de 7 de abril de 2011, sobre la situación en Costa de Marfil

2012/C 296 E/15

El Parlamento Europeo,

Vistas sus Resoluciones anteriores sobre Costa de Marfil y, en particular, la de 16 de diciembre de 2010 (1),

Vista la Declaración de Bamako, de 3 de noviembre de 2000, sobre democracia, derechos humanos y libertades en la francofonía,

Vistas las Resoluciones correspondientes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre Costa de Marfil, en particular, las Resoluciones 1946 y 1951 (2010), y las Resoluciones 1967, 1968 y 1975 (2011),

Vistas las declaraciones de la Vicepresidenta de la Comisión y Alta Representante, Catherine Ashton, sobre la situación en Costa de Marfil y, en particular, las de los días 3, 10, 12 y 19 de marzo y 1 de abril de 2011,

Vistas las Conclusiones sobre Costa de Marfil adoptadas por el Consejo de Asuntos Exteriores en su 3065a reunión el 31 de enero de 2011,

Vistos la Decisión 2011/18/PESC del Consejo de la UE y el Reglamento (UE) no 25/2011 del Consejo, de 14 de enero de 2011, por los que se imponen la congelación de activos y se designan nuevas personas y entidades sometidas a medidas restrictivas en Costa de Marfil,

Vista la Decisión adoptada en Addis Abeba el 10 de marzo de 2011 por parte del Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana (UA),

Vistas las Declaraciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre Costa de Marfil de los días 3 y 11 de marzo de 2011,

Vista la Declaración conjunta de los Copresidentes de la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE, de 18 de marzo de 2011, por la que se condena la violencia y las violaciones de los derechos humanos en Costa de Marfil,

Vista la Declaración de su Presidente, Jerzy Buzek, de 18 de marzo de 2011, en la que pide el fin de todo tipo de violencia contra los civiles en Costa de Marfil,

Vista la Resolución sobre la situación en Costa de Marfil, adoptada el 25 de marzo de 2011 en Abuja por la Autoridad de Jefes de Estado y de Gobierno de la CEDEAO,

Vista la Resolución del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, de 25 de marzo de 2011, por la que se crea una comisión de investigación internacional para investigar las violaciones de los derechos humanos en Costa de Marfil desde las elecciones presidenciales,

Visto el artículo 110, apartado 4, de su Reglamento,

A.

Considerando que, en los últimos cuatro meses, Costa de Marfil se ha hundido en una profunda crisis política causada por la negativa del Presidente en ejercicio Laurent Gbagbo a ceder el poder al Presidente legítimo Alassane Ouattara, a pesar de que este último ganara las elecciones presidenciales de noviembre de 2010 y fuera reconocido como vencedor por la comunidad internacional, una vez certificados los resultados por las Naciones Unidas,

B.

Considerando que han fracasado todos los esfuerzos diplomáticos por encontrar una solución pacífica al bloqueo político postelectoral, incluidos los de la UA, la CEDEAO y el Presidente de Sudáfrica,

C.

Considerando que, desde mediados de febrero, se han intensificado los combates tanto en la capital como en el oeste del país, con informes alarmantes que indican un uso creciente de artillería pesada contra civiles,

D.

Considerando que, en los últimos días, las Fuerzas Republicanas del Presidente Ouattara han lanzado una amplia ofensiva con objeto de restablecer su autoridad y han tomado el control de varias zonas importantes, incluidas la capital política Yamusukro y San Pedro (puerto clave para la exportación del cacao); que las fuerzas favorables a Ouattara han entrado en Abiyán, lo que ha provocado intensos combates con las fuerzas leales al expresidente,

E.

Considerando que, según fuentes de las Naciones Unidas, se han perdido centenares de vidas en Costa de Marfil desde diciembre de 2010; que es probable que el número real de víctimas mortales sea muy superior, puesto que la violencia que se produce en el interior del país no siempre aparece en la prensa,

F.

Considerando que los ataques dirigidos intencionadamente contra las fuerzas de mantenimiento de la paz y las instituciones de las Naciones Unidas constituyen crímenes de guerra; que la Misión de las Naciones Unidas en Costa de Marfil (ONUCI) se ha visto continuamente sometida a amenazas y ataques por parte de fuerzas de seguridad partidarias de Laurent Gbagbo, a la vez que el expresidente ha adoptado una retórica provocadora que incita a la población a la violencia contra las fuerzas de las Naciones Unidas y contra los extranjeros presentes en el país; que varios miembros de las fuerzas de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas han resultado gravemente heridos o incluso muertos,

G.

