32002D0071

2002/71/CE: Decisión de la Comisión, de 3 de julio de 2001, relativa a la ayuda estatal de Alemania a favor de KHK Verbindetechnik GmbH Brotterode (Texto pertinente a efectos del EEE) [notificada con el número C(2001) 1781]

Diario Oficial n° L 031 de 01/02/2002 p. 0080 - 0087


Decisión de la Comisión

de 3 de julio de 2001

relativa a la ayuda estatal de Alemania a favor de KHK Verbindetechnik GmbH Brotterode

[notificada con el número C(2001) 1781]

(El texto en lengua alemana es el único auténtico)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2002/71/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, el primer párrafo del apartado 2 de su artículo 88,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y, en particular, la letra a) del apartado 1 de su artículo 62,

Después de haber emplazado a los interesados para que presentaran sus observaciones, de conformidad con los artículos citados(1), y teniendo en cuenta dichas observaciones,

Considerando lo siguiente:

I. PROCEDIMIENTO

(1) Mediante carta de 14 de junio de 1999, Alemania informó a la Comisión de que había concedido una ayuda a favor de KHK Verbindetechnik GmbH Brotterode ("KHK"). Las autoridades alemanas entregaron a la Comisión información adicional mediante cartas de 8 de octubre de 1999, 20 de diciembre de 1999, 13 de enero de 2000, 27 de marzo de 2000 y 3 de julio de 2000.

(2) Mediante carta de 17 de octubre de 2000, la Comisión dio a conocer a las autoridades alemanas su decisión de incoar el procedimiento contemplado en el apartado 2 del artículo 88 del Tratado CE con respecto a esta ayuda.

(3) La decisión de la Comisión de incoar el procedimiento se publicó en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas(2). La Comisión invitó a los interesados a presentar sus observaciones sobre la ayuda en cuestión.

(4) La Comisión transmitió al Gobierno alemán las observaciones enviadas por las partes interesadas, ofreciéndosele la posibilidad de dar a conocer su punto de vista.

II. DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LA AYUDA

1. Empresa

(5) KHK se creó en 1996, al vender el administrador judicial los activos de Metallverarbeitung Brotterode GmbH (MVB)(3) dentro de un procedimiento de liquidación judicial.

(6) El procedimiento de liquidación judicial de MVB se inició el 1 de julio de 1996. El administrador judicial mantuvo la producción mientras buscaba un nuevo inversor. Se iniciaron negociaciones con seis candidatos, entre los que se seleccionó como mejor propuesta la de cuatro particulares, tres de ellos empleados de MVB. Estos inversores privados fundaron la nueva empresa KHK. A través de un acuerdo de concentración (Auffanglösung), KHK adquirió parte de las instalaciones de producción de MVB. El administrador judicial vendió a KHK los activos de MVB, en concreto los edificios y las máquinas, por 1,2 millones de marcos alemanes.

(7) La sede de la empresa se encuentra en Brotterode, Turingia, una zona económica asistida de acuerdo con la letra a) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado CE. KHK entra en la categoría de las "pequeñas y medianas empresas" (PYME) y fabrica soportes para radiadores, garfios para postes eléctricos y cabrestantes utilizados en construcción para transportar elementos prefabricados de hormigón.

2. Reestructuración

(8) El plan de reestructuración consiste básicamente en las siguientes medidas:

a) concentrar de las actividades en un solo lugar;

b) modernizar las instalaciones de producción;

c) automatizar el proceso de producción;

d) reducir considerablemente la plantilla;

e) reducir la gama de productos y limitarla a los productos que generen un flujo de caja positivo;

f) desarrollar una nueva línea de productos.

(9) MVB disponía de cinco locales de producción, separados entre sí, repartidos por la zona de Brotterode. KHK adquirió una de las instalaciones ya existentes, incluidos los correspondientes terrenos, a los que transfirió los equipos de producción. KHK invirtió en la automatización de las distintas líneas de producción. La producción pasó a ser controlada por ordenador. Tras las obras de remodelación, el abastecimiento de energía y el sistema de calefacción de la fábrica se independizó de los restantes centros de producción de MVB.

