32001R1219

Reglamento (CE) n° 1219/2001 de la Comisión, de 20 de junio de 2001, por el que se modifican las restituciones a la exportación sin perfeccionar para los jarabes y otros productos del sector del azúcar

Diario Oficial n° L 165 de 21/06/2001 p. 0038 - 0039


Reglamento (CE) no 1219/2001 de la Comisión

de 20 de junio de 2001

por el que se modifican las restituciones a la exportación sin perfeccionar para los jarabes y otros productos del sector del azúcar

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 2038/1999 del Consejo, de 13 de septiembre de 1999, por el que se establece una organización común de mercados en el sector del azúcar(1), modificado por el Reglamento (CE) n° 1527/2000 de la Commisión(2) y, en particular, el tercer párrafo del apartado 5 de su artículo 18,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) n° 1060/2001 de la Comisión(3), ha fijado las restituciones aplicables a la exportación sin perfeccionar para los jarabes y otros productos del sector del azúcar.

(2) La aplicación de las normas, criterios y modalidades mencionados en el Reglamento (CE) n° 1060/2001, a los datos de que dispone la Comisión en la actualidad conduce a modificar las restituciones a la exportación actualmente en vigor, tal como se indica en el anexo del presente Reglamento.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se modificará con arreglo a los importes consignados en el anexo del presente Reglamento la restitución que se debe aplicar a la exportación sin perfeccionar de los productos a que se refieren las letras d), f) y g) del apartado 1 del artículo 1 del Reglamento (CEE) n° 2038/1999 y que está fijada en el anexo del Reglamento (CE) n° 1060/2001.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 21 de junio de 2001.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 20 de junio de 2001.

Por la Comisión

Franz Fischler

Miembro de la Comisión

(1) DO L 252 de 25.9.1999, p. 1.

(2) DO L 175 de 14.7.2000, p. 59.

(3) DO L 148 de 1.6.2001, p. 26.

ANEXO

del Reglamento de la Comisión, de 20 de junio de 2001, por el que se modifican las restituciones a la exportación sin perfeccionar para los jarabes y otros productos del sector del azúcar

>SITIO PARA UN CUADRO>

NB:

Los códigos de los productos y los códigos de los destinos de la serie "A" se definen en el Reglamento (CEE) n° 3846/87 de la Comisión (DO L 366 de 24.12.1987, p. 1), modificado.

Los códigos de los destinos numéricos se definen en el Reglamento (CE) n° 2032/2000 de la Comisión (DO L 243 de 28.9.2000, p. 14).