Considerando que se han cometido atrocidades en Costa de Marfil, incluidos casos de violencia sexual, desapariciones forzosas, ejecuciones extrajudiciales y uso de la fuerza excesivo e indiscriminado contra civiles, que constituyen crímenes contra la humanidad,

H.

Considerando que en la declaración presentada por su Gobierno, el 18 de abril de 2003, de conformidad con el artículo 12, apartado 3, del Estatuto de Roma, Costa de Marfil aceptaba la jurisdicción de la Corte Penal Internacional (CPI) sobre los crímenes cometidos en su territorio desde el 19 de septiembre de 2002; que Costa de Marfil sigue bajo investigación preliminar por parte de la Fiscalía de la CPI,

I.

Considerando que el respeto por el Estado de Derecho ha seguido deteriorándose en Costa de Marfil, con restricciones cada vez mayores de la libertad de opinión, de expresión y de los medios de comunicación,

J.

Considerando que la situación económica en Costa de Marfil se ha deteriorado seriamente en los últimos cuatro meses puesto que Laurent Gbagbo ha efectuado nacionalizaciones ilegales en los sectores bancario y del cacao, además de expropiaciones arbitrarias de capitales y propiedades privadas; que el FMI ha advertido recientemente de las graves consecuencias económicas negativas de la situación actual en Costa de Marfil para toda la región de África Occidental,

K.

Considerando que, debido al clima de terror que reina en el país, se estima que un millón de personas han tenido que desplazarse, ya sea internamente o a países vecinos como Liberia, Ghana, Togo, Malí y Guinea,

L.

Considerando que, el 17 de marzo de 2011, la Comisión multiplicó por cinco la ayuda humanitaria de la UE destinada a Costa de Marfil,

M.

Considerando que la Resolución 1975(2011) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, adoptada por unanimidad, insta a Laurent Gbagbo a retirarse inmediatamente y pide poner fin de inmediato a la violencia contra civiles, a la vez que impone sanciones específicas en materia financiera y de viajes a Laurent Gbagbo, su esposa y tres de sus socios,

1.

Condena los intentos del expresidente Gbagbo y de sus seguidores de usurpar violentamente la voluntad del pueblo costamarfileño; reitera su petición a Laurent Gbagbo para que renuncie y entregue el poder inmediatamente a Alassane Ouattara; celebra, en este sentido, la adopción de la Resolución 1975(2011), mediante la cual el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas efectuó su declaración más enérgica desde el inicio de la crisis postelectoral en Costa de Marfil y pidió la retirada inmediata de Laurent Gbagbo;

2.

Aplaude el llamamiento de las mujeres de África Occidental a favor de una solución pacífica para el conflicto político de Costa de Marfil y de conducir ante la justicia a los autores de violencia contra la población del país; lamenta que las organizaciones de mujeres y los líderes religiosos y comunitarios no hayan realizado esfuerzos suficientes para aumentar la presión interna y promover la mediación en pos de una solución pacífica al bloqueo político del país;

3.

Lamenta que no se haya encontrado ninguna solución diplomática, ni siquiera las defendidas por la UA, y que la violencia y la confrontación armada se hayan convertido en características de la crisis postelectoral;

4.

Recuerda que la única fuente de legitimidad democrática es el sufragio universal y que la elección de Alassane Ouattara refleja la voluntad soberana del pueblo costamarfileño; insta a todas las instituciones del país, incluidas las Fuerzas de Defensa y Seguridad de Costa de Marfil (FDSCI), a someterse sin dilación a la autoridad del Presidente Ouattara, elegido democráticamente, y de su Gobierno;

5.

Condena de la manera más firme la escalada de violencia en Costa de Marfil, en particular el uso de armamento pesado contra civiles y la considerable pérdida de vidas que ha provocado; expresa su más profunda solidaridad con todas las víctimas inocentes de la injusticia y la violencia en Costa de Marfil, y con sus familiares; hace hincapié en que no se tolerará la violencia contra civiles, incluidos mujeres, niños y personas desplazadas internacionalmente, que debe cesar inmediatamente;

6.