(10) De las tres líneas de productos originalmente fabricados por MVB, KHK siguió fabricando dos con éxito, los soportes para radiadores y los garfios metálicos. Se abandonó la línea de las herramientas neumáticas. En 1998, KHK inició la producción de cabrestantes utilizados en construcción civil para transportar elementos prefabricados de hormigón. Los clientes de KHK son exclusivamente mayoristas alemanes.

(11) En el momento en que se inició el procedimiento de liquidación judicial, en 1996, MVB tenía 48 empleados y un volumen de negocios de 3,515 millones de marcos alemanes. Cuando inició su actividad, en 1996, KHK comenzó con 18 empleados. En 2000, ya eran 27 los empleados y registraba un volumen de negocios de 4,6 millones de marcos alemanes con unos activos brutos de 180000 marcos alemanes.

(12) El período de reestructuración notificado iba de 1996 a 1999, ascendiendo el coste total del plan de recuperación de la empresa a 2,291 millones de marcos alemanes.

>SITIO PARA UN CUADRO>

(13) Las ayudas públicas utilizadas en la financiación del proyecto se reparten del siguiente modo:

>SITIO PARA UN CUADRO>

(14) Según la notificación, la contribución del inversor se compone de los siguientes elementos:

>SITIO PARA UN CUADRO>

(15) KHK adquirió los activos de MVB con ayuda de un préstamo de 960000 marcos alemanes. Posteriormente, un banco privado concedió a la empresa una línea de crédito en cuenta corriente por valor de 213000 marcos alemanes (máximo de 300000 marcos alemanes) y un crédito de inversión por valor de 415000 marcos alemanes. Para ambos créditos se ofrecieron las mismas garantías, a saber, las fianzas de los inversores, una hipoteca sobre el terreno de la empresa por valor de 715000 marcos alemanes, una transmisión en garantía de activo inmovilizado y una cesión global de clientes. Por otra parte, el crédito de inversión cuenta con una garantía en caso de incumplimiento del 80 % (332000 marcos alemanes) concedida por el Bürgschaftsbank Thüringen(4), siendo además refinanciado en su totalidad por el Kreditanstalt für Wiederaufbau (KfW) dentro del programa ERP autorizado(5).

(16) En su decisión para incoar el procedimiento, la Comisión expresaba sus dudas de que el crédito de inversión por valor de 415000 marcos alemanes pudiera considerarse en su totalidad como contribución del inversor de acuerdo con las directrices sobre ayudas de Estado de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis(6) (directrices), ya que está cubierto hasta el 80 % (332000 marcos alemanes) por las autoridades del Estado federado, sin contar la garantía del inversor/la empresa. Por otra parte, se constató que el crédito fue refinanciado por la KfW dentro del programa ERP aprobado por la Comisión y que además está garantizado por activos adquiridos, esencialmente, con las ayudas estatales concedidas.

(17) Dudaba la Comisión además de que el crédito de 213000 marcos alemanes (línea de crédito en cuenta corriente) se hubiera concedido en condiciones de mercado y si, en consecuencia, podía considerarse como contribución del inversor de acuerdo con las directrices, ya que su garantía venía dada por los activos adquiridos con la ayuda de Estado.

(18) Por estas razones dudaba la Comisión de que la contribución del inversor para la reestructuración pudiera considerarse relevante de conformidad con las directrices y, por consiguiente, si la ayuda podía considerarse proporcional a los costes y beneficios de la reestructuración.

III. OBSERVACIONES DE LOS INTERESADOS

(19) La Comisión recibió las observaciones de KHK en las que señalaba que el plan de reestructuración se había ejecutado en su totalidad y que los resultados de la empresa en el año 2000 superaron las expectativas, habiéndose registrado un volumen de negocios de 4,6 millones de marcos alemanes y un balance total de 180000 marcos alemanes. Sin la ayuda financiera de BvS y del Estado federado de Turingia no habría sido posible constituir la empresa, por lo que habrían desaparecido todos los puestos de trabajo. Los socios de la empresa están decididos a proseguir con las actividades y obtener buenos resultados y, por otra parte, se han comprometido financieramente con la empresa haciéndose garantes a título personal.

