32001C0726(01)

Declaración de la Comisión en el acta del Consejo relativa a la Directiva referente al "derecho de participación"

Diario Oficial n° C 208 de 26/07/2001 p. 0002 - 0002


Declaración de la Comisión en el acta del Consejo relativa a la Directiva referente al "derecho de participación"

(2001/C 208/02)

1. Por lo que respecta a la sustancia de la Directiva, la Comisión observa que los plazos previstos para su aplicación podrían hacer que se retrasara diez años el pleno efecto de la armonización deseada. La Comisión estima, tal y como hizo constar con motivo de la aprobación de la Posición común por parte del Consejo, que esos plazos son excepcionales y deben seguir siéndolo para garantizar la eficacia de la actuación comunitaria en el marco del mercado interior.

2. En cuanto al procedimiento relativo a la publicación de la presente declaración, la Comisión reafirma su función de garante del Tratado, en virtud de la cual tiene derecho a expresar su punto de vista durante el curso del procedimiento legislativo, incluso durante los trabajos del Comité de conciliación, y a que se publiquen sus declaraciones, si las tuviere, en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas al mismo tiempo que la Directiva. Por consiguiente, la Comisión se reserva el derecho de hacer uso de todos los instrumentos jurídicos a su disposición en caso de que no se publique la presente declaración.

3. De todas formas, la Comisión no puede aceptar, desde el punto de vista jurídico, que se apruebe por unanimidad y no por mayoría simple -de conformidad con la norma general prevista en el apartado 1 del artículo 205 del Tratado- una Decisión del Consejo relativa a la publicación de una declaración en el Diario Oficial.

4. Considerando lo expuesto, la Comisión velará por que se dé una publicidad adecuada a la presente declaración.