Condena enérgicamente las violaciones de los derechos humanos y del Derecho internacional humanitario cometidas presuntamente contra civiles y que incluyen ejecuciones extrajudiciales y actos de violencia sexual; observa que, según el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, estos actos pueden constituir crímenes contra la humanidad; expresa su firme oposición a la utilización de los medios de comunicación para incitar al odio; pide que se eliminen todas las restricciones impuestas al ejercicio del derecho a la libertad de expresión; condena el secuestro de cuatro personas, entre ellas dos ciudadanos de la UE, en un hotel de Abiyán situado en un barrio controlado por las fuerzas favorables a Laurent Gbagbo, y pide su liberación inmediata;

7.

Insiste en que no puede haber impunidad y en que no deben ahorrarse esfuerzos a la hora de encontrar y llevar ante la justicia, también ante instancias internacionales, a todos los responsables de crímenes contra la población civil; celebra, en este sentido, la creación de una comisión de investigación por parte del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas; observa que el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas ha señalado que la CPI decidirá sobre su competencia respecto a la situación en Costa de Marfil; pide a todas las partes del país que cooperen con estos organismos para que pueda impartirse justicia; pide a la UE que facilite todo el apoyo necesario para estas investigaciones;

8.

Condena firmemente los actos de intimidación y obstrucción dirigidos contra la ONUCI y la UE;

9.

Acoge con satisfacción las sanciones específicas adicionales, que incluyen la prohibición de visado y la congelación de activos, impuestas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, la UE y el Consejo de la Unión Europea, contra todas las personas y entidades que se oponen a la autoridad del Presidente legítimo, y las decisiones adoptadas por el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional, que se han negado a tratar con el Gobierno ilegítimo; hace hincapié en que estas sanciones se deben mantener hasta que las autoridades legítimas regresen al poder;

10.

Celebra que la Resolución 1975(2011) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas recordara la autorización otorgada a la ONUCI para utilizar todos los medios necesarios para ejecutar su mandato de proteger a los civiles, también con el fin de atajar el uso de armas pesadas, y expresara el apoyo total del Consejo de Seguridad a tales acciones; pide, en este sentido, un fortalecimiento rápido y significativo de las capacidades de la ONUCI, con objeto de garantizar la protección efectiva de los civiles en Costa de Marfil;

11.

Observa que, de conformidad con su mandato, la ONUCI ya ha entrado en acción en Abiyán con el fin de detener el uso de armamento pesado y de proteger a los civiles y al personal de las Naciones Unidas, con la ayuda de la fuerza francesa «Licorne», a petición del Secretario General de las Naciones Unidas;

12.

Alaba y apoya los esfuerzos de mediación efectuados bajo el auspicio de la UA y la CEDEAO con vistas a evitar la confrontación, y reitera su llamamiento a todas las fuerzas políticas de Costa de Marfil para que demuestren su compromiso con una transición política pacífica y democrática, que evitaría nuevos derramamientos de sangre; manifiesta su apoyo al plan de la UA de una solución pacífica general a la crisis, y hace hincapié en que todos los países africanos deben mostrar unidad y actuar de manera coordinada a fin de poder restaurar la paz en Costa de Marfil;

13.

Pide al Presidente Ouattara que facilite la paz y la reconciliación nacional, y al mismo tiempo recuerda que no existe la prescripción para los crímenes de guerra y los crímenes contra la humanidad;

14.

Manifiesta su profunda preocupación por la degradación de la situación humanitaria en Costa de Marfil y en los países vecinos, sobre todo en Liberia; pide a todas las partes de Costa de Marfil que garanticen un acceso seguro y sin impedimentos a cualquier lugar del país para todas las organizaciones humanitarias presentes en el terreno; se congratula del compromiso asumido por la UE, tal como expresó la Comisaria Georgieva, de ayudar a resolver la crisis humanitaria;

15.

Hace hincapié en la necesidad de una acción política internacional rápida para abordar la situación humanitaria en Costa de Marfil y evitar una nueva crisis migratoria en la región; invita a la Comisión y a los Estados miembros a coordinar sus esfuerzos con los de otros donantes internacionales; pide a la comunidad internacional que cumpla sus compromisos en materia de ayuda humanitaria con el fin de responder a las necesidades urgentes de la población de Costa de Marfil y de sus países vecinos;

16.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, a la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y al Secretario General de las Naciones Unidas, a la ONUCI, a las instituciones de la Unión Africana, a la CEDEAO, a la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE, a los Gobiernos de los Estados miembros de la Unión Europea y al Presidente electo de Costa de Marfil, Alassane Ouattara.


(1)  Textos Aprobados, P7_TA(2010)0492.