IV. OBSERVACIONES DE LAS AUTORIDADES ALEMANAS

(20) Alemania señala que las dudas de la Comisión sobre los dos créditos se basan en el hecho de que estén garantizados por activos de la empresa que se adquirieron, por lo menos parcialmente, con las ayudas concedidas a KHK. En opinión de las autoridades alemanas, la Comisión llega a la conclusión de que, debido a que los activos han sido adquiridos con ayudas de Estado y posteriormente se han utilizado como fianza para un crédito concedido por un banco privado, el crédito incluye también elementos de ayuda. Ello implicaría una contabilización doble de la ayuda, lo que no es admisible, con lo que tampoco sería admisible la conclusión en sí. Así, por ejemplo, el préstamo del BvS se contabilizaría una vez al 100 % como ayuda ad hoc y, por segunda vez, como un elemento de ayuda incluido en el crédito del banco comercial.

(21) Según Alemania, independientemente de que esta conclusión sea admisible o no, en los casos de este tipo la Comisión debería determinar también el importe del elemento de ayuda. Sería muy difícil determinar cual sería el importe financiado con ayudas estatales destinado a adquirir los activos que se iban a utilizar como garantía. No existe clave alguna para determinar el importe del elemento de ayuda del crédito, por lo que al no poderse cuantificar los elementos de ayuda no es posible obtener resultados practicables.

(22) Las autoridades alemanas apuntan que, en sus conclusiones, la Comisión no tiene en cuenta que la esencia y finalidad de las ayudas es posibilitar que el beneficiario participe en la actividad comercial de la economía de mercado. La "supervivencia" de la ayuda en el desarrollo económico de la empresa está, por consiguiente, implícita en la ayuda. Por consiguiente, la conclusión de la Comisión implicaría que la intensidad de la ayuda aumentara en cada proceso económico que presentase alguna relación con la ayuda concedida inicialmente.

(23) Además, en opinión de Alemania, la Comisión debería tener en cuenta que los créditos también estaban garantizados mediante fianzas personales de los inversores, una transmisión en garantía de activos y una cesión en bloque de clientes. Por ello, el hecho de que los activos se hubieran adquirido con ayudas de Estado no debería significar que los créditos garantizados con estos activos incluyen también elementos de ayuda.

(24) Por lo que respecta al crédito de inversión por valor de 415000 marcos alemanes, las autoridades alemanas observan que el elemento de ayuda incluido en este crédito equivale, como mucho, al 80 %, o sea 332000 marcos alemanes, garantizados por el Estado federado.

(25) En relación con el crédito para la adquisición de materiales por valor de 213000 marcos alemanes, las autoridades alemanas especifican que el Deutsche Bank AG es un banco privado y que el crédito se concedió en condiciones de mercado. En consecuencia, se deberá considerar como una contribución del inversor, de acuerdo con la práctica de la Comisión. Las autoridades alemanas explican que el límite máximo de la línea de crédito es de 300000 marcos alemanes, que el tipo de interés es del 9 % y que las garantías ofrecidas son las fianzas de los inversores (417000 marcos alemanes), una hipoteca sobre el terreno de la empresa (715000 marcos alemanes), una transmisión en garantía de activos y una cesión en bloque de clientes. En opinión de las autoridades alemanas, estas condiciones corresponden a las condiciones de mercado.

(26) Las autoridades alemanas señalan, además, que la línea de crédito por un valor máximo de 300000 marcos alemanes concedida a KHK por el Deutsche Bank deberá considerarse, en su totalidad, como una contribución del inversor. Hasta la fecha la empresa solo ha utilizado 213000 marcos alemanes, pero no se puede excluir que tenga que recurrir también a los restantes 87000 marcos alemanes en situaciones imprevisibles de falta de liquidez. En cualquiera de los casos, la empresa puede disponer del montante total de 300000 marcos alemanes. Por esta razón, los costes de reestructuración de la empresa deberían ser tasados en un total de 2,378 millones de marcos alemanes.

(27) Para finalizar sus observaciones, Alemania se pronuncia sobre la dimensión de la empresa y sobre la región en la que se encuentra, destacando que se trata de una PYME y de un caso de management buy-out por parte de antiguos trabajadores de la empresa. La empresa tiene su sede en una región que puede recibir ayudas de acuerdo con la letra a) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado CE y que se caracteriza por una grave situación de subempleo. Gracias a las inversiones en KHK se pudieron mantener 24 puestos de trabajo permanentes, contribuyendo con ello al desarrollo económico de la región.

V. VALORACIÓN DE LA AYUDA

(28) De acuerdo con el apartado 1 del artículo 87 del Tratado CE, son incompatibles con el mercado común, en la medida en que afecten a los intercambios comerciales entre Estados miembros, las ayudas otorgadas por los Estados o mediante fondos estatales, bajo cualquier forma, que falseen o amenacen falsear a competencia, favoreciendo a determinadas empresas o producciones. Según la jurisprudencia del Tribunal de Justicia y del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas, el criterio de perjuicio a los intercambios comerciales se cumple cuando la empresa beneficiaria ejerce una actividad comercial que supone intercambios comerciales entre Estados miembros.

(29) La Comisión constata que la ayuda estatal notificada se concedió a favor de una empresa concreta que se vio beneficiada en la medida en que vio reducidos los costes que normalmente tendría que soportar para llevar a cabo el proyecto de reestructuración notificado. Además, la empresa beneficiaria, KHK, produce componentes de metal que son objeto de transacciones comerciales entre los Estados miembros. En consecuencia, la ayuda en cuestión se inscribe en el ámbito de aplicación del apartado 1 del artículo 87 del Tratado CE.

1. Ayuda a la reestructuración

(30) El proyecto notificado se refiere a la reestructuración de la empresa de acuerdo con el plan de reestructuración presentado por los inversores. La Comisión señala que el examen de las ayudas a la reestructuración concedidas a empresas en dificultades deberá efectuarse basándose en las directrices.

(31) La Comisión constata que la nueva empresa KHK se hizo cargo de parte del patrimonio de MVB para hacer viable la reestructuración. Los activos de MVB se vendieron por subasta pública de acuerdo con las disposiciones de la legislación alemana en materia de insolvencias. Basándose en la documentación notificada, la Comisión concluye que los activos de MVB se vendieron a precios de mercado al mejor postor.

(32) Por lo general el concepto de "empresa en dificultades" no se aplica a empresas creadas recientemente. Atendiendo a la dimensión especial del proceso de adaptación en curso en los nuevos Estados federados, la Comisión declaró que las directrices se aplicarían también a las denominadas "Auffanglösungen"(7), siempre que la venta de parte de los activos de la empresa permita proseguir la actividad comercial de la empresa insolvente. La aplicación de las directrices a este tipo de empresas puede estar justificada por los problemas a que se enfrentan los nuevos Estados federados, en general, y por las empresas, en particular.

(33) KHK tiene su sede en los nuevos Estados federados. La venta incluyó todos los activos de la antigua empresa MVB necesarios para mantener las líneas de producción de las que se había hecho cargo. Continuaron las actividades de MVB que se consideraban rentables desde el punto de vista económico. La compra de los activos de MVB representa, por ello, una verdadera Auffanglösung, por lo que las medidas a favor de KHK pueden considerarse ayudas a la reestructuración.

(34) Cabe señalar que el 9 de octubre de 1999 entraron en vigor nuevas directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis(8). De acuerdo con el punto 101, la Comisión analiza la compatibilidad de ayudas no notificadas basándose en las nuevas directrices, si la ayuda, o una parte, se hubiera concedido tras la publicación de éstas en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas y en las directrices en vigor en el momento de la concesión de la ayuda, respecto a los demás casos. Dado que en el presente caso todas las ayudas se concedieron antes de la entrada en vigor de las nuevas directrices, éstas se analizarán de acuerdo con las directrices de 1994(9).

(35) Según se señala en las directrices, las ayudas de emergencia y a la reestructuración pueden contribuir, en opinión de la Comisión, al desarrollo de las actividades económicas sin que se vean afectados los intercambios comerciales en contra del interés común, de acuerdo con la letra c) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado CE, siempre que se cumplan las condiciones definidas en las directrices.

(36) La Comisión constata que del montante global de 1643000 marcos alemanes de ayudas públicas notificadas para la segunda fase de reestructuración, 653000 marcos alemanes son ayudas concedidas sobre la base de regímenes autorizados. Por eso, estas ayudas se clasifican como ayudas existentes según el inciso ii) de la letra b) del artículo 1 del Reglamento (CE) n° 659/1999 del Consejo, de 22 de marzo de 1999, por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 93 del Tratado CE(10), por lo que la Comisión no necesita juzgar su compatibilidad con el mercado común en el ámbito de la presente Decisión. No obstante, estas ayudas existentes por valor de 653000 marcos alemanes se tendrán en consideración al considerar la proporcionalidad de las ayudas según el inciso iii) del punto 3.2.2 de las directrices.

(37) De acuerdo con las directrices, las ayudas tienen que ser proporcionales a los costes y beneficios de la reestructuración. El inciso iii) del punto 3.2.2 de las directrices establece que el montante y la intensidad de las ayudas deben limitarse a lo mínimo rigurosamente necesario para permitir la reestructuración y deben ser proporcionales a los beneficios previstos desde el punto de vista comunitario. Se espera que los beneficiarios de la ayuda contribuyan de manera significativa al plan de reestructuración con recursos propios.

(38) En su decisión de incoar el procedimiento, la Comisión dudaba si los dos créditos concedidos a la empresa por el Deutsche Bank podían considerarse contribuciones del inversor, una vez garantizados por activos adquiridos con ayudas. Por ello, la Comisión dudaba también de si la contribución del inversor podía considerarse significativa de conformidad con las directrices.

2. El crédito a la inversión por valor de 415000 marcos alemanes

(39) Cuando se incoó el procedimiento, se expresaron dudas sobre si el crédito a la inversión por valor de 415000 marcos alemanes podía considerarse como una contribución del inversor, una vez que estuviera garantizado, además de por la fianza suministrada por el inversor/empresa(11), también por una garantía del 80 % del montante (332000 marcos alemanes) prestada por el Estado federado. Además el crédito se refinanció dentro de un programa de ayuda aprobado.

(40) La Comisión observa que la garantía estatal se concedió en el marco de un régimen de garantías aprobado(12). De acuerdo con las disposiciones de este régimen, las garantías prestadas a empresas en dificultad pueden llegar a una intensidad de ayuda máxima del 100 %. Cabe señalar que, en sus observaciones sobre la incoación del procedimiento, las autoridades alemanas presentaron una posición diferente a la que defendieron en la notificación, en la medida en que declararon que el elemento de ayuda incluido en el crédito en cuestión equivaldría como máximo a un 80 % del importe del mismo, o sea, 332000 marcos alemanes. Alemania sólo cuenta el resto de 83000 marcos alemanes como contribución del inversor.

(41) Ante lo expuesto y partiendo del principio de que KHK era considerada empresa en dificultades cuando se concedió el crédito y el banco exigió una fianza de indemnidad, la Comisión opina que la garantía de indemnidad por el 80 % del crédito, o sea, el importe de 332000 marcos alemanes, debe considerarse una ayuda.

(42) Independientemente de la fianza, hay que precisar que aunque el crédito fuera concedido por un banco privado, éste es refinanciado por la KfW dentro del programa de reconstrucción ERP. En el caso de este programa se trata de un régimen de ayuda autorizado para conceder créditos a interés reducido a particulares para la adquisición de empresas, siempre que se garantice que va a proseguirse su actividad económica y que los particulares en cuestión no dispongan de los recursos financieros necesarios para la adquisición.

(43) La Comisión toma nota de que el crédito se concedió por un período de 12 años (de 1997 a 2009), estaba sujeto a un tipo de interés anual de 5 % hasta el 31 de marzo de 2007 y debía reembolsarse en tramos del mismo valor entre 2000 y 2009. En la fecha de concesión del crédito, marzo de 1997, el tipo de interés de referencia se situaba en el 6,86 %. Teniendo en cuenta que, en aquel momento, la empresa se encontraba en dificultades y que el régimen de ayuda autorizado establecía como condición para la concesión del crédito que no hubiera otros medios de financiación, es de suponer que ningún banco estaría dispuesto a conceder a la empresa un crédito por el mismo valor en las condiciones del mercado.

(44) Por esta razón, y dado que no se puede efectuar una comparación con el tipo de interés del mercado en aquella fecha, el tipo de interés concedido del 5 % se compara con el tipo de interés de referencia del 6,86 % más un 4 %, de acuerdo con la Comunicación de la Comisión relativa al método de fijación de los tipos de referencia y de actualización(13). La diferencia de 5,86 % entre estos tipos se considera como ayuda a favor de la empresa e incide en el 20 % del crédito no cubierto por la garantía. Considerando el período de reembolso del crédito y sumando una actualización del tipo de interés reducido para los valores de 1997 se llega a un importe de la ayuda por un valor de 24966 marcos alemanes.

3. Línea de crédito de cuenta corriente por 213000 marcos alemanes (máximo 300000 marcos alemanes)

(45) Cuando se inició el procedimiento, la Comisión dudaba de si la línea de crédito por valor de 213000 marcos alemanes se había concedido en condiciones de mercado y si por lo tanto podía considerarse una contribución del inversor, una vez garantizada por los activos adquiridos con ayuda del Estado.

(46) Para analizar si un crédito se concede en condiciones de mercado, la Comisión verifica normalmente sus condiciones y la situación desde el punto de vista del banco que lo concede. La Comisión llega a la conclusión de que se trata de un crédito concedido en las condiciones de mercado cuando procede de un banco privado, los intereses aplicados corresponden a las condiciones practicadas en el mercado, las garantías solicitadas están de acuerdo con la práctica habitual del banco y las garantías las presta el tomador de crédito.

(47) La Comisión constata que por regla general las empresas ponen los activos/ingresos operativos futuros como garantía para los créditos comerciales. Éstas son las garantías más comunes que los bancos acostumbran a exigir. Sin la garantía de los activos de la empresa no sería posible la financiación futura de la actividad, las inversiones, etc.

(48) La Comisión observa además que, en casos anteriores que entraban dentro del ámbito de aplicación de las directrices, autorizó la utilización de ayudas estatales para la adquisición de activos de empresas en dificultades(14). La Comisión coincide con la observación de Alemania de que la finalidad de las ayudas, por su naturaleza, es permitir al beneficiario participar en la actividad comercial de la economía de mercado. La Comisión está de acuerdo igualmente en que las empresas utilizan, por lo general, sus activos inmovilizados, créditos etc. como garantías para la financiación externa continua de su actividad económica o para créditos destinados a nuevas inversiones.

(49) Frente a estas razones, la Comisión entiende que el hecho de los activos adquiridos con ayudas estatales se hayan utilizado como garantía del crédito no permite, por sí mismo, concluir que éste no se concedió en condiciones de mercado y, por lo tanto, incluye un elemento de ayuda.

(50) La Comisión constata que el crédito presenta como garantía, además del terreno y de la maquinaria, una cesión de créditos y una transferencia de productos terminados al banco, así como las fianzas personales de los cuatro socios. El tipo de interés es del 9 %. Por consiguiente, nada indica que la línea de crédito no se haya concedido en condiciones de mercado. En consecuencia, la Comisión considera la línea de crédito como financiación externa de acuerdo con las directrices.

(51) La Comisión destaca también la observación de Alemania, según la cual la línea de crédito por un valor máximo de 300000 marcos alemanes, concedida a KHK por el Deutsche Bank, debería considerarse, en su totalidad, como una contribución del inversor, teniendo en cuenta que, a pesar de que sólo se han utilizado 213000 marcos alemanes de esa línea de crédito, la empresa puede disponer del importe global de 300000 marcos alemanes para hacer frente a la necesidad de liquidez durante el proceso de reestructuración.

(52) La Comisión constata que el montante de financiación necesario indicado en el plan de reestructuración ascendía a 2291000 marcos alemanes. En el plan de reestructuración se deben especificar todos los costes de reestructuración, y su reparto por los servicios públicos y el beneficiario de la ayuda. En la notificación que especificaba el reparto de los costes, 213000 marcos alemanes de la línea de crédito se identificaban como contribución del inversor. Teniendo en cuenta que las modificaciones del plan de reestructuración sólo pueden llevarse a cabo en determinadas condiciones y que el período de reestructuración terminó en 1999, la Comisión concluye que no hay motivo para proceder a una modificación, con carácter retroactivo, del plan de reestructuración notificado. Por consiguiente, los costes globales de reestructuración se cifran, en total, en 2291000 marcos alemanes y la contribución del inversor en 213000 marcos alemanes en forma de línea de crédito concedida por el Deutsche Bank para financiación de los costes.

4. Proporcionalidad de la ayuda

(53) Basándose en lo contemplado en los números 39 a 52, la Comisión ha concluido que la financiación pública de la reestructuración se reparte de la siguiente forma:

>SITIO PARA UN CUADRO>

(54) La Comisión observa que las ayudas por valor de 356966 marcos alemanes resultantes de la garantía del Estado federado y de la bonificación de los intereses se concedieron dentro de regímenes de ayuda autorizados. Por esta razón estas ayudas se clasifican como ayudas existentes en la acepción del inciso ii) de la letra b) del artículo 1 del Reglamento (CE) n° 659/1999, por lo que no es necesario que la Comisión valore su compatibilidad con el mercado común en el ámbito de la presente Decisión. No obstante, estas ayudas existentes se tendrán en cuenta al valorar la proporcionalidad de las ayudas según el inciso iii) del punto 3.2.2 de las directrices.

(55) Dado que los elementos de ayuda del crédito de 415000 marcos alemanes ascienden a 356966 marcos alemanes, queda por verificar si los restantes 58034 marcos alemanes deberán considerarse como contribución del inversor de acuerdo con las directrices.

(56) Las directrices establecen que los beneficiarios de la ayuda normalmente deben contribuir significativamente al plan con sus propios recursos o con ayuda de financiación externa comercial. En la práctica, la Comisión interpreta el concepto "financiación externa" como sinónimo de una financiación concedida en condiciones de mercado.

(57) La Comisión constata que, en el presente caso, el mismo crédito contiene diferentes elementos de ayuda. Si la Comisión pudiese analizar el crédito sólo con una garantía del Estado federado o con una bonificación de los intereses, los resultados de ese análisis podrían conducir a que la parte no afectada por las ayudas estatales, y cuyo riesgo está cubierto por el banco privado o por otras garantías, se considerara como la contribución del inversor, siempre que las restantes condiciones de concesión del crédito correspondieran a las condiciones de mercado.

(58) En el presente caso todavía no es posible llegar a esa conclusión. Por una parte, la parte no cubierta por la garantía no satisface las condiciones de mercado, en la medida en que el tipo de interés está bonificado por el Estado. Por otra parte, tras analizar el elemento de ayuda correspondiente a la bonificación de los intereses, ya no es posible considerar la otra parte del crédito como concedida en condiciones de mercado debido a la garantía prestada por el Estado federado.

(59) Por las razones expuestas, la Comisión considera que el efecto acumulativo de los distintos elementos de ayuda impide que el importe restante de 58034 marcos alemanes se clasifique como financiación obtenida en condiciones de mercado.

(60) Sobre la base de lo expuesto en los números 55 a 59, la Comisión ha llegado a la conclusión de que la contribución del inversor para la reestructuración de la empresa se reparte de la siguiente forma:

>SITIO PARA UN CUADRO>

(61) La Comisión constata que la intensidad de la ayuda a la reestructuración se eleva a un 86 % y la contribución del inversor a un 11,5 %(15).

(62) La Comisión comprueba que en el caso de KHK se trata de una PYME, con sede en una región que puede recibir ayuda, que da empleo actualmente a 27 trabajadores. En casos anteriores que afectaban a empresas de Alemania Oriental, la Comisión autorizó la concesión de ayudas a PYME en las que la contribución de los inversores presentaba valores equivalentes a los del caso de que se trata(16). En estos casos las ayudas presentaban un efecto limitado en términos de liquidez, para evitar que las empresas dispusiesen de un exceso de liquidez que las pudiese empujar a asumir un comportamiento agresivo frente a los demás participantes del mercado y causar distorsiones en la competencia. Además, los inversores habían contribuido con su capital privado a la reestructuración.

(63) En el presente caso, la mayor parte de las ayudas se concede dentro de regímenes autorizados (1,01 millones de marcos alemanes). La ayuda ad hoc, un préstamo por valor de 960000 marcos alemanes reembolsable con condiciones, se utilizó para la adquisición de los activos de la empresa. Eso significa que las ayudas tuvieron un efecto de liquidez limitado. Además, los dos créditos concedidos a la empresa tuvieron la garantía de dos fianzas personales de los cuatro inversores. Por consiguiente, los inversores contribuyeron a la reestructuración de la empresa con su propio capital.

(64) Por las razones expuestas, la Comisión entiende que la contribución del beneficiario puede considerarse significativa en la acepción de las directrices. Por ello, la Comisión opina que la ayuda concedida cumple los requisitos del inciso iii) del punto 3.2.2 de las directrices, según los cuales las ayudas tienen que ser proporcionales a los costes y beneficios de la reestructuración.

VI. CONCLUSIONES

(65) La Comisión opina que Alemania concedió la ayuda infringiendo el apartado 3 del artículo 88 del Tratado CE. Sin embargo, la Comisión establece que la ayuda es compatible con la letra c) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado CE, ya que se atiene a las directrices sobre ayudas de Estado de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis, en la versión de 1994.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La ayuda concedida por Alemania a favor de KHK Verbindetechnik GmbH Brotterode, por valor de 491000 euros (960000 marcos alemanes), es compatible con el mercado común de conformidad con la letra c) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado CE.

Artículo 2

El destinatario de la presente Decisión será la República Federal de Alemania.

Hecho en Bruselas, el 3 de julio de 2001.

Por la Comisión

Mario Monti

Miembro de la Comisión

(1) DO C 27 de 27.1.2001, p. 30.

(2) Véase la nota 1.

(3) En su decisión de incoar el procedimiento de investigación formal, la Comisión constata en el punto 3 que las ayudas concedidas en la primera fase de privatización son compatibles con el mercado común, en la medida en que son conformes con los regímenes de Treuhandanstalt y otros regímenes de ayuda aprobados por la Comisión. Por ello, en la presente Decisión sólo se considerarán las ayudas concedidas en la segunda fase de privatización. Véase la nota 1.

(4) Régimen de fianzas del Aufbaubank Thüringen, ayuda de Estado N 117/96, aprobado por la Comisión el 27 de diciembre de 1996.

(5) Crédito de inversión por el Deutsche Bank, refinanciado al 100% por la Kreditanstalt für Wiederaufbau (KfW) en el programa ERP, ayuda estatal N 563/c/94, autorizada por la Comisión el 1 de diciembre de 1994.

(6) DO C 368 de 23.12.1994, p. 12.

(7) Ver las autorizaciones de la Comisión de 16 y 30 de abril de 1997: ayudas estatales N 874/96 y NN 139/96 a favor de UNION Werkzeugmaschinen GmbH - carta D/3428 de 2 de mayo de 1997; ayuda estatal N 892/96 a favor de FORON Haus- und Küchentechnik GmbH - carta D/4047 de 28 de mayo de 1997. Esta interpretación se confirma en la nota 10 del punto 7 de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis, en la versión en vigor desde 1999 (DO C 288 de 9.10.1999, p. 2), que establece lo siguiente: "Las únicas excepciones a esta regla son los posibles casos tratados por el Bundesanstalt für vereinigungsbedingte Sonderaufgaben en el marco de su tarea de privatización y otros casos similares en los nuevos Estados federados, y ello para los casos de empresas que hayan salido de un proceso de liquidación o de absorción que haya tenido lugar hasta el 31 de diciembre de 1999".

(8) DO C 288 de 9.10.1999, p. 2.

(9) Véase la nota 6.

(10) DO L 83 de 27.3.1999, p. 1.

(11) Fianzas personales de los inversores, hipoteca sobre el terreno de la empresa, transmisión en garantía de activo inmovilizado y cesión global de clientes.

(12) Régimen de prestación de garantías del Aufbaubank Thüringen, ayuda estatal N 117/96.

(13) DO C 273 de 9.9.1997, p. 3.

(14) Sysma Antriebstechnik GmbH (ayuda N 220/98), FINOW Rohrleitungssystem- und Anlagenbau (ayuda NN 3/98), Schiess Wema GmbH (ayuda NN 68/98), Auerbach Maschinenfabrik GmbH (ayuda NN 46/98), Thüringer Pianoforte GmbH (ayuda N 18/2000).

(15) El resto del crédito de 58034 marcos alemanes, que equivale al 2,5 % de los costes de reestructuración, no se considera contribución del inversor ni ayuda.

(16) Procedimientos de ayuda NN 131/96 GMB Magnete Bitterfeld (12 %), NN 61/98 Stahl- und Maschinenbau Rostock (12 %) y C 27/98 Draiswerke (11